BOLETÍN Nº 26 - 27 de febrero de 2008

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

1.3. OTRAS DISPOSICIONES

1.3.6. Otros

RESOLUCION 12/2008, 31 de enero, del Director General de Formación Profesional y Universidades, por la que se aprueba el texto del Convenio de colaboración entre la Universidad Pública de Navarra y el Departamento de Educación del Gobierno de Navarra para la financiación en la Comunidad Foral de Navarra de actividades encaminadas a la preparación de propuestas de nuevos planes de estudios en el marco de la nueva ordenación de las enseñanzas universitarias en el curso 2007-2008.

El Servicio de Enseñanza y Extensión Universitarias e Investigación ha presentado un informe en el que se analiza la Orden ECI/3008/2007, de 12 de septiembre, que establece las bases reguladoras de las subvenciones para la preparación de las propuestas de nuevos planes de estudios en el marco de la nueva ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales. En dicha Orden se dispone que a la Comunidad Foral de Navarra le corresponda una asignación de 84.404 euros. Esta convocatoria pretende ayudar económicamente a las universidades españolas en actuaciones destinadas a la elaboración de dichos proyectos y en las actividades que se consideren necesarias para su adecuado diseño.

En este proyecto para la preparación de las propuestas de los nuevos planes de estudio que se deben elaborar participan las Comunidades Autónomas, quienes a su vez, deben convocar y resolver las ayudas entre las universidades de su territorio, o bien, como en el caso de Navarra, al tratarse de una Comunidad titular de una sola universidad pública, formalizar un convenio de colaboración y gestionar la asignación de los fondos a favor de la Universidad Pública de Navarra.

En la Comunidad Foral de Navarra, la Dirección General de Formación Profesional y Universidades del Departamento de Educación asume la gestión de los proyectos docentes e investigadores de la Universidad Pública de Navarra, y se constituye en interlocutor del Ministerio de Educación y Ciencia para estas cuestiones.

Por todo lo cual se aprueba el texto del Convenio de colaboración entre la Universidad Pública de Navarra y el Departamento de Educación del Gobierno de Navarra para la financiación en la Comunidad Foral de Navarra de actividades encaminadas a la preparación de propuestas de nuevos planes de estudios en el marco de la nueva ordenación de las enseñanzas universitarias en el curso 2007-2008.

En virtud de las facultades atribuidas por el artículo 22.1 d) de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

RESUELVO:

1.º Aprobar el texto del Convenio de colaboración entre la Universidad Pública de Navarra y el Departamento de Educación del Gobierno de Navarra para la financiación en la Comunidad Foral de Navarra de actividades encaminadas a la preparación de propuestas de nuevos planes de estudios en el marco de la nueva ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales en el curso 2007-2008, que se incorpora como anexo.

2.º Notificar la presente resolución y su anexo a la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación del Ministerio de Educación y Ciencia, al Vicerrectorado de Enseñanzas de la Universidad Pública de Navarra, a la Dirección General de Formación Profesional y Universidades, a la Dirección del Servicio de Enseñanza y Extensión Universitarias e Investigación, a la Sección de Enseñanza Superior, al Negociado de Enseñanza Superior y al Negociado de Administración General del Departamento de Educación, a los efectos oportunos.

3.º Publicar el presente convenio de colaboración en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Pamplona, 31 de enero de 2008.-El Director General de Formación Profesional y Universidades, Pedro González Felipe.

ANEXO

Convenio de colaboración entre la Universidad Pública de Navarra y y el Departamento de Educación del Gobierno de Navarra para la financiación en la Comunidad Foral de Navarra de actividades encaminadas a la preparación de propuestas de nuevos planes de estudios en el marco de la nueva ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales en el curso 2007-2008

En Pamplona, a ...... de ................ de 2008.

Intervienen:

De una parte: El Ilmo. señor don Pedro González Felipe, Director General de Formación Profesional y Universidades.

De otra parte: El Excelentísimo señor don Julio Lafuente López, Rector Magnífico de la Universidad Pública de Navarra.

