BOLETÍN Nº 26 - 27 de febrero de 2008

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

1.2. AUTORIDADES Y PERSONAL

1.2.2. Plantilla Orgánica, Oferta Pública de Empleo, oposiciones y concursos

CONVOCATORIA aprobada por Resolución 11/2008, de 6 de febrero, del Director Gerente del Instituto Navarro de Administración Pública, para la provisión, mediante oposición, de una plaza del puesto de trabajo de Técnico Superior de Deporte al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.

Por Resolución 11/2008, de 6 de febrero, del Director Gerente del Instituto Navarro de Administración Pública, se ha aprobado la convocatoria para la provisión, mediante oposición, de una plaza del puesto de trabajo de Técnico Superior de Deporte al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.

Dicho proceso selectivo se llevará a cabo con sujeción a lo dispuesto sobre la materia en el Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, aprobado por el Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, en el Decreto Foral 113/1985, de 5 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso en las Administraciones Públicas de Navarra, demás normas de aplicación y en las bases de esta convocatoria.

BASES

1.-Objeto de la convocatoria.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria, la provisión, mediante oposición, de una plaza del puesto de trabajo de Técnico Superior de Deporte, de régimen funcionarial, nivel A, identificada en la plantilla orgánica con el número 7411, adscrita al organismo autónomo Instituto Navarro del Deporte dependiente del Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte, con destino en Pamplona.

1.2. El puesto de trabajo estará dotado con las remuneraciones fijadas con carácter general para el nivel A en el Reglamento Provisional de Retribuciones, aprobado por Decreto Foral 158/1984, de 4 de julio, y demás disposiciones de aplicación.

1.3. Asimismo es objeto de la presente convocatoria constituir, con los aspirantes que no obtengan plaza en el procedimiento selectivo de ingreso, relaciones de aspirantes a la contratación temporal, conforme a lo dispuesto en la base 9 de esta convocatoria.

2.-Requisitos.

2.1. Para ser admitidos a la oposición, los aspirantes deberán reunir en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes y desde el momento en que finalice el plazo de entrega de documentos al que se refiere el apartado 7.2 de la convocatoria hasta el momento de la toma de posesión de la plaza, los requisitos siguientes:

a) Ser español, nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de un Estado incluido en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, que contemplen la libre circulación de trabajadores.

Podrán también participar el cónyuge de los españoles, de los nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea y de los nacionales de los Estados incluidos en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales mencionados, siempre que no esté separado de derecho, así como los descendientes de éstos y los descendientes del cónyuge, siempre que no medie separación de derecho, menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

b) Ser mayor de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación.

c) Estar en posesión del título de Licenciado, Arquitecto, Ingeniero o título equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación.

d) Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el ejercicio de las correspondientes funciones.

e) No hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

2.2. Los requisitos anteriores deberán acreditarse por el aspirante propuesto para el nombramiento, en el plazo y forma previstos en el apartado 7.2. de esta convocatoria.

3.-Instancias.

3.1. Las instancias para poder participar en la convocatoria se presentarán en el Registro General del Gobierno de Navarra, Avda. de Carlos III, 2, 31002 Pamplona, o en cualquiera de las demás oficinas de Registro del Gobierno de Navarra cuya relación aparece publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra número 14, de fecha 30 de enero de 2008, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de treinta días naturales contados a partir del siguiente al de su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Las instancias deberán ajustarse al modelo Anexo a la convocatoria, y en ellas los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones en ella exigidas. El modelo de instancia se facilitará en cualquiera de las citadas oficinas de Registro del Gobierno de Navarra, pudiendo también obtenerse, a través de Internet, en la dirección www.navarra.es, bien desde el Boletín Oficial de su publicación, bien desde la reseña de la convocatoria en "Catálogo de Servicios", "Empleo Público".

3.2. Los aspirantes con discapacidad reconocida podrán solicitar las adaptaciones de tiempos y medios para la realización de los ejercicios en que éstas sean necesarias, en cuyo caso deberán manifestarlo en la instancia, expresar en hoja aparte la discapacidad que padecen y las adaptaciones solicitadas, y adjuntar la acreditación de la condición legal de discapacitado, mediante copia compulsada del documento expedido por órgano competente.

3.3. A la instancia, debidamente cumplimentada, se acompañará la siguiente documentación:

Justificante de haber abonado la cantidad de 25 euros en concepto de pago de tasa por formalización del expediente y derechos de examen.

La falta de pago de la tasa por derechos de examen determinará la exclusión del aspirante.

El abono de dicha tasa se podrá efectuar por uno de los procedimientos siguientes:

-Mediante carta de pago debidamente cumplimentada, en las cuentas que la Administración de la Comunidad Foral tiene en las entidades financieras ubicadas en Navarra. En la reseña de la convocatoria en Internet, en la dirección más arriba señalada, figura el modelo de carta de pago.

