BOLETÍN Nº 19 - 11 de febrero de 2008

II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

2.3. OTRAS DISPOSICIONES

2.3.5. Otros

VILLAVA

Aprobación inicial de Convenio Urbanístico

El Ayuntamiento de Villava, en sesión celebrada con carácter de ordinaria el día 28 de noviembre de 2007, adoptó, entre otros, el acuerdo cuyo texto se transcribe a continuación:

1. Aprobar inicialmente el Convenio Urbanístico para la tramitación y gestión de un Plan de Conjunto que contemple la ordenación de parcelas situadas en el Polígono P-6 de Burlada y Landazabal de Villava, a suscribir por una parte este Ayuntamiento de Burlada, por otra, el Ayuntamiento de Villava y por otra, por los propietarios reflejados en el convenio que debidamente diligenciado obra en el expediente de la sesión.

2. Someter el presente convenio a información pública por un periodo mínimo de 20 días mediante su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, en al menos uno de los periódicos de mayor difusión en la Comunidad Foral de Navarra y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Villava de conformidad con el artículo 24 de la Ley Foral 35/02, de 20 de diciembre de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

3. Iniciar los trámites para la Redacción de un Plan de Conjunto de los regulados en el artículo 67 de la Ley Foral 35/2002 de Ordenación del Territorio y Urbanismo que recoja la propuesta de ordenación que se contempla en el presente Convenio Urbanístico encomendando su tramitación y gestión al Ayuntamiento de Burlada.

4. Dar traslado del presente acuerdo al Ayuntamiento de Burlada y al resto de suscribientes del convenio urbanístico, para su conocimiento y efectos oportunos.

5. Facultar a Alcaldía para la firma de cuanta documentación fuera preciso suscribir en aplicación y desarrollo del presente acuerdo.

Lo que se hace público para conocimiento y efectos, expresándose que de conformidad con lo que previene el artículo 24 de la Ley Foral 35/02 de 20 de diciembre de Ordenación del Territorio y Urbanismo, se somete a información pública el citado convenio, por plazo de veinte días a contar desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, durante los cuales podrán ser examinados en el Departamento de Urbanismo de este Ayuntamiento, junto con el expediente que se instruye al efecto, por cuantas personas se consideren afectadas, y formular las alegaciones que se estimen pertinentes.

Villava, 21 de enero de 2008.-El Alcalde, Pello Gurbindo Jiménez.

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