II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA
2.1. ORDENANZAS Y OTRAS DISPOSICIONES GENERALES
BELASCOAIN
Tipos de gravamen para el año 2008
El Pleno del Ayuntamiento de Belascoáin, en sesión celebrada el día 7 de noviembre de 2007, de conformidad con lo establecido por la Ley Foral 2/1995, 5 de Haciendas Locales de Navarra, adoptó entre otros, los siguientes
Acuerdos:
1.-Fijar en el 0,27 por ciento, el tipo de gravamen para la exacción de la Contribución Urbana.
2.-Fijar en el 0,50 por ciento, el tipo de gravamen para la exacción de la Contribución Rústica.
3.-Aplicar el índice 1,4 a las tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas.
4.-Fijar en el 4 por ciento el tipo de gravamen para la exacción del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras.
5.-Respecto al impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana, aplicar los porcentajes establecidos en el ejercicio 2007.
Estos acuerdos entrarán en vigor el día 1 de enero de 2008.
Contra dichos acuerdos se puede interponer optativamente, uno de los siguientes recursos:
a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la publicación de esta notificación el BOLETIN OFICIAL de Navarra.
b) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado o la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la publicación de esta notificación el BOLETIN OFICIAL de Navarra.
c) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de publicación de esta notificación el BOLETIN OFICIAL de Navarra.
Belascoáin, 27 de noviembre de 2007.-El Alcalde, José Javier Fernández Sola.
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