BOLETÍN Nº 26 - 27 de febrero de 2008

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

1.3. OTRAS DISPOSICIONES

1.3.4. Subvenciones, ayudas y becas

RESOLUCION 470/2008, de 8 febrero, de la Directora Gerente de la Agencia Navarra para la Dependencia, por la que se convocan 1.988 plazas del Programa de Balnearios Tercera Edad para el año 2008, promovido por la Agencia Navarra para la Dependencia.

El Programa de Balnearios dirigido a personas de la Tercera Edad ha venido desarrollándose de forma satisfactoria desde el año 1993, desarrollándose en diversos balnearios ubicados en la Comunidad Foral de Navarra, o próximos a ella.

La Sección de Programas de la Agencia Navarra para la Dependencia ha propuesto la continuación de dicho Programa durante el año 2008, mediante la convocatoria de las plazas correspondientes, parte de las cuales se reservan a casos especiales siendo su coste reducido.

En consecuencia, en uso de las facultades conferidas por el Decreto Foral 184/2007, de 10 de septiembre, por el que se aprueban los Estatutos de la Agencia Navarra para la Dependencia,

RESUELVE:

1.º Aprobar la convocatoria de 1.988 plazas para el Programa de Balnearios de Tercera Edad para el año 2008, promovido por la Agencia Navarra para la Dependencia.

2.º Aprobar los siguientes Anexos a la presente Resolución:

-Anexo I: Bases de la convocatoria.

-Anexo II: Turnos y precios.

-Anexo III: Baremo para la valoración de las solicitudes.

-Anexo IV: Solicitud de plaza.

-Anexo V: Modelo de informe médico.

3.º Ordenar la publicación de la presente Resolución en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, y trasladar la misma a la Sección de Programas de la Agencia Navarra para la Dependencia, al Centro Contable de la Sección de Gestión Presupuestaria y al Negociado de Asuntos Administrativos de la Secretaria General Técnica del Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte, a los efectos oportunos.

Pamplona, 8 de febrero de 2008.-La Directora Gerente, Begoña Rodríguez Marcos.

ANEXO I

Bases de la convocatoria de plazas del Programa Balnearios Tercera Edad año 2008

1.-Objeto de la Convocatoria.

Se convocan 1.988 plazas para participar en el Programa de Balnearios Tercera Edad, que se llevará a cabo en los balnearios y turnos que se detallan en el Anexo II de la presente Convocatoria. Parte de dichas plazas, hasta el tope de 6.094,25 euros para el año 2008, quedarán reservadas para cubrir casos excepcionales en los que los ingresos del solicitante no le permitan acceder a este tipo de servicios, debiendo venir la solicitud acompañada de un informe social justificativo.

Los turnos serán de 12 días, en el Balneario "Baños de Fitero" y en el "Balneario de Elgorriaga", y de 10 días, en los Balnearios "Baños de Serón" y "Arnedillo", y se realizarán en régimen de pensión completa.

Este programa se llevará a cabo entre los meses de mayo y diciembre del año 2008 quedando condicionado a las consignaciones presupuestarias y a la disponibilidad de medios materiales para el desarrollo del mismo en el referido ejercicio.

2.-Beneficiarios.

Podrán ser beneficiarias las personas que reúnan los siguientes requisitos:

a) Tener 65 o más años, o ser pensionista de jubilación o invalidez absoluta, en todo caso, o bien ser pensionista de viudedad o de otras pensiones a partir de los 60 años.

b) Tener residencia legal en Navarra.

c) No padecer trastornos mentales graves que puedan alterar la normal convivencia de los establecimientos termales.

d) No padecer enfermedad infecto-contagiosa.

e) Valerse por sí mismo.

f) No utilizar silla de ruedas para los desplazamientos.

g) Precisar los tratamientos termales solicitados y carecer de contraindicación médica para la recepción de los mismos.

h) Alcanzar de conformidad con la baremación indicada en el Anexo III la puntuación que le permite acceder a uno de los balnearios y turnos solicitados.

Asimismo, podrán ser beneficiarios de las plazas los cónyuges o personas con quienes se mantenga relación de análoga naturaleza y que así lo acrediten, de quienes reúnan los requisitos anteriores y además cumplan con los requisitos c, d, e, f y g.

3.-Precio y forma de pago de las plazas.

