BOLETÍN Nº 31 - 7 de marzo de 2008

II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

2.2. AUTORIDADES Y PERSONAL

2.2.2. Plantilla Orgánica, Oferta Pública de Empleo, oposiciones y concursos

VILLAFRANCA

Convocatoria para la provisión, mediante oposición, de una plaza de Conserje

1.-Normas generales.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria, la provisión, mediante oposición, de una plaza de Conserje al servicio del Ayuntamiento de Villafranca, para realizar sus funciones en el Colegio Público El Castellar, en el edificio de Educación Primaria e infantil, servicios múltiples complementarios u otras labores de carácter municipal que le sean encomendadas a su categoría por el Ayuntamiento.

1.2. El desempeño de la plaza conlleva, entre otras, el cumplimiento de las siguientes obligaciones:

-Atenderán las funciones propias de Conserjería durante las horas de funcionamiento de los Centros Escolares, en horario general y cuando se realicen actividades extraescolares, entre las que se incluyen las de atención de la portería y calefacción.

-El puesto de trabajo de conserje del Colegio Público El Castellar, conllevará residir en el municipio de Villafranca para una correcta prestación del servicio. Las vacaciones nunca coincidirán con el calendario lectivo escolar.

-Desempeñar sus funciones en horario partido de mañana y tarde, dependiendo del horario escolar establecido y de las necesidades del servicio.

-Abrir puertas y controlar por medios informáticos y/o manuales las entradas y salidas de personal y atención al mismo. Se entienden incluidas en este apartado las puertas del patio del Colegio.

-Atender la telefonía y Fax del Colegio, así como el control, recepción y entrega de mercaderías y mensajerías.

-Atender y colaborar con el personal de los diferentes gremios que realizan trabajos de informática, electricidad, albañilería, etc.

-Realizar pequeños arreglos de fontanería, electricidad, carpintería, colocación de mobiliario, cuidado de las plantas y árboles, etc.

-Controlar y apagar las luces de las diferentes plantas, cerrar ventanas, etc.

-En circunstancias excepcionales, adecentar los exteriores del edificio.

-Limpieza de las zonas de patios, "Parque Infantil" y porches al finalizar cada recreo.

-Limpieza del mobiliario escolar y de las dependencias que lo precisen cuando de modo puntual y por cualquier causa se ensucien y necesiten ser limpiadas inmediatamente.

-Responsabilizarse del botiquín y colaborar en la atención que precisen los niños/as accidentados.

-Realizar fotocopias, pequeñas encuadernaciones, y desplazarse a organismos, Empresas, etc.

-Las que vengan exigidas por el desempeño del puesto de trabajo, especialmente las que sean encomendadas por el Director del Centro dentro de sus competencias.

-Los servicios múltiples complementarios u otras labores de carácter municipal que le sean encomendadas de acuerdo a su nivel y categoría por el Ayuntamiento cuando temporalmente no desempeñe las funciones de conserjería.

1.3. El nombramiento conferirá al designado, el carácter de contratado laboral fijo de nómina y plantilla.

1.4. El puesto de trabajo estará dotado con las remuneraciones correspondientes al nivel D, a tenor de lo dispuesto en el Reglamento Provisional de Retribuciones, aprobado por Decreto Foral 158/1984, de 4 de julio, y demás disposiciones de aplicación. En cuanto a la jornada laboral, por lo que respecta al número de horas, vacaciones, permisos, licencias, y antigüedad, se aplicarán las mismas determinaciones establecidas para el personal funcionario sujeto al Estatuto del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra (Decreto Foral Legislativo 251/1993).

1.5. El aspirante que, tras superar la oposición y resultar nombrados para el puesto de trabajo objeto de convocatoria, adquiera la condición de trabajador laboral fijo, será afiliado y dado de alta en el Régimen General de la Seguridad Social bajo la acción protectora prevista en el referido régimen.

1.6. El aspirante nombrado para prestar servicios en el Colegio Público El Castellar, correspondiente al edificio de Educación Primaria e infantil tendrá el deber de residir en el lugar señalado en el apartado 1.2.

1.7. El régimen de jornada de trabajo será también el señalado en el apartado 1.2, pudiendo modificarse en cualquier momento por los órganos administrativos competentes.

2.-Requisitos de los aspirantes.

