BOLETÍN Nº 32 - 10 de marzo de 2008

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

1.3. OTRAS DISPOSICIONES

1.3.3. Expropiación Forzosa

RESOLUCION 758/2008, de 5 de marzo, de la Directora General de Empresa, por la que se convoca al levantamiento de actas previas a la ocupación del Proyecto, Línea Area 66 kv, d.c. al Polígono Industrial de Fustiñana.

Con fecha 28 de noviembre de 2007 se sometió a información pública la solicitud de autorización administrativa y la declaración de utilidad pública de la instalación de alta tensión, junto con la relación de bienes y derechos afectados del Proyecto de Línea Area 66 kv, d.c. al Polígono Industrial de Fustiñana.

Mediante Resolución 635/2008, de la Directora General de Empresa del Gobierno de Navarra se aprobó el proyecto citado, se autorizó la instalación eléctrica, y se declaró la utilidad pública de la misma.

Dicha declaración de utilidad pública lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes afectados e implica la urgente ocupación de los mismos a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, de conformidad con los artículos 52, 53 y 54 de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, y en el artículo 144 del Real Decreto 1955/2000, por lo que procede convocar a los titulares de dichos bienes para el levantamiento de actas previas a la ocupación.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 22 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

RESUELVO:

1. Convocar a los titulares de los bienes y derechos afectados así como al Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Cabanillas, o Concejales en quienes delegue, al levantamiento de actas previas a la ocupación y, en su caso, a las de ocupación definitiva, que tendrá lugar en el citado Ayuntamiento, el día 17 de abril de 2008.

El Orden de levantamiento de actas se comunicará a cada interesado mediante la oportuna cédula de citación individual.

A dicho acto, los interesados y las personas que sean titulares de cualquier clase de derechos sobre los bienes afectados, deberán acudir personalmente o representados por persona debidamente autorizada y aportar los documentos acreditativos de su titularidad (escritura pública, certificación del Registro de la Propiedad, etc.).

Si lo estiman oportuno, pueden comparecer acompañados de sus Peritos y un Notario, siendo en tal caso de su cuenta los gastos correspondientes.

2. Declarar a la empresa Iberdrola Distribución Eléctrica S.A.U beneficiaria de la expropiación.

3. Designar como representantes de la Administración actuante a Carmen Oteiza Ugarte y a Beatriz García El Busto, indistintamente, para suscribir las actas previas, de mutuo acuerdo, de ocupación y de pago, y demás documentos que procedan.

4. Designar como representantes de la beneficiaria a Marta Iraizoz San Julián y a José Ramón Eraso Remírez, indistintamente, y como peritos de la beneficiaria a Itziar Calvo Oteiza, a Alazne Sueskun Erauskin y a Jasone Goikoetxea Iriberri, indistintamente.

5. Notificar esta Resolución a Iberdrola Distribución Eléctrica S.A.U, con domicilio en, Polígono Landaben, calle C, portal E, Pamplona (31012) advirtiendo que contra la misma, que no agota la vía administrativa cabe interponer Recurso de Alzada ante el Consejero de Innovación, Empresa y Empleo en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de su notificación.

6. Publicar esta Resolución en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, en dos diarios de la Comunidad Foral y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Cabanillas, significando que estas publicaciones se realizan a los efectos que determina el artículo 59.5 de la Ley de Régimen Jurídico y de Procedimiento Administrativo Común.

Pamplona, 5 de marzo de 2008.-La Directora General de Empresa, Begoña Urien Angulo.

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