BOLETÍN Nº 17 - 6 de febrero de 2008

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

1.3. OTRAS DISPOSICIONES

1.3.4. Subvenciones, ayudas y becas

RESOLUCION 227/2007, de 31 de diciembre, de la Directora General de Ordenación, Calidad e Innovación por la que se convocan dieciséis Licencias por Estudios para el curso 2008/2009 destinadas al personal docente funcionario o contratado laboral fijo dependiente del Departamento de Educación del Gobierno de Navarra.

El Servicio de Calidad e Igualdad de Género presenta un informe proponiendo la aprobación de la Convocatoria para la concesión de 16 Licencias por Estudios para el curso 2008/2009, destinadas al personal fijo adscrito al Departamento de Educación del Gobierno de Navarra.

En virtud de las facultades atribuidas por el artículo 22.1. d) de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

RESUELVO:

1.º Aprobar la Convocatoria para la concesión de un máximo de dieciséis Licencias por Estudios para el curso escolar 2008/2009, destinadas al personal fijo adscrito al Departamento de Educación del Gobierno de Navarra, de conformidad con las siguientes

BASES

Primera.-Modalidades y distribución de las Licencias.

1. Se convocan un máximo de dieciséis Licencias por Estudios para el curso 2008/2009, dirigidas al personal docente funcionario o contratado laboral fijo dependiente del Departamento de Educación del Gobierno de Navarra, según las modalidades siguientes:

A) Estudios de carácter académico:

A.1) Podrán participar en esta modalidad aquellas personas que quieran cursar el último curso académico y que cumplan las siguientes condiciones: no haber cursado ninguna asignatura del último curso y no tener más de dos asignaturas anuales pendientes de cursos anteriores.

A.2) Tesis doctoral relacionada con el área que se imparte o en la que se desarrolla la función.

A.3) Máster, o estudios universitarios de postgrado avalados por universidades, relacionados con el área que se imparte o en la que se desarrolla la función.

B) Proyectos de Innovación Educativa que versen preferentemente sobre los siguientes temas:

-La educación en valores con el objetivo principal de prevenir y solucionar conflictos de convivencia en los centros.

-La coeducación con el objetivo principal de incorporar la perspectiva coeducativa y el enfoque de género en el sistema educativo y avanzar hacia la igualdad para hombres y mujeres.

-Las condiciones laborales del profesorado: salud laboral, conciliación, prevención de riesgos laborales o enfermedades profesionales, igualdad.

-Planes de lectura, bibliotecas escolares.

-La didáctica de las lenguas extranjeras y, en particular, de la puesta en funcionamiento del inglés vehicular en Primaria y Secundaria.

-Propuestas organizativas, metodológicas o de evaluación de centros educativos.

-La calidad en los centros docentes, hacia la mejora continúa.

-La atención a la diversidad del alumnado, potenciando y profundizando en la acción tutorial y en el papel de la orientación educativa en los centros.

-La aplicación didáctica de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) a los procesos de enseñanza y aprendizaje, así como la investigación de nuevas experiencias y métodos de utilización.

-Proyectos de desarrollo de competencias en las aulas de inmersión lingüística.

-Desarrollo de materiales curriculares experimentales que consideren la situación diferencial de las niñas y los niños en el desarrollo de las competencias básicas en primaria y secundaria.

-La orientación profesional que contrarreste las diferencias entre las chicas y los chicos en la elección de estudios y carrera.

-Estrategias de desarrollo de la autonomía en la enseñanza y aprendizaje: aprender a aprender.

-Propuesta de programación de las diferentes áreas y etapas y desarrollo de materiales en el marco de las competencias de la LOE.

2. La distribución de las Licencias por Estudios será la siguiente:

Modalidad A.1: tres licencias.

Modalidad A.2: tres licencias.

Modalidad A.3: tres licencias.

Modalidad B: siete licencias.