3.1. El precio por persona, plaza y turno asciende a las cuantías que se señalan para cada balneario en el cuadro Anexo II. En dichos precios quedan incluidos los siguientes servicios:

a) Alojamiento y manutención en régimen de pensión completa y en habitaciones dobles.

b) Tratamiento termal, que incluirá:

-Reconocimiento médico al comienzo de la estancia en el balneario.

-El tratamiento termal prescrito individualizadamente por el médico del balneario.

-El seguimiento médico durante la estancia, con emisión de un informe final.

c) El transporte de ida y vuelta en autocar al balneario.

d) Póliza colectiva de seguros.

3.2. Los beneficiarios abonarán el precio de las plazas que les corresponda de la siguiente forma:

a) Con anterioridad a su incorporación al balneario y en el plazo que se determine en el escrito de notificación de la concesión de plaza, abonará el 40% del precio, en concepto de reserva de plaza.

b) El 60% restante al efectuar el ingreso en el establecimiento termal.

4.-Lugar, plazo y documentación de presentación de solicitudes.

Las solicitudes se presentarán en modelo oficial (Anexo IV), en el Registro de la Agencia Navarra para la Dependencia, (González Tablas, s/n, 31005 Pamplona), o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales a contar desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

La solicitud se acompañará del informe/s médico/s cumplimentado por el Centro de Salud correspondiente (en el modelo que se presenta en el Anexo V) y de la fotocopia del DNI del solicitante, y, si fuera el caso, del cónyuge o persona con quien mantenga relación de análoga naturaleza.

5.-Instrucción del Expediente.

5.1. La Subdirección de Promoción de la Autonomía personal y Prevención de la Dependencia de la Agencia Navarra para la Dependencia, a través de su Sección de Programas, valorará y podrá requerir documentación complementaria y realizar las comprobaciones que procedan para la resolución de las solicitudes.

5.2. En la valoración de las solicitudes se tendrá en cuenta la necesidad de recibir los tratamientos termales solicitados (hasta 60 puntos) y la situación económica del solicitante (hasta 40 puntos) y se hará de conformidad al Baremo detallado en el cuadro Anexo III.

6.-Resolución.

6.1. La Resolución de las solicitudes se llevará a cabo por la Directora Gerente de la Agencia Navarra para la Dependencia, figurando, en los casos de concesión de plazas, la adjudicación de turno y balneario a cada beneficiario.

6.2. Transcurrido el plazo de tres meses desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes, sin que recaiga resolución expresa, se entenderá desestimada la correspondiente petición.

7.-Cancelación de la plaza obtenida.

7.1. La consignación o aportación de datos o documentos falseados o inexactos para la obtención de las plazas reguladas en la presente convocatoria implicará la cancelación de la plaza obtenida, en el supuesto de no haber disfrutado del turno, o la obligación por parte del interesado de abonar el precio real de la plaza, sin perjuicio de las acciones que procedan en aplicación de la normativa vigente, si ya ha disfrutado del turno.

7.2. En el supuesto de que un beneficiario no abone el precio de la plaza obtenida, de acuerdo con lo especificado en la base 3.2., se entenderá que renuncia a la misma, pudiendo seleccionarse a otro beneficiario para cubrir su vacante.

7.3. Si un beneficiario anula su plaza con 48 horas o menos de antelación al inicio del turno, sin causa grave justificada documentalmente, se le retendrá la cantidad abonada en concepto de reserva de plaza.