-Mediante ingreso en efectivo, o transferencia bancaria, a la cuenta número 00308124 87 0870002271 del Banesto (Banco Español de Crédito), en cuyo caso en el justificante de pago deberán figurar obligatoriamente los siguientes datos:

-Nombre y apellidos del aspirante.

-DNI/NIF.

-Número de cuenta en la que se efectúa el abono.

-Concepto: Oposiciones.

-Puesto de trabajo objeto de la convocatoria.

Estarán exentos del pago de la tasa:

a) Las personas con discapacidad reconocida, de grado igual o superior al 33 por 100, que acrediten tal condición mediante fotocopia debidamente compulsada del documento expedido por órgano competente.

b) Las personas que figurasen inscritas como demandantes de empleo durante el plazo de, al menos, un mes anterior a la fecha de publicación de la convocatoria, siempre que durante el período de inscripción no hayan rechazado oferta de empleo adecuado, ni se hayan negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional, y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional.

Lo relativo a la inscripción como demandante de empleo se acreditará mediante certificación expedida por la Oficina de Empleo que corresponda, en la que se hará constar la fecha de inscripción como demandante y mención expresa de que durante el período de inscripción no se ha rechazado oferta de empleo adecuado, ni ha habido negativa a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional.

La carencia de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional, se acreditará mediante declaración solemne del interesado. En la Oficina de Información del Gobierno de Navarra se facilitará modelo de declaración, pudiendo obtenerse también a través de Internet en la dirección antes señalada.

3.4. El plazo señalado para la presentación de instancias será improrrogable.

3.5. Los errores materiales o de hecho que se adviertan en la solicitud podrán ser subsanados en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

4.-Admisión de aspirantes y reclamaciones.

4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Director Gerente del Instituto Navarro de Administración Pública dictará Resolución aprobando la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

4.2. Los aspirantes excluidos, dentro de los diez días hábiles siguientes al de publicación de la lista provisional en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que hubieran incurrido.

4.3. Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas éstas, el Director Gerente del Instituto Navarro de Administración Pública dictará Resolución aprobando la lista definitiva de admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

4.4. No procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos de exclusión por causa imputable a los aspirantes.

5.-Tribunal calificador.

5.1. El Tribunal calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

-Presidente: Don José Javier Esparza Abaurrea, Director Gerente del Instituto Navarro del Deporte.

Suplente: Don Ignacio Arbeloa Freire, Subdirector de Deporte del Instituto Navarro del Deporte.

-Vocal: Don Esteban Gorostiaga Ayestarán, Director del Centro de Estudios, Investigación y Medicina del Deporte de Navarra.

Suplente: Don Santiago Martínez Gorostiaga, Médico Especialista en Rehabilitación adscrito al Servicio Navarro de Salud.

-Vocal: Don Javier Ibáñez Santos, Jefe de la Unidad Técnica de Asistencia del Centro de Estudios, Investigación y Medicina del Deporte de Navarra.

Suplente: Doña Irene Madariaga Arnáiz, Médico especialista en Cardiología, adscrita al Servicio Navarro de Salud.

-Vocal: un representante del personal designado a propuesta de la Comisión de Personal del Instituto Navarro del Deporte.

Suplente: un representante del personal designado a propuesta de la Comisión de Personal del Instituto Navarro del Deporte.

-Vocal-Secretario: Don Ricardo Ruano Enériz, Director del Servicio de Secretaría General y Organos colegiados del Instituto Navarro del Deporte.

Suplente: Don José Antonio Marañón Oricain, Secretario General Técnico del Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte.

El Tribunal deberá constituirse antes de las pruebas selectivas.

5.2. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros.

Para la válida constitución y actuaciones del órgano colegiado se requerirá la presencia del Presidente y del Vocal-Secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan.

El Tribunal podrá constituirse con vocales titulares y suplentes, en su caso.

5.3. Los miembros del Tribunal calificador deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al órgano convocante, cuando concurran los motivos de abstención previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las aludidas circunstancias.

5.4. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que pudieran plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de la convocatoria.

5.5. El Tribunal podrá incorporar asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores colaborarán con el Tribunal limitándose al ejercicio de sus especialidades técnicas.

6.-Desarrollo de la oposición.

6.1. La oposición dará comienzo en el mes de junio de 2008. En la misma Resolución aprobatoria de la lista definitiva de admitidos y excluidos se determinarán el lugar, fecha y hora del comienzo de las pruebas.

Posteriormente, el Tribunal publicará oportunamente los sucesivos anuncios de celebración de las restantes pruebas en la forma reglamentaria.

