BOLETÍN Nº 32 - 10 de marzo de 2008

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

1.3. OTRAS DISPOSICIONES

1.3.5. Estatutos y convenios colectivos

RESOLUCION 145/2008, de 7 de febrero, de la Directora General de Trabajo y Prevención de Riesgos, por la que se acuerda el registro, depósito y publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra el texto del Acuerdo de Revisión Salarial, correspondiente al año 2007 del Convenio Colectivo del sector "Comercio de la Madera y Corcho", de Navarra (Expediente número: 14/2008).

Con fecha 29-1-2008 ha tenido entrada en este Departamento el Acuerdo de Revisión Salarial del Convenio Colectivo de trabajo del sector "Comercio de la Madera y Corcho", correspondiente al año 2007, suscrito y aprobado por la Comisión Negociadora, en cumplimiento de lo pactado en el citado Convenio (Expediente inicial número 84/2005).

Siendo el Departamento de Innovación, Empresa y Empleo competente para efectuar las funciones de registro, depósito y publicación de los Convenios Colectivos de trabajo, establecidas en el artículo 90 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, en virtud de lo establecido en el Real Decreto 937/1986, de 11 de abril, de transferencias laborales estatales a la Comunidad Foral de Navarra; y teniendo en cuenta lo dispuesto en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 22.1 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

RESUELVO:

1. Proceder al registro del Acuerdo de Revisión Salarial del Convenio Colectivo de trabajo del sector "Comercio de la Madera y Corcho" (Código número 3101955), de Navarra, en el libro especial habilitado al efecto que obra en el Negociado de Registro, Depósito de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, en cuya unidad administrativa queda en depósito su texto y documentación.

2. Notificar esta Resolución a la Comisión Negociadora, advirtiendo que contra la misma, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Innovación, Empresa y Empleo, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación.

3. Publicar esta Resolución en el BOLETIN OFICIAL de Navarra para su general conocimiento.

Pamplona, 7 de febrero de 2008.-La Directora General de Trabajo y Prevención de Riesgos, Imelda Lorea Echavarren.

TEXTO DEL ACUERDO DE REVISION SALARIAL PARA 2007, DEL CONVENIO COLECTIVO DEL SECTOR "COMERCIO DE LA MADERA Y CORCHO" DE NAVARRA

En la ciudad de Pamplona, el día 23 de enero de 2008, se reúnen las partes firmantes del Convenio Colectivo del Sector del Comercio de la Madera de Navarra con la asistencia de los Representantes que a continuación se relacionan:

-Por la Asociación de Empresarios de la Madera de Navarra (ADEMAN), don Alvaro Valgañón Villanueva.

-Por la Unión General de Trabajadores (UGT), doña Alicia Sanz Pascal.

Abierto el acto, los comparecientes acuerdan:

1.-Aprobar las tablas de revisión salarial para el año 2007, con un incremento del 4,7 % (4,2 % IPC REAL AÑO 2007 + 0,5 % estipulado convenio). Se adjunta Tabla Salarial año 2007, como anexo número 1.

Y no habiendo más asuntos que tratar se levanta la sesión, extendiéndose acta que firman todos los asistentes en el lugar y fecha del encabezamiento.

Firmado, ADEMAN. Firmado, UGT,

TABLAS SALARIALES DEFINITIVAS 2007

Para el año 2007 se realizó una subida inicial del IPC previsto, (2%) + 1 punto. Por convenio se garantizaba el IPC real estatal (4,2%) + el 0,5%, lo que equivale a una subida real del 4,7%. Como ya habíamos tenido un 3% de subida, hemos generado unos atrasos del 1,7%.

Tabla 2007 definitiva

SALARIO PLUS

CATEGORIA PROFESIONAL BASE DIA ANTIGUEDAD

MENSUAL CAR/INC

ENCARGADO GENERAL 1078,55 9,67 39,85

JEFE ALMACEN 1078,55 9,67 39,85

JEFE ADMINISTRATIVO 1078,55 9,67 39,85

DECORADOR 1057,46 9.53 38,70

DEPENDIENTE 25 AÑOS 919,21 8,30 33,64

DEPENDIENTE 22-25 AÑOS 882,32 7,85 32,16

AUXILIAR ADMINISTRATIVO 882,32 7,85 32,16

DEPENDIENTE MAYOR 983,90 8,70 36,18

AYUDANTE 766,92 6,90 27,64

FOR. PROF. 1.º AÑO 552,86 4,10 0,00

FOR. PROF. 2.º AÑO 634,99 4,75 0,00

ASPIRANTE 16-18 AÑOS 634.99 4,75 0,00

OFICIAL ADMINISTRATIVO 969,88 9,46 35,74

PROFESIONAL OFICIO 1.º 963,39 8,50 35,39

PROFESIONAL OFICIO 2.º 894,70 7,74 32,50

MOZO ESPECIALIZADO 832,89 7,12 30,25

MOZO PERSONAL LIMPIEZA 816,47 7,02 29,48

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