BOLETÍN Nº 38 - 24 de marzo de 2008

II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

2.2. AUTORIDADES Y PERSONAL

2.2.2. Plantilla Orgánica, Oferta Pública de Empleo, oposiciones y concursos

ALTSASU/ALSASUA

Convocatoria para la provisión, mediante concurso-oposición, de un puesto de trabajo de oficial administrativo al servicio del ayuntamiento de Altsasu/Alsasua

BASES

1.-Normas generales.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión, mediante concurso-oposición y en régimen funcionarial, de un puesto de trabajo de Oficial Administrativo al servicio del Ayuntamiento de Altsasu/Alsasua.

1.2. El nombramiento conferirá al designado, a todos los efectos, el carácter de personal funcionario del Ayuntamiento de Altsasu/Alsasua, desde la fecha de toma de posesión, siendo afiliado, en su caso, y dado de alta en el Régimen General de la Seguridad Social.

1.3. La plaza estará dotada con las retribuciones del Nivel C, correspondiente al personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra. Percibirá igualmente los complementos salariales que prevea la plantilla orgánica del Ayuntamiento de Altsasu/Alsasua.

1.4. El régimen de jornada de trabajo es de jornada completa.

1.5. Las funciones a desempeñar serán las propias de su nivel y categoría, y entre otras, con carácter meramente enunciativo, las que se señalan a continuación:

a) Colaborar con la Secretaría en la trascripción de los órdenes del día y convocatorias de las sesiones plenarias y de la Junta de Gobierno Local (ordinarias y extraordinarias).

b) Preparar, clasificar y remitir las convocatorias y documentación de las sesiones a los miembros de la Corporación, prensa, boletines, etc.

c) Colaborar con la Secretaría en la trascripción de las actas de las sesiones, así como en la cumplimentación y salida de los acuerdos y resoluciones adoptadas por los mismos.

d) Llevar a cabo la confección y edición de los Libros de Actas de Pleno y Junta de Gobierno Local, así como de Resoluciones de Alcaldía: dirección y control de registro, archivo de los mismos y envío mensual al organismo competente.

e) Llevar a cabo la gestión y tramitación de expedientes del Area, agregando cuantos documentos, dictámenes, resoluciones, acuerdos y demás diligencias deban integrarlos y realizando la tramitación y seguimiento de los asuntos de competencia administrativa de los mismos.

f) Confeccionar las resoluciones, así como notificaciones y comunicaciones, recoger duplicados y acuse de recibos, incorporándolas a los expedientes respectivos.

g) Colaborar con la Secretaría en el apoyo al Juzgado de Paz: mantenimiento actualizado del Registro de Parejas de Hecho y celebración de matrimonios civiles.

h) Redactar escritos, mecanografiar y fotocopiar toda clase de documentos que se le encomienden.

i) Establecer y desarrollar las relaciones y contactos necesarios con otros Organismos, Entidades profesionales, etc. que se precisen para el desarrollo de sus funciones.

j) Llevar a cabo gestiones de Padrón de Habitantes, Estadística y Censo Electoral.

k) Localizar en el archivo histórico municipal los expedientes y documentos que se requieran por las distintas áreas municipales.

l) Colaborar con el resto del personal adscrito al Area en situaciones de acumulación de tareas, ausencia o enfermedad.

m) Realizar, además de las descritas, otras tareas que, en coherencia con las capacidades y aptitudes profesionales que el puesto exige, le sean encomendadas.

1.6. El régimen de vacaciones será el de los restantes trabajadores de las oficinas municipales.

1.7. Los aspirantes aprobados sin plaza, según el orden de puntuación obtenida, podrán ser contratados temporalmente en los supuestos previstos en la normativa vigente.

2.-Requisitos generales.