Asimismo, se distribuirán seis de ellas para el Cuerpo de Maestros y maestras (dos de modalidad A1, una de A2 y tres de modalidad B); seis para Profesorado de Secundaria, de Escuelas Oficiales de Idiomas, de Música y Artes Escénicas, de Artes Plásticas y Diseño y catedráticos y catedráticas (dos de modalidad A2, una de modalidad A3, y tres de modalidad B); y cuatro para Profesorado Técnico de Formación Profesional y Maestros y maestras de Taller de Artes Plásticas y Diseño (una de modalidad A1, dos de modalidad A3 y una de modalidad B).

Si tras esta reserva inicial quedara alguna licencia sin adjudicar, se seguiría el criterio general basado en la mayor puntuación.

3. En caso de quedar licencias sin adjudicar correspondientes a cualquiera de las modalidades, éstas se adjudicarán a solicitantes de licencias de las modalidades B, A.1, A.2, y A.3, por este orden, según las puntuaciones obtenidas.

Segunda.-Duración de las Licencias por Estudios.

El periodo de duración de las Licencias por Estudios podrá ser anual o cuatrimestral, de acuerdo con las siguientes fechas:

1. Licencia anual: Abarcará todo el curso escolar 2008/2009, desde el 1 de septiembre de 2008 al 31 de agosto de 2009.

2. Licencia cuatrimestral: Corresponderá al primer o segundo cuatrimestre del curso 2008/2009, cuyas fechas de inicio y fin se exponen a continuación:

Primer cuatrimestre: Desde el 1 de septiembre de 2008 al 31 de diciembre de 2008.

Segundo cuatrimestre: Desde el 1 de marzo de 2009 al 30 de junio de 2009.

Tercera.-Candidaturas.

1. Con carácter general, a esta convocatoria de Licencias por Estudios podrá concurrir el personal funcionario o contratado laboral fijo docente no universitario que preste servicios en cualquiera de los centros docentes públicos no universitarios dependientes del Departamento de Educación.

2. A la modalidad A.2 podrá concurrir el personal funcionario docente no universitario y contratado laboral fijo docente no universitario cuya titulación académica no sea la de doctor o doctora.

Cuarta.-Requisitos.

Se deberán reunir las siguientes condiciones:

a) Estar en situación de servicio activo o en situación de servicios especiales en la fecha de la solicitud y durante el curso 2007/2008.

b) Tener, como mínimo, cinco años de antigüedad como personal funcionario docente de carrera o contratado laboral fijo. A estos efectos se computará el presente curso académico.

c) No haber disfrutado con anterioridad de una Licencia por Estudios otorgada por el Departamento de Educación del Gobierno de Navarra o por cualquier otra administración, tanto central como autonómica.

d) Quienes soliciten participar en la modalidad A.1, para obtener una Licencia por Estudios anual, no podrán tener más de dos asignaturas de carácter anual pendientes de los cursos anteriores, con certificado a fecha 1 de julio de 2008, y deberán cursar todas las asignaturas de las que conste el último curso.

e) Quienes soliciten participar en la modalidad A.2 deberán tener superados los 32 créditos del programa de doctorado correspondiente, reconocida la suficiencia investigadora o Diploma de Estudios Avanzados y aprobado el proyecto de Tesis Doctoral por parte de la Comisión de Doctorado de la Universidad donde vayan a realizarla.

f) Quienes soliciten participar en la modalidad A.3, para obtener una licencia anual, deberán acreditar que los másteres o estudios universitarios de postgrado consten, como mínimo, de 50 créditos, siempre que estén avalados por universidades.

g) Quienes soliciten participar en la modalidad B, además de ser responsables de la coordinación del Proyecto, deberán detallar en el mismo una relación de profesorado colaborador, definir su implicación en las diferentes fases del Proyecto y ser garantes de la misma.

h) El coordinador o coordinadora del Proyecto seleccionado será quien disfrute de la Licencia por Estudios.

Todos los requisitos exigidos en esta convocatoria se deben cumplir en la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes, establecida en la base séptima de la misma, excepto en el caso de quienes soliciten participar en la modalidad A1, en cuyo caso, de ser concedida con carácter provisional, la fecha límite de entrega de certificado de calificaciones será el 5 de julio de 2008.

Quinta.-Solicitudes y documentación.