ANEXO II

Programa de Balnearios Tercera Edad año 2008 Balnearios, turnos y precios

BALNEARIO FECHAS DURACION PLAZAS PRECIO HOTEL

ARNEDILLO DEL 22 DE SEPTIEMBRE AL 1 DE OCTUBRE 10 DIAS 40 371,80 OLIVAR

DEL 14 DE OCTUBRE AL 23 DE OCTUBRE 10 DIAS 45 371,80 OLIVAR

FITERO DEL 3 DE MAYO AL 14 DE MAYO 12 DIAS 120 414,70 PALAFOX

DEL 14 DE MAYO AL 25 DE MAYO 12 DIAS 120 414,70 PALAFOX

DEL 25 DE MAYO AL 5 DE JUNIO 12 DIAS 120 414,70 PALAFOX

DEL 14 DE JULIO AL 25 DE JULIO 12 DIAS 127 414,70 BECQUER

DEL 25 DE AGOSTO AL 5 DE SEPTIEMBRE 12 DIAS 80 414,70 BECQUER

DEL 14 DE OCTUBRE AL 25 DE OCTUBRE 12 DIAS 100 414,70 BECQUER

DEL 19 DE OCTUBRE AL 30 DE OCTUBRE 12 DIAS 100 414,70 BECQUER

DEL 26 DE OCTUBRE AL 6 DE NOVIEMBRE 12 DIAS 120 414,70 PALAFOX

DEL 3 DE NOVIEMBRE 14 DE NOVIEMBRE 12 DIAS 50 414,70 BECQUER

DEL 5 DE NOVIEMBRE AL 16 DE NOVIEMBRE 12 DIAS 50 414,70 BECQUER

DEL 6 DE NOVIEMBRE 17DE NOVIEMBRE 12 DIAS 120 414,70 PALAFOX

DEL 10 DE NOVIEMBRE AL 21 DE NOVIEMBRE 12 DIAS 125 414,70 BECQUER

DEL 15 DE NOVIEMBRE AL 26 DE NOVIEMBRE 12 DIAS 100 414,70 BECQUER

DEL 26 DE NOVIEMBRE AL 07 DE DICIEMBRE 12 DIAS 100 414,70 BECQUER

SERON DEL 24 DE JULIO AL 2 DE AGOSTO 10 DIAS 55 406,25

DEL 24 DE AGOSTO AL 2 DE SEPTIEMBRE 10 DIAS 54 406,25

DEL 2 DE SEPTIEMBRE AL 11DE SEPTIEMBRE 10 DIAS 54 406,25

DEL 11 DE SEPTIEMBRE AL 20 DE SEPTIEMBRE 10 DIAS 54 406,25

DEL 20 DE SEPTIEMBRE AL 29 DE SEPTIEMBRE 10 DIAS 54 406,25

ELGORRIAGA DEL 13 DE OCTUBRE AL 24 DE OCTUBRE 12 DIAS 50 429,00

DEL 27 DE OCTUBRE AL 7 DE NOVIEMBRE 12 DIAS 50 429,00

DEL 10 DE NOVIEMBRE AL 21 DE NOVIEMBRE 12 DIAS 50 429,00

DEL 24DE NOVIEMBRE AL 5 DE DICIEMBRE 12 DIAS 50 429,00

ANEXO III

Baremo para valoración de los expedientes de solicitud de plaza de Balnearios Tercera Edad del año 2008

En la valoración de los expedientes de solicitud de plaza para uno de los turnos del Programa de Balnearios Tercera Edad del Gobierno de Navarra, se considerarán las siguientes variables:

-Grado de necesidad de recibir los tratamientos termales solicitados.

-Situación económica de los solicitantes.

1.-Grado de necesidad de recibir los tratamientos termales solicitados:

Para poder tomar parte en el programa, es requisito imprescindible que el beneficiario de la plaza precise tratamiento termal.

En este sentido, esta variable valora el grado de necesidad de tratamiento termal, así como si el solicitante precisa uno o más tipos de tratamientos incluidos en el programa.

Para fijar la puntuación asignada a un expediente se tendrá en cuenta el informe o certificado médico que debe acompañar a la solicitud. La puntuación máxima que se ha estimado para esta variable es de 60 puntos, distribuidos de acuerdo con los siguientes criterios:

1.-En el supuesto de precisar un único tratamiento termal:

-Afecciones reumatológicas o respiratorias

-Resto de afecciones

-Hasta 45 puntos en reumatológicas y respiratorias

-Hasta 30 puntos en resto de afecciones

2.-En el supuesto de precisar varios tratamientos:

-Tratamiento principal

-Tratamiento secundario

-Hasta 45 puntos en tratamiento principal reumatológico o respiratorio

-Hasta 30 puntos en el resto de tratamientos

-Hasta 15 puntos en tratamientos secundarios reumatológicos o respiratorios, no considerados como principales y resto de tratamientos

En el caso de matrimonio o relación de análoga naturaleza, se valorará de forma separada la situación de cada uno de los cónyuges, tomándose en consideración, para el cálculo de la puntuación final del expediente, solamente la puntuación mayor de las dos obtenidas.

