BOLETÍN Nº 21 - 15 de febrero de 2008

II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

2.3. OTRAS DISPOSICIONES

2.3.4. Presupuestos-Haciendas Locales

TAFALLA

Aprobación definitiva de modificación de presupuestos

El Pleno del Ayuntamiento de Tafalla, en sesión ordinaria celebrada el 30 de octubre de 2007, con el quorum reglamentario, aprobó inicialmente el expediente de modificación presupuestaria número 28/2007 al Presupuesto General Unico del Ayuntamiento para el 2007, consistente en un crédito extraordinario.

Publicado el Acuerdo de aprobación inicial de modificaciones presupuestarias en el BOLETIN OFICIAL de Navarra número 155, de fecha 14 de diciembre de 2007, dándose asimismo publicidad suficiente al citado anuncio mediante edicto publicado en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento.

Transcurrido el plazo de quince días hábiles sin que se hayan formulado alegaciones o reclamaciones de ningún tipo, la referida modificación ha de considerarse aprobada definitivamente, de conformidad con lo establecido en los artículos 202 y 214.2 de la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra, y con el artículo 271 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de Administración Local de Navarra.

La modificación aprobada definitivamente es la que se detalla a continuación:

-Expediente de crédito extraordinario.

1. Alta en gastos:

0. 2224.62600 Adquisición equipos informáticos: 1500 euros

-Financiación del expediente.

2. Alta en ingresos:

0.75512 Subvención del Gobierno de Navarra para equipos informáticos:policía municipal: 1.500 euros.

Contra este acto administrativo, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer los recursos siguientes:

a) El Recurso de reposición potestativo ante el mismo órgano que ha dictado el acto, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación de este acto y no se podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que se haya resuelto expresamente el recurso, o se haya producido su desestimación presunta.

b) El Recurso de Alzada potestativo ante el Tribunal Administrativo de Navarra en el plazo de un mes siguiente a la fecha de notificación o publicación de acto o acuerdo si fuese expreso, o a la fecha en que se entienda denegada por silencio administrativo la correspondiente petición.

c) El Recurso Contencioso-Administrativo ante los Juzgados contencioso administrativos de Navarra (o la Sala correspondiente) en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la notificación de este acto, o al de la notificación de la resolución del recurso de reposición, si fuese expresa. Si no lo fuese, el plazo será de seis meses, contados a partir del día siguiente a aquel en que se produzca la desestimación presunta, por haber transcurrido un mes sin notificar la resolución del recurso.

Puede interponer cualquier otro recurso que considere pertinente.

Tafalla, 18 de enero de 2008.-La Alcaldesa, Cristina Sota Pernaut.

Código del anuncio: L0801587