BOLETÍN Nº 4 - 9 de enero de 2008

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

1.3. OTRAS DISPOSICIONES

1.3.6. Otros

ACUERDO del Gobierno de Navarra, de 27 de diciembre de 2007, por el que se atribuye al Director General de Interior, con carácter provisional, la facultad para autorizar el funcionamiento de los aeródromos y helipuertos de la Comunidad Foral de Navarra, destinados a operaciones especiales.

El artículo 44.3 de la Ley Orgánica 13/1982, de 10 de agosto, de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra recoge la competencia exclusiva de Navarra en materia de aeropuertos que no sean de interés general y helipuertos. Dicha competencia, que no se ha desarrollado a nivel legal ni reglamentario por la Comunidad Foral, comprende la autorización de la construcción, modificación y apertura al tráfico aéreo de los helipuertos permanentes o eventuales, dedicados a la actividad policial o de emergencias, siempre supeditadas a la normativa sobre control del espacio aéreo, tránsito y transporte aéreo, que son competencia exclusiva del Estado en virtud del artículo 149.1.20 de la Constitución.

El Ministerio de Fomento, a través de la Dirección General de Aviación Civil, autorizó hasta el año 2006 el funcionamiento de estos helipuertos en la Comunidad Foral de Navarra, mediante el otorgamiento de las correspondientes Cartas Operacionales para misiones tácticas de policía, transporte sanitario de urgencia y extinción de incendios y salvamento. Sin embargo, a partir del año 2007, el Ministerio de Fomento, atendiendo al ámbito competencial de la Comunidad Foral, exigió que fuese ésta quien autorizase estas infraestructuras en el plano puramente físico de las instalaciones.

Por ello, mediante Acuerdo de 8 de enero de 2007, el Gobierno de Navarra atribuyó al Director General de Interior la facultad para autorizar, con carácter provisional para el año 2007, el funcionamiento de los aeródromos y helipuertos de la Comunidad Foral de Navarra, destinados a operaciones especiales.

Dado que la adecuada prestación de servicios en materia de policía y de atención de emergencias requiere la existencia de un conjunto de aeródromos y helipuertos desde los que puedan operar con eficacia los medios aéreos dependientes, de modo directo o indirecto, de la Dirección General de Interior de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, y persistiendo la situación que motivó la atribución de competencia al Director General de Interior, procede que por el Gobierno de Navarra se adopte un nuevo Acuerdo en el mismo sentido.

En su virtud, el Gobierno de Navarra, a propuesta del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior,

ACUERDA:

1.º Corresponde al Director General de Interior, con carácter provisional, autorizar la puesta en funcionamiento de los aeródromos y helipuertos de la Comunidad Foral de Navarra, destinados para operaciones especiales efectuadas por aeronaves al servicio del Gobierno de Navarra, en misiones tácticas de policía, búsqueda y salvamento, atención de accidentes, emergencias o catástrofes, transporte sanitario de urgencia, prevención y extinción de incendios y otras de análoga naturaleza.

2.º Dicha autorización será expedida con base en informe técnico competente en cuanto a condiciones técnicas, en especial las relativas a las áreas de protección, servidumbres aeronáuticas, instalaciones y dimensiones de las superficies delimitadoras de obstáculos exigibles por la normativa aplicable en la materia, y una vez obtenida la certificación de compatibilidad del espacio aéreo emitida por el órgano competente del Estado en materia aeronáutica, sin menoscabo de otras autorizaciones administrativas que correspondan de acuerdo con la normativa de aplicación.

3.º Las autorizaciones, sus modificaciones y otras incidencias que puedan surgir en relación con las instalaciones autorizadas deberán ser comunicadas al órgano competente del Estado en materia de aeronáutica y a los Ayuntamientos afectados.

4.º Publicar este Acuerdo en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y trasladarlo al Director General de Interior y al Director General de Aviación Civil del Ministerio de Fomento, a los efectos oportunos.

Pamplona, 27 de diciembre de 2007.-El Consejero Secretario del Gobierno de Navarra, Javier Caballero Martínez.

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