2.1. Para ser admitido al presente concurso-oposición, los aspirantes deberán reunir, en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

a) Ser mayor de edad y tener la nacionalidad española o de cualquier otro Estado miembro de la Unión Europea.

b) Tener capacidad física y psíquica necesaria para el ejercicio de las correspondientes funciones.

c) Hallarse en posesión, como mínimo, del título de Bachillerato, Formación Profesional de II grado o equivalente a alguno de los anteriores o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.

d) No hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de las funciones públicas y no haber sido separado del ejercicio de una Administración Pública.

e) Estar en posesión del Certificado de Aptitud expedido por una Escuela Oficial de Idiomas u otra titulación reconocida oficialmente como equivalente, o la superación de una prueba que determine si el aspirante tiene el nivel lingüístico suficiente. El nivel de conocimiento será el correspondiente al 4.º de la Escuela Oficial de Idiomas o equivalente (perfil lingüístico 2).

2.2. Los anteriores requisitos deberán ser acreditados por el aspirante que obtenga el puesto de trabajo en el plazo y forma previstos en la base novena de la presente convocatoria, y su cumplimiento se entenderá referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, debiendo gozar de los mismos durante el procedimiento de concurso-oposición hasta el momento del nombramiento.

3.-Solicitudes.

3.1. Las instancias para poder participar en la convocatoria deberán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Altsasu/Alsasua en el plazo de treinta días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y hasta las catorce horas del último día. Si éste es inhábil o sábado, será el siguiente día hábil.

3.2. A las instancias deberán adjuntarse la siguiente documentación:

a) Instancia en modelo oficial, con todos los extremos cumplimentados, según el anexo 1 a la presente convocatoria y fotocopia del DNI o documento equivalente de identificación.

b) Copia autentificada o fotocopia, (que se presentará acompañada del original para su compulsa), de las titulaciones exigidas en el apartado 2.1.c) de la presente convocatoria.

c) Certificados originales acreditativos de los méritos que el aspirante desee hacer valer en la fase del concurso, o tratándose de extremos que no puedan acreditarse por este conducto, copia autentificada o fotocopia (que se presentará acompañada del original para su compulsa) de los títulos, justificantes de asistencia a cursillos y otros que pretendan ser valorados.

d) Copia autentificada o fotocopia (que se presentará acompañada del original para su compulsa) del certificado de aptitud expedido por una Escuela Oficial de Idiomas o titulación reconocida oficialmente como equivalente.

3.3. El plazo señalado para la presentación de instancias y documentos será improrrogable.

4.-Admisión de aspirantes y reclamaciones.

4.1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Altsasu/Alsasua dictará resolución aprobando la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, y ordenará su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Altsasu/Alsasua.

En el caso de que no hubiera aspirantes excluidos en la convocatoria, se hará constar el hecho en dicha publicación, la lista pasará a ser definitiva y se determinará el lugar, fecha y hora del comienzo de las pruebas.

4.2. En el caso de que hubiera aspirantes excluidos, dentro de los diez días hábiles siguientes a la publicación de la lista provisional en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, éstos podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que pudieran haber incurrido.

4.3. Transcurrido el plazo señalado y resueltas las reclamaciones, en su caso, el Alcalde-Presidente dictará resolución aprobando la lista definitiva de admitidos y excluidos, y ordenará su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Altsasu/Alsasua. En esta publicación se concretará el lugar, fecha y hora del comienzo de las pruebas.

5.-Tribunal calificador.

5.1. El Tribunal estará compuesto por:

-Presidente: Unai Hualde Iglesias, Alcalde del Ayuntamiento de Altsasu/Alsasua.

-Suplente: Mariano García Garrancho, Presidente de la Comisión Informativa de Personal del Ayuntamiento de Altsasu/Alsasua.

-Vocal: Un representante a designar por la Federación Navarra de Municipios y Concejos.

-Suplente: Un representante a designar por la Federación Navarra de Municipios y Concejos.

-Vocal: Eva Pérez Eguino, oficial administrativo de la Mancomunidad de Sakana.