Las partes se reconocen recíprocamente la capacidad para la firma de este convenio y, por este motivo,

Exponen:

Primero.-Que el Ministerio de Educación y Ciencia, según Orden ECI/3008/2007, de 12 de septiembre, acordó la asignación de 84.404 euros a favor de la Comunidad Foral de Navarra para impulsar la preparación de propuestas de nuevos planes de estudios en el marco de la nueva ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, en la Universidad Pública de Navarra a lo largo del curso 2007-2008.

Segundo.-El propio Ministerio de Educación y Ciencia, en la citada Orden ECI/3008/2007, de 12 de septiembre, estableció las bases reguladoras de las subvenciones para la financiación de dichas actividades a las cuales debería adaptarse la gestión de las ayudas por parte de las comunidades autónomas. En el caso de Navarra, el procedimiento de aplicación será la firma de un convenio con la Universidad Pública.

Tercero.-Es criterio compartido tanto por el Gobierno de Navarra como por la Universidad Pública de Navarra que la progresiva construcción y consolidación de un sistema universitario en el ámbito europeo y en lo que a España se refiere, en este momento de desarrollo del proceso, requiere la decidida participación y colaboración del Gobierno, las comunidades autónomas y las universidades en actuaciones conjuntas destinadas a la ejecución de proyectos de planificación, diseño y definición de las actividades que se consideren necesarias para avanzar en dicho proceso.

Cuarto.-La Universidad Pública de Navarra manifiesta su deseo de participar en esta convocatoria, cuyos objetivos vienen a reforzar sus propios fines, establecidos en el Plan Estratégico 2005-2008, en lo que concierne a la convergencia europea.

Quinto.-La Dirección General de Formación Profesional y Universidades del Departamento de Educación tiene expresamente recogido entre sus objetivos de política universitaria participar con el Ministerio de Educación y Ciencia en las convocatorias de ayudas para la financiación de las instituciones universitarias.

A los efectos de establecer y desarrollar las principales líneas de actuación conjuntas en el marco de la convocatoria del Ministerio de Educación y Ciencia para la financiación de propuestas de nuevos planes de estudios en el marco de la nueva ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, las partes abajo firmantes acuerdan las siguientes.

CLAUSULAS

Primera.-Objeto.

Constituye el objeto del presente convenio de colaboración establecer las condiciones de desarrollo y resolución en la Comunidad Foral de Navarra de lo dispuesto en la convocatoria nacional por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para la preparación de las propuestas de la nueva ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales en el curso 2007-2008.

El condicionado para la concesión de las ayudas de referencia se regirá por lo dispuesto en la Orden ECI/3008/2007, de 12 de septiembre, del Ministerio de Educación y Ciencia, y las cláusulas establecidas en el presente convenio de colaboración.

Segunda.-Finalidad.

El Departamento de Educación del Gobierno de Navarra y la Universidad Pública de Navarra se comprometen a crear las condiciones y a facilitar los medios para impulsar la preparación de las propuestas de nuevos planes de estudios en el marco de la nueva ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales mediante la realización de proyectos e iniciativas destinadas a tal fin.

Tercera.-Proyectos subvencionables.

1. La propuesta y ejecución de los proyectos serán de responsabilidad última del Vicerrector de Enseñanzas de la Universidad Pública de Navarra.

2. Los proyectos perseguirán contribuir a la realización de actividades que contribuyan a la elaboración de los nuevos planes de estudio.

3. Los proyectos, por tanto, deberán plantear estrategias y actividades conducentes a la preparación de las propuestas de nuevos planes de estudios en el marco de la nueva ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales.

Cuarta.-Proyectos a desarrollar por la Universidad Pública de Navarra.

De acuerdo con lo establecido en la cláusula anterior, la Universidad Pública de Navarra viene obligada a desarrollar los proyectos que se relacionan a continuación, por lo que percibirán la asignación que se señala para cada uno de ellos:

A) Proyectos a desarrollar y subvención.

1. Localización y análisis de referentes externos a la universidad que avalen la adecuación de la propuesta a criterios nacionales o internacionales para títulos de similares características académicas: 8.000,00 euros.