6.2. La oposición constará de los siguientes ejercicios:

Primer ejercicio: Consistirá en realizar un comentario escrito, durante el tiempo máximo de cuatro horas, sobre un artículo elegido al azar entre quince escogidos previamente por el Tribunal, atendida la relación entre su contenido y el contenido y funciones del puesto de trabajo objeto de convocatoria, de las revistas, excluidos los suplementos, que figuran en la parte primera del Temario. En su realización los aspirantes podrán utilizar diccionario de inglés.

Segundo ejercicio: De carácter teórico, consistirá en desarrollar por escrito, durante el tiempo máximo de cuatro horas, dos temas escogidos al azar entre los que figuran en la parte segunda del temario.

Tercer ejercicio: De carácter teórico, consistirá en responder, durante el tiempo máximo de dos horas, un cuestionario de preguntas con varias opciones alternativas de respuesta, siendo sólo una de ellas válida, acerca de las materias contenidas en la parte tercera del temario. Penalizarán las respuestas erróneas. Si alguna de las preguntas planteadas fuese anulada, la nota final del ejercicio se obtendrá prorrateando entre las subsistentes la puntuación total asignada al ejercicio, sin admitirse la introducción de preguntas de reserva.

6.3. La valoración de los ejercicios de la oposición podrá alcanzar un máximo de 100 puntos, distribuidos del siguiente modo:

Primer ejercicio: Hasta 40 puntos.

Segundo ejercicio: Hasta 40 puntos. Cada tema tendrá una puntuación máxima de 20 puntos.

Tercer ejercicio: Hasta 20 puntos.

6.4. Los ejercicios de la oposición serán eliminatorios. En el ejercicio primero quedarán eliminados aquellos aspirantes que no alcancen la mitad de la puntuación máxima asignada. En el ejercicio segundo quedarán eliminados aquellos aspirantes que no alcancen la mitad de la puntuación máxima asignada e, igualmente, quienes sean calificados con 0 puntos en cualquiera de los temas. En el ejercicio tercero quedarán eliminados aquellos aspirantes que no obtengan un puntuación superior a 0 puntos.

6.5. Los ejercicios primero y segundo serán leídos por los aspirantes en acto público ante el Tribunal calificador.

6.6. Concluida la calificación de cada ejercicio, el Tribunal publicará, en el lugar de su celebración y en el Tablón de Anuncios del Gobierno de Navarra, la lista de aspirantes aprobados con las calificaciones obtenidas y, asimismo, el lugar, fecha y hora de celebración del siguiente ejercicio de la oposición, con una antelación mínima de 48 horas. La relación mencionada podrá ser consultada, asimismo, a través de Internet, en la dirección www.navarra.es desde la reseña de la convocatoria en "Catálogo de Servicios", "Empleo Público".

6.7. La convocatoria para cada ejercicio será mediante llamamiento único, al que los aspirantes deberán acudir provistos del Documento Nacional de Identidad, pasaporte o permiso de conducir. Quedarán excluidos de la oposición los aspirantes que no comparezcan o no acrediten su personalidad mediante alguno de los documentos citados.

6.8. Durante el desarrollo de las pruebas selectivas se establecerán, para los aspirantes con discapacidad reconocida que lo hubieran solicitado en la instancia, las adaptaciones posibles de tiempos y medios para su realización.

7.-Relación de aprobados, propuesta de nombramiento y presentación de documentos.

7.1. Terminada la calificación del último ejercicio, el Tribunal publicará en el lugar de su celebración y en el Tablón de Anuncios del Gobierno de Navarra la relación de aprobados con las calificaciones obtenidas en el ejercicio y elevará al Director Gerente del Instituto Navarro de Administración Pública, junto con el expediente completo, la relación de quienes hubieran aprobado la oposición y la propuesta de nombramiento en favor del aspirante aprobado con mayor puntuación. La referida propuesta se publicará en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. La relación mencionada podrá ser consultada, asimismo, a través de Internet, en la dirección www.navarra.es, desde la reseña de la convocatoria en "Catálogo de Servicios", "Empleo Público".

Los empates que se produzcan se dirimirán en favor de quienes obtengan mayor puntuación en el primer ejercicio; de persistir los empates se tomarán en consideración, sucesivamente y por su orden, las puntuaciones obtenidas en los restantes ejercicios.