-Suplente: Amaia Serrano Etxaiz, oficial administrativo de la Mancomunidad de Sakana.

-Vocal: Un representante designado por el personal funcionario del Ayuntamiento de Altsasu/Alsasua.

-Suplente: Un representante designado por el personal funcionario del Ayuntamiento de Altsasu/Alsasua.

-Vocal-Secretario: Isaac Valencia Alzueta, Secretario del Ayuntamiento de Altsasu/Alsasua.

-Suplente: Silvia Gonzalo Etxarri, Secretaria de los Ayuntamientos de Bakaiku e Iturmendi.

5.2. El Tribunal se constituirá antes del inicio de las pruebas selectivas, siendo necesaria para su válida constitución y actuación la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros.

5.3. Quienes integran el Tribunal calificador deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al órgano convocante, cuando concurran los motivos de abstención previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Asimismo, las personas aspirantes podrán recusar a quienes integran del Tribunal cuando concurran las aludidas circunstancias.

5.4. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de la convocatoria.

5.5. El Tribunal podrá incorporar asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas y colaborarán con el Tribunal en base exclusivamente de aquéllas.

6.-Prueba de euskara.

6.1. Previo al inicio de la fase de concurso-oposición los candidatos que no estén en posesión del título de aptitud de euskara expedido por la Escuela Oficial de Idiomas o equivalente deberán acreditar el conocimiento de euskara, para lo cual deberán realizar dos pruebas una escrita y otra oral, que en conjunto tendrán la calificación de apto o no apto. El nivel de conocimiento será el correspondiente al 4.º de la Escuela Oficial de Idiomas o equivalente (perfil lingüístico 2).

Las pruebas serán calificadas por personal técnico de la Mancomunidad de Sakana o los designados por dicha Mancomunidad.

6.2. Una vez cumplimentada esta prueba, quienes hayan obtenido la calificación de apto o estén en posesión del título de aptitud o equivalente pasarán a las pruebas de concurso-oposición.

7.-Desarrollo del concurso-oposición.

7.1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 16.j del Decreto Foral 113/1985, de 5 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso en las Administraciones Públicas de Navarra, el concurso-oposición dará comienzo como mínimo a partir de transcurridos dos meses desde la fecha de publicación de la convocatoria, teniendo lugar primero la fase de concurso y posteriormente la fase de oposición, en la forma indicada en las presentes bases.

7.2. Concurso (20 puntos).

A.-Experiencia.

A.1. Por servicios prestados en la Administración Pública local, en el puesto de oficial administrativo: 1,5 puntos por año.

A.2. Por servicios prestados en la Administración Pública local, en el puesto de auxiliar administrativo: 0,75 puntos por año.

A.3. Por servicios prestados en otras Administraciones Públicas, en el puesto de oficial administrativo: 0,5 puntos por año.

A.4. Por servicios prestados en otras Administraciones Públicas, en el puesto de auxiliar administrativo: 0,25 puntos. por año.

Para el cómputo de los méritos previstos en los apartados anteriores, acreditados por certificados de la Administración Pública donde trabajó el concursante, se tendrán en cuenta los servicios prestados tanto en régimen laboral, eventual o fijo, como administrativo, interino o en propiedad, pero si coincide en el tiempo la prestación de servicios encuadrados en más de un apartado, se computarán en ese período de coincidencia únicamente los prestados en el que tiene asignada mayor puntuación.

Cuando el tiempo de experiencia acreditado no complete anualidades enteras, se obtendrá la correspondiente proporcionalidad, que se calculará por mensualidades completas y se considerarán solo aquellos casos que como mínimo acrediten una mensualidad completa por contrato.

Para el caso que la jornada no sea completa también se calculará conforme a la proporcionalidad que corresponda.

Los documentos donde se acrediten la prestación de servicios deberán indicar expresamente si aquella lo fue a jornada completa o reducida y en éste último caso, el alcance de la misma.

