II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA
2.2. AUTORIDADES Y PERSONAL
2.2.1. Ceses, nombramientos y otras situaciones
BELASCOAIN
Compensación a los corporativos 2007
Examinado el procedimiento incoado para señalar las retribuciones, asistencias, e indemnizaciones a los miembros de esta Corporación, con base a lo preceptuado en el artículo 75 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y el artículo 13 del Reglamento de Organización y Funcionamiento y régimen Jurídico de las Entidades Locales y estudiadas las especiales características del Ayuntamiento,
El Pleno por unanimidad de los asistentes, acuerda:
Primero.-Que ni Alcalde, ni concejales, ejerzan el cargo con dedicación parcial o exclusiva.
Segundo.-Se fija el siguiente régimen de asistencias por concurrencia efectiva a las sesiones de los órganos colegiados de la Corporación:
-Compensar con 90 euros a cada miembro de la Corporación, que asista a sesiones del Pleno.
-Compensar con 60 euros a cada miembro de la Corporación por asistencia a Comisiones.
-El límite de gasto por compensación a los miembros de la Corporación será la cantidad de 9.460,64 euros.
Este acuerdo regirá desde el 1 de enero del año 2007.
Tercero.-Hacer público el presente acuerdo, previa fijación del mismo en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 75.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.
Belascoáin, 18 de diciembre de 2007.-El Alcalde, José Javier Fernández Sola.
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