BOLETÍN Nº 31 - 7 de marzo de 2008

VIII. ANUNCIOS

8.1. OTROS ANUNCIOS OFICIALES

PAMPLONA

EDICTO

No habiendo podido ser notificada la resolución del Concejal Delegado de Urbanismo, Vivienda y Desarrollo Sostenible del excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 18 de octubre de 2007 (19/DS) y de conformidad con lo dispuesto en la Ley del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y demás legislación aplicable, se publica el presente edicto en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de residencia de los interesados.

RUD 18-OCT.2007 (19/DS)

Visto informe del Servicio de Inspección de Sanidad Ambiental de fecha 28 de septiembre de 2007 y demás documentación obrante en el expediente en el que consta que, en seguimiento de denuncia por filtraciones de agua en comercio sito en calle San Nicolás número 24 bajo de Pamplona, y a pesar del requerimiento aprobado por resolución de la Concejalía Delegada de Urbanismo, Vivienda y Desarrollo Sostenible de 3 de agosto de 2007 (15/MA), en visita de inspección realizada el 21 de septiembre de 2007 al inmueble número 24-26 de calle San Nicolás, se comprobó que persistía el depósito de objetos en el patio interior del citado inmueble, cuya limpieza corresponde a la propiedad del piso 1.º izqda. del inmueble.

A tenor de lo establecido en el artículo 24 de la Ordenanza Municipal de Sanidad número 2, en el artículo 2 de la Ordenanza Municipal de Sanidad número 1, y en los artículos 13 y 34 de la Ley Foral 10/1990 de Salud,

He Resuelto:

1. Requerir de nuevo a Itziar Martín Torices (DNI: 18194584), Jose M. Martín Torices (DNI: 18202382) y Juan Carlos Martín Torices (DNI: 3341807), propietarios del primer piso del inmueble de calle San Nicolás 24-26, que dispone de acceso directo al patio interior, para que en el plazo máximo de tres días, a contar desde el día siguiente a la notificación de la presente resolución, se retiren del citado patio todos los objetos depositados.

2. Incoar expediente sancionador a Itziar Martín Torices, Jose M. Martín Torices y Juan Carlos Martín Torices, a quienes se considera presuntos responsables de la supuesta infracción cometida (utilización de patio como almacén de objetos), según consta en el informe al que se ha hecho referencia.

3. Señalar que tal hecho pudiera constituir una infracción administrativa tipificada como leve en el artículo 5 de la Ordenanza Municipal de Sanidad número 1, e infringe lo dispuesto en el artículo 24 de la Ordenanza Municipal de Sanidad número 2, en relación con los artículos 13, 27 y 34 de la Ley Foral de Salud 10/1990.

El artículo 29.2 de la Ley Foral de Salud y el artículo 52 de la Ley Foral de Haciendas Locales de Navarra, facultan a la Alcaldía para imponer sanciones por infracciones sanitarias y de Ordenanzas Municipales. La Excma. Sra. Alcaldesa de Pamplona, delegó por DAL de fecha 25 de junio de 2007 (1/PR), entre otras, la competencia sancionadora en materia de Sanidad y Medio Ambiente, en el Concejal Delegado de Urbanismo, Vivienda y Desarrollo Sostenible, quien resulta, por lo tanto, el órgano municipal competente.

El artículo 29.1 de la Ley Foral de Salud en su remisión al artículo 36 de la Ley General de Sanidad, y el artículo 6 de la Ordenanza Municipal de Sanidad número 1, fijan las cuantías de las multas por infracciones sanitarias y de ordenanzas municipales.

4. Designar a Javier Erburu Villanueva, Secretario Técnico del Area de Desarrollo Sostenible, instructor del expediente incoado. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 28 y 29 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los interesados podrán promover la recusación del instructor nombrado.

5. Comunicar a los presuntos responsables que pueden reconocer su responsabilidad, imponiéndoseles la sanción correspondiente, o realizar el pago de la sanción pecuniaria en su caso.

6. En el plazo de quince días hábiles contados desde el siguiente a la recepción del pliego de cargos, los expedientados podrán proponer alegaciones y pruebas, aportar documentos e informaciones, debiendo hacerlo mediante escrito presentado en el Registro del Ayuntamiento de Pamplona.

7. En el caso de que no sean formuladas alegaciones sobre el contenido de la iniciación del procedimiento en el plazo indicado, el presente acto administrativo podrá ser considerado propuesta de resolución con los efectos previstos en los artículos 18 y 19 del Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, R.D. 1398/1993, significando que la cuantía de la sanción que se propone es de 1.000,00 euros, sin perjuicio de la posible reducción del 30% de la multa que pudiera acordarse, conforme a los requisitos establecidos en el artículo 11 de la Ordenanza Municipal de Sanidad número 1.

8. Poner en conocimiento de Itziar, Jose María, y Juan Carlos Martín Torices que, con base en el artículo 17 de la Ordenanza Municipal de Sanidad número 1, transcurridos seis meses desde la notificación de cada uno de los trámites previstos en el procedimiento sin que se impulse el trámite siguiente, se producirá la caducidad del mismo, con archivo de las actuaciones, salvo en el caso de la resolución, en que podrá transcurrir un año desde que se notificó la propuesta.»

Contra la citada resolución podrá interponerse optativamente uno de los siguientes recursos:

a) Recurso de Reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación de este edicto.

b) Recurso Contencioso-Administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la notificación de este edicto

c) Recurso de Alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra, dentro del mes siguiente a la fecha de la notificación de este edicto.

Así mismo se manifiesta que el expediente se encuentra a disposción del interesado en las oficinas del Area de Medio Ambiente y Sanidad sita en calle San Saturnino, 2, donde podrá examinarlo de 8 a 14 horas en días laborables.

Pamplona, 13 de febrero de 2008.-El Concejal Delegado de Urbanismo, Vivienda y Desarrollo Sostenible, Juan Luis Sánchez de Muniáin Lacasia.

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