La suma de los apartados anteriores no podrá sobrepasar un máximo de 12 puntos.

B.-Por formación complementaria.

1. Por titulación universitaria de 2.º ciclo o superior: 3 puntos.

2. Por titulación universitaria de 1.º ciclo: 2 puntos.

3. Por titulo de formación profesional de 2.º grado o equivalente, rama administrativa: 1 punto.

La suma de los apartados anteriores no podrá sobrepasar un máximo de 3 puntos.

C.-Cursos de formación.

Cursos de perfeccionamiento en materias relativas al puesto de trabajo, como informática, procedimiento administrativo y otros a valorar por el tribunal, debidamente acreditados mediante título original o fotocopia compulsada y cuya puntuación se efectuará de la siguiente forma:

-Por cada curso de 10 horas o más y menos de 20 horas: 0,10 puntos.

-Por cada curso de más de 20 horas y menos de 50 horas: 0,30 puntos.

-Por cada curso de más de 50 horas: 0,40 puntos.

No se valorarán los cursos inferiores a 10 horas.

La suma de todos los cursos en ningún caso podrá superar los 5 puntos.

El Tribunal publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Altsasu/Alsasua las puntuaciones del concurso y fijará el lugar, fecha y hora del comienzo de la oposición. Dicho anuncio se hará como mínimo cuarenta y ocho horas antes del comienzo de la oposición.

7.3. Oposición.

-Primer ejercicio: de carácter teórico; deberá contestarse por escrito a 50 preguntas tipo test sobre temas del programa que figuran en el anexo 2.

-Segundo ejercicio: de carácter teórico-práctico, consistirá en resolver un supuesto sobre las funciones propias del puesto de trabajo.

-Tercer ejercicio: prueba informática, consistirá en la elaboración de un ejercicio práctico con pruebas sobre conocimiento de ofimática bajo entorno de Windows: Word, Excel, Access.

-Cuarto ejercicio: pruebas psicotécnicas.

El Tribunal establecerá antes del comienzo de cada prueba el tiempo de realización de los ejercicios.

Los tres primeros ejercicios se efectuarán por el sistema de plicas.

7.3. Las pruebas psicotécnicas tienen como objeto la determinación del grado de adecuación de los aspirantes a las exigencias del perfil profesiográfico del puesto de trabajo. Esta prueba será realizada por el Instituto Navarro de Administración Pública.

Con anterioridad a la celebración de las pruebas psicotécnicas, el Servicio de Psicología Aplicada, previa consulta con la Alcaldía, elevará a ésta una propuesta de perfil profesiográfico. La Alcaldía aprobará dicho perfil y lo notificará al Tribunal Seleccionador.

El Servicio de Psicología Aplicada del Instituto Navarro de Administración Pública, tras la realización de las correspondientes pruebas, emitirá un informe psicotécnico acerca de cada una de las personas aspirantes en el que valorará su adecuación personal a la naturaleza y características del puesto de trabajo objeto de la convocatoria. La puntuación que el referido Servicio asigne en el informe psicotécnico a cada uno de los aspirantes vinculará al Tribunal Seleccionador.

7.4. Entrevista personal: Se valorará hasta 10 puntos en función de la capacidad, habilidad, y resolución de los aspirantes a la hora de contestar y resolver a cuestiones objetivas que le serán planteadas por el Tribunal y que estarán relacionadas con el puesto de trabajo de oficial administrativo del Ayuntamiento de Altsasu/Alsasua.

7.5. Valoración de los ejercicios de la oposición.

Primer ejercicio. Este ejercicio tendrá una puntuación máxima de 20 puntos, quedando eliminados los que no obtengan 10 puntos. Cada pregunta correctamente respondida se valorará con 0,40 puntos, y por cada respuesta incorrecta se descontarán 0,1 puntos.

Segundo ejercicio. Este ejercicio tendrá una puntuación máxima de 20 puntos, quedando eliminados los que no obtengan 10 puntos.

