BOLETÍN Nº 26 - 27 de febrero de 2008

II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

2.2. AUTORIDADES Y PERSONAL

2.2.2. Plantilla Orgánica, Oferta Pública de Empleo, oposiciones y concursos

MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS SOCIALES DE BASE DE LA ZONA DE LOS ARCOS

Convocatoria para la provisión, mediante concurso-oposición, de un puesto de trabajo de Trabajador/a Social de la Mancomunidad de la Mancomunid de Servicios Sociales de Base de la Zona de Los Arcos

BASES

1.-Normas Generales.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión, mediante concurso-oposición, de una plaza de Trabajador/a Social de la Mancomunidad de Servicios Sociales de Base de la Zona de Los Arcos, en régimen de funcionario/a.

1.2. La persona que, tras superar las correspondientes pruebas selectivas, resulte nombrada para cubrir la plaza convocada, será encuadrada en el nivel o grupo B y percibirá las retribuciones y complementos previstos en el Estatuto del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra y/o estén establecidos en la plantilla orgánica de la Mancomunidad de Servicios Sociales de Base de la Zona de Los Arcos.

1.3. La persona que resulte nombrada para ocupar el puesto de trabajo objeto de esta convocatoria y adquiera la condición de funcionaria, será dada de alta en el Régimen General de la Seguridad Social, bajo la acción protectora prevista en el referido régimen.

1.4. El régimen será de jornada completa de trabajo y se adaptará en todo momento a las necesidades del servicio, pudiendo ser modificado en cualquier momento por los órganos administrativos competentes cuando las necesidades del servicio así lo requieran.

1.5. En lo no previsto en las presentes bases se estará a lo dispuesto en el Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas y en el Reglamento de Ingreso en las Administraciones Públicas de Navarra aprobado por Decreto Foral 113/1985.

1.6. Con las personas aprobadas que no obtengan plaza en el procedimiento selectivo, se establecerá una relación de aspirantes para la cobertura de necesidades temporales y sustituciones, conforme a lo dispuesto en la base 9 de esta convocatoria.

1.7. La persona que cubra la plaza desempeñará las funciones que para los/as Trabajadores/as Sociales están establecidas, así como aquellas otras que le sean encomendadas.

1.8. El contrato tendrá un período de prueba de quince días.

2.-Requisitos de los aspirantes.

2.1. Para ser admitidas al presente concurso-oposición, los/las aspirantes deberán reunir en la fecha en que termine el plazo de presentación solicitudes, los requisitos siguientes:

-Tener la nacionalidad española o de cualquier otro Estado miembro de la Unión Europea o nacional de un Estado incluido en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, que contemplen la libre circulación de trabajadores.

También podrán participar el cónyuge de los/las españoles/as, de personas nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea y de personas nacionales de los Estados incluidos en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales mencionados, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los/las descendientes del cónyuge, cuando no medie separación de derecho, que sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

-Ser mayor de edad.

-Estar en posesión del título de Asistente Social o Diplomado/a en Trabajo Social, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes de participación en la convocatoria.

-Hallarse en posesión del permiso de conducir vehículos, de la clase B1 como mínimo, la persona que resulte nombrada en virtud de esta convocatoria, deberá justificar la disponibilidad de vehículo previamente a dicho nombramiento.

-Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el ejercicio de sus correspondientes funciones.

-No hallarse inhabilitado/a ni suspendido/a para el ejercicio de las funciones públicas y no haber sido separado/a del servicio de una Administración Pública.

2.2. Todos los requisitos anteriores deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y gozar de los mismos durante el procedimiento de la oposición hasta la designación, debiendo ser acreditados por e/la aspirante aprobado que obtenga puesto de trabajo, en el plazo y forma previstos en la base novena de la presente convocatoria.

3.-Instancias.

