BOLETÍN Nº 4 - 9 de enero de 2008

VIII. ANUNCIOS

8.2. ANUNCIOS PARTICULARES

CAMARA OFICIAL DE COMERCIO E INDUSTRIA DE NAVARRA

Elecciones parciales al Pleno Grupo 12, subgrupo 02 Comercio al por menor de otros productos no alimenticios y ambulante

La Secretaría de la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Navarra comunica que en el Pleno celebrado el 17 de diciembre de 2007:

-Se ha declarado la vacante en el Grupo 12, subgrupo 02 del Pleno de la Corporación correspondiente a empresas del sector "Comercio al por menor de otros productos no alimenticios y ambulante" encuadradas en los siguientes grupos del I.A.E. o Licencia Fiscal: 651, 652, 653, 654, 655, 656, 657, 659, 663.

-Se acordó proveer conforme dispone el artículo 79 del Reglamento de Régimen Interior (RRI), la vacante mediante elección en el Grupo 12, subgrupo 02.

Que dentro del plazo de los diez días siguientes a la declaración de la vacante, se comunica dicha vacante mediante anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra (BON), y al menos en uno de los dos de mayor circulación en la Comunidad Foral, a fin de que los que lo deseen puedan presentar la candidatura de conformidad con lo que establece el RRI, dando cuenta al Gobierno de Navarra.

Que de conformidad a lo que dispone el RRI de la Cámara la provisión de la vacante se realizará de la siguiente manera:

a) Las competencias propias de la Junta Electoral serán asumidas por el Comité Ejecutivo.

b) Las candidaturas deberán presentarse en la Secretaría de la Cámara durante los quince días siguientes a la fecha de publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra de la presente convocatoria de elecciones.

c) Los candidatos deberán reunir los requisitos establecidos en el artículo 55 del RRI.

d) Las candidaturas serán avaladas por la firma de diez electores para la presentación del candidato. La autenticidad de la firma se acreditará mediante fedatario público, reconocimiento bancario o certificación del Secretario de la Corporación.

e) Finalizado el plazo de presentación de candidaturas, la Junta Electoral, después de comprobar el cumplimiento de los requisitos exigidos para la presentación de las candidaturas, procederá a la proclamación de los candidatos en el plazo de diez días, a contar desde la fecha en que finalizó el plazo de presentación.

f) Si sólo existiera un candidato para la vacante a cubrir, la proclamación equivaldrá a la elección y, por tanto, no será necesario celebrarla.

g) Si no se presentase ninguna candidatura, el Pleno procederá a la elección por sorteo entre las empresas que formen el grupo o la categoría correspondiente para cubrir la vacante.

h) En el caso de que se presentaran dos o más candidaturas la Junta Electoral determinará la fecha de las votaciones, el número de Mesas Electorales, el lugar donde se constituirán para proceder a la elección, y dotará a las Mesas de los medios personales y materiales necesarios para desempeñar sus funciones.

i) La Junta Electoral reflejará en un acta, la proclamación de candidatos y las incidencias que se hubieran producido. De dicha acta se enviará copia certificada al Gobierno de Navarra antes de transcurridos tres días y, además se dará publicidad de su contenido mediante anuncio fijado en el domicilio de la Cámara y publicado al menos en uno de los diarios de mayor circulación de Navarra.

j) La persona elegida ocupará el cargo por el tiempo que falte para cumplir el mandato de aquél a quien sustituya.

Pamplona, 20 de diciembre de 2007.-La Secretaria General en funciones, Teresa Nagore Ferrer.

Código del anuncio: P0719640