2. Consultas externas para la elaboración del plan de estudios con profesionales, asociaciones o colegios profesionales, estudiantes u otros colectivos: 5.000,00 euros.

3. Diseño de sistemas de evaluación de las competencias de los estudiantes: 12.000,00 euros.

4. Diseño de sistemas de información previa a la matriculación y procedimientos de acogida y orientación de los estudiantes de nuevo ingreso para facilitar su incorporación a la universidad y la titulación: 6.000,00 euros.

5. Diseño de sistemas de apoyo y orientación de los estudiantes una vez matriculados: 6.000,00 euros.

6. Diseño del sistema propio de la universidad para transferencia y reconocimiento de créditos: 6.000,00 euros.

7. Elaboración y análisis de indicadores de graduación, abandono y eficiencia de las actuales titulaciones, con el objetivo de establecer valores estimados para los nuevos planes de estudios: 6.000,00 euros.

8. Diseño de prácticas externas y su evaluación: 12.000,00 euros.

9. Diseño de trabajos de fin de grado o máster y su evaluación: 12.000,00 euros.

10. Diseño del sistema de garantía de la calidad aplicable a la titulación: 11.404,00 euros.

B) Imposibilidad de cambios.

La Universidad Pública de Navarra queda obligada a realizar las actividades que fundamentan la concesión de la ayuda, sin que quepa cambio o modificación alguna del objeto o finalidad para la que se concedió.

Quinta.-Plazos de ejecución.

Los proyectos subvencionados deberán desarrollarse a lo largo del curso académico 2007/2008 y darán lugar a una memoria de ejecución por parte de la Universidad Pública de Navarra, que deberá ser presentada en el Departamento de Educación del Gobierno de Navarra antes del 15 de noviembre de 2008.

Con anterioridad al 15 de diciembre de 2008 la administración de la Comunidad Foral de Navarra remitirá al Ministerio de Educación y Ciencia la memoria de ejecución de la Universidad Pública de Navarra, junto con su evaluación de las actividades realizadas.

Sexta.-Valoración de las actividades realizadas.

La valoración de la memoria sobre las actividades realizadas por la Universidad Pública de Navarra, respecto de los proyectos subvencionados, corresponderá a la Dirección General de Formación Profesional y Universidades del Gobierno de Navarra.

Séptima.-Publicidad del convenio de colaboración.

El contenido de este convenio de colaboración será publicado en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Dentro de los diez días siguientes a la firma de este convenio de colaboración se dará traslado de una copia al Ministerio de Educación y Ciencia.

Octava.-Forma de financiación.

Según se dispone en el punto sexto de la Orden ECI/3008/2007, de 12 de septiembre, el Ministerio de Educación y Ciencia efectuará una transferencia a la Comunidad Foral de Navarra por un importe que asciende a 84.404 euros que, una vez firmado el presente convenio, la Administración de la Comunidad Foral, a su vez, transferirá, una vez recibida, a la Universidad Pública de Navarra, de acuerdo con la normativa vigente.

Novena.-Compromisos derivados de la financiación.

La firma del presente convenio no supone, por parte del Departamento de Educación del Gobierno de Navarra, la asunción de ningún compromiso financiero, solamente la entrega efectiva de la aportación acordada por el Estado, determinará la puesta a disposición de la Universidad Pública de Navarra de la cantidad de 84.404 euros.

Décima.-Naturaleza del convenio.

El presente convenio de colaboración tiene naturaleza administrativa y será de aplicación al mismo, con carácter general, lo dispuesto en la Orden ECI/3008/2007, de 12 de septiembre, y lo dispuesto en la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

Y en prueba de conformidad con cuanto antecede, las partes suscriben el presente convenio de colaboración, en la fecha y lugar anteriormente indicado.

Por el Departamento de Educación del Gobierno de Navarra, Director General de Formación Profesional y Universidades, Pedro González Felipe.

Por la Universidad Pública de Navarra, Rector, Julio Lafuente López.

Código del anuncio: F0802005