3.1. Las instancias para poder participar en la convocatoria deberán presentarse en el Registro General de la Mancomunidad de Servicios Sociales de Base de la Zona de Los Arcos, en el plazo de treinta días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la misma en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. Dichas instancias deberán ajustarse al modelo publicado en la presente convocatoria.

3.2. Los/as aspirantes deberán alegar los méritos que de conformidad con lo establecido en la base séptima de esta convocatoria, hayan de ser valorados por el Tribunal calificador.

3.3. Los méritos alegados deberán probarse con certificados de empresa, contrato de trabajo, vida laboral, documentos originales o compulsados debidamente, teniéndose por no presentados en caso contrario, la no presentación de esta documentación en el plazo y forma establecidos para las instancias, supondrá la no valoración de los méritos.

3.4. A la instancia deberán adjuntarse los siguientes documentos:

-Los que acrediten los méritos alegados por los/las aspirantes, ordenados conforme a lo expuesto en la Base séptima de esta convocatoria.

-Justificante de haber abonado a través de entidad bancaria la cantidad de 15 euros en concepto de formalización del expediente y derechos de examen.

3.5. El plazo señalado para la presentación de solicitudes será improrrogable.

4.-Admisión de aspirantes y reclamaciones.

4.1. Expirado el plazo de presentación de instancias, la Presidencia dictará Resolución aprobando la lista provisional de aspirantes admitidos/as y excluidos/as y ordenará su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

4.2. Los/as aspirantes excluidos/as, dentro de los diez días hábiles siguientes a la publicación de la lista provisional en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que pudieran haber incurrido.

4.3. Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas estas, el Presidente dictará Resolución aprobando la lista definitiva de admitidos/as y excluidos/as y ordenará su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. En la misma Resolución de determinará el lugar, fecha y hora del comienzo de las pruebas.

5.-Tribunal calificador.

5.1. El Tribunal calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

Presidente: Jerónimo Gómez Ortigosa, Presidente de la Mancomunidad de Servicios Sociales de Base de la Zona de Los Arcos.

Suplente: Jesús Pérez Leuza, representante de Torres del Río en la Mancomunidad de Servicios Sociales de Base de la Zona de Los Arcos y miembro de la Comisión de Personal.

Vocal Secretaria: María del Coro Gómez Baquedano, Secretaria de la Mancomunidad de Servicios Sociales de Base de la Zona de Los Arcos.

Suplente: María Concepción López Azanza, Secretaria del Ayuntamiento de Abárzuza.

Vocal: Nora García Morentin, Trabajadora Social del Ayuntamiento de Viana.

Suplente: Eva Gastón Gastón, Trabajadora Social del Ayuntamiento de Burlada.

Vocal: Carmen Urra Urriza, Trabajadora Social del Dpto. de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte del Gobierno de Navarra.

Suplente: Belén Guillén Gil, Trabajadora Social del Dpto. de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte del Gobierno de Navarra.

Vocal: Técnica de Empleo del Ayuntamiento de Los Arcos.

Suplente: Técnico/a de Empleo municipal.

5.2. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros.

5.3. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de la convocatoria.

5.4. El Tribunal podrá incorporar asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas y colaborarán con el Tribunal en base exclusivamente de aquellas.

6.-Desarrollo del concurso-oposición.

6.1. El concurso-oposición se desarrollará en dos fases, teniendo lugar primero la fase de concurso y posteriormente la fase de oposición en la forma indicada en las presentes Bases.

6.2. La oposición dará comienzo en el mes de abril del 2008 aproximadamente, en la fecha, lugar y hora que se determine en la Resolución que se menciona en la Base 4.3.

Posteriormente el Tribunal hará públicos oportunamente los sucesivos anuncios de la celebración de los distintos ejercicios, en la forma reglamentaria.

7.-Fase de concurso.