7.2. Dentro de los 30 días naturales siguientes al de publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra de la propuesta de nombramiento, el aspirante propuesto deberá aportar al Instituto Navarro de Administración Pública, previa retirada en el Servicio de Selección para el Ingreso del citado organismo autónomo (calle Navarrería, 39) de los impresos preparados al efecto y mediante su presentación en el Registro General del Gobierno de Navarra (Avda. Carlos III, 2, vestíbulo), los siguientes documentos:

7.2.1. Si el aspirante no tuviera la condición de personal fijo al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos:

a) Dos fotocopias compulsadas del Documento Nacional de Identidad o documento equivalente acreditativo de la nacionalidad e identidad del aspirante.

b) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2 de la convocatoria o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención, o, en su caso, certificación de estar en condiciones de obtenerlo dentro del plazo de presentación de instancias.

c) Informe expedido por la Sección de Prevención de Riesgos Laborales que corresponda, justificativo de no padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que imposibilite el ejercicio de las funciones propias del cargo.

Si el aspirante propuesto hubiera alegado discapacidad, deberá aportar, además, acreditación de la compatibilidad de la misma con el puesto de trabajo objeto de la convocatoria, extendida por los equipos de valoración y orientación competentes.

d) Declaración jurada o solemne de no hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y de no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

Los aspirantes propuestos que no tengan la nacionalidad española, deberán presentar declaración jurada de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

e) Juramento o promesa de respetar el Régimen Foral de Navarra, de acatar la Constitución y las Leyes, y de cumplir fielmente las obligaciones propias del cargo.

Si el aspirante propuesto tuviera la condición de personal fijo de Administración Pública de Navarra distinta de la convocante o adscrito a los Servicios de la Administración de Justicia transferidos a la Comunidad Foral de Navarra, deberá aportar, además, certificación acreditativa de cuantas circunstancias y antecedentes consten en el expediente personal de su Administración anterior, relativas al ingreso, antigüedad, nivel, situaciones administrativas, etc.

7.2.2. Si el aspirante propuesto tuviera la condición de personal fijo de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos:

a) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2 de la convocatoria o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención, o, en su caso, certificación de estar en condiciones de obtenerlo dentro del plazo de presentación de instancias.

Si el aspirante propuesto hubiera alegado una discapacidad deberá aportar, además, acreditación de la compatibilidad de la misma con el puesto de trabajo objeto de convocatoria, extendida por los equipos de valoración y orientación competentes.

7.3. Si, dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor suficientemente justificados, no presentara dichos documentos, no podrá ser nombrado, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad en su instancia.

7.4. En el supuesto previsto en el apartado anterior, el Director Gerente del Instituto Navarro de Administración Pública cubrirá la baja con el aspirante incluido inmediatamente a continuación en la relación de aprobados a que se refiere el apartado 7.1, procediéndose con el mismo en la forma señalada en los apartados anteriores.

7.5. Cualquier otra documentación que, no constituyendo acreditación de requisitos y condiciones, sea requerida por la Dirección General de Función Pública para el ejercicio de sus atribuciones, será solicitada al aspirante propuesto y aportada por éste en la forma establecida en la Base 7.2. de esta convocatoria.

8.-Nombramiento, adjudicación de la vacante y toma de posesión.

8.1. El Director General de Función Pública nombrará funcionario de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, para desempeñar el puesto de trabajo de Técnico Superior de Deporte y adjudicará la vacante, mediante Resolución, al aspirante que dé cumplimiento a lo establecido en las bases anteriores.

8.2. El nombramiento y toma de posesión conferirán al designado el carácter de funcionario de nómina y plantilla, con todos los derechos y deberes que señalen las disposiciones vigentes en materia del personal funcionario de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y será afiliado y dado de alta en el Régimen General de la Seguridad Social bajo la acción protectora prevista en el referido régimen.

No obstante lo anterior, por aplicación de lo dispuesto en la Disposición Adicional Novena, punto 3, del Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, en el supuesto de que estuviera ya afiliado al régimen de derechos pasivos de cualquier Montepío de las Administraciones Públicas de Navarra, podrá optar por mantenerse en el Montepío de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, acogido al régimen de derechos pasivos regulado por la Ley Foral 10/2003, de 5 de marzo, o por afiliarse al Régimen General de la Seguridad Social.

8.3. El aspirante nombrado tendrá el deber de residir en el lugar de su destino, a cuyo efecto fijará efectivamente su domicilio en el respectivo término municipal. El destino podrá ser variado por los órganos administrativos competentes, de conformidad con lo dispuesto en la normativa aplicable.

8.4. El régimen de jornada de trabajo se adaptará a las necesidades del servicio, pudiendo ser modificado en cualquier momento por los órganos administrativos competentes, de conformidad con lo dispuesto en la normativa aplicable.

8.5. El nombramiento se publicará en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y el aspirante nombrado deberá tomar posesión en el plazo de un mes, a contar desde la notificación del nombramiento.

Si, dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerza mayor, no tomara posesión, perderá todos sus derechos para la adquisición de la condición de funcionario de la Administración de la Comunidad Foral. En tal supuesto, se estará a lo establecido en el apartado 7.4 de la convocatoria.