Para ser admitidos a la presente oposición, los aspirantes deberán reunir en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes y dentro del plazo de presentación de documentos al que se refiere el apartado 7.2 de la convocatoria y hasta el momento de la toma de posesión de la plaza, los siguientes requisitos:

a) Tener la nacionalidad española, o nacionalidad de los estados miembros de la Unión Europea o nacional de un Estado incluido en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, que contemplen la libre circulación de trabajadores. y sus familiares en los términos establecidos en el artículo 7.º el Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto.

b) Ser mayor de edad, y no haber alcanzado la edad máxima de jubilación.

c) Estar en posesión, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes, certificados de Formación Profesional 1; Educación General Básica, o equivalentes.

d) Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el ejercicio de las correspondientes funciones.

e) No hallarse inhabilitado ni suspendido para el desempeño de funciones públicas y no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

f) Hallarse en posesión de carnet de conducir B1.

Los aspirantes cuya nacionalidad no sea española deberán no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

3.-Instancias.

3.1. Las instancias para poder participar en la convocatoria deberán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Villafranca (calle Cava, 22, Casa de Cultura-Edificio Hnos. Maristas) o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 20 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de treinta días naturales, contados a partir del siguiente al de su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. Si el último día del plazo coincidiera con festivo, se trasladaría al siguiente día en que las oficinas del Ayuntamiento estén abiertas al público. Dichas instancias deberán ajustarse al modelo publicado en la convocatoria, y en ellas los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para su presentación.

3.2. Los aspirantes con discapacidad reconocida podrán solicitar las posibles adaptaciones de tiempos y medios para la realización de los ejercicios en que éstas sean necesarias, en cuyo caso deberán manifestarlo en la instancia, expresar en hoja aparte la discapacidad que padecen y las adaptaciones solicitadas, y adjuntar la acreditación original o fotocopia compulsada de la condición legal de discapacitado, expedida por órgano competente.

3.3. A la instancia, debidamente cumplimentada, se acompañará la siguiente documentación:

a) Fotocopia del D.N.I.

b) Fotocopia de la titulación exigida en la convocatoria.

c) Documentación acreditativa de los méritos alegados por los aspirantes.

3.4. El plazo de presentación de solicitudes será improrrogable.

4.-Admisión de aspirantes y reclamaciones.

4.1. Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Villafranca dictará Resolución aprobando la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

4.2. Los aspirantes excluidos, dentro de los diez días hábiles siguientes al de publicación de la lista provisional en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que hubieran incurrido.

4.3. Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas éstas, la Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Villafranca dictará Resolución aprobando la lista definitiva de admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. En dicha Resolución se indicará la fecha, lugar y hora del comienzo de la oposición.

4.4. La lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos podrá ser elevada a definitiva de forma inmediata si no se diera ninguna exclusión de aspirantes.

5.-Tribunal calificador.

5.1. El Tribunal calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

-Presidente: Doña María Carmen Segura Moreno, Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Villafranca.

Suplente: Don Enrique Marín San Miguel, primer Teniente de alcalde del Ayuntamiento de Villafranca.

-Vocal: Don Ignacio Parco Legaz, Director del Colegio Público El Castellar de Villafranca.

Suplente: Don Enrique Mayayo Amigot, Profesor Titular del Colegio Público El Castellar de Villafranca.

-Vocal: .................nombrado por el Departamento de Administración Local del Gobierno de Navarra.

Suplente: ..............nombrado por el Departamento de Administración Local del Gobierno de Navarra.

-Vocal: Don Gelasio Fernández Morales, Arquitecto del M.I. Ayuntamiento de Villafranca.

Suplente: Don Guzmán Soret Ruiz, Arquitecto Técnico.

-Vocal: Don Estanislao Las Muñoz, representante de los Trabajadores.

Suplente: Don Luis Angel Pascual Alvarez representante de los trabajadores.

-Secretario con voz y sin voto: Don Juan José Inibarren Laita, Secretario del Ayuntamiento de Villafranca.

Suplente: Don Vicente Busto Aizpún, Interventor del Ayuntamiento de Villafranca.

5.2. El Tribunal deberá constituirse antes de las pruebas selectivas.

5.3. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros. Para la válida constitución y actuaciones del órgano colegiado se requerirá la presencia del Presidente y Vocal Secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan.