2.-Situación económica:

En esta variable, se valoran los ingresos mensuales de la unidad familiar del solicitante, aplicándose los siguientes coeficientes correctores para determinar los tramos de ingresos:

-Un sólo miembro: 1.

-Dos miembros: 0,75.

-Tres miembros: 0,50.

-Cuatro miembros: 0,25.

La puntuación máxima que se ha estimado para esta variable es de 40 puntos.

TRAMOS DE INGRESOS PUNTUACION

Hasta 285,89 40

Desde 285,90 a 411,76 36

Desde 411,77 a 484,89 32

Desde 484,90 a 550,50 28

Desde 550,51 a 617,64 24

TRAMOS DE INGRESOS PUNTUACION

Desde 617,65 a 727,34 20

Desde 727,35 a 850.50 16

Desde 850,52 a 900,50 14

Desde 900,52 a 950,50 12

Desde 950,51 a 1000,00 10

Desde 1001,00 a 1050,00 8

Desde 1051,00 a 1060,00 6

Más de 1061,00 0

3.-Observaciones:

En el supuesto de que una vez valoradas todas las variables contempladas en el baremo, existan expedientes con igual puntuación, se ordenarán de acuerdo con la fecha de nacimiento del solicitante.

Por otra parte, si dos solicitantes desean que sus expedientes se unan entre si de tal forma que se adjudique plaza a los dos o a ninguno de ellos, deberán rellenar el apartado correspondiente de la solicitud y cumplir las instrucciones que en la misma se señalan. Sus expedientes se baremarán de forma individual y la valoración final será igual a la media aritmética de sus puntuaciones.

ANEXO IV

Solicitud de plaza del Programa de Balnearios Tercera Edad año 2008

DATOS DEL SOLICITANTE

1. Primer Apellido Segundo Apellido Nombre

2. Sexo 3. Estado Civil 4. Fecha de Nacimiento 5. N.º D.N.I.

Día Mes Año

6. Domicilio 7. Código postal 8. Localidad 9. Teléfono

Calle N.º Piso

DATOS DEL CONYUGE

10. Primer Apellido Segundo Apellido Nombre

11. Fecha de Nacimiento 12. N.º D.N.I.

Día Mes Año

DATOS DE FAMILIAR O PERSONA DE CONTACTO EN CASO DE URGENCIA

13. Primer Apellido Segundo Apellido Nombre

14. Domicilio 15. Código postal 16. Localidad 17. Teléfono

Calle N.º Piso

BALNEARIOS, TURNOS Y PLAZAS SOLICITADOS

18. Número de plazas: Sólo solicitante d Sólo cónyuge d Solicitante y cónyuge d

19. Balnearios por orden preferencia

20. Turnos por orden preferecia

DATOS ECONOMICOS N.º DE MIEMBROS DE LA UNIDAD FAMILIAR QUE CONVIVEN EN EL DOMICILIO

Procedencia Clase de pensión Cuantía mensual

Pensión solicitante 21. 1.ª Pensión 22. 23.

24. 2.ª Pensión 25. 26.

Pensión cónyuge 27. 1.ª Pensión 28. 29.

30. 2.ª Pensión 31. 32.

Otros ingresos: 33. 34.

35. 36.

TOTAL MENSUAL 37.

Cumplimentar en el supuesto de que quiera unir su solicitud a la de otra persona:

38. Apellidos y Nombre de dicha persona: 39. N.º D.N.I.

DECLARACION

.Que son ciertos los datos anteriores y que la ocultación o falsedad de los mismos puede ser motivo de anulación de mi expediente.

.Que acepto el turno que me sea adjudicado, de entre los por mí solicitados, salvo que por causa de fuerza mayor, debidamente justificada, deba renunciar a la plaza.

.Que abonaré en el momento que me sea comunicada la adjudicación, la cantidad establecida en concepto de reserva de plaza y al iniciar el turno, el resto de la cantidad estipulada por plaza. En el supuesto de anulación de la plaza sin causa grave justificada documentalmente 48 horas o menos del inicio del turno, no recuperaré la cantidad abonada en concepto de reserva de plaza.

.En cumplimiento de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de los Datos de carácter personal, se le informa que: Los datos personales que figuran en este impreso, se introducirán en un fichero automatizado de datos para la tramitación de su correspondiente expediente y posterior resolución, siendo responsable de su utilización el Gobierno de Navarra quien garantiza la confidencialidad de sus datos.

