BOLETÍN Nº 56 - 5 de mayo de 2008

II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

2.2. AUTORIDADES Y PERSONAL

2.2.2. Plantilla Orgánica, Oferta Pública de Empleo, oposiciones y concursos

PAMPLONA

Retribuciones variables del personal municipal para el año 2008 y modificación Plantillas Orgánicas años 2007 y 2008

El Pleno del excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona, con fecha 3 de abril de 2008, adoptó el siguiente acuerdo:

PLE 03-abr-08 (3/CP)

«La Disposición adicional quinta de la Ley Foral 17/2006, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de Navarra para el ejercicio del año 2007, establece que al personal funcionario al servicio de las Entidades Locales de Navarra le será de aplicación el incremento de retribuciones complementarias que, en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado 2.C) del Acuerdo de 21 de julio de 2006 suscrito entre la Administración y los sindicatos sobre condiciones de empleo del personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra para los años 2006 y 2007, se establezca por el Gobierno de Navarra.

El artículo 8.2. de la Ley Foral 1/2008, de 24 de enero, de Presupuestos Generales de Navarra para el ejercicio del año 2008 establece, así mismo que, en el caso del personal laboral al servicio de las restantes Administraciones Públicas de Navarra, sus retribuciones serán las que determine cada Administración Pública en sus respectivos presupuestos, con sujeción a los criterios fijados en el artículo 7 de esta Ley Foral.

El vigente convenio del personal laboral del Ayuntamiento de Pamplona establece en el punto 12.4, que las retribuciones de los empleados municipales incluidos en el presente convenio, se actualizarán anualmente en el porcentaje que se determine en la Ley de Presupuestos Generales de Navarra para los funcionarios.

Mediante Decreto Foral 19/2008, de 17 de marzo, se adecúan las retribuciones complementarias de los funcionarios de las Administraciones Públicas de Navarra, en ejecución del Acuerdo suscrito entre la Administración y los sindicatos sobre condiciones de empleo del personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra para los años 2006 y 2007.

El artículo 6 del Decreto Foral regula la aplicación al personal funcionario al servicio de las entidades locales de Navarra de la adecuación de retribuciones complementarias establecida para los puestos de trabajo de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, determinando que al personal funcionario al servicio de las entidades locales de Navarra le resultará de aplicación la adecuación de retribuciones complementarias establecida para los puestos de trabajo de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos en el apartado 1.E) del artículo anterior de este Decreto Foral, salvo al personal integrante de los Cuerpos de Policía Local, a los que se les aplicará el apartado 1.A) del referido artículo.

A la vista de todo ello se acuerda:

1.º Aprobar la modificación de las Plantillas Orgánicas del Ayuntamiento de Pamplona para los años 2007 y 2008 en los siguientes términos:

Establecer, para el personal funcionario y laboral del Ayuntamiento de Pamplona, la adecuación de las retribuciones complementarias de los puestos de trabajo en los siguientes porcentajes:

-Personal perteneciente a la Policía Municipal:

Nivel A: un 5,22 por 100.

Nivel B: un 4,77 por 100.

Nivel C: un 3,96 por 100.

-Resto del personal del Ayuntamiento de Pamplona:

Nivel A: un 3,72 por 100.

Nivel B: un 3,57 por 100.

Nivel C: un 3,36 por 100.

Nivel D: un 2,99 por 100.

Nivel E: un 3,21 por 100.

Dichos porcentajes se calcularán sobre el sueldo inicial del nivel respectivo e incrementarán el complemento de puesto de trabajo asignado a cada uno de los puestos de trabajo, a excepción de los puestos de trabajo de Secretario de Pleno e Interventor Municipal que incrementarán el complemento directivo.

2.º Aprobar la modificación de la Plantilla Orgánica del Ayuntamiento de Pamplona para el año 2008, determinando que los puestos de trabajo 202901-2, 202901-3 y 202901-4, sean de la especialidad de Lenguaje Musical, el último de ellos con grado de conocimiento de vascuence V3.

3.º Aprobar las retribuciones variables del personal al servicio del Ayuntamiento de Pamplona y sus organismos autónomos que tendrán, con efectos de 1 de enero de 2008, los importes que se incorporan como Anexo a este Acuerdo.»

Pamplona, 3 de abril de 2008.-La Alcaldesa-Presidenta, Yolanda Barcina Angulo.

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