5.4. Los miembros del Tribunal calificador deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al órgano convocante, cuando concurran los motivos de abstención previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las aludidas circunstancias.

5.5. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de la convocatoria.

5.6. El Tribunal podrá incorporar asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores colaborarán con el Tribunal limitándose al ejercicio de sus especialidades técnicas.

6.-Desarrollo de la oposición.

La oposición dará comienzo en la fecha, hora y lugar que se anuncie con la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos. Todas las pruebas serán eliminatorias.

Posteriormente, el Tribunal hará públicos oportunamente los sucesivos anuncios de la celebración de las restantes pruebas de forma reglamentaria.

6.1. Fase de oposición.

La oposición constará de las siguientes pruebas y ejercicios:

a) Primera prueba.-De carácter teórico- de cultura general.

Consistirá en contestar por escrito, durante el tiempo máximo de dos horas, a una serie de preguntas sobre cultura general mediante respuestas breves y/o de tipo test sobre los temas comprendidos en el anexo II, penalizándose con 0,20 puntos las respuestas incorrectas. Se eliminarán los aspirantes que no alcancen 20 puntos.

b) Segunda prueba.-De carácter práctico. Se desarrollaran ejercicios prácticos con respecto a las funciones a desarrollar que serán determinados por el Tribunal, penalizándose con 0,15 puntos las respuestas incorrectas. Se eliminarán los aspirantes que no alcancen 15 puntos.

c) Tercera prueba.-Consistirá en la realización de diversas pruebas psicotécnicas aplicadas por el Servicio de Psicología del Instituto Navarro de Administración Pública, en las que se valorará la adecuación personal de los aspirantes a la naturaleza y características del puesto de trabajo objeto de convocatoria. La puntuación que dicho Servicio asigne a cada uno de los aspirantes, vinculará al Tribunal calificador de la oposición, será eliminado el que en dicha prueba no alcance los 15 puntos.

Durante el desarrollo de los ejercicios de la oposición se establecerán para las personas con minusvalías que lo soliciten, de acuerdo con lo manifestado en su instancia, las adaptaciones posibles de tiempos y medios para su realización.

Cada uno de los supuestos prácticos deberá efectuarse en el tiempo máximo de una hora.

Valoración de los ejercicios.

La valoración máxima de los ejercicios de la oposición queda establecida en 100 puntos, distribuidos del siguiente modo:

Primera prueba: Hasta 40 puntos.

Segunda prueba: Hasta 30 puntos.

Tercera prueba: Hasta 30 puntos.

La convocatoria para cada ejercicio se realizará mediante llamamiento único, al que los aspirantes deberán acudir provistos del Documento Nacional de Identidad, Pasaporte, Permiso de conducir u otro documento de identificación que el Tribunal considere suficiente. Quedarán excluidos de la oposición los aspirantes que no comparezcan o no acrediten su personalidad.

Concluida la calificación de cada ejercicio, el Tribunal publicará en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Villafranca y en el lugar de su celebración, la lista de aspirantes que han superado la prueba con las calificaciones obtenidas, así como los eliminados, así como se determinará el lugar, fecha y hora de celebración del siguiente ejercicio, con una antelación mínima de 48 horas.

Al término de cada ejercicio en la oposición se hará público en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Villafranca la lista de aspirantes aprobados que han superado la prueba con las calificaciones obtenidas.

7.-Relación de aprobados, propuesta de nombramiento y presentación de documentos.

7.1. Terminada la calificación del último ejercicio, el Tribunal publicará en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Villafranca y en el del lugar de su celebración, la relación de aprobados con las calificaciones obtenidas en cada ejercicio y del cómputo total de todos ellos y elevará a la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Villafranca, junto con el expediente completo, la relación de quienes hubieran aprobado la oposición y propuesta de nombramiento a favor del primer aspirante aprobado con mayor puntuación y subsidiariamente los siguientes por orden de puntuaciones. La referida propuesta se publicará en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Los empates que se produzcan en el resultado final de la oposición se dirimirán en favor de quienes obtengan mayor puntuación en la prueba segunda de carácter práctico.