.Autorizo expresamente a la Agencia Navarra para la Dependencia para el tratamiento informático y la cesión de mis datos personales exclusivamente para la correcta prestación de este servicio.

En ..........................., a ....... de ................ de 200...

(Firma solicitante)

SRA. DIRECTORA GERENTE DE LA AGENCIA NAVARRA PARA LA DEPENDENCIA.

1. Ejemplar para la Administración.

2. Ejemplar para el interesado.

Instrucciones para la cumplimentación de la solicitud de plaza para el Programa de Balnearios Tercera Edad año 2008

1. Escriba con claridad para evitar errores de interpretación, a ser posible a máquina o con letras de imprenta.

2. Junto con la solicitud deberá remitir fotocopia del Documento Nacional de Identidad del solicitante y del cónyuge o persona con la que se mantenga relación de análoga naturaleza, así como el/los Informe/s Médico/s que acredite/en la necesidad de recibir tratamiento termal, de acuerdo con el modelo oficial.

3. Deberá cumplimentar todos los datos referidos al solicitante y cónyuge.

4. Puede solicitar plaza y turno en uno o más balnearios, ordenados según su preferencia y de acuerdo con los turnos establecidos que posteriormente se señalan.

5. Si desea unir su solicitud a la de otra persona, deberán cumplimentar ambas personas el apartado correspondiente de su solicitud. Para unir las dos solicitudes es imprescindible solicitar, ambas personas, los mismos balnearios y meses.

Observaciones generales

A) Beneficiarios del programa:

Podrán ser beneficiarios las personas que reúnan los siguientes requisitos:

-Personas mayores de 65 años.

-Pensionistas de jubilación e invalidez absoluta, en todo caso.

-Pensionistas de viudedad o de otras pensiones a partir de 60 años.

-Cónyuges o relación de análoga naturaleza.

-No padecer trastornos mentales graves que puedan alterar la normal convivencia en los establecimientos.

-No padecer enfermedad infecto-contagiosa.

-No utilizar silla de ruedas

-Valerse por sí mismos.

-Precisar de tratamiento termal.

-Alcanzar, de conformidad con la baremación establecida la puntuación que permita acceder a los balnearios y turnos solicitados.

-Tener residencia legal en Navarra.

B) Precio y forma de pago de las plazas:

El precio por persona, plaza y turno asciende a las cuantías que se señalan para cada balneario. En dichos precios quedan incluidos los siguientes servicios:

-Alojamiento y manutención en régimen de pensión completa y en habitaciones dobles.

-Tratamiento termal, que incluirá:

.Reconocimiento médico al comienzo de la estancia en el balneario.

.Tratamiento termal prescrito individualizadamente por el médico del balneario.

.El seguimiento médico durante la estancia, con emisión de un informe final.

-El transporte de ida y vuelta en autocar al balneario.

-Póliza colectiva de seguros.

Los beneficiarios abonarán el precio de las plazas que les corresponda de la siguiente forma:

-Con anterioridad a su incorporación en el balneario y en el plazo que se determine en el escrito de notificación de la concesión de plaza, abonará el 40% del precio, en concepto de reserva de plaza.

-El 60% restante al efectuar el ingreso en el establecimiento termal.

C) Lugar, plazo y documentación de presentación de solicitudes:

-Las solicitudes se presentarán, personalmente o por correo, en modelo oficial en el Registro de la Agencia Navarra para la Dependencia, (calle González Tablas, s/n - 31005 Pamplona),

-La solicitud se acompañará del Informe/s Médico/s cumplimentado por el Centro de Salud correspondiente y de la fotocopia del D.N.I. del solicitante, y si fuera el caso del cónyuge o persona con quien mantenga relación de análoga naturaleza.

-La Agencia Navarra para la Dependencia comprobará en el Dpto. de Economía y Hacienda las correspondientes declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, al amparo del artículo 113, apartado d., de la Ley General Tributaria.