7.1. El Tribunal procederá a valorar los méritos alegados por los aspirantes de acuerdo con el siguiente baremo de méritos. Todos los méritos deberán ser acreditados y probados documentalmente por los aspirantes en el momento de presentar su instancia solicitando formar parte en el concurso oposición, originales o compulsados debidamente teniéndose por no aportados en caso contrario. Los documentos que hagan referencia a la experiencia deberán reflejar el porcentaje de la jornada y los que hagan referencia a la formación deberán reflejar el número de horas no siendo valorados aquellos que no cumplan éstos requisitos.

7.2. Valoración de méritos: Se valorarán los méritos de los/as candidatos/as conforme al siguiente baremo:

a) Experiencia:

-Por cada año de servicio como Trabajador/a Social en Servicios Sociales de Base, se otorgará 2 puntos, hasta un máximo de 10 puntos.

-Por cada año de servicio como Trabajador/aa Social en otras Administraciones Públicas, se otorgará 1 puntos, hasta un máximo de 5 puntos.

La suma de dicho apartado no podrá superar un total de 15 puntos.

b) Por cursos de formación relacionado con el puesto de trabajo:

-Con una duración entre 15 y 29 horas, se otorgarán 0,5 puntos, hasta un máximo de 2 puntos.

-Con una duración de 30 horas o superior, se otorgarán 0,75 puntos, hasta un máximo de 3 puntos.

La suma de dicho apartado no podrá superar un total de 5 puntos.

7.3. Al término de la fase de concurso el Tribunal publicará en el Tablón de Anuncios de la Mancomunidad de Servicios Sociales de Base de la Zona de Los Arcos, la puntuación obtenida por cada uno/a de los/las aspirantes.

La puntuación obtenida en la fase de concurso, se sumará a la total obtenida en la fase de oposición, resultando de este modo la puntuación total del concurso-oposición.

8.-Fase de oposición.

8.1. La oposición constará de los siguientes ejercicios, siendo su puntuación de 80 puntos; utilizándose el sistema de plicas.

a) Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito a preguntas con varias alternativas de respuesta para cada pregunta, de las que sólo una será válida, sobre la materia incluida en el temario del Anexo II de la convocatoria. Penalizarán los errores en la forma que el tribunal informe. La duración de la prueba será de 1 hora. Este ejercicio tendrá una puntuación máxima de 15 puntos quedando eliminados/as las personas que no obtengan 7,5 puntos.

b) Segundo ejercicio: Consistirá en la exposición por escrito de un tema del Anexo III, a elegir por sorteo. La duración de la prueba será de 1,30 horas. Este ejercicio tendrá una puntuación máxima de 20 puntos quedando eliminados/a los/las que no obtengan 10 puntos.

c) Tercer ejercicio: Realización de una prueba escrita, que consistirá en la realización de un ejercicio práctico, relacionado con las funciones y contenidos de la plaza objeto de la convocatoria. La duración de la prueba será de 2 horas. Este ejercicio tendrá una puntuación máxima de 35 puntos quedando eliminados/as los/las que no obtengan 17,5 puntos.

d) Cuarto ejercicio: El cuarto ejercicio consistirá en la realización de diversas pruebas psicotécnicas que, realizadas con la asistencia del Instituto de Psicología Aplicada de Navarra (INAP), servirán para la determinación del grado de adecuación de los/las aspirantes a las exigencias del perfil profesiográfico del puesto de trabajo. Este ejercicio tendrá una puntuación máxima de 10 puntos.

8.2. La convocatoria para cada ejercicio será mediante llamamiento único, al que los/las aspirantes deberán acudir provistos de Documento Nacional Identidad, u otro documento de identificación que el Tribunal considere suficiente quedando excluidos/as de la oposición lo/las aspirantes que no comparezcan.

8.3. El Tribunal publicará en el Tablón de Anuncios de la Mancomunidad de Servicios Sociales de Base de la Zona de Los Arcos las calificaciones, así como la fecha, lugar y hora de celebración del siguiente ejercicio de la oposición con una antelación mínima de cuarenta y ocho horas.

9.-Relación de aprobados/as, presentación de documentos y retirada de documentación.

