BOLETÍN Nº 65 - 26 de mayo de 2008

VIII. ANUNCIOS

8.1. OTROS ANUNCIOS OFICIALES

PAMPLONA

Requerimiento de ejecución de obras al edificio número 18 de la calle Dormitalería

El Concejal Delegado de Urbanismo, Vivienda y Desarrollo Sostenible del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona, con fecha 4 de abril de 2008, adoptó la siguiente resolución:

RUD 04-ABR-08 (28/UV)

«Visto el informe emitido con fecha 26 de febrero de 2008 por los Servicios Técnicos Municipales de la Oficina de Rehabilitación de Viviendas, sobre la visita de inspección al edificio número 18 de la calle Dormitalería de Pamplona efectuada con fecha 23 de enero de 2008, realizada de oficio por obras en ejecución en edificio número 16 de la misma calle, mediante el que se ha comprobado que aquél presenta los siguientes desperfectos:

.En medianera a patio de edificio número 16 de la calle Dormitalería:

-Grietas con pérdida de piezas de ladrillo en algunas zonas.

-Piezas de ladrillo viejo sin revocar deterioradas con insuficiente rejuntado.

-Piezas de madera a la vista con signos de pudrición y humedad.

Y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 87 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo, y en el artículo 9.1 de la Ley 8/2007, de 28 de mayo, de Suelo, he resuelto:

1.-Ordenar a los propietarios del edificio número 18 de la calle Dormitalería que procedan en el plazo de noventa días, contados a partir de la notificación de la presente resolución, a la ejecución de las siguientes obras:

.En medianera a patio de edificio número 16 de la calle Dormitalería:

-Reparación de grietas.

-Tratamiento de zonas de ladrillo visto con falta de rejuntado, o aplicación de revestimiento continuo y pintado.

-Repaso de borde de tejado, protección de maderamen a la vista.

Antes del inicio de los trabajos deberán presentar justificante de contratación de Director de Obra, así como, una vez finalizadas las obras, Proyecto Técnico y coste.

El requerimiento de la presente resolución no exime de las responsabilidades de los propietarios para adecuar el edificio, según requerimiento efectuado por resolución RUV 30-SEP-04 (5/UV), a cuya orden de ejecución de obras se añaden las ahora detalladas.

2.-Apercibir a los propietarios del citado inmueble que, de no efectuar las obras requeridas en el punto anterior en el plazo establecido, podrá el Excelentísimo Ayuntamiento actuar en ejecución sustitutoria a partir del día siguiente en que venza el plazo, girándose en este caso las tasas correspondientes, por importe equivalente al 132% de los gastos que se originen, o iniciar la imposición de multas coercitivas por lapsos mensuales.

Según lo previsto en el artículo 10.3 de la Ley de Propiedad Horizontal, los propietarios que se opongan o demoren la ejecución de las órdenes dictadas, responderán individualmente de las sanciones que puedan imponerse.

3.-Apercibir igualmente a los propietarios, que la inejecución de las obras requeridas en el plazo indicado, supondrá además la incoación de expediente sancionador, como presuntos responsables de una falta leve tipificada en el artículo 211.5 de la Ley Foral 35/2002 de 20 de diciembre de Ordenación del Territorio y Urbanismo, sancionada con multa de de 300,00 a 6.000,00 euros.

4.-Indicar a los propietarios que estas obras de reparación son parte de las necesarias para conseguir la adecuación estructural y funcional del edificio descrito al vigente Decreto Foral sobre financiación de actuaciones protegibles en materia de vivienda.

Para la ejecución de estas obras podrán acogerse a las ayudas de rehabilitación, siempre que se ejecuten junto con aquéllas necesarias para conseguir la adecuación estructural y funcional del edificio, a cuyo efecto pueden informarse en la Oficina Municipal de Rehabilitación de Viviendas, sita en la calle Eslava número 1.»

Contra esta resolución cabe interponer optativamente uno de los siguientes recursos:

-Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de notificación de esta resolución.

-Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de notificación de esta resolución; o bien,

-Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de notificación de esta resolución.

Lo que se publica en el BOLETIN OFICIAL de Navarra en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 59.5 y 59.6, apartado a), de la vigente Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Ley 30/1992, de 26 de noviembre) y demás legislación aplicable, a efectos de notificación a otros posibles interesados desconocidos y a aquellos que, intentada la notificación en forma legal, ésta no se les haya podido practicar.

Pamplona, 2 de mayo de 2008.-La Alcaldesa, María Yolanda Barcina Angulo.

Código del anuncio: L0806881

Hace cien años

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