ANEXO V

Informe médico Anexo a la solicitud de plaza del Programa de Balnearios Tercera Edad año 2008

Informe emitido por el doctor don

Colegiado número ....................... con destino en

Solicitante

SEÑALE CON UNA X LA RESPUESTA QUE CORRESPONDA

1. Se vale por sí mismo para las actividades diarias SI NO

2. Utiliza silla de ruedas SI NO

3. Presenta trastornos psíquicos graves que puedan alterar la convivencia SI NO

4. Padece enfermedad infecto-contagiosa SI NO

En caso afirmativo, especificar

5. Presenta insuficiencia orgánica descompensada: A) Cardio-vascular, B) Hepática, C) Renal,

D) Metabólico-endocrina, o E) Cerebro-medular A B C D E

6. Presenta alguno de los siguientes procesos: A) Caquexia o estado general muy deteriorado,

B) I.A.M. o accidente cerebro-vascular de menos de 3-6 meses de evolución, C) T.B.C. reciente o

reactiva, D) Procesos Neoplásicos, E) Insuficiencias Circularias Periféricas importantes A B C D E

7. Presenta actualmente alguna infección aguda o proceso en fase de agudización: A) Reumatológico,

B) Respiratorio, C) Digestivo, D) Renal, E) Dermatológico A B C D E

En caso afirmativo, especificar

Diagnóstico orientativo de todas las enfermedades que padece

Indique claramente tratamientos actuales

Indicar tipo de tratamiento/s termal/es adecuado/s: A) Reumatológico, B) Respiratorio, C) Digestivo y/o

Hepatobiliar, D) Renal y vías urinarias, E) Dermatológico, F) Nervioso A B C D E F

Indicar según el tipo/s de tratamiento/s termal/es señalados en el apartado anterior:

A) Reumatológico: Número de articulaciones afectadas y lateralidad N.º Unilateral Bilateral

Indicar las articulaciones afectadas: A) Cadera o rodilla, B) Columna, C) Hombro,

D) Muñeca o dedos de la mano, E) Codo, F) Tobillo o dedos del pie A B C D E F

Señalar si existe: A) Impotencia funcional, B) Dolor, C) Deformidad, D) Rigidez A B C D

B) Respiratorio: Padece enfermedad de: A) Vías respiratorias altas y/o B) Vías respiratorias bajas A B

Indicar si existen: A) Clínica llamativa, B) Auscultación broncopulmonar severa,

C) Alteraciones radiológicas importantes, D) Alteraciones gasométricas severas A B C D

Número de reagudizaciones el último año N.º

C) Digestivo y/o hepatobiliar: Renal y vías urinarias; dermatológico y nervioso:

Número de procesos agudos en el último año: N.º

Especificar

ANTECEDENTES PERSONALES Y OBSERVACIONES DE INTERES:

......................., ............, de ........................... de ................

(Firma)

Resumen explicativo del informe médico Anexo V-B

1.-Contenido del informe.

El informe médico consta de cuatro apartados básicos:

-Apartado primero:

Los requisitos de orden médico imprescindibles que debe reunir el solicitante para optar al tratamiento termal, están recogidos en los puntos 1, 3 y 4.

Así mismo las contraindicaciones médicas absolutas y relativas para recibir algún tipo de tratamiento termal, se reflejan en los puntos 5, 6 y 7.

-Apartado segundo:

Diagnóstico orientativo de todas las enfermedades en el momento de solicitar plaza y los tratamientos actuales.

-Apartado tercero:

Tipo de tratamiento termal adecuado a la enfermedad que motiva la solicitud del mismo.

-Apartado cuarto:

Análisis de aspectos globales de cada tipo de tratamiento termal posible, con la finalidad de valorar el informe médico de acuerdo con el baremo establecido.

2.-Valoración del informe médico.

Se considera que reúnen los requisitos de orden médico los expedientes cuyos informes médicos cumplan las siguientes condiciones:

-Valerse por sí mismo. No usar sillas de ruedas en sus desplazamientos, y si la utilizase en trayectos largos, es imprescindible acudir con una persona responsable en todo momento y que esta persona haya solicitado también plaza en el programa y reúna todos los requisitos.

-No padecer trastornos psíquicos graves que puedan alterar la convivencia.

-No padecer enfermedad infecto-contagiosa.

-No tener contraindicación médica absoluta para recibir cualquier tipo de tratamiento termal.

Los puntos 4, 5, 6, y 7 del informe médico son susceptibles de estudio individualizado.

3.-Baremación de los informes médicos.

Se analizan los apartados tercero y cuarto del informe médico.

