BOLETÍN Nº 69 - 4 de junio de 2008

VI. PROCEDIMIENTOS JUDICIALES

Tribunal Superior de Justicia de Navarra

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

Sentencia número 616/2002

Antonio Fernández Ayesa, Secretario de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra.

Hago saber: que en el Recurso contencioso-administrativo 176/2001 se dictó Sentencia que ha quedado firme, cuyo encabezamiento y fallo, son del tenor siguiente:

"Sentencia número 616/2002

Presidentes: Don Joaquín María Miqueléiz Bronte. Magistrados: Don Ignacio Merino Zalba, Don Juan Alberto Fernández Fernández, Don Antonio Rubio Pérez, Don Francisco Javier Pueyo Calleja, Don Felipe Fresneda Plaza.

Pamplona, a cinco de julio de dos mil dos.

Vistos por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de este Excelentísimo Tribunal Superior de Justicia de Navarra, constituida por los Señores Magistrados expresados, los autos del recurso número 176/01, promovido contra Decreto Foral 372/2000, de 11 de diciembre, reguladora del uso del vascuence en las Administraciones Públicas. La presente demanda pretende modificar los artículos 12.3, 13, 14.1, 14.3, 15.2, 16.1, 16.2, 22.1 y 23.1 del citado Decreto Foral, siendo en ello partes: como recurrente don José Otano Villanueva, representado por la Procuradora Sra. Arbizu, bajo la dirección letrada del señor Nazábal; y como demandado el Gobierno de Navarra, representado y defendido por su Asesor Jurídico-Letrado.

Fallamos

1.º Rechazando la causa de inadmisibilidad planteada por el Gobierno de Navarra.

2.º Estimando el presente recurso contencioso administrativo interpuesto por la representación procesal de don José Otano Villanueva frente al Decreto Foral 372/2000, de 11 de diciembre, por el que se regula el uso del vascuence en las Administraciones Públicas de Navarra, el que declaramos Nulo Radicalmente y de Pleno Derecho.

3.º No se hace condena en costas.

4.º Remítase copia de esta sentencia a la Administración de la Comunidad Foral de Navarra para su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Así por esta nuestra Sentencia de la que se unirá certificación a los autos, definitivamente juzgando, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.".

Y para su publicación en el Boletín Oficial del Navarra, conforme a lo establecido en el artículo 72-2 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, expido y firmo el presente.

Pamplona, 13 de mayo de 2008.-El Secretario de Sala, Antonio Fernández Ayesa.

Código del anuncio: J0807888