8.6. En el caso del aspirante que adquiera la condición de funcionario y, sin el desempeño efectivo del puesto de trabajo, sea declarado, a petición suya, en situación de excedencia voluntaria con efectos desde el mismo día de la toma de posesión, por encontrarse en esa fecha prestando servicios en otra Administración Pública, la correspondiente vacante se cubrirá igualmente, según lo dispuesto en el mencionado apartado 7.4 de la convocatoria.

9.-Listas de aspirantes a la contratación temporal.

9.1. De conformidad con lo establecido en el artículo 42 del Reglamento de Ingreso en las Administraciones Públicas de Navarra, en la Orden Foral 146/2005, de 14 de noviembre, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se aprueban normas de gestión para la provisión temporal de puestos de trabajo y con el procedimiento establecido en la presente base, se constituirán las siguientes listas de aspirantes a la contratación temporal:

a) Lista de aprobados sin plaza.

b) Lista de aspirantes que hayan superado el penúltimo ejercicio del proceso selectivo.

9.2. Recibido el expediente del Tribunal Calificador, por Resolución del Director General de Función Pública se concederá a los aprobados sin plaza del procedimiento selectivo de ingreso, así como a los aspirantes que hayan superado el penúltimo ejercicio establecido en esta convocatoria, un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de dicha Resolución, para presentar la documentación que se indica a continuación:

Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2 de la convocatoria, del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención o certificación de estar en condiciones de obtenerlo dentro del plazo de presentación de instancias de participación en el procedimiento de ingreso.

Dicha Resolución se publicará en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, y los listados del personal afectado, en el Tablón de Anuncios del Gobierno de Navarra (Avenida de Carlos III, número 2, vestíbulo, de Pamplona).

Quienes dentro del plazo indicado no presenten los documentos requeridos, salvo los casos de fuerza mayor suficientemente justificados, así como quienes no cumplan los requisitos exigidos, no serán incluidos en las listas de aspirantes a la contratación temporal y decaerán de todos los derechos que pudieran derivarse de su participación en la convocatoria de ingreso, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia de participación.

9.3. El cumplimiento de los requisitos exigidos se entenderá referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes del procedimiento de ingreso, debiendo mantenerse durante el mismo y durante el periodo de contratación.

9.4. Finalizado el plazo de presentación de documentación, por Resolución del Director General de Función Pública, se aprobarán, en su caso, las siguientes listas de aspirantes a la contratación temporal, que se publicarán en el Tablón de Anuncios del Gobierno de Navarra (Avda. Carlos III, número 2, vestíbulo de Pamplona):

a) Lista de aprobados sin plaza.

b) Lista de aspirantes que hayan superado el penúltimo ejercicio establecido en esta convocatoria y que no hayan resultado aprobados sin plaza.

9.5. El orden de los aspirantes en las listas de contratación temporal vendrá determinado, para los aprobados sin plaza, por la mayor puntuación obtenida en el proceso selectivo de ingreso y, para el resto de aspirantes, por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios superados. Los empates que se produzcan se dirimirán de acuerdo con los criterios de desempate establecidos en esta convocatoria.

10.-Recursos.

Contra los actos y resoluciones emanados del Tribunal calificador podrá interponerse recurso de alzada ante el Director Gerente del Instituto Navarro de Administración Pública, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación o notificación del acto recurrido.

Contra la convocatoria, sus bases y los actos de aplicación de las mismas que no emanen del Tribunal calificador, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación o notificación del acto recurrido.

Todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, y en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Pamplona, 6 de febrero de 2008.-El Director Gerente del Instituto Navarro de Administración Pública, Ignacio Bandrés Urriza.

ANEXO I

Solicitud

Don/Doña .......................... mayor de edad, provisto/a de Documento Nacional de Identidad número ........... (o carta de identidad equivalente) y nacido/a el día .... de ......... de ...., natural de ............. (...........), nacionalidad .............., con domicilio actual en (...........) calle .................. código postal ......... teléfono .......... teléfono trabajo ...........

EXPONE:

Que solicita ser admitido/a a la convocatoria para la provisión, mediante ............, de ..... plazas del puesto de trabajo de ............ al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, número ...., de fecha ............., en el turno que se indica:

f Turno libre

f Turno promoción (*)

f Turno de reserva para discapacitados (*)

Que, para el caso de que no apruebe las pruebas selectivas, solicita optar a la provisión temporal de plazas en uno de los siguientes ámbitos:

f Administracion nucleo (*)

f Servicio de Salud-Osasunbidea (*)

f Agencia navarra para la dependencia (*)

(Unicamente se puede optar a uno de estos ámbitos).

Que no padece enfermedad ni defecto físico o psíquico que le incapacite para el ejercicio del cargo.

