BOLETÍN Nº 4 - 9 de enero de 2008

II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

2.2. AUTORIDADES Y PERSONAL

2.2.2. Plantilla Orgánica, Oferta Pública de Empleo, oposiciones y concursos

BURLADA

Convocatoria para la provisión mediante concurso oposición de 1 plaza mixta de profesor de trombón y agrupaciones con carácter laboral fijo de la Escuela de Música Hilarión Eslava de Burlada-Villava

Base 1.-Normas generales.

1.1. Es objeto de la convocatoria la provisión mediante concurso oposición de 1 plaza mixta de profesor de trombón y agrupaciones con destino a la Escuela Municipal de Música "Hilarión Eslava" de Burlada-Villava.

1.2. La provisión de la plaza se efectuará en régimen laboral indefinido. Se establece un periodo de prueba de 6 meses, en el cual el presidente del patronato podrá resolver o rescindir la relación contractual para el caso de que los resultados no satisfagan las pretensiones de la Escuela de música.

1.3. El puesto de trabajo estará dotado con las retribuciones reflejadas en el convenio de la escuela de música.

1.4. El régimen de trabajo y la jornada laboral se adaptará a las necesidades del servicio, pudiendo ser modificado en cualquier momento por los órganos administrativos competentes.

1.5. Asimismo es objeto de la presente convocatoria constituir, con los aspirantes que no obtengan plaza en el proceso selectivo de ingreso, relaciones de aspirantes a la contratación temporal.

Base 2.-Requisitos de los aspirantes.

2.1. Para ser admitidos al presente concurso oposición los aspirantes deberán reunir, en la fecha, en que termine el plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

A.-Hallarse en posesión del título de profesor de grado medio de música de la especialidad de trombón (de conformidad con el artículo 12 del DF. 421/1992 de 21 de diciembre).

B.-Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el ejercicio de las correspondientes funciones.

C.-No hallarse inhabilitados ni suspendidos para el ejercicio de las funciones públicas y no haber sido separado del servicio de cualquier administración pública.

D.-Ser mayor de edad y ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea, o nacional de un Estado incluido en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España en que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores; también podrán participar el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

2.2. Los requisitos anteriores deberán ser acreditados por los aspirantes aprobados que obtengan la plaza, en el plazo y forma previstas en la presente convocatoria, y su cumplimiento se entenderá referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, debiendo gozar de los mismos durante el procedimiento de selección hasta el momento del nombramiento.

Base 3.-Instancias.

3.1. Las instancias para poder participar en la convocatoria deberán presentarse en las oficinas de la Escuela de Música "Hilarión Eslava" de Burlada - Villava sita en la calle San Juan, 18 de Burlada en horario de 15,30 a 20,30 horas, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 20 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dentro de los treinta días naturales siguientes al de la publicación de la presente convocatoria en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. Si el plazo mencionado finaliza en día inhábil se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.

A las solicitudes, que deberán ajustarse al modelo publicado como Anexo I, se acompañará la siguiente documentación:

a) Fotocopia compulsada del DNI, o documento equivalente de identificación.

b) Copia autentificada o fotocopia compulsada de la titulación exigida en el apartado 2.A de la presente convocatoria.

c) Documentación acreditativa de cuantos méritos puedan ser valorados de acuerdo con los criterios del baremo del concurso. No serán valorados por el tribunal los méritos que no estén justificados mediante el correspondiente documento original o fotocopia compulsada.

Para ser admitida la solicitud, además de la instancia debidamente cumplimentada y de la documentación adjunta indicada, deberá presentarse dentro del mismo plazo señalado, y sin que tenga que necesariamente coincidir el momento de presentación, el Proyecto Pedagógico señalado en la Base 6.1.2.3. Dicho trabajo se presentará en un sobre cerrado en cuyo exterior no figurarán los datos personales, figurando opcionalmente un lema. En el interior de dicho sobre figurará, además del trabajo, otro sobre cerrado con los datos personales del aspirante autor del mismo.

3.2. Asimismo, los solicitantes deberán hacer entrega junto a los documentos relacionados en la Base 3.1, del justificante de haber abonado la cantidad de quince euros en Tesorería Municipal (ingreso en cuenta corriente número 3035 0087 06 0870010356 del patronato Municipal de la Escuela de Música "Hilarión Eslava" en la entidad financiera "Caja Laboral Popular") en concepto de pago de tasa por derechos de examen y tramitación de documentos. El incumplimiento de lo dispuesto en la presente Base será motivo suficiente de exclusión de la convocatoria.

3.3. El plazo señalado para la presentación de solicitudes será improrrogable.

Base 4.-Admisión de aspirantes y reclamaciones.