9.1. Terminada la calificación de los/las aspirantes, el Tribunal hará pública la relación de aprobados/as por orden de puntuación total obtenida, sumando las calificaciones alcanzadas por cada aspirante en el concurso y en los distintos ejercicios de la oposición, así como la propuesta de nombramiento a favor de la persona con mayor puntuación que tenga cabida en la plaza convocada. Dicha propuesta deberá publicarse en el Tablón de Anuncios de la Mancomunidad de Servicios Sociales de Base de la Zona de Los Arcos.

9.2. En caso de producirse la renuncia expresa al nombramiento de la persona propuesta, se entenderá ampliada la propuesta de nombramiento al siguiente aprobado/a con puntuaciones sucesivas.

9.3. Dentro de los 15 días naturales a la comunicación de la propuesta de nombramiento, el/la aspirante incluido/a en la misma deberá aportar en la Mancomunidad de Servicios Sociales de Base de la Zona de Los Arcos los siguientes documentos:

-Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad.

-Fotocopia compulsada del carnet de conducir.

-Fotocopia compulsada del documento que acredite la disponibilidad de vehículo.

-Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2 de la convocatoria o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención.

-Certificado médico oficial acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que imposibilite el ejercicio de las funciones propias del cargo.

-Declaración jurada de no hallarse inhabilitado/a ni suspendido/a para el ejercicio de las funciones públicas y de no haber sido separado/a del servicio de una Administración Pública.

-Juramento o promesa de respetar el Régimen Foral de Navarra, de acatar la Constitución y las leyes y de cumplir fielmente las obligaciones propias del cargo.

9.4. Si dentro del plazo indicado, salvo los casos de fuerza mayor suficientemente justificados, la persona designada no presentara dichos documentos, no podrá ser nombrado/a, quedando anuladas todas sus actuaciones sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad en su instancia.

9.5. En el supuesto previsto en el apartado anterior, el Presidente cubrirá la baja con el/la aspirante incluido inmediatamente a continuación en la relación de aprobados/as a que se refiere el apartado 9.1. Procediéndose con el mismo en la forma señaladas en los apartados anteriores.

10.-Nombramiento y toma de posesión.

10.1. El Presidente nombrará, mediante Resolución, Trabajador/a Social al aspirante que hubiere dado cumplimiento a lo dispuesto en el apartado anterior.

10.2. Dicho nombramiento será publicado en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

10.3. El/la aspirante nombrado/a deberá tomar posesión del cargo en el plazo de quince días a contar desde la notificación del nombramiento. Si en dicho plazo y salvo casos de fuerza mayor, no tomara posesión, perderá todos sus derechos para la adquisición de la condición de trabajador/a de la Mancomunidad de Servicios Sociales de Base de la Zona de Los Arcos. En tal supuesto, el Presidente cubrirá la baja con el/la aspirante incluido/a inmediatamente a continuación en la relación de aprobados a que se refiere el apartado 9.1. Procediéndose con el mismo en la forma señalada en los apartados anteriores.

11.-Recursos.

11.1. Contra la presente Convocatoria, sus bases y los actos de aplicación de la misma podrá interponerse, optativamente, uno de los siguientes recursos:

-Recurso de reposición ente el mismo órgano autor del acto, en el plaza de un mes, contado a partir del día siguiente al de su notificación o publicación.

-Recurso contencioso-administrativo establecido en la legislación general, ente el órgano competente de dicha jurisdicción, en el plazo de dos meses, desde el día siguiente al de la notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido, comunicando previamente al órgano autor del mismo la intención de recurrir.

-Recurso de alzada directamente ante el Tribunal Administrativo de Navarra, en el plazo de un mes, desde el día siguiente al de notificación o publicación del acto acuerdo recurrido.

11.2. Contra los actos del Tribunal Calificador se podrá interponer recurso de alzada ante el señor Presidente, dentro del mes siguiente a la fecha de notificación del acto o acuerdo recurrido.

