BOLETÍN Nº 41 - 31 de marzo de 2008

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

1.3. OTRAS DISPOSICIONES

1.3.4. Subvenciones, ayudas y becas

RESOLUCION 870/2008, de 12 de marzo, de la Directora General de Empresa, por la que se modifica la Convocatoria de Becas para la Formación de Tecnólogos para los años 2007 y 2008.

La Convocatoria de Becas para la Formación de Tecnólogos para los años 2007 y 2008 fue aprobada por Resolución 763/2007, de 14 de marzo, del Director General de Industria y Comercio (BOLETIN OFICIAL de Navarra número 39, de 30 de marzo de 2007).

El Servicio de Innovación y Sociedad de la Información, a la vista de la experiencia obtenida en la convocatoria correspondiente al 2007, propone modificar para el año 2008 algunas de las bases reguladoras de la concesión de las becas y aumentar el gasto autorizado para los años 2008 y 2009.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 22 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

RESUELVO:

1. Aumentar el gasto autorizado para el año 2008 y autorizar gasto para el año 2009 según se especifica en el siguiente cuadro:

AÑO PARTIDA DEL PRESUPUESTO DE GASTOS IMPORTE

2008 840001 81210 4809 467302 640.000,00

2009 840001 81210 4809 467302 o equivalente 1.695.000,00

TOTAL 2.335.000,00

2. Modificar la base 2.ª de la convocatoria que queda redactada de la siguiente forma:

"Las becas de formación de tecnólogos en los Centros Tecnológicos, Universidades y empresas de Navarra estarán dotadas con 1.000,00 euros mensuales a partir del 1 de enero de 2008.

La duración de las becas se establecerá en la Resolución de adjudicación y se iniciará el día de la incorporación del becario al centro de trabajo correspondiente".

Las becas podrán ser prorrogadas, siempre que se acredite su aprovechamiento y exista dotación presupuestaria suficiente para ello, sin que la duración máxima de las mismas exceda de 24 meses.

En el caso de plazas de beca a disfrutar en empresas, la duración de la misma no excederá de 12 meses. No obstante, el becario tendrá derecho a participar en otros procesos de selección para poder acceder a otra beca de otros 12 meses hasta cumplir los 24 meses establecidos como límite."

3. Modificar la base 3.ª de la convocatoria en lo que respecta al requisito 1. que pasa a ser el siguiente:

"Estar empadronado en Navarra en el momento de firmar la incorporación a la plaza de beca adjudicada, para lo cual deberá presentar certificado de empadronamiento".

4. Modificar la base 4.ª de la convocatoria, en lo que respecta al punto 2. que pasa a ser el siguiente:

"La documentación que deberán presentar los interesados es la siguiente:

-La solicitud cuyo modelo está disponible en el Servicio de Innovación y Sociedad de la Información, en las oficinas de información del Gobierno de Navarra (Avenida Carlos III, número 2 de Pamplona), o en la red internet http://www.navarra.es/industria (Innovación y Tecnología), http://www.plantecnologico.com, y en las páginas web de las entidades colaboradoras en la gestión de la becas.

En dicha solicitud, los interesados podrán seleccionar las becas que consideren preferentes y que estén sin cubrir en ese momento. Las becas disponibles se podrán consultar en la página web del Departamento.

En caso de que no se especifique prioridad, los interesados formarán parte de todos los procesos de selección de las becas para las que presenten un perfil adecuado a lo requerido por los responsables del proyecto. En el caso de que se especifiquen prioridades y no sean seleccionados para ninguna de ellas, pasarán a formar parte del resto de procesos de selección para las que presenten el perfil adecuado.

-Fotocopia del Documento Nacional de Identidad o equivalente.

-Fotocopia de la Certificación acreditativa de la titulación y del expediente académico.

-Curriculum vitae. En cualquier momento el Servicio de Innovación y Sociedad de la Información, o cualquiera de las entidades gestoras de las becas, podrá exigir la justificación de alguno de los méritos alegados en el mismo."

5. Modificar la base 10.ª de la convocatoria en lo que respecta al párrafo primero que pasa a ser el siguiente:

"Las becas de formación de esta convocatoria son incompatibles con otras subvenciones de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, de otras Administraciones Públicas, de otros entes públicos o privados o de particulares, nacionales o internacionales, excepto aquellas destinadas a financiar gastos de desplazamiento, estancia y manutención".

6. Publicar esta Resolución en el BOLETIN OFICIAL de Navarra para su general conocimiento.

Pamplona, 12 de marzo de 2008.-La Directora General de Empresa, Begoña Urien Angulo.

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