4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Presidente del Patronato de la Escuela de Música dictará resolución, aprobando la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

4.2. Dentro de los 10 días hábiles siguientes a la publicación de la lista provisional en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, los aspirantes excluidos podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que pudieran haber incurrido.

4.3. Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas éstas, el Presidente del Patronato de la Escuela Municipal de Música, dictará resolución aprobando la lista definitiva de personas admitidas y excluidas y ordenará su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Así mismo, se determinará el lugar, fecha y hora del comienzo de las pruebas.

Base 5.-Tribunal calificador.

5.1. El Tribunal calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

-Presidente: Alcalde del M.I. Ayuntamiento de Burlada.

Suplente: Alcalde del M.I. Ayuntamiento de Villava.

-Vocal: Directora de la Escuela de Música.

Suplente: Jefe de Estudios de la Escuela de Música.

-Vocal: Un profesor de música en la especialidad de trombón.

Suplentes: Un profesor con las mismas condiciones.

-Vocal: Un profesor de música en la especialidad de agrupaciones.

Suplente: Un profesor con las mismas condiciones.

-Vocal: Representante de los trabajadores de la escuela de música.

Suplente: Un trabajador de la escuela designado por el representante de los trabajadores de la misma.

-Secretaria del Ayuntamiento de Burlada (con voz pero sin voto).

Suplente: Secretaria académica de la escuela de música.

5.2. El Tribunal deberá constituirse antes de las pruebas selectivas siendo necesaria para su válida constitución y actuación, la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros que será exigible para todas las reuniones decisorias.

5.3. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las Bases de la convocatoria, decidiendo en los empates el voto de calidad del presidente.

Base 6.-Comienzo y desarrollo del concurso-oposición.

6.1. El concurso-oposición se desarrollará en dos fases, teniendo lugar primero la fase de concurso y posteriormente la fase de oposición, en la forma indicada en las presentes Bases.

6.1.1. Fase de Concurso.

El tribunal procederá a valorar los méritos alegados por los aspirantes de acuerdo con el baremo de méritos que figuran en el anexo II.

Todos los méritos deberán ser alegados y probados documentalmente por los aspirantes en el momento de presentar la instancia para tomar parte en el concurso - oposición.

El tribunal en ningún caso puede dar por supuesto la concurrencia de un mérito que no hubiese sido alegado o que no hubiera acreditado documentalmente.

6.1.2. Fase Oposición.

Los opositores realizarán los ejercicios por orden alfabético y deberán acudir provistos de DNI.

Constará de cuatro pruebas consistentes en:

1.-Ejercicio práctico interpretativo.

La puntuación máxima para este ejercicio será de 15 puntos, y deberá obtenerse un mínimo de 9 para superarla.

Consistirá en la interpretación de un programa de concierto, elegido libremente por el aspirante y de duración máxima de 30 minutos.

El tribunal valorará positivamente la variedad del programa, la dificultad, interés y calidad de las obras presentadas, así como la calidad y madurez tanto técnica como musical del aspirante.

Cada aspirante aportará su acompañante.

Una vez concluido el ejercicio, el tribunal publicará en el tablón de anuncios la relación con las puntuaciones de los/as aspirantes, en la que se anunciarán el día y lugar de la siguiente prueba.

2.-Ejercicio práctico docente.

La puntuación máxima para este ejercicio será de 20 puntos y deberán obtenerse un mínimo de 12 para superarla.

Consistirá en impartir una clase a un alumno principiante y otra a un alumno ya iniciado. Las clases tendrán una duración máxima de 30 minutos cada una.

Finalizadas las clases, el aspirante defenderá ante el tribunal su planteamiento de la misma, comentará posibles incidencias y hará una valoración de cómo ha resultado.

El tribunal planteará entonces todo tipo de preguntas y aclaraciones al aspirante en relación con la clase y la defensa hecha de la misma.

Una vez concluido el ejercicio, el tribunal publicará en el tablón de anuncios la relación con las puntuaciones de los aspirantes, en la que se anunciarán el día y lugar de la siguiente prueba.

3.-Proyecto pedagógico.

La puntuación máxima para esta prueba será de 15 puntos y deberán obtenerse un mínimo de 9 puntos para superarla.

Consistirá en la presentación y defensa ante el tribunal de un Proyecto Pedagógico. Dicho proyecto deberá ser presentado por escrito según se indica en las Bases, para ser estudiado por el tribunal previamente a la defensa del mismo. La autoría de cada proyecto pedagógico no será conocida por el tribunal hasta la defensa.