1. Los candidatos y candidatas a las Licencias por Estudios que se convocan deberán formular su solicitud para una de las modalidades A o B, y para un solo período, anual o cuatrimestral, del curso 2008/2009, al Director del Servicio de Calidad e Igualdad de Género (Dirección General de Ordenación, Calidad e Innovación Cuesta de Santo Domingo, s/n, 31001, Pamplona), según el modelo que podrá recogerse en el Negociado de Información y Documentación del Departamento de Educación y en las secretarías de los Centros de Apoyo al Profesorado y en la página Web del Departamento de Educación, www.pnte.cfnavarra.es.

A la solicitud se acompañará la siguiente documentación:

a) Hoja de servicios o certificación de servicios, en su caso, cerrada a la finalización del plazo de presentación de instancias. El Servicio de Recursos Humanos incorporará de oficio los méritos correspondientes a este apartado.

b) Proyecto de Estudios o Proyecto de Innovación que se va a realizar durante el periodo de licencia según el esquema que se adjunta como Anexo I en la presente convocatoria.

c) Acreditación de los méritos académicos y profesionales relacionados con la materia de su especialidad que considere conveniente alegar. Estos serán justificados mediante los documentos que se especifican en el baremo de esta convocatoria (Anexo II).

d) Declaración jurada de que se cumplen los requisitos expresados en la base tercera o en el apartado c) de la base cuarta de la presente convocatoria.

2. Se deberá entregar una relación numerada, fechada y firmada de la documentación presentada siguiendo el orden que aparece en el indicado baremo.

3. Los errores materiales o de hecho que pudieran advertirse, podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición de la persona interesada, como determina el artículo 105.2 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas del Procedimiento Administrativo Común.

Sexta.-Organo al que deben dirigirse las solicitudes, lugar de presentación y plazo de presentación de instancias.

1. Las solicitudes podrán presentarse en el Negociado de Registro del Departamento de Educación, en el Registro General del Gobierno de Navarra o en cualquiera de las oficinas a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 del 26 de noviembre del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En el caso de que se opte por presentar la solicitud ante una oficina de correos se hará en sobre abierto para que la instancia sea fechada y sellada por el personal funcionario de correos antes de ser certificada.

2. El plazo de presentación de instancias será de 20 días naturales contados a partir del siguiente a la fecha de publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra de la presente Resolución.

Séptima.-Organo de selección.

1. La selección de candidaturas se realizará por una comisión integrada por las siguientes personas:

Presidente:

El Director del Servicio de Calidad e Igualdad de Género.

Vocales:

El Jefe de la Sección de Formación del Profesorado o persona en quien delegue.

La Jefa del Negociado de Programas.

El Jefe de Negociado de los Centros de Apoyo al Profesorado.

Una persona representante designada por la Comisión de Personal Docente no Universitario.

Octava.-Selección.

1. La selección del profesorado que disfrutará de Licencia por Estudios para el curso 2008/2009 será realizada por la comisión seleccionadora prevista en la base anterior, de acuerdo con el procedimiento y plazos que se establecen en los puntos siguientes de esta misma base.

2. Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, se hará pública en el tablón del Negociado de Información y Documentación de la Dirección General de Ordenación, Calidad e Innovación y en la página Web de dicha Dirección General (www.pnte.cfanavarra.es), la lista provisional de personas admitidas y excluidas, y se abrirá un plazo de cinco días naturales, a partir del día siguiente de la publicación, para efectuar reclamaciones.

3. Una vez analizadas las reclamaciones por la comisión seleccionadora, ésta propondrá a la Dirección General de Ordenación, Calidad e Innovación para su aprobación, mediante resolución, la lista definitiva de personas admitidas y excluidas a la presente convocatoria, que se publicará en el tablón del Negociado de Información y Documentación de la Dirección General de Ordenación, Calidad e Innovación y en la página Web de dicha Dirección General.

