VIII. ANUNCIOS
8.1. OTROS ANUNCIOS OFICIALES
DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA, JUSTICIA E INTERIOR Tribunal Administrativo de Navarra
Edictos de notificación
Notificación para: Don José-León Taberna Armisén.
Acto que se notifica: Providencia de 1 de febrero de 2008.
Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley, se publica el presente edicto para que sirva de notificación de la providencia del señor Presidente de este Tribunal de fecha 1 de febrero de 2008, dictada en el recurso de alzada número 08-0523, interpuesto por don José-León Taberna Armisén, contra providencia de apremio del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 14 de agosto de 2007, sobre reclamación en vía ejecutiva de importe de multa de tráfico, cuyo texto, literalmente copiado, dice así:
"Providencia.
Señor Presidente: don Gabriel Casajús Gavari.
En la ciudad de Pamplona, a uno de febrero de 2008.
Por recibido el recurso de alzada número 08-0523, interpuesto por don José-León Taberna Armisén contra providencia de apremio del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 14 de agosto de 2007, sobre reclamación en vía ejecutiva de importe de multa de tráfico.
Observada la omisión padecida, pues el escrito de recurso aparece sin firmar por el recurrente, se requiere a fin de que, en plazo de diez días hábiles, (los sábados tienen la consideración de días hábiles) que se contarán a partir del siguiente al de la notificación de la presente Providencia, subsane la omisión en que ha incurrido realizando las siguientes actuaciones:
-Se persone en la secretaria de este Tribunal, al objeto de proceder a la firma del escrito de recurso (la firma es fotocopia).
Todo ello a tenor de lo preceptuado en los artículos 11 y 12.1 del Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, según la redacción dada al mismo por Decreto Foral 173/1999, de 24 de mayo, significándole que, de no hacerlo en el expresado plazo, se ordenará el archivo de las actuaciones.
Lo manda y firma el Señor Presidente del Tribunal Administrativo de Navarra, de que certifico."
Pamplona, 27 de febrero de 2008.-La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.
Edicto de notificación
Notificación para: Doña Josune Heredia Ganuza.
Acto que se notifica: Providencia de 8 de febrero de 2008.
Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley, se publica el presente edicto para que sirva de notificación de la providencia del señor Presidente de este Tribunal de fecha 8 de febrero de 2008, dictada en el recurso de alzada número 07-7726, interpuesto por doña Josune Heredia Ganuza, contra providencia de apremio del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 14 de agosto de 2007 (expediente municipal número 66229/06), sobre reclamación en vía ejecutiva de importe de multa de tráfico, cuyo texto, literalmente copiado, dice así:
"Providencia.
Señor Presidente: don Gabriel Casajús Gavari.
R.A número 07-7726
En la ciudad de Pamplona, a ocho de enero de 2008
Por recibido recurso de alzada interpuesto por doña Josune Heredia Ganuza contra providencia de apremio del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 14 de agosto de 2007 (expediente municipal número 66229/06), sobre reclamación en vía ejecutiva importe multa de tráfico.
Requiérase al recurrente a fin de que, en el plazo de DIEZ DIAS hábiles (los sábados tienen la consideración de días hábiles), que se contarán a partir del siguiente al de la notificación de esta Providencia, subsane las omisiones en que ha incurrido, remitiendo a este Tribunal los siguientes documentos:
-Providencia de apremio que se recurre.
Todo ello a tenor de lo preceptuado en los artículos 11 y 12.1 del Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, según la redacción dada al mismo por Decreto Foral 173/1999, de 24 de mayo, significándole que, de no hacerlo en el expresado plazo, se ordenará el archivo de las actuaciones.
Lo manda y firma el Señor Presidente del Tribunal Administrativo de Navarra, de que certifico."
Pamplona, 27 de febrero de 2008.-La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.
Edicto de notificación
Notificación para: Don Antonio Ibáñez Basterrica.
Acto que se notifica: Providencia de 30 de enero de 2008.
Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley, se publica el presente edicto para que sirva de notificación de la providencia del señor Presidente de este Tribunal de fecha 30 de enero de 2008, dictada en el recurso de alzada número 08-0431, interpuesto por don Antonio Ibáñez Basterrica, contra liquidación de Tasa por el Servicio de Grúa de etidad local que no se indica, sobre retirada de vehículo por la grúa municipal, cuyo texto, literalmente copiado, dice así:
"Providencia.
Señor Presidente: don Gabriel Casajús Gavari.
R.A número 08-0431
En la ciudad de Pamplona, a treinta de enero de 2008.
Por recibido recurso de alzada interpuesto por don Antonio Ibáñez Basterrica contra liquidación de Tasa por el Servicio de Grúa de entidad local que no se indica, sobre retirada de vehículo por la grúa municipal.
Requiérase al recurrente a fin de que, en el plazo de diez días hábiles (los sábados tienen la consideración de días hábiles), que se contarán a partir del siguiente al de la notificación de esta Providencia, subsane las omisiones en que ha incurrido, remitiendo a este Tribunal los siguientes documentos:
-Copia de la liquidación de tasa por el servicio de grua que se recurre.
Todo ello a tenor de lo preceptuado en los artículos 11 y 12.1 del Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, según la redacción dada al mismo por Decreto Foral 173/1999, de 24 de mayo, significándole que, de no hacerlo en el expresado plazo, se ordenará el archivo de las actuaciones.
Lo manda y firma el Señor Presidente del Tribunal Administrativo de Navarra, de que certifico."
Pamplona, 27 de febrero de 2008.-La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.
Edicto de notificación
Notificación para: Don Iker Calvo Bengoechea.
Acto que se notifica: Providencia de 1 de febrero de 2008.
Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley, se publica el presente edicto para que sirva de notificación de la providencia del señor Presidente de este Tribunal de fecha 1 de febrero de 2008, dictada en el recurso de alzada número 08-0538, interpuesto por don Iker Calvo Bengoechea, contra diligencia de embargo del Ayuntamiento de Barañáin de fecha que no se indica, sobre reclamación en vía ejecutiva de importe de multa de tráfico, cuyo texto, literalmente copiado, dice así:
"Providencia.
Señor Presidente: don Gabriel Casajús Gavari.
R.A número 08-0538
En la ciudad de Pamplona, a uno de febrero de 2008.
Por recibido recurso de alzada interpuesto por don Iker Calvo Bengoechea contra diligencia de embargo del Ayuntamiento de Barañáin de fecha que no se indica, sobre reclamación en vía ejecutiva de importe de multa de tráfico.
Requiérase al recurrente a fin de que, en el plazo de DIEZ DIAS hábiles (los sábados tienen la consideración de días hábiles), que se contarán a partir del siguiente al de la notificación de esta Providencia, subsane las omisiones en que ha incurrido, remitiendo a este Tribunal los siguientes documentos:
-Notificación de embargo en la que conste la entidad que lo ordeno.
Todo ello a tenor de lo preceptuado en los artículos 11 y 12.1 del Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, según la redacción dada al mismo por Decreto Foral 173/1999, de 24 de mayo, significándole que, de no hacerlo en el expresado plazo, se ordenará el archivo de las actuaciones.
Lo manda y firma el Señor Presidente del Tribunal Administrativo de Navarra, de que certifico."
Pamplona, 27 de febrero de 2008.-La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.
Edicto de notificación
Notificación para: Don Jesús Apesteguía Martínez.
Acto que se notifica: Providencia de 25 de enero de 2008.
Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley, se publica el presente edicto para que sirva de notificación de la providencia del señor Presidente de este Tribunal de fecha 25 de enero de 2008, dictada en el recurso de alzada número 08-0058, interpuesto por don Jesús Apesteguía Martínez, contra resolución del Director del Area de Hacienda Local del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 29 de octubre de 2007, desestimatoria de los recursos de reposición interpuestos contra providencias de apremio (expedientes municipales números 31765/06 y 61719/06), sobre reclamación en vía ejecutiva de importe de multa de tráfico, cuyo texto, literalmente copiado, dice así:
"Providencia.
Señor Presidente: don Gabriel Casajús Gavari.
R.A número 08-0058.
En la ciudad de Pamplona, a veintidós de enero de 2008.
Por recibido recurso de alzada número 08-0058, interpuesto por don Jesús Apesteguía Martínez contra resolución del Director del Area de Hacienda Local del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 29 de octubre de 2007, desestimatorio de los recursos de reposición (expedientes municipales números 31765/06 y 61719/06), sobre reclamación en vía ejecutiva importe multas de tráfico.
La parte recurrente, en su escrito de recurso, solicita la suspensión de la ejecutividad del acto impugnado.
El artículo 339.1.º de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, dispone que la interposición del recurso de alzada no suspenderá la ejecución del acto o acuerdo impugnado; añadiendo el párrafo segundo del mismo artículo que "durante la tramitación del recurso de alzada el Tribunal Administrativo de Navarra no podrá suspender la ejecución de los actos o acuerdos objeto de aquél". Dicha disposición se reproduce literalmente en el artículo 8.º del Reglamento de desarrollo parcial de dicha Ley, según la redacción dada al mismo por Decreto Foral 173/1999, de 24 de mayo.
De todo ello se desprende que el Tribunal carece de atribuciones para suspender la ejecutividad de los actos impugnados, motivo por el cual procede desestimar la solicitud.
Por lo expuesto,
HE RESUELTO:
Desestimar la solicitud de suspensión de la ejecutividad del acto recurrido.
Lo manda y firma el Señor Presidente del Tribunal Administrativo de Navarra; certifico."
Pamplona, 27 de febrero de 2008.-La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.
Edicto de notificación
Notificación para: Doña Isabel Rodríguez Calvo.
Acto que se notifica: Providencia de 30 de enero de 2008.
Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley, se publica el presente edicto para que sirva de notificación de la providencia del señor Presidente de este Tribunal de fecha 30 de enero de 2008, dictada en el recurso de alzada número 08-0375, interpuesto por doña Isabel Rodríguez Calvo, contra liquidación de Tasa por el Servicio de Grúa de entidad local que no se indica, sobre retirada de vehículo por la grúa municipal, cuyo texto, literalmente copiado, dice así:
"Providencia.
Señor Presidente: don Gabriel Casajús Gavari.
R.A número 08-0375
En la ciudad de Pamplona, a treinta de enero de 2008.
Por recibido recurso de alzada interpuesto por doña Isabel Rodríguez Calvo contra liquidación de Tasa por el Servicio de Grúa de entidad local que no se indica, sobre retirada de vehículo por la grúa municipal.
Requiérase al recurrente a fin de que, en el plazo de DIEZ DIAS hábiles (los sábados tienen la consideración de días hábiles), que se contarán a partir del siguiente al de la notificación de esta Providencia, subsane las omisiones en que ha incurrido, remitiendo a este Tribunal los siguientes documentos:
-Copia de la liquidación de tasa por el servicio de grúa que se recurre.
Todo ello a tenor de lo preceptuado en los artículos 11 y 12.1 del Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, según la redacción dada al mismo por Decreto Foral 173/1999, de 24 de mayo, significándole que, de no hacerlo en el expresado plazo, se ordenará el archivo de las actuaciones.
Lo manda y firma el Señor Presidente del Tribunal Administrativo de Navarra, de que certifico."
Pamplona, 27 de febrero de 2008.-La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.
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