Los Arcos, 7 de febrero de 2008.-El Presidente, Jerónimo Gómez Ortigosa.

ANEXO I

Modelo de instancia

Don/Doña ............................., mayor de edad, provisto/a de Documento Nacional de Identidad número ......................, con domicilio actual en población ...................., provincia ..............., calle ..................., código postal .............., teléfono ...............

Ante V.I. comparece y como mejor proceda dice:

Que solicita ser admitido/a a la convocatoria para la provisión, mediante concurso-oposición, de una plaza de Trabajador/a Social de la Mancomunidad de Servicios Sociales de Base de la Zona de Los Arcos, en régimen de funcionario/a.

Que no está incurso en ninguna de las incapacidades establecidas en las disposiciones vigente.

Que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas en la convocatoria a la fecha de expiración del plazo señalado para presentación de instancias.

Que ha abonado los derechos de examen, en los términos establecidos en la convocatoria y se acompaña el correspondiente resguardo del pago de la tasa.

Número de páginas que se adjuntan a la presente instancia

Por lo expuesto,

Solicita se sirva admitir la presente solicitud y en virtud tenga al/la suscribiente por admitido/a a la convocatoria antes mencionada.

(Fecha y firma del solicitante)

SEÑOR ALCALDE PRESIDENTE DE LA MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS SOCIALES DE BASE DE LA ZONA DE LOS ARCOS.

ANEXO II

Temario del primer ejercicio de la fase oposición

1.-Ley Foral 15/2006, de 14 de diciembre de Servicios Sociales.

2.-Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación de Dependencia.

3.-Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local. Las Entidades Locales de Navarra. Las Mancomunidades, régimen de funcionamiento. Competencias de los entes locales en materia de asistencia social.

4.-Ley Foral 15/2005, de 5 de diciembre, de Promoción, Atención y Protección a la Infancia y Adolescencia.

5.-Estructura Orgánica del Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte.

6.-Estatutos de la Mancomunidad de Servicios Sociales de Base de la Zona de Los Arcos.

7.-Ordenanza reguladora del Servicio de Atención a Domicilio de la Mancomunidad de Servicios Sociales de Base de la Zona de los Arcos.

8.-Ley Foral 2/1998, de 27 de marzo, del Voluntariado.

9.-Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad.

10.-Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

ANEXO III

Temario del segundo ejercicio de la fase oposición

1.-El Trabajo Social Individualizado. Definición, objetivos y características. Elementos que intervienen en el proceso.

2.-La técnica de la entrevista en el Trabajo Social. Aplicaciones. El informe social: redacción, preparación y estructura.

3.-El Trabajo en equipo. Principios, metodología y técnicas.

4.-La intervención social comunitaria. La participación social en los Servicios Sociales.

5.-Programas de los Servicios Sociales de Base: Programa de Acogida y Orientación Social.

6.-Programas de los Servicios Sociales de Base: Programa de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a Personas en situación de Dependencia.

7.-Programas de los Servicios Sociales de Base: Programa de Incorporación Social en Atención Primaria.

8.-Programas de los Servicios Sociales de Base: Programa de Atención a la Infancia y Familia en Atención Primaria.

9.-Manual de Intervención en situaciones de Desprotección Infantil en la Comunidad Foral de Navarra. Competencias de los Servicios Sociales de Base en la intervención en situaciones de desprotección infantil. Proceso de intervención.

10.-La inmigración. La intervención desde los Servicios Sociales de Base. Recursos en Navarra.

11.-Medidas de protección integral contra la violencia de género en Navarra. Normativa. Protocolos de actuación. Recursos.

12.-Recursos sociales relacionados con la exclusión social en Navarra.

13.-Recursos sociales relacionados con las personas con discapacidad como sector de actuación de los Servicios Sociales.

14.-Recursos sociales relacionados con la tercera edad como sector de actuación de los Servicios Sociales.

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