Tercer ejercicio. Este ejercicio tendrá una puntuación máxima de 20 puntos, quedando eliminados los que no obtengan una puntuación de 10 puntos.

Cuarto ejercicio. La valoración de las pruebas psicotécnicas no excederá de 10 puntos. Se eliminarán quienes obtengan una puntuación inferior a 5 puntos.

Entrevista personal. Esta prueba tendrá una puntuación máxima de 10 puntos.

7.6. Salvo la entrevista personal, cada uno de los ejercicios de que consta la fase de la oposición serán eliminatorios, quedando eliminado en cada uno de ellos, aquellos opositores que no alcancen, al menos, la puntuación mínima asignada a los mismos. Igualmente y en todos los ejercicios quedarán eliminados los aspirantes que sean calificados con 0 puntos en cualquiera de las pruebas que conste/comprenda cada ejercicio.

7.7. Para la corrección de los ejercicios el Tribunal seguirá el mismo orden establecido para la realización práctica de los mismos: Primera prueba (temas), segunda prueba (prueba práctica) y tercera prueba (informática). Los aspirantes que no superen la puntuación mínima exigida para aprobar un ejercicio quedarán eliminados sin que el Tribunal entre a calificar el resto de la prueba.

7.8. La publicación de fechas, horas y lugar de los sucesivos ejercicios deberá hacerse en el tablón de anuncios del Ayuntamiento con un mínimo de cuarenta y ocho horas, o de veinticuatro horas si se trata de la continuación de algún ejercicio iniciado.

7.9. Todos los ejercicios se harán mediante llamamiento único, al que todos los aspirantes deberán acudir a las pruebas provistos del Documento Nacional de Identidad o asimilado legalmente y exhibirlo cuando sean requeridos al efecto, so pena de expulsión y eliminación.

El copiar de notas y otros fraudes en las pruebas serán causa de exclusión inmediata, sin perjuicio de actuaciones penales, si procediese.

8.-Relación de aprobados y propuesta del tribunal.

Hecha la suma de las puntuaciones obtenidas en cada una de las dos fases señaladas en la base séptima, el Tribunal confeccionará una lista de aprobados, ordenados de mayor a menor puntuación y elevará propuesta de nombramiento a la Alcaldía a favor del aspirante que mayor puntuación haya obtenido, procediendo la Alcaldía a publicar la propuesta en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

9.-Presentación de documentos.

9.1. Dentro de los treinta días naturales siguientes a la publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra de la propuesta de nombramiento, el aspirante propuesto deberá presentar en el Registro General municipal, los siguientes documentos:

a) Copia autentificada o fotocopia (a compulsar con el original que se presentará en las oficinas municipales) de la titulación exigida.

b) Declaración jurada de no hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y de no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

c) Informe médico acreditativo de que el interesado no padece enfermedad o defecto físico o psíquico para el ejercicio de las funciones propias del cargo, realizado por el equipo médico que determine el Ayuntamiento de Altsasu/Alsasua.

9.2. Quien dentro del plazo indicado y salvo los casos de fuerza mayor, suficientemente justificados, no presentara dichos documentos, no podrá ser nombrado, quedando anuladas todas sus actuaciones sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad en su instancia.

9.3. En el supuesto previsto en el apartado anterior, el Alcalde-Presidente cubrirá la baja con el aspirante incluido inmediatamente a continuación en la relación de aprobados.

10.-Incorporación al puesto de trabajo.

10.1. La Alcaldía nombrará, mediante Resolución, Oficial Administrativo del Ayuntamiento de Altsasu/Alsasua al aspirante que hubiera dado cumplimiento a lo establecido en la Base anterior.

10.2. Dicho nombramiento será publicado en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

10.3. El aspirante nombrado deberá incorporarse al puesto de trabajo en el plazo de un mes, a contar desde la notificación del nombramiento. Si en dicho plazo y salvo por causas de fuerza mayor no tomara posesión, perderá todos sus derechos para la adquisición de la condición de personal funcionario del Ayuntamiento de Altsasu/Alsasua. En tal supuesto se estará a lo dispuesto en la Base 9.

