BOLETÍN Nº 19 - 11 de febrero de 2008

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

1.3. OTRAS DISPOSICIONES

1.3.6. Otros

ORDEN FORAL 21/2008, de 24 de enero, de la Consejera de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte, por la que se convoca el "Premio a la calidad de los servicios sociales de Navarra".

El Decreto Foral 125/2007, de 3 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte asigna al Departamento, entre otras funciones, el fomento de la mejora de la calidad de los servicios del sistema de servicios sociales como una de las metas importantes a cumplir en el marco de lo dispuesto en la Ley Foral 15/2006, de 14 de diciembre, de Servicios Sociales.

Con el fin de materializar esta competencia el Departamento, en colaboración con la Fundación "Tomas y Lydia Recari García", cuyo objeto es el desarrollo de actividades sociales, educativas y culturales, en especial con las personas atendidas en Residencias y Lugares Gerontológicos, y la colaboración económica con instituciones navarras de carácter benéfico, social y religioso, convocan el "Premio a la Calidad de los servicios sociales de Navarra", de periodicidad anual.

La calidad en los servicios sociales debe entenderse como un concepto integral que comprende no sólo la calidad en el servicio- eficacia en la gestión residencial- o calidad en el empleo de los profesionales, sino también calidad en la atención a la persona, esto es, la calidad de vida basada en unos estándares centrados en los aspectos básicos y esenciales de la persona en sí misma, como puedan ser el bienestar físico, emocional o el ejercicio de los derechos reconocidos por el ordenamiento jurídico a todas las personas.

Precisamente, y sin perjuicio de que en futuras ediciones del Premio incidamos en aspectos tan fundamentales como la calidad en la gestión residencial o la calidad en el empleo del sector, en esta primera edición se ha querido potenciar el aspecto de la calidad de vida centrada en la atención a la persona, con dos objetivos fundamentales. De una parte, se pretende fomentar la implementación de buenas prácticas en la atención a las personas usuarias de servicios sociales que repercutan en una mejora de su calidad de vida, con el ánimo de incidir en la idea de que los usuarios que reciben la atención de los servicios sociales, ya sean personas mayores, discapacitados, personas con riesgo de exclusión social, menores en desprotección o víctimas de violencia de género, son ante todo, personas titulares de unos derechos fundamentales, a las que se les debe proporcionar una asistencia social adecuada a sus necesidades, con el fin de proporcionarles una vida más agradable, saludable y digna como personas. La finalidad es divulgar y publicitar las buenas prácticas centradas en la atención a la persona con el fin de que se extiendan a otros ámbitos y sirvan de acicate a otras entidades para que tomen iniciativas en el mismo sentido.

Asimismo, con este Premio, también se quiere dar reconocimiento público al trabajo y esfuerzo de aquellas entidades en cuya actividad hayan implementado buenas prácticas en el sentido expuesto anteriormente y que día a día trabajan para mejorar la calidad de los servicios sociales.

En consecuencia, en virtud de las facultades que me han sido atribuidas por la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, de Gobierno de Navarra y su Presidente

ORDENO:

1.º Convocar el "Premio a la calidad de los servicios sociales de Navarra", con arreglo a las bases reguladoras que seguidamente se exponen.

2.º Autorizar un gasto de 6.000 euros con cargo a la partida 900001 91400 4809 231000 "Transferencias para becas, proyectos de investigación y publicidad" del presupuesto prorrogado de 2007 para el 2008.

3.º Publicar esta Orden Foral en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Pamplona, a 24 de enero de 2008.-La Consejera de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte, María Isabel García Malo.

BASES REGULADORAS

1.-Objeto.

El premio a la calidad de los servicios sociales de la Comunidad Foral de Navarra, pretende premiar a las entidades que prestan servicios sociales en Navarra, que hayan implementado buenas prácticas en la atención de las personas usuarias de servicios sociales, con el fin de mejorar su calidad de vida.

2.-Destinatarios.

Podrán participar en esta convocatoria las entidades públicas y privadas, con y sin ánimo de lucro, que intervengan en el marco de los servicios sociales de la Comunidad Foral de Navarra, en el ámbito de la dependencia -tercera edad y discapacidad-, incorporación social, menores y violencia de género.

3.-Premios.

-El premio consta de la reproducción del logotipo del Premio y una dotación en metálico de 6.000 euros.

-Asimismo, se podrá conceder un accésit con la reproducción del logotipo del Premio y una dotación de 3.000 euros a la candidatura que resulte merecedora de tal reconocimiento y sea mejor valorada tras la ganadora.

4.-Presentación de candidaturas.