En el proyecto pedagógico el aspirante recogerá toda su propuesta pedagógica referente a Trombón. Deberá incluir en él una propuesta justificada de objetivos y contenidos, la secuenciación de los mismos en una propuesta de cursos y niveles, toda serie de recursos metodológicos y de evaluación, orientaciones sobre la organización de las clases, etc. En dicho trabajo podrá recogerse también la experiencia formativa y práctica del aspirante y el planteamiento de educación musical al que puede haberse llegado tras una continua reflexión a partir de dicha experiencia. Podrán presentarse también ejemplos de materiales didácticos de creación propia, unidades didácticas, bibliografía, etc.

El aspirante podrá aportar todos aquellos medios materiales (Técnico, didácticos, ...) que considere oportunos para mejor ilustrar sus planteamientos pedagógicos, y en cualquier caso, deberá comunicarlo con anterioridad a la Directora de la Escuela de Música por si ello requiriera algún tipo de preparativo.

El aspirante dispondrá de un máximo de 30 minutos para la defensa de su proyecto pedagógico. A continuación, se establecerá un debate dialéctico con el tribunal en el que éste podrá plantear todo tipo de preguntas y aclaraciones al aspirante en relación con la propuesta defendida.

El tribunal valorará positivamente la calidad del trabajo presentado, la claridad de ideas en la defensa del mismo, los conocimientos demostrados por el aspirante, la coherencia de sus planteamientos, su creatividad, su originalidad, así como la compatibilidad del conjunto de su propuesta con la filosofía como centro de la Escuela de Música Hilarión Eslava.

La Escuela de Música garantiza la confidencialidad de la información presentada para esta prueba. Dicha información será conservada en el expediente de estos procesos selectivos, evitando cualquier tipo de difusión de la misma.

Si el tribunal detectara que la autoría del trabajo presentado no corresponde al aspirante, dispondrá la automática exclusión de éste del proceso selectivo.

La puntuación de cada aspirante en los ejercicios de la fase oposición será la media aritmética de las calificaciones de todos los miembros asistentes al tribunal, anulándose las calificaciones extremas, es decir, la más alta y la más baja.

4.-Dirección.

La puntuación máxima para esta prueba será de 14 puntos y deberán obtenerse un mínimo de 8 para superarla.

Esta prueba consistirá en la realización de un ensayo con una agrupación de alumnos de viento de la escuela de 4.º y 5.º curso, durante un máximo de 45 minutos.

El tribunal entregará a los opositores la obra a trabajar, el día de comienzo de las pruebas. Se valorará tanto los aspectos técnicos de dirección como las habilidades en el manejo de grupo y el resultado final del ensayo.

5.-Arreglo.

La puntuación máxima para esta prueba será de 6 puntos y deberán obtenerse un mínimo de 4 puntos para superarla.

Consistirá en la adaptación para el conjunto instrumental de la escuela de un fragmento de un arreglo estándar. Los concursantes tendrán a su disposición soporte informático (PC con Windows XP y los editores Encore y Finale). Aquellos aspirantes que opten, por utilizar un editor o versión diferente, deberán aportar dicho software.

El tribunal establecerá el tiempo en el que los aspirantes realizarán el ejercicio.

6.2. El concurso-oposición tendrá lugar en los meses de mayo y junio de 2008.

Base 7.-Relación de aprobados y presentación de documentos.

7.1. Terminada la calificación del último ejercicio, el Tribunal hará pública en el Tablón de Anuncios de la Escuela de Música la relación de aspirantes aprobados por orden de puntuación obtenida en cada una de las fases de concurso y en los ejercicios de la oposición, y elevará propuesta de nombramiento al Patronato de la Escuela de Música "Hilarión Eslava" de Burlada y Villava a favor del aspirante que mayor puntuación haya obtenido. Dicha propuesta será publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

7.2. Dentro de los 30 días naturales siguientes a la publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra de la propuesta de nombramiento, el aspirante propuesto deberá presentar en las oficinas de la Escuela de Música Hilarión Eslava de Burlada y Villava los siguientes documentos:

a) Certificado o informe médico acreditativo de que el interesado no padece enfermedad o defecto psico-físico que le impida el desempeño de las funciones propias del cargo.

b) Declaración jurada de no hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de las funciones públicas y de no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

7.3. Si dentro del plazo fijado y salvo casos, de fuerza mayor suficientemente justificados, el interesado no presentase dichos documentos, no podrá ser designado quedando anuladas todas sus actuaciones sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

En el supuesto previsto en el apartado anterior la plaza se cubrirá con el siguiente candidato de la lista de puntuaciones.

Con la relación de aspirantes aprobados se elaborará una lista al objeto de su utilización para contrataciones temporales según necesidades de la Escuela de Música "Hilarión Eslava" de Burlada y Villava.