7.2. Dentro de los treinta días naturales siguientes al de publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, de la propuesta de nombramiento, el aspirante propuesto deberá aportar los siguientes documentos:

a) Fotocopia compulsada del documento nacional de identidad o documento equivalente acreditativo de la nacionalidad e identidad del aspirante.

b) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2 de la convocatoria o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención.

c) Informe expedido por los servicios médicos designados por el Ayuntamiento, justificativo de no padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que imposibilite el ejercicio de las funciones propias del cargo.

Si el aspirante hubiera alegado una discapacidad, deberá aportar, además, acreditación de la compatibilidad de la misma con el puesto de trabajo objeto de convocatoria, extendida por los equipos de valoración y orientación competentes.

d) Declaración jurada o solemne de no hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y de no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

Si el aspirante propuesto no tuviera la nacionalidad española, deberá presentar declaración jurada de no estar sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

e) Juramento o promesa de respetar el Régimen Foral de Navarra, de acatar la Constitución y las Leyes y de cumplir fielmente las obligaciones propias del cargo.

7.3. Si dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor suficientemente justificados, el aspirante propuesto no presentara dichos documentos, no podrá ser nombrado, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad en su instancia.

7.4. En el supuesto previsto en el apartado anterior, el Ayuntamiento de Villafranca cubrirá la baja con el aspirante incluido inmediatamente a continuación en la relación de aprobados a que se refiere el apartado 7.1, debiendo proceder el mismo en la forma señalada en los apartados anteriores.

8.-Nombramiento, adjudicación y toma de posesión.

8.1. Previo cumplimiento de lo dispuesto en las bases anteriores, el Ayuntamiento de Villafranca nombrará al aspirante propuesto para desempeñar el puesto de trabajo de Conserje y demás servicios múltiples y le adjudicará la vacante.

8.2. Dicho nombramiento se publicará en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

8.3. Los aspirantes nombrados deberá tomar posesión en el plazo de un mes, a contar desde la notificación del nombramiento.

8.4. Si dentro del plazo indicado, y salvo caso de fuerza mayor suficientemente justificado, no tomaran posesión, perderán todos sus derechos en relación con el puesto de trabajo objeto de convocatoria. En tal supuesto, el Ayuntamiento de Villafranca cubrirá la baja con el aspirante incluido a continuación en la relación de aprobados a que se refiere el apartado 7.1.

9.-Recursos.

9.1. Contra la presente convocatoria, sus bases y los actos de la misma podrá interponerse optativamente uno de los siguientes recursos:

a) Recurso de Reposición ante la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Villafranca en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación o publicación.

b) Recurso de Alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra en el plazo de un mes desde su publicación o notificación.

c) Recurso Contencioso-Administrativo directamente ante la Sala del mismo orden del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación o notificación.

ANEXO I

Modelo de instancia

Don/Doña ................, mayor de edad, provisto/a de Documento Nacional de Identidad número ..........., y nacido/a el día ....... de .......... de ...., natural de ..........., (...........), nacionalidad ..............., con domicilio actual en .............., (................) calle .............., código postal ......., teléfono ..........., teléfono trabajo .........,

Ante el Ayuntamiento de Villafranca comparece y como mejor proceda dice:

Que solicita ser admitido a la convocatoria para la provisión, mediante oposición, de una plaza del puesto de trabajo de Conserje al servicio del Ayuntamiento de Villafranca, para realizar sus funciones en el Colegio Público El Castellar, en el edificio de Educación Primaria e infantil, servicios múltiples complementarios u otras labores de carácter municipal que le sean encomendadas a su categoría por el Ayuntamiento, publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, número ......., de fecha ..................

Que no padece enfermedad ni defecto físico o psíquico que le incapacite para el ejercicio del cargo.

Que no está incurso en ninguna de las incapacidades establecidas en las disposiciones vigentes.

Que no ha sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Administración Pública, ni está inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

Que está en posesión de la titulación exigida en la convocatoria.

Que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.

Que padece discapacidad (en el supuesto de que así sea), por lo que solicita las adaptaciones que se señalan, por los motivos que se expresan. (En folio aparte se especificarán las adaptaciones solicitadas y los motivos de la petición). Que aporta documentación acreditativa de la condición de discapacitado, expedida por organismo competente.