11.-Recursos.

Contra la presente convocatoria, sus bases y los actos de aplicación de la misma podrá interponerse optativamente uno de los siguientes recursos:

a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación o publicación.

b) Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

c) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes a la fecha de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

Contra los actos del Tribunal Calificador podrá interponerse recurso de alzada ante el señor Alcalde dentro del mes siguiente a la fecha de notificación del acto o acuerdo recurrido.

ANEXO 1

Modelo oficial de instancia

Don/doña ......................., de ...... años, con DNI número ........, con domicilio a efectos de notificaciones en la calle ........................, número ..... de ..............., teléfono .........,

Ante usted comparece y como mejor proceda dice:

-Que solicita ser admitido a la convocatoria para la provisión, mediante concurso-oposición, de un puesto de trabajo de Oficial Administrativo en régimen funcionarial, al servicio del Ayuntamiento de Altsasu/Alsasua, publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, número ...., de fecha ..............

-Que no padece enfermedad ni defecto físico ni psíquico que le incapacite para el ejercicio del cargo.

-Que no está incurso en ninguna de las incapacidades establecidas en las disposiciones vigentes.

-Que no ha sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Administración Pública, ni está inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

-Que está en posesión de la titulación señalada en la base 2 de la convocatoria.

-Que se compromete a someterse a las pruebas de aptitud que se determinen para la acreditación del conocimiento de euskara (en su caso).

-Que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.

-Que alega y acredita los siguientes méritos:

Por todo ello, solicita ser admitido a las pruebas selectivas para la obtención de dicha plaza.

Altsasu/Alsasua, ..... de ................. de 2008.

(Firma del solicitante)

SEÑOR ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE ALTSASU/ALSASUA.

ANEXO 2

Temario

Tema 1.-La Administración Local de Navarra. Organización y administración. Tipos de entidades. Competencias.

Tema 2.-El Ayuntamiento. Composición. Elección de sus miembros. El Pleno, el Alcalde y la Junta de Gobierno Local. Régimen de Sesiones. Las Comisiones Informativas. El Reglamento Orgánico.

Tema 3.-Documentos administrativos. El oficio, la instancia, el certificado, el acta, la circular, el traslado de acuerdos. Organización y tratamiento archivístico.

Tema 4.-Disposiciones y actos administrativos. El procedimiento administrativo. Concepto. Principios. Fases. Procedimientos especiales. El Administrado. Derechos de los ciudadanos. Presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones. Los registros. Cómputo de plazos. La notificación de los actos administrativos. Plazos y formas. La publicación: forma y supuestos.

Tema 5.-Reglamentos/Ordenanzas. El reglamento. Concepto general, Ordenanzas y Reglamentos municipales: Requisitos y clases. Procedimiento de aprobación.

Tema 6.-Recursos administrativos y jurisdiccionales contra los actos y acuerdos de las Entidades Locales de Navarra. Especial Referencia al Recurso de Alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra.

Tema 7.-Contratos de las Entidades Locales de Navarra. Disposiciones Generales. Actuaciones administrativas preparatorias. Procedimiento y formas de adjudicación.

Tema 8.-Recursos de las Entidades Locales de Navarra según la Ley Foral 2/1995, de Haciendas Locales de Navarra. Idea general de los mismos.

Tema 9.-Texto Refundido del Estatuto del personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra: Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto. Personal funcionario: Ideas básicas de su régimen jurídico.

Tema 10.-Idea general sobre el Padrón Municipal y el censo electoral.

Tema 11.-Bienes de las Entidades Locales: Regulación en la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de Administración Local de Navarra. Especial referencia a los bienes comunales.

Código del anuncio: L0803031

Hace cien años

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