BOLETÍN Nº 26 - 27 de febrero de 2008

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

1.3. OTRAS DISPOSICIONES

1.3.5. Estatutos y convenios colectivos

RESOLUCION 102/2008, de 1 de febrero, de la Directora General de Trabajo y Prevención de Riesgos, por la que se acuerda el registro, depósito y publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra del Acuerdo de Revisión Salarial del Pacto Colectivo del sector "Construcción y Obras Públicas" de Navarra (Expediente número: 3/2008 (L).

Con fecha 24 de enero de 2008 ha tenido entrada en este Departamento el Acuerdo de Revisión Salarial del Pacto Colectivo del sector "Construcción y Obras Públicas", correspondiente al año 2007, suscrito y aprobado por la Comisión Negociadora, en cumplimiento de lo pactado en el citado Pacto (Expediente inicial número 4/2005-L).

Siendo el Departamento de Innovación, Empresa y Empleo competente para efectuar las funciones de registro, depósito y publicación de los Convenios Colectivos de trabajo, establecidas en el artículo 90 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, en virtud de lo establecido en el Real Decreto 937/1986, de 11 de abril, de transferencias laborales estatales a la Comunidad Foral de Navarra; y teniendo en cuenta lo dispuesto en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos, así como en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 22.1 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

RESUELVO:

1. Proceder al registro del Acuerdo de Revisión Salarial del sector "Construcciones y Obras Públicas" (Código número 3102805), de Navarra, en el libro especial habilitado al efecto que obra en el Negociado de Registro, Depósito de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, en cuya unidad administrativa queda en depósito su texto y documentación.

2. Notificar esta Resolución a la Comisión Negociadora, advirtiendo que contra la misma, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Innovación, Empresa y Empleo, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación.

3. Publicar esta Resolución en el BOLETIN OFICIAL de Navarra para su general conocimiento.

Pamplona, 1 de febrero de 2008.-La Directora General de Trabajo y Prevención de Riesgos, Imelda Lorea Echavarren.

CONVENIO PROVINCIAL DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION Y OBRAS PUBLICAS DE NAVARRA

ACTA

En la ciudad de Pamplona siendo las 17,30 horas del día 23 de enero de 2008 se reúne bajo la presidencia de Alejandro Lara Piñero, la Comisión Mixta del Convenio Colectivo de la Industria de la Construcción y Obras Públicas de Navarra, para proceder de conformidad con lo establecido en el artículo 5 del vigente Convenio Colectivo a la revisión salarial correspondiente al tercer año de vigencia del mismo (1 de enero de 2007 a 31 de diciembre de 2007), según las tablas anexas, con la asistencia de los representantes que a continuación se relacionan:

Representación empresarial.

-Por A.C.P.: Elena Modrego Ochoa y Juan Cruz Sanzol Baztan.

-Por ANECOP: Juan Ignacio Sanchez Ezcaray, José de Diego Chuvieco y José Ignacio Sanchez Trueba.

Representacion social:

-Por UGT: Severo García Pesquera.

Abierta la sesión por el señor Presidente se acuerda por unanimidad:

1.-Proceder, conforme a lo determinado en el artículo 5.º del citado Convenio Colectivo a la revisión salarial, con efectos de 1 de enero a 31 de diciembre de 2007.

Dicha revisión supone un incremento del 2,2% y se aplicará a los conceptos siguientes: salario base, gratificaciones extraordinarias, vacaciones, complemento convenio, plus extrasalarial.

Dicha revisión servirá de base para la tabla salarial del año 2008.

2.-Aprobar en su integridad las Tablas Salariales anexas.

Leído el contenido de la presente Acta a los asistentes, la encuentran conforme y, firman con el Presidente el resto de los representantes, en la fecha y lugar arriba indicados.

Por ACP, Por UGT y Por ANECOP.

TABLA DE RETRIBUCIONES BRUTAS DEL CONVENIO DE LA CONSTRUCCION Y OBRAS PUBLICAS DE NAVARRA

Revisión Salarial. (Efectos: 1 de enero de 2007 a 31 de diciembre de 2007)

Incremento: 5,9%

II. Titulado Superior 1.878,05 496,65 58,55 2.433,25 3.097,35 3.097,35 3.097,35 36.057,80

III. Titulado Medio 1.541,17 417,30 58,55 2.017,02 2.567,27 2.567,27 2.567,27 29.889,03

IV. Encargado General 1.492,29 405,14 58,55 1.955,98 2.496,89 2.496,89 2.496,89 29.006,45

V. Jefe Admon. 2.ª 1.338,69 366,65 58,55 1.763,89 2.250,97 2.250,97 2.250,97 26.155,70

VI. Delineante 1.ª 1.148,39 319,78 58,55 1.526,72 1.946,71 1.946,71 1.946,71 22.634,05

VII. Capataz 1.127,71 317,77 58,55 1.504,03 1.916,07 1.916,07 1.916,07 22.292,54

VIII. Oficial 1.ª 1.102,67 320,10 58,55 1.481,32 1.885,47 1.885,47 1.885,47 21.950,93

IX. Oficial 2.ª 970,04 291,68 58,55 1.320,27 1.678,11 1.678,11 1.678,11 19.557,30

X. Especialista 913,19 282,22 58,55 1.253,96 1.591,90 1.591,90 1.591,90 18.569,26

XI. Peón Especializado 897,63 283,88 58,55 1.240,06 1.572,84 1.572,84 1.572,84 18.359,18

XII. Peón Ordinario 866,21 279,61 58,55 1.204,37 1.526,12 1.526,12 1.526,12 17.826,43

XIII. Aspirante Administrativo 615,77 199,03 58,55 873,35 1.107,01 1.107,01 1.107,01 12.927,88

XIV. Aprendices:

-De 16 y 17 años: 1er año 533,52 160,42 58,55 752,49 922,96 922,96 922,96 11.046,27

