BOLETÍN Nº 60 - 14 de mayo de 2008

II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

2.3. OTRAS DISPOSICIONES

2.3.5. Otros

BEIRE

Delimitación cartográfica de comunales y cañadas

Iniciado, mediante Decreto Foral 242/2007, de 19 de noviembre el proceso de concentración parcelaria, del sector VII del área regable del Canal de Navarra, en cumplimiento de cuanto dispone el artículo 52 del Decreto Foral 280/1990, de 18 de octubre por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Navarra se precisa llevar a cabo la delimitación cartográfica de los comunales afectados, el Pleno del Ayuntamiento de Beire, en sesión celebrada el día 24 de abril de 2008 ha acordado:

1.º Aprobar el inicio del procedimiento de delimitación cartográfica de los comunales del término municipal de Beire.

2.º Aprobar el inicio del procedimiento de delimitación cartográfica de las cañadas, únicamente de las que discurren por la zona a concentrar.

3.º Que se efectúen las correspondientes publicaciones en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Beire, por los plazos establecidos en el artículo 40 del citado Reglamento de Bienes.

Lo que se hace público haciendo saber que los interesados podrán examinar el expediente en la Secretaría municipal en el plazo de quince días contados a partir del siguiente a su inserción en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, en el Tablón de anuncios y, en su caso, presentar alegaciones en el plazo de un mes a contar del día siguiente al de la finalización del plazo anterior.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Beire, 29 de abril de 2008.-El Alcalde Presidente, Sergio Fresán Oroz.

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