Aquellas entidades que quieran concursar deberán presentar antes del 1 de junio de 2008 la documentación siguiente:

a) Una memoria explicativa que contendrá los siguientes datos:

I.-Breve descripción de la entidad participante y la actividad que realiza.

II.-Descripción de los objetivos, áreas a mejorar y metodología de las buenas prácticas implementadas.

III.-Recursos utilizados para su implementación.

IV.-Mejoras alcanzadas e indicadores utilizados para su valoración.

V.-La memoria se presentará impresa en formato A-4, mecanografiada a espacio simple en letra "Arial" paso 11, por una sola cara y con una extensión máxima de 20 páginas, y en soporte informático (formato Word).

VI.-La presentación de candidaturas se hará en el registro del Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte en la Calle González Tablas de Pamplona. Igualmente se podrá emplear cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1.992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.

b) Autorización certificada para la reproducción y difusión de las buenas prácticas premiadas.

No se tomarán en consideración prácticas que hayan sido premiadas en otros concursos.

5.-Jurado.

1. El jurado estará compuesto por personas de reconocido prestigio tanto a nivel social, como en el ámbito de la calidad y los servicios sociales designadas de común acuerdo por la Dirección General de Asuntos Sociales y Cooperación al Desarrollo y la Fundación "Tomas y Lydia Recari García", actuando una de ellas como Presidente del Jurado. Compondrán, asimismo el Jurado, la Consejera de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte y un miembro de la "Fundación Tomás y Lydia Recari García".

Actuará como Secretaria, con voz pero sin voto, la Directora del Servicio de Calidad e Inspección del Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte.

La composición del Jurado se hará pública junto con el fallo del mismo.

2. El funcionamiento del Jurado se regulará por las normas contenidas en el Capítulo III del Título III de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Ley Foral de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

3. El Jurado podrá solicitar a los participantes las aclaraciones que considere necesarias para la evaluación de las candidaturas, así como efectuar visitas "in situ" a las entidades candidatas.

4. El Jurado podrá incorporar asesores técnicos en el caso de que lo considere oportuno.

6.-Criterios de valoración.

Al objeto de valorar las candidaturas presentadas, el Jurado tendrá en cuenta los siguientes criterios:

1. Que las buenas prácticas orientadas a la atención de las personas usuarias, llevadas a cabo por las entidades prestadoras de los servicios sociales, se centren en alguna/as de las siguientes dimensiones:

-Bienestar emocional (seguridad, felicidad, ausencia de estrés..).

-Desarrollo personal (formación, habilidades..).

-Inclusión social (participación en la comunidad ...).

-Relaciones interpersonales (intimidad, familia, amistades..).

-Bienestar Físico (salud, movilidad, nutrición, ocio..).

-Derechos (acceso a derechos y libertades reconocidos en la población general).

-Bienestar material (permitir la propiedad, seguridad de pertenencias ...).

-Autonomía (elecciones, decisiones..).

2. La posibilidad de generalizar estas buenas prácticas en otros ámbitos de los servicios sociales distintos a aquellos en los que se haya implementado.

3. El número de dimensiones, detalladas en el criterio 1, en las que han incidido las buenas prácticas objeto de valoración.

4. El logro de resultados evaluables a largo plazo.

5. Carácter innovador de la propuesta presentada.

6. Cualesquiera otros aspectos que se consideren justificadamente de interés.

7.-Publicidad de los premios.

El fallo del jurado se hará público durante el primer semestre de año 2008 y la entrega de los premios se efectuará durante el segundo semestre del año.

La concesión oficial del premio se hará mediante Orden Foral de la Consejera de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte, que se notificará a los interesados y se publicará en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

El Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte procurará la difusión de los premios y de los premiados en los medios de comunicación ordinarios y especializados.

8.-Compromisos de la administración.

Las personas que intervengan a lo largo del proceso del premio, guardarán confidencialidad sobre el mismo.

El Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte, por medio del Servicio de Calidad e Inspección, facilitará información sobre las bases de la convocatoria, tanto por teléfono como por medio del correo electrónico.

9.-Aceptación de la convocatoria.

La participación en la convocatoria supone la plena aceptación de todas las bases y el sometimiento a las mismas de cuantos aspirantes concurran.

10.-Incidencias e imprevistos.

Las incidencias que puedan presentarse y los supuestos no previstos en estas bases, serán resueltos por la Directora General de Asuntos Sociales y Cooperación al Desarrollo.

11.-Recursos.

Contra esta Orden Foral y la resolución que resuelva el premio, podrán los interesados interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su notificación o publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

12.-Partida presupuestaria.

El gasto de 6.000 euros se imputa con cargo a la partida 900001 91400 4809 231000 "Transferencias para becas, proyectos de investigación y publicidad" del presupuesto prorrogado de 2007 para el 2008.

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