Que no está incurso/a en ninguna de las incapacidades establecidas en las disposiciones vigentes.

Que no ha sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Administración Pública, ni está inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

Que está en posesión de la titulación exigida en la convocatoria.

Que ha abonado los derechos de examen en los términos establecidos en la convocatoria y se acompaña el correspondiente resguardo, o acredita, mediante documentación adjunta, supuesto de excepción de pago.

Que reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos, referidos a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de solicitudes.

f Que solicita las adaptaciones de tiempos y medios que se señalan en folio aparte, por su condición de discapacitado.

f Que aporta documentación acreditativa de la condición de discapacitado, expedida por organismo competente.

f Que aporta certificado de aptitud en vascuence o titulación reconocida oficialmente como equivalente. (*)

f Que solicita realizar prueba de conocimiento de vascuence. (*)

f Que solicita realizar las pruebas de suficiencia en el conocimiento de francés e inglés. (*)

Por lo expuesto,

Solicita la admisión de la presente solicitud y la participación en la convocatoria referida.

Pamplona, .... de ........... de 200 ...

(Firma)

(*) Unicamente cuando proceda.

GOBIERNO DE NAVARRA. DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA, JUSTICIA E INTERIOR INSTITUTO NAVARRO DE ADMINISTRACION PUBLICA.

ANEXO II

Temario

Primera parte

Tema 1.-Medicine and Science in Sports and Exercise (1988-2006).

Tema 2.-International Journal of Sports Medicine (1988-1992; 1993-1995; 1998; 2000).

Tema 3.-Canadian Journal of Applied Physiology (1993-2006).

Tema 4.-International Journal of Sports Nutrition (1992-2006).

Tema 5.-Journal of Science and Medicine in Sport (2000).

Tema 6.-Journal of Aging and Physical Activity (1994-2006).

Tema 7.-Sports Medicine (1988-2006).

Tema 8.-European Journal of Applied Physiology (1994-2006).

Tema 9.-Scandinavian Journal of Medicine and Science in Sports (1992-2006).

Tema 10.-Journal of Sports Sciences (1994-2000).

Tema 11.-Journal of Strength and Conditioning Research (1993-1996; 1999-2006).

Tema 12.-The Journal of Sports Medicine and Physical Fitness (2000).

Tema 13.-Journal of Applied Biomechanics (1999-2006)

Segunda parte

Tema 1.-Movimiento de los cuerpos en un Sistema de Referencia. Tipos de movimientos según la trayectoria.

Tema 2.-El cuerpo humano y sus movimientos. Descriptores anatómicos del movimiento.

Tema 3.-Terminología para describir el movimiento de los segmentos.

Tema 4.-Clasificación de las habilidades y tareas motrices deportivas. Habilidades cerradas y abiertas. Cíclicas, acíclicas y combinadas.

Tema 5.-Técnica deportiva. Rasgos diferenciadores. Optimizada versus adaptada.

Tema 6.-Modelos técnicos y estilo personal. Modelos técnicos vs. Técnico-tácticos.

Tema 7.-Observación, análisis y estructura del movimiento. Características del movimiento. Cuantitativas y cualitativas.

Tema 8.-Estructuración en fases del movimiento.

Tema 9.-Análisis biomecánico del movimiento. Objetivo general del rendimiento, propósito mecánico, principios biomecánicos y características críticas.

Tema 10.-Evaluación de la técnica deportiva. Objetivos, métodos de evaluación y fases.

Tema 11.-Evaluación de la eficacia de la técnica. Absoluta, comparativa, y de realización.

Tema 12.-Valoración de la maestría técnica del deportista. Indicadores de volumen y variedad de la técnica.

Tema 13.-Aplicaciones tecnológicas para el análisis de la actividad física para el rendimiento deportivo y la salud: fotogrametría, electromiografía, acelerometría.

Tema 14.-Aplicaciones tecnológicas para el análisis de la actividad física para el rendimiento deportivo y la salud: Análisis de la marcha, presiones y fuerza muscular.

Tema 15.-Causas de la traslación lineal. Las leyes de Newton.

Tema 16.-Clasificación de las fuerzas. Tipos de fuerza en mecánica.

Tema 17.-La fuerza como vector. Propiedades de la fuerza. Composición y resolución de fuerzas. Diagramas de fuerzas que actúan sobre un cuerpo.

Tema 18.-Control y análisis del equilibrio y la estabilidad en la actividad física y el deporte. Variables que determinan el equilibrio y la estabilidad.

Tema 19.-El equilibrio en posiciones estáticas y dinámicas.

Tema 20.-Métodos de valoración del equilibrio y la estabilidad.

Tema 21.-Trabajo mecánico realizado por una fuerza constante. Trabajo mecánico realizado por una fuerza variable. Teorema del trabajo y la energía cinética. Nociones elementales de análisis dimensional.

