BOLETÍN Nº 58 - 9 de mayo de 2008

II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

2.1. ORDENANZAS Y OTRAS DISPOSICIONES GENERALES

MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS SOCIALES DE LAS VILLAS DE ARGUEDAS, VALTIERRA, VILLAFRANCA, MILAGRO Y CADREITA

Aprobación inicial de la Ordenanza Municipal reguladora del Servicio de Atención a Domicilio SAD

La Junta de la Mancomunidad, en sesión celebrada el día 17 de abril de 2008 aprobó inicialmente la Ordenanza Municipal reguladora del Servicio de Atención a Domicilio SAD.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 325.1 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, la Ordenanza aprobada se somete a información pública durante treinta días hábiles, a contar desde el siguiente al de publicación de este anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, para que las personas interesadas puedan examinar el expediente y formular reclamaciones, reparos u observaciones.

Si transcurrido el período de exposición pública no se formularan alegaciones, la Ordenanza quedará definitivamente aprobada, procediéndose a la publicación de su texto íntegro en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Cadreita, 21 de abril de 2008.-La Presidenta, Engracia Fernández Reyero.

Código del anuncio: L0806290