-De 16 y 17 años: 2.º año 582,02 175,01 58,55 815,58 1.006,87 1.006,87 1.006,87 11.991,99

-De 18 a 21 años: 1er año 630,52 189,59 58,55 878,66 1.090,77 1.090,77 1.090,77 12.937,57

-De 18 a 21 años: 2.º año 679,03 204,18 58,55 941,76 1.174,68 1.174,68 1.174,68 13.883,40

TABLA DE RETRIBUCIONES POR HORA EFECTIVA DE TRABAJO

Revisión Salarial. Jornada anual: 1.734 horas efectivas. Efectos 1 de enero de 2007 a 31 de diciembre de 2007

VI. Delineante 1.ª 7,28506 2,02859 0,37142 9,68507

VII. Capataz 7,15387 2,01584 0,37142 9,54113

VIII. Oficial 1.ª 6,99502 2,03062 0,37142 9,39706

IX. Oficial 2.ª 6,15366 1,85033 0,37142 8,37541

X. Especialista 5,79302 1,79032 0,37142 7,95476

XI. Peón Especializado 5,69431 1,80085 0,37142 7,86658

XII. Peón Ordinario 5,49499 1,77377 0,37142 7,64018

XIII. Aspirante Administrativo 3,90627 1,26259 0,37142 5,54028

XIV. Formación:

-De 16 y 17 años: 1er año 3,38450 1,01766 0,37142 4,77358

-De 16 y 17 años: 2.º año 3,69217 1,11021 0,37142 5,17380

-De 18 a 21 años: 1er año 3,99984 1,20270 0,37142 5,57396

-De 18 a 21 años: 2.º año 4,30757 1,29526 0,37142 5,97425

Nota.-En el precio/hora no están incluidas las pagas extraordinarias de Julio y Navidad ni vacaciones.

TABLA DE RETRIBUCIONES BRUTAS DEL CONVENIO DE LA CONSTRUCCION Y OBRAS PUBLICAS DE NAVARRA

Revisión Salarial. Diferencias. (Efectos: 1 de enero de 2007 a 31 de diciembre de 2007)

II. Titulado Superior 39,01 10,31 1,22 50,54 64,35 64,35 64,35 748,99

III. Titulado Medio 32,01 8,67 1,22 41,90 53,33 53,33 53,33 620,89

IV. Encargado General 31,00 8,42 1,22 40,64 51,87 51,87 51,87 602,65

V. Jefe Admon. 2.ª 27,81 7,62 1,22 36,65 46,76 46,76 46,76 543,43

VI. Delineante 1.ª 23,85 6,64 1,22 31,71 40,44 40,44 40,44 470,13

VII. Capataz 23,42 6,60 1,22 31,24 39,80 39,80 39,80 463,04

VIII. Oficial 1.ª 22,91 6,65 1,22 30,78 39,17 39,17 39,17 456,09

IX. Oficial 2.ª 20,15 6,06 1,22 27,43 34,86 34,86 34,86 406,31

X. Especialista 18,97 5,86 1,22 26,05 33,08 33,08 33,08 385,79

XI. Peón Especializado 18,65 5,90 1,22 25,77 32,67 32,67 32,67 381,48

XII. Peón Ordinario 17,99 5,81 1,22 25,02 31,71 31,71 31,71 370,35

XIII. Aspirante Administrativo 12,80 4,13 1,22 18,15 22,99 22,99 22,99 268,62

XIV. Aprendices:

-De 16 y 17 años: 1er año 11,08 3,33 1,22 15,63 19,17 19,17 19,17 229,44

-De 16 y 17 años: 2.º año 12,09 3,64 1,22 16,95 20,92 20,92 20,92 249,21

-De 18 a 21 años: 1er año 13,09 3,94 1,22 18,25 22,66 22,66 22,66 268,73

-De 18 a 21 años: 2.º año 14,11 4,24 1,22 19,57 24,40 24,40 24,40 288,47

TABLA DE RETRIBUCIONES POR HORA EFECTIVA DE TRABAJO

Revisión Salarial. Diferencias. Jornada anual: 1.734 horas efectivas. Efectos 1 de enero de 2007 a 31 de diciembre de 2007

VI. Delineante 1.ª 0,15130 0,04212 0,00773 0,20115

VII. Capataz 0,14857 0,04187 0,00773 0,19817

VIII. Oficial 1.ª 0,14533 0,04218 0,00773 0,19524

IX. Oficial 2.ª 0,12783 0,03844 0,00773 0,17400

X. Especialista 0,12034 0,03717 0,00773 0,16524

XI. Peón Especializado 0,11831 0,03742 0,00773 0,16346

XII. Peón Ordinario 0,11412 0,03686 0,00773 0,15871

XIII. Aspirante Administrativo 0,08120 0,02620 0,00773 0,11513

XIV. Formación:

-De 16 y 17 años: 1er año 0,07029 0,02113 0,00773 0,09915

-De 16 y 17 años: 2.º año 0,07670 0,02309 0,00773 0,10752

-De 18 a 21 años: 1er año 0,08304 0,02499 0,00773 0,11576

-De 18 a 21 años: 2.º año 0,08951 0,02690 0,00773 0,12414

Nota.-En el precio/hora no están incluidas las pagas extraordinarias de Julio y Navidad ni vacaciones.

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