Tema 22.-Fuerzas conservativas y no conservativas. Energía potencial. Teorema de conservación de la energía mecánica.

Tema 23.-Trabajo mecánico de las fuerzas musculares. Trabajo resistente, trabajo motriz.

Tema 24.-Potencia. Potencia mecánica en el test de Bosco. Relación fuerza muscular-velocidad-potencia de contracción muscular.

Tema 25.-Fuerzas de arrastre, sustentación y oleaje.

Tema 26.-Análisis de actividades que utilizan el principio cinético de los segmentos unidos. Análisis de los movimientos de lanzamiento y golpeo.

Tema 27.-Variables de eficacia en las disciplinas de lanzamiento.

Tema 28.-Análisis de técnicas deportivas que utilizan el patrón de lanzamiento y golpeo. Lanzamiento de jabalina, swing del golf y golpeo con el pie del balón de fútbol.

Tema 29.-Metodología de análisis biomecánico en el entrenamiento: Detección de errores.

Tema 30.-Factores no dependientes de la ejecución técnica de las proyecciones: La fuerza gravitatoria. La fuerza de resistencia aerodinámica.

Tema 31.-Factores dependientes de la ejecución técnica de las proyecciones: Velocidad, ángulo y altura de salida.

Tema 32.-Proyecciones con precisión.

Tema 33.-Análisis de los movimientos acrobáticos aéreos.

Tema 34.-Los movimientos de rotación con apoyo.

Tema 35.-Manifestación de las fuerzas aerodinámicas en ciclismo: Fuerzas propulsivas y resistivas.

Tema 36.-Aspectos biomecánicos del calzado deportivo I: Amortiguación de impactos. Agarre al suelo: fuerzas de frenado e impulsión.

Tema 37.-Aspectos biomecánicos del calzado deportivo II: Control y adaptación de los movimientos del pie. Distribución de presiones. Adaptación a la forma del pie.

Tema 38.-Aspectos fisiológicos del calzado deportivo: Consumo energético y el confort térmico.

Tema 39.-Tipos de calzado: de carrera, de tacos, deportes de equipo, de tenis, atletismo actividades al aire libre.

Tema 40.-Concepto de fuerza y tipos de acciones musculares.

Tema 41.-Características de la manifestación de la fuerza en el deporte.

Tema 42.-Propiedades Biomecánicas del músculo: Relación fuerza velocidad. Relación longitud-tensión.

Tema 43.-La contracción muscular excéntrica: Fundamentos y aplicaciones.

Tema 44.-Evaluación de la fuerza en el control del entrenamiento y el rendimiento deportivo: Medición Isométrica.

Tema 45.-Evaluación de la fuerza en el control del entrenamiento y el rendimiento deportivo: Sistemas isoinerciales e isocinéticos.

Tema 46.-Evaluación de la fuerza en el control del entrenamiento y el rendimiento deportivo: el salto vertical con contramovimiento.

Tema 47.-Mecanismos de fatiga neuromuscular en humanos: Conceptos y métodos de estudio.

Tema 48.-Mecanismos de fatiga neuromuscular en humanos: Aspectos centrales. Aspectos periféricos.

Tema 49.-Prescripción del entrenamiento de fuerza: Control de la intensidad. Control del volumen.

Tema 50.-Prescripción del entrenamiento de fuerza: Acción muscular, periodos de descanso, Velocidad de la acción muscular.

Tema 51.-Influencia del volumen y la intensidad en el entrenamiento de la fuerza y la potencia muscular.

Tema 52.-Adaptaciones estructurales con el entrenamiento de fuerza: Factores musculares y tensión específica.

Tema 53.-Adaptaciones neurales con el entrenamiento de fuerza.

Tema 54.-Adaptaciones hormonales con el entrenamiento de fuerza.

Tema 55.-Envejecimiento y sistema neuromuscular I. Capacidad funcional y fragilidad, pérdida de fuerza y potencia muscular.

Tema 56.-Envejecimiento y sistema neuromuscular II. Masa muscular, tensión específica, número y tamaño de las fibras musculares, activación agonista, coactivación antagonista. Balance hormonal.

Tema 57.-Envejecimiento y Entrenamiento de fuerza: Adaptaciones neuromusculares y hormonales.

Tema 58.-Entrenamiento de la fuerza en el fútbol. Importancia de la fuerza en el fútbol. Efectos del entrenamiento.

Tema 59.-Entrenamiento de la fuerza en el balonmano. Importancia de la fuerza. Comparación entre deportistas de elite y de nivel aficionado. Efectos de una temporada en la condición física y relación con el entrenamiento.

Tema 60.-Entrenamiento de fuerza en el pre-adolescente y en el adolescente. Adaptaciones neuromusculares, fases sensibles, entrenabilidad, recomendaciones.

