BOLETÍN Nº 59 - 12 de mayo de 2008

VIII. ANUNCIOS

8.1. OTROS ANUNCIOS OFICIALES

PAMPLONA

EDICTO

No habiendo podido ser notificada la resolución Del Concejal Delegado de Urbanismo, Vivienda y Desarrollo sostenible del Ayuntamiento de Pamplona, de fecha 4 de marzo de 2008 (4/DS), y el correspondiente pliego de cargos y de conformidad con lo dispuesto en la Ley del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y demás legislación aplicable, se publica el presente Edicto en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de residencia de la interesada.

RUD 04-Mar-08 (4/DS).

Visto informe del Servicio de Inspección Alimentaria y Zoonosis y demás documentación que obra en el expediente en la que consta que el día 4 de febrero de 2008, según parte de comunicación de Policía Municipal y tras sucesivas visitas de inspección según consta en acta número 32451, se constató la presencia de multitud de palomas en los balcones del piso 2.º derecha de la calle Emilio Arrieta, 6, ensuciando fachadas y toldos del entorno. La presencia de palomas se debe, presumiblemente, a que la inquilina del piso, María Guadalupe Murugarren Rada, les alimenta de forma habitual en sus balcones, que se encuentran en condiciones inadecuadas de salubridad y limpieza. En los archivos del Ayuntamiento de Pamplona consta antecedente de expediente sancionador a María Guadalupe Murugarren Rada por hecho similares 2004 (expediente 40/919/04 MAS-DEN 441/04) y en 2006 (expediente 40/1126/06 MAS-DEN 512/2006).

A tenor de lo establecido en el artículo 2.2 del Ordenanza Municipal de Sanidad número 1, y en los artículos 13 y 34 de la Ley Foral 10/1990 de Salud,

He resuelto:

1. Requerir a María Guadalupe Murugarren Rada (DNI 15536130), para que en el plazo máximo de quince días, a contar desde el día siguiente a la notificación de la presente resolución, con independencia de otras soluciones que deba aplicar para el adecuado mantenimiento y salubridad del inmueble, proceda a limpiar los balcones y persianas del piso de calle Emilio Arrieta, 6-2.º derecha, y en general a adoptar las medidas necesarias de manera que se impida la presencia, acceso y anidación de palomas.

2. Incoar expediente sancionador a María Guadalupe Murugarren Rada a quien se considera presunta responsable de la supuesta infracción cometida, según consta en el parte de comunicación y acta a que se ha hecho referencia y que se le traslada.

3. Señalar que el mantenimiento de los balcones en condiciones inadecuadas de salubridad y limpieza pudiera constituir una infracción administrativa tipificada como leve en el artículo 5 de la Ordenanza Municipal de Sanidad número 1, e infringe lo dispuesto en los artículos 1 y 24 de la Ordenanza Municipal de Sanidad número 2, en relación con los artículos 13, 27 y 34 de la Ley Foral de Salud 10/1990.

El artículo 29.2 de la Ley Foral de Salud y el artículo 52 de la Ley Foral de Haciendas Locales de Navarra, facultan a la Alcaldía para imponer sanciones por infracciones sanitarias y de Ordenanzas Municipales. La Excma. Sra. Alcaldesa de Pamplona, delegó por DAL de fecha 25 de junio de 2007 (1/pr), entre otras, la competencia sancionadora en materia de Sanidad y Medio Ambiente, en el Concejal Delegado de Urbanismo, Vivienda y Desarrollo Sostenible, quien resulta, por lo tanto el órgano municipal competente.

El artículo 29.1 de la Ley Foral de Salud en su remisión al artículo 36 de la Ley General de Sanidad, y el artículo 6.1 de la Ordenanza Municipal de Sanidad número 1, fijan las cuantías de las multas de infracciones sanitarias y de ordenanzas municipales de sanidad.

4. Designar instructor del expediente al Secretario Técnico de Desarrollo Sostenible Javier Erburu Villanueva. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 28 y 29 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el interesado podrá promover la recusación del instructor nombrado.

5. Comunicar a la presunta responsable que puede reconocer su responsabilidad, imponiéndosele la sanción correspondiente, o realizar el pago de la sanción pecuniaria en su caso.

6. En el plazo de 15 días contados desde el siguiente a la recepción del pliego de cargos, la expedientada podrá proponer alegaciones y pruebas, aportar documentos e informaciones, debiendo hacerlo mediante escrito presentado en los Registros del Ayuntamiento de Pamplona.

7. En el caso de que no sean formuladas alegaciones sobre el contenido de la iniciación del procedimiento en el plazo indicado, el presente acto administrativo podrá ser considerado propuesta de resolución con los efectos previstos en los artículos 18 y 19 del Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, R.D. 1398/1993, significando que la cuantía de la sanción que se propone es de 300,00 euros, sin perjuicio de la posible reducción de la multa que pudiera acordarse, conforme a lo establecido en el artículo 11 de la Ordenanza de Sanidad número 1.

8. Informar a María Guadalupe Murugarren Rada que, con base en lo dispuesto en el artículo 7 del D.F. 225/1994, de 14 de noviembre, el plazo máximo establecido para la resolución y notificación de este procedimiento será de 6 meses, contados a partir de la fecha de aprobación de la presente resolución, ampliable como máximo a otros 6 meses mediante acuerdo motivado.

9. Advertir a María Guadalupe Murugarren Rada que el artículo 8 de la Ordenanza de Sanidad número 13 de Pamplona prohíbe expresamente la alimentación de palomas fuera de los parques públicos y especialmente desde terrazas, balcones y ventanas de inmuebles.

Contra el punto 1 de la citada resolución podrá interponerse optativamente uno de los siguientes recursos:

a) Recurso de reposición, ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación de este Edicto.

b) Recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la notificación de este Edicto.

c) Recurso de alzada, ante el Tribunal Administrativo de Navarra, dentro del mes siguiente a la fecha de la notificación de este Edicto.

Así mismo se manifiesta que el expediente se encuentra a disposición de la interesada en las oficinas del Area de Desarrollo Sostenible sitas en calle San Saturnino, 2, donde podrá examinarlo de 8 a 14 horas en días laborables.

Pamplona, 9 de abril de 2008.-El Concejal Delegado de Urbanismo, Vivienda y Desarrollo Sostenible, Juan Luis Sánchez de Muniáin Lacasia.

Código del anuncio: L0806173