Por lo expuesto,

Solicita ser admitido a la convocatoria para la provisión, mediante oposición, de una plaza del puesto de trabajo de Conserje al servicio del Ayuntamiento de Villafranca, para realizar sus funciones en el Colegio Público El Castellar, en el edificio de Educación Primaria e infantil, servicios múltiples complementarios u otras labores de carácter municipal que le sean encomendadas a su categoría por el Ayuntamiento al servicio del mismo.

Villafranca, ....... de .................. de .......

(Firma)

SEÑORA ALCALDESA RESIDENTA DEL AYUNTAMIENTO DE VILLAFRANCA.

ANEXO II

Temario de cultura general

II.1. Area de la comunicación:

1.-Comprensión de textos escritos de uso habitual (informativos, literarios...), resumen de las ideas principales y las relaciones que se establecen entre ellas. Análisis de algunos aspectos sencillos propios de los diferentes tipos de texto (estructura, vocabulario, signos de puntuación...).

2.-Elaboración de textos sencillos de diferente tipo (narraciones, descripciones, diálogos, informes...) empleando la estructura textual correspondiente, respetando las normas ortográficas y utilizando los procedimientos básicos que dan conexión al texto (nexos, tiempo verbal, signos de puntuación...).

3.-Interpretación de símbolos, imágenes, planos y gráficos sencillos.

4.-Dominio del orden alfabético para manejar con fluidez diccionario, guía, teléfono, listas...

5.-Interpretación y cumplimento de impresos, cuestionarios y formularios sencillos: D.N.I., telegramas, giros, documentos bancarios, solicitudes.

II.2. Area de matemáticas:

1.-Lectura, escritura y ordenación de números naturales y decimales.

2.-Resolución de problemas sencillos de la vida cotidiana aplicando las cuatro operaciones básicas (suma, resta, multiplicación y división), tanto con números naturales como decimales.

3.-Medidas de longitud, superficie, masa, capacidad y tiempo. Múltiplos y submúltiplos más usuales. Conversión de unas unidades en otras.

4.-Reconocimiento de las figuras planas y cuerpos geométricos más conocidos. Identificación de sus elementos básicos (lado, ángulo, vértice, cara, base y altura).

II.3. Area del medio socio natural:

Estructura y Organos de Gobierno del Ayuntamiento de Villafranca.

Villafranca.-Relieve, clima, situación geográfica, fauna y flora.-Antecedentes históricos.-Situación actual.-Agricultura, ganadería, industria, comercio y servicios.

ANEXO III

1.-Cuadros de distribución en edificios, interruptor de control de potencia, magnetotérmicos y diferenciales.

2.-Circuitos de alumbrado básico: interruptores, conmutadores, bases de enchufe, lámparas, cebadores y reactancias.

3.-Mantenimiento de instalaciones de fontanería y calefacción: sanitarios, griferías, cisternas, sifones, circuitos de calefacción, llenado y purgado de aire en los circuitos, salas de calderas y elementos singulares de las mismas.

4.-Introducción a la corriente eléctrica. Corriente continua y corriente alterna. Magnitudes eléctricas básicas, su control y medida. Efectos de la corriente eléctrica. Instalaciones eléctricas en viviendas. Manejo de herramientas y uso seguro de las mismas.

5.-Operaciones básicas de carpintería: ajustes de puertas y ventanas, cerraduras, bombines y persianas.

6.-Conocimientos básicos de manejo de centralita de teléfonos, fax, fotocopiadoras, encuadernadoras, material audiovisual, y destructoras de documentos.

7.-Interpretación de símbolos, imágenes y gráficos sencillos, así como la interpretación y cumplimiento de impresos, cuestionarios, formularios sencillos, documentos bancarios, instancias e impresos de correos.

8.-Mantenimiento y control de tablones oficiales de anuncios, de existencias de material diverso de oficina, de mobiliario y de limpieza.

9.-Trabajos de ensobrado, etiquetado, reparto de paquetería y correspondencia dentro y fuera del edificio, así como el franqueo o sellado de correspondencia oficial.

10.-Conocimiento y dominio del orden alfabético y numérico para el manejo fluido de guías, listados, teléfonos, sencillos controles y archivo de documentos.

Villafranca, 4 de febrero de 2008.-La Alcaldesa-Presidenta, María Carmen Segura Moreno.

Código del anuncio: L0802465