Tema 61.-Programación del entrenamiento de fuerza en personas mayores. Programa de iniciación y avanzado. Volumen e intensidad. Tipos de ejercicios.

Tema 62.-Tests de valoración de la fuerza en personas mayores. Objetivos, tipos de tests, utilización para la prescripción.

Tema 63.-Fundamentos de la electroestimulación neuromuscular. Contracción voluntaria comparada con la electroestimulación. La ley de Lapique. Niveles de estimulación.

Tema 64.-Parámetros de la corriente eléctrica en la electroestimulación percutánea. Tipo de onda, ancho de impulso, frecuencia de estimulación, tiempo de contracción y reposo, intensidad de la corriente.

Tema 65.-Efectos agudos y crónicos de la electroestimulación percutánea sobre la función muscular.

Tema 66.-Desentrenamiento y sistema neuromuscular.

Tema 67.-Puesta a punto (tapering) del rendimiento físico para la competición.

Tema 68.-Potenciación postactivación. Efecto agudo y retardado de diferentes estímulos de intensidad y volumen sobre la capacidad del salto vertical.

Tema 69.-Efectos de la aplicación de diferentes frecuencias de entrenamiento pliométrico, sobre las ganancias en el salto vertical y en la velocidad de desplazamiento. Efectos de diferentes volúmenes de entrenamiento sobre la marca deportiva.

Tema 70.-Efectos de la suplementación con creatina en la fuerza muscular.

Tema 71.-Efectos de la carga sobre la pérdida no intencional de velocidad durante las sesiones de entrenamiento realizadas a máxima velocidad que utilizan repeticiones hasta el agotamiento.

Tema 72.-Efectos del tapering y el desentrenamiento en la fuerza y las respuestas hormonales en deportistas de alto nivel.

Tercera parte

Tema 1.-La Constitución Española de 1978: Los poderes del Estado. La Corona. Las Cortes Generales. El Gobierno y la Administración. El poder judicial en la Constitución.

Tema 2.-Las fuentes del Derecho Público: las leyes y sus clases. Decretos-leyes. El Decreto Foral Legislativo. Los tratados internacionales.

Tema 3.-Las fuentes del Derecho Administrativo: el reglamento y la potestad reglamentaria. Clases de reglamentos. Los límites de la potestad reglamentaria y su control.

Tema 4.-El acto administrativo (I): Concepto, clases y elementos.

Tema 5.-El acto administrativo (II): Requisitos, eficacia, nulidad y anulabilidad de los actos administrativos.

Tema 6.-El procedimiento administrativo común (I): Concepto y naturaleza. Iniciación, ordenación, instrucción y terminación.

Tema 7.-El procedimiento administrativo común (II): Recursos administrativos: Principios generales y clases.

Tema 8.-El Parlamento o Cortes de Navarra: Composición, organización y funciones.

Tema 9.-La Ley Foral del Gobierno de Navarra y de su Presidente.

Tema 10.-La Ley Foral de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

Tema 11.-El Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral de Navarra. La Cámara de Comptos. El Consejo de Navarra.

Tema 12.-El Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra (I): Clases de personal. La selección de los funcionarios públicos. La adquisición y pérdida de la condición de funcionario.

Tema 13.-El Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra (II): La carrera administrativa. Las situaciones administrativas. La provisión de puestos de trabajo. Retribuciones.

Tema 14.-La Hacienda Pública de Navarra: derechos y obligaciones de la Hacienda Pública de Navarra. Los Presupuestos Generales de Navarra: contenido y aprobación; clasificación económica de los gastos; ejecución y liquidación.

Tema 15.-Contratos de las Administraciones Públicas de Navarra: régimen jurídico. Contratos administrativos típicos: concepto y clases. Normas generales sobre adjudicación, perfección, formalización, ejecución, modificación, y extinción de los contratos.

Tema 16.-La protección de datos personales en Europa y España. Principios. Derechos de las personas. Agencia de protección de datos. Movimiento internacional de datos.

Tema 17.-La Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de subvenciones: Disposiciones generales y procedimientos de concesión y gestión.

Tema 18.-La Ley Foral 15/2001, de 5 de julio, del Deporte de Navarra.

Tema 19.-El Decreto Foral 216/2007, de 24 de septiembre, por el que se aprueban los Estatutos del Instituto Navarro del Deporte. El Centro de Estudios, Investigación y Medicina del Deporte de Navarra.

Tema 20.-Decreto Foral 80/2003, de 14 de abril, por el que se regulan las Entidades Deportivas de Navarra.

Nota: Todas las materias incluidas en la parte tercera del temario se exigirán conforme a la legislación vigente a la fecha de publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra de la presente convocatoria.

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