BOLETÍN Nº 24 - 22 de febrero de 2008

II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

2.1. ORDENANZAS Y OTRAS DISPOSICIONES GENERALES

CASCANTE

Aprobación inicial de Ordenanza Municipal de Circulación y Tráfico de Cascante

El Pleno del ayuntamiento de Cascante, en sesión ordinaria celebrada el día 31 de enero de 2008, adoptó el acuerdo siguiente:

Examinada la propuesta de Ordenanza de Circulación y Tráfico de Cascante sometida a la consideración de la comisión de portavoces y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 325 de la Ley Foral 6/1990 de 2 de julio de Administración Local de Navarra, el pleno acuerda:

a) Aprobar inicialmente la Ordenanza de Circulación y Tráfico de Cascante.

b) Someter la ordenanza inicialmente aprobada a exposición pública, previo anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, por plazo de treinta días hábiles en el que los vecinos e interesados legítimos podrán examinar el expediente y formular reclamaciones, reparos u observaciones.

c) Si transcurrido el periodo de exposición pública no se formularan alegaciones, la ordenanza quedará definitivamente aprobada debiéndose proceder a la publicación de su texto íntegro en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 325. 1 de la ley Foral 6/1990 de Administración Local de Navarra.

Cascante, 1 de febrero de 2008.-El Alcalde-Presidente, Antonio Irujo Redrado.

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