BOLETÍN Nº 69 - 4 de junio de 2008

VI. PROCEDIMIENTOS JUDICIALES

Juzgado de Primera Instancia número Dos de Pamplona

Edicto cédula notificación general

En el procedimiento juicio monitorio, 107/2008, instado por Banco Santander Central Hispano, S.A. contra Lawrence Adewole se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

Auto 429/2008.

Don José Miguel Iriarte Barberena, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia Dos de Pamplona.

En Pamplona, a 19 de mayo de 2008.

Antecedentes de hecho:

Primero.-Por Banco Santander Central Hispano, S.A., representado por el Procurador don Joaquín Taberna Carvajal se presentó solicitud inicial de procedimiento monitorio dirigida frente a don Lawrence Adewole, admitida mediante providencia en la que se acordó requerir de pago de la cantidad solicitada. El requerimiento se ha practicado sin que se haya comparecido presentado escrito de oposición o que acredite el abono.

Fundamentos de derecho:

Primero.-Dispone el artículo 816.1 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), que si el deudor requerido de pago no pagara al solicitante o compareciera oponiéndose, en el término de veinte días, se dictará auto en el que se despachará ejecución por la cantidad adeudada.

En este caso la solicitud del acreedor, el requerimiento que se ha hecho al deudor y su posterior falta de comparecencia ante este tribunal, permiten constituir título que lleva aparejada ejecución, a tenor de lo establecido en el número 9.º del artículo 517 y 816.1 de la LECn, siendo la cantidad reclamada vencida, determinada y líquida.

Segundo.-Ordena el artículo 816.2 de la LECn que la deuda devengue el interés previsto en el artículo 576 de la misma LECn, desde que se dicta el auto despachando ejecución.

Parte dispositiva:

Se despacha ejecución a favor de Banco Santander Central Hispano,S.A., parte ejecutante, representado por el Procurador don Joaquín Taberna Carvajal, frente a don Lawrence Adewole, parte ejecutada, por la cantidad de siete mil seiscientos uno con setenta euros (7.601,70 euros) más intereses moratorios pactados.

Y como consecuencia del ignorado paradero de Lawrence Adewole se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Pamplona, 19 de mayo de 2008.-La Secretaria, firma ilegible.

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