BOLETÍN Nº 19 - 11 de febrero de 2008

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

1.3. OTRAS DISPOSICIONES

1.3.1. Ordenación del territorio y urbanismo

ORDEN FORAL 7/2008, 21 de enero, del Consejero de Vivienda y Ordenación del Territorio por la que se dispone la publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, del la Orden Foral 398/2007 de 27 de julio, del Consejero de Vivienda y Ordenación del Territorio, por la que se aprueba definitivamente el "Plan de Conjunto Obanos-Puente la Reina/Gares para el desarrollo de un sector industrial y de servicios", promovido por Promociones Orayen, S.L. y Javier Angel López Iribarren.

Mediante la precitada Orden Foral 398/2007 se aprobó definitivamente el "Plan de Conjunto Obanos-Puente la Reina/Gares para el desarrollo de un sector industrial y de servicios", promovido por Promociones Orayen, S.L. y Javier Angel López Iribarren, vinculando su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra a la remisión de un Texto Refundido, en el que se incluyeran las determinaciones señaladas en dicha Orden Foral.

Habiéndose aportado el Texto Refundido exigido y teniendo en cuenta el informe favorable del Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo, procede la publicación de la citada Orden Foral de aprobación definitiva.

En consecuencia, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo,

ORDENO:

1.º Disponer la publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, de la Orden Foral 398/2007 de 27 de julio, del Consejero de Vivienda y Ordenación del Territorio, por la que se aprueba definitivamente el "Plan de Conjunto Obanos - Puente la Reina/Gares para el desarrollo de un sector industrial y de servicios", promovido por Promociones Orayen, S.L. y Javier Angel López Iribarren.

2.º El Proyecto de Urbanización deberá ser informado, previamente a su aprobación definitiva, por la Mancomunidad de Valdizarbe, Iberdrola, el Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones y la Confederación Hidrográfica del Ebro.

3.º Señalar que contra esta Orden Foral se podrá interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de su notificación o, en su caso, publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, de conformidad con los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y contra la presente modificación se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala del mismo orden del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la notificación o, en su caso, publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra de la presente Orden Foral, tal como se dispone en el artículo 10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

4.º Trasladar la presente Orden Foral a los promotores, a los Ayuntamientos de Obanos y de Puente la Reina/Gares, a la Mancomunidad de Valdizarbe, a Iberdrola, al Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, a la Confederación Hidrográfica del Ebro y a los propietarios de las parcelas incluidas en el ámbito del expediente, a los efectos oportunos.

Pamplona, 21 de enero de 2008-El Consejero de Vivienda y Ordenación del Territorio, José Carlos Esparza Sáez.

ORDEN FORAL 398/2007, de 27 de julio, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, por la que se aprueba definitivamente el "Plan de Conjunto Obanos-Puente la Reina/Gares para el desarrollo de un sector industrial y de servicios", promovido por Promociones Orayen, S.L. y Javier Angel López Iribarren.

Por Orden Foral 221/2006, de 4 de julio, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra de 9 de agosto de 2006, y en virtud de lo acordado en el Convenio de Cooperación entre el Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, y los ayuntamientos de Obanos y Puente la Reina/Gares suscrito el 11 de abril de 2006, se aprobó inicialmente el expediente, abriéndose un periodo de exposición pública de 2 meses.

Transcurrido este periodo, el promotor ha remitido el expediente para el trámite de aprobación definitiva, constituido por Memoria, Planos de Información y Ordenación, Normativa General Urbanística, Estudio Económico-financiero, Plan de Etapas y Anexos con, entre otros documentos, el informe de los técnicos redactores sobre las alegaciones e informes recibidos durante la tramitación del Plan de Conjunto.

Los Ayuntamientos de Obanos y de Puente la Reina/Gares han informado favorablemente el expediente en orden a su aprobación definitiva, con algunas determinaciones en cuanto a temas de competencia municipal en el diseño urbanístico del sector.

Mediante Resolución 1248/2007, de 19 de junio, del Director General de Medio Ambiente se formuló la Declaración de Incidencia Ambiental favorable, con ciertas determinaciones.

Vista la documentación aportada, así como el informe del Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo de 19 de junio de 2007, se considera procedente su aprobación definitiva, con las determinaciones señaladas en la parte expositiva de esta Orden Foral.

En consecuencia, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo,

ORDENO:

1.º Resolver las alegaciones presentadas en los términos expuestos en el informe del Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo de 19 de junio de 2007.

2.º Aprobar Definitivamente el Plan de Conjunto Obanos-Puente la Reina/Gares, para el desarrollo de un Sector Industrial y de Servicios, promovido por Promociones Orayen, S.L. y Javier Angel López Iribarren.

3.º Vincular la publicación de esta Orden Foral en el BOLETIN OFICIAL de Navarra a la remisión del Texto Refundido que incorpore las correcciones y documentación aportadas tras la aprobación inicial del Plan de Conjunto, y los cambios derivados de la Declaración de Incidencia Ambiental, de la respuesta a las alegaciones y de los apartados 5. Consideraciones y 6. Infraestructuras exteriores al Sector, del informe del Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo de 19 de junio de 2007.

4.º El Proyecto de Urbanización deberá ser informado previamente a su aprobación definitiva por la Mancomunidad de Valdizarbe, Iberdrola, el Departamento de Obras Públicas y la Confederación Hidrográfica del Ebro.

5.º Señalar que contra esta Orden Foral se podrá interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de su notificación o, en su caso, publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, de conformidad con los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y contra la presente modificación se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala del mismo orden del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses, contado a partir del día siguiente al de la notificación o, en su caso, publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra de la presente Orden Foral, tal como se dispone en el artículo 10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

6.º Notificar esta Orden Foral a los promotores, a los Ayuntamientos de Obanos y de Puente la Reina/Gares, a la Mancomunidad de Valdizarbe, a Iberdrola, al Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, y a los propietarios de las parcelas incluidas en el ámbito del expediente, a los efectos oportunos.

Pamplona, 27 de julio de 2007.-El Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, José Javier Echarte Echarte.

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