II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA
2.3. OTRAS DISPOSICIONES
2.3.5. Otros
PAMPLONA
Solicitud del Departamento de Salud del Gobierno de Navarra para la reserva de la parcela E-2 del sector Buztintxuri-Euntzetxiki-Sta. Engracia (SO-1 de la U.I. II del PGOU de Pamplona), con destino a la construcción de un centro de salud
La Junta de Gobierno Local del excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona, con fecha 4 de marzo de 2008, adoptó el siguiente acuerdo:
JOB 04-mar-08 (12/UV)
«Vista la solicitud del Departamento de Salud del Gobierno de Navarra para la reserva de parcela en Buztintxuri para construcción de Centro de Salud, se acuerda:
1.º Declarar la innecesariedad y la alienabilidad de la parcela E-2 del Sector Buztintxuri-Euntzetxiki-Sta.Engracia (SO-1 de la UI. II del PGOU de Pamplona), parcela número 2662 del polígono 7 del Catastro de la Riqueza Urbana de Pamplona.
2.º Iniciar el procedimiento para ceder gratuitamente al Gobierno de Navarrra la propiedad de la Parcela E-2 del Sector Buztintxuri-Euntzetxiki-Sta.Engracia (SO-1 de la UI. II del PGOU de Pamplona), con destino a la construcción de un Centro de Salud.
3.º Someter el expediente a información pública durante el plazo de quince días, con publicación de anuncios en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y en la prensa local.»
Contra esta resolución cabe interponer optativamente uno de los siguientes recursos:
-Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de notificación de esta resolución.
-Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de notificación de esta resolución; o bien,
-Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de notificación de esta resolución.
Pamplona, 10 de marzo de 2008.-La Alcaldesa, María Yolanda Barcina Angulo.
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