La máxima puntuación que se podrá obtener en un informe médico es de 60 puntos.

En caso de matrimonio o relación de análoga naturaleza se valorará de forma independiente la situación de cada uno de los informes médicos, tomándose en consideración, para el cálculo de la puntuación final del expediente, solamente la puntuación mayor de las dos obtenidas.

Se consideran tratamientos termales principales, los reumatológicos y respiratorios, siendo los demás secundarios.

La puntuación máxima según el tipo de tratamiento termal precisado es la que figura en la siguiente tabla:

1.-En el supuesto de precisar un único tratamiento termal:

-Afecciones reumatológicas o respiratorias

-Resto de afecciones

-Hasta 45 puntos en reumatológicas y respiratorias

-Hasta 30 puntos en resto de afecciones

2.-En el supuesto de precisar varios tratamientos:

-Tratamiento principal

-Tratamiento secundario

-Hasta 45 puntos en tratamiento principal reumatológico o respiratorio

-Hasta 30 puntos en el resto de tratamientos

-Hasta 15 puntos en tratamientos secundarios reumatológicos o respiratorios, no considerados como principales y resto de tratamientos

En el caso de que los informes médicos no reflejen cumplimentado el apartado cuarto y por ello no se puedan valorar, se actuará de la siguiente manera:

-Se adjudican nueve puntos si solicitan un único tratamiento.

-Se adjudican doce puntos si solicita dos tipos de tratamiento.

3.1. Tabla de valoración numérica.

Indicar según el tipo/s de tratamiento/s termal/es señalados en el apartado anterior:

A) Reumatológico (1): Número de articulaciones afectadas y lateralidad N.º (1.1) Unilateral Bilateral

Indicar las articulaciones afectadas: A) Cadera o rodilla, B) Columna, C) Hombro,

D) Muñeca o dedos de la mano E) Codo, F) Tobillo o dedos del pie 8 6 3 3 3 3

Señalar si existe: A) Impotencia funcional, B) Dolor, C) Deformidad, D) Rigidez 6 5 1 1

B) Respiratorio (2): Padece enfermedad de: A) Vías respiratorias altas y/o B) Vías respiratorias bajas 9 17

Indicar si existen: A) Clínica llamativa, B) Auscultación broncopulmonar severa,

C) Alteraciones radiológicas importantes, D) Alteraciones gasométricas severas 6 5 1 1

Número de reagudizaciones el último año: N.º (2.1)

C) Digestivo y/o hepatobiliar; Renal y vías urinarias; Dermatológico y Nervioso (3):

Número de procesos agudos en el último año: N.º (3.1)

(1) Si este es el tratamiento principal podrá obtener como máximo 45 puntos, si es tratamiento secundario 15 puntos como máximo.

(1.1) Si están afectadas menos de cuatro articulaciones de modo unilateral le corresponderá 1 punto, si son de modo bilateral, le corresponderán 3 puntos.

Si las articulaciones afectadas son 4 o más de 4, de modo unilateral le corresponderán 4 puntos y de modo bilateral 6 puntos.

(2) Si es este el tratamiento principal, podrá obtener 45 puntos como máximo, si es tratamiento secundario 15 puntos como máximo.

(2.1.) 1 Proceso: 2 puntos.

2 Procesos: 3 puntos.

3 Procesos: 5 puntos.

Más de 3 procesos: 6 puntos.

(3) Estos tratamientos considerados como secundarios, tendrán 30 puntos como máximo.

(3.1.) 1 Proceso: 9 puntos.

2 Procesos: 18 puntos.

3 o más de 3 Procesos: 30 puntos.

Otros datos a tener en cuenta:

Si se solicita tratamiento reumatológico y respiratorio, el tratamiento que obtiene menor puntuación se transforma según la tabla siguiente y se considera como segundo tratamiento. Esta tabla se aplica a todos los segundos tratamientos.

-Menos de 22 puntos: 4,5 puntos.

-Entre 22 y 37 puntos: 9 puntos.

-Mas de 37 puntos: 18 puntos.

Si se solicitan dos tratamientos distintos del reumatológico o respiratorio, uno de ellos se considera como principal, puntuándose hasta un máximo de 20 puntos, según la tabla, y el otro se considera como secundario. La puntuación obtenida es la correspondiente en la tabla dividida por dos.

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