Base 8.-Nombramiento y contratación.

8.1. Concluido el procedimiento selectivo y aportados por el aspirante los documentos a que se refiere la Base 7.2. anterior, el órgano competente efectuará el nombramiento y la contratación del aspirante propuesto y que haya cumplimentado los requisitos exigidos en forma y plazo.

Dicho nombramiento será publicado en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

8.2. El aspirante nombrado deberá formalizar contrato laboral indefinido en el plazo de un mes a contar desde la notificación del nombramiento. Si en dicho plazo, salvo los casos de fuerza mayor, no formalizara contrato laboral indefinido, perderá todos los derechos derivados de su designación en la forma y consecuencias del apartado 7.3.

Base 9.-Recursos.

Contra la presente convocatoria, sus Bases y los actos de aplicación de la misma podrán interponerse optativamente, uno de los siguientes recursos:

a) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado del mismo orden en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la publicación de este acuerdo o notificación del acto de aplicación que se recurra, o bien,

b) Recurso de alzada directamente ante el Tribunal Administrativo de Navarra en el plazo de un mes contado igualmente desde el día siguiente a la publicación o notificación de los actos o acuerdos recurridos.

c) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación o notificación de los acuerdos recurridos.

ANEXO I

Modelo de Instancia

Don/Doña ........................................................, mayor de edad, con DNI. número .........................., nacido el día ......... de ........................ de ............., natural de ........................(........................), con domicilio en ......................, calle ........................ número ........ C.P. ................, teléfono .............................

Ante VE. comparece y como mejor proceda, dice:

Que solicita ser admitido a la convocatoria para la provisión mediante concurso-oposición de una plaza de ................. para la Escuela de Música Hilarión Eslava de Burlada y Villava, publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, número ............., de fecha .....................

Que no padece enfermedad ni defecto psíquico o físico que le incapacite para el ejercicio del cargo.

Que no ha sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Administración Pública, ni está inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

Que está en posesión de la titulación señalada en la Base 2 de la convocatoria.

Que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a la fecha de expiración de plazo señalado para la presentación de instancias.

Por todo lo expuesto,

Solicita, se sirva admitir la presente instancia y en su virtud le haga ser admitido/a a la convocatoria para la provisión, mediante concurso-oposición, de una plaza de .................................. con destino a la Escuela de Música Hilarión Eslava de Burlada y Villava.

Así mismo,

Solicita, le sea realizada la prueba que acredite su conocimiento de euskera. f SI f NO

Burlada, a ...... de ........................... de 2008

(Firma del Solicitante)

ANEXO II

Baremo de méritos

1.-Experiencia docente previa:

Por cada curso completo de experiencia docente en conservatorio o escuela de música de las administraciones públicas en las especialidades a las que se opta, 2 puntos por año, con un máximo de 10 puntos. Se puntuará proporcionalmente los meses trabajados con 0,2 puntos por mes.

Por cada curso completo de experiencia docente en otro centro que no sea administración pública en las especialidades a las que se opta, 1 puntos por año, con un máximo de 3 puntos. Se puntuará proporcionalmente los meses trabajados con 0,1 puntos por mes.

A los efectos de este apartado, se considerará como curso completo el periodo comprendido entre el 1 de septiembre y el 30 de junio.

No podrán acumularse las puntuaciones cuando los servicios se hayan prestado simultáneamente en más de un centro.

Documento justificativo en este apartado:

Fotocopias compulsada del título administrativo o del nombramiento o contrato y certificación expedida por la Secretaría del Centro correspondiente con el visto bueno del director del mismo, haciendo constar la especialidad impartida y la duración real de los servicios.

2.-Cursos de Formación.

Cursillos de Perfeccionamiento de los instrumentos que se convocan o de perfeccionamiento general aplicado a la didáctica musical, 0,1 punto por cada 10 horas de curso con un máximo de 5 puntos.

A estos efectos, se sumarán las horas de todos los cursos, no puntuándose el resto de número de horas inferiores a 10.

Documentación justificativa:

Certificado de los mismos en los que conste de modo expreso el número de horas de participación o el número de créditos.

3. Por cada titulación oficial de música diferente a la exigida y de igual o superior rango 1 punto con un máximo de 2 puntos.

4. Euskera. Por conocimiento del vascuence, hasta un máximo de 10 puntos. Podrá ser acreditado mediante copia autentificada o fotocopia compulsada del Certificado de Aptitud en Euskera, expedido por una escuela oficial de idiomas o titulación reconocida oficialmente como equivalente o mediante la superación de una prueba a determinar por el tribunal calificador.

Burlada.-El Presidente, José Muñoz Arias.

Código del anuncio: L0718984