4. La comisión analizará y puntuará las solicitudes admitidas, utilizando el baremo que figura en el Anexo II. De acuerdo con las puntuaciones obtenidas por cada solicitante, la comisión remitirá a la Dirección General de Ordenación, Calidad e Innovación una propuesta de resolución que incluya una lista provisional con la relación de las personas seleccionadas para disfrutar de Licencia por Estudios durante el curso 2008/2009, y se abrirá un plazo de siete días naturales, contados a partir del día siguiente de la publicación de la lista, para reclamaciones. El criterio de ordenación de la lista será el de mayor puntuación total, dirimiéndose los empates con la aplicación sucesiva de los siguientes criterios:

1.º Mayor puntuación en el apartado 1 del baremo.

2.º Mayor puntuación en el apartado 2.1 del baremo.

3.º Mayor puntuación en el apartado 3 del baremo.

5. Será necesario obtener un mínimo de 5 puntos en el apartado 1 del baremo establecido en el Anexo II y un mínimo de 12 puntos en los apartados 2, 3, 4 y 5 del mencionado baremo.

6. Una vez estudiadas las reclamaciones por la comisión seleccionadora, ésta informará nuevamente a la Dirección General de Ordenación, Calidad e Innovación para que haga pública, mediante resolución, la lista definitiva del profesorado seleccionado para disfrutar de Licencia por Estudios durante el curso 2008/2009, que se expondrá en el tablón del Negociado de Información y Documentación de la Dirección General de Ordenación, Calidad e Innovación y en la página Web de dicha Dirección General. En el caso de la modalidad A1 la lista podrá ser provisional, y quedaría su concesión definitiva a la espera de la entrega de la certificación de estudios.

Novena.-Renuncias.

1. Durante el plazo de reclamaciones establecido en el punto 4 de la base anterior, los y las aspirantes podrán presentar su renuncia a la concesión de las Licencias por Estudios. La renuncia deberá hacerse de modo obligatorio si se obtiene destino definitivo en otra Comunidad Autónoma.

2. La renuncia se presentará por escrito a la comisión seleccionadora y se entregará a través del Negociado de Registro del Departamento de Educación, en el Registro General del Gobierno de Navarra o en cualquiera de las oficinas a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 del 26 de noviembre del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Décima.-Resolución de la convocatoria.

1. La presente convocatoria será resuelta mediante Resolución de la Directora General de Ordenación, Calidad e Innovación que se publicará en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

2. La Dirección del Servicio de Calidad e Igualdad de Género notificará a los candidatos y candidatas la resolución definitiva de concesión de Licencias por Estudios.

3. Una vez resuelta la presente convocatoria, no se admitirán renuncias a las Licencias por Estudios, salvo casos de excepcional gravedad libremente apreciados por la Dirección General de Ordenación, Calidad e Innovación previo informe de la comisión seleccionadora; o bien, en el caso de que un candidato o candidata hubiera sido seleccionado simultáneamente para una plaza en régimen de comisión de servicio, o de adscripción temporal en el exterior. En estos casos, la Dirección General de Ordenación, Calidad e Innovación resolverá atendiendo a las necesidades del Servicio y al orden de entrada de las propuestas respectivas.

Si se da una de estas últimas circunstancias, la licencia pasará de manera automática al siguiente candidato o candidata de la modalidad afectada. Si no hubiera nadie, se seguiría el orden previsto en la base primera, punto tercero.

Undécima.-Informes de progreso y memoria final.

A lo largo del periodo de licencia por estudios, los beneficiarios y beneficiarias presentarán ante el Director de Servicio de Calidad e Igualdad de Género, la siguiente documentación:

1. Licencias por Estudios, modalidades A o B, de un año de duración:

a) Durante el mes de febrero de 2009 un informe de progreso del trabajo realizado hasta la fecha. Cuando la licencia corresponda a la modalidad Al, a este informe se le adjuntará una certificación académica oficial expedida por la universidad y en la que constarán las materias que se estén cursando junto con su carga lectiva en créditos. En el caso de que la licencia corresponda a la modalidad A2 o A3, el informe de progreso deberá ir acompañado del visto bueno de quien dirija la Tesis o responsable del máster o postgrado, y del sello del departamento universitario correspondiente.

b) Al finalizar el periodo de Licencia por Estudios, en el plazo improrrogable de un mes, una Memoria global del trabajo desarrollado o certificación académica de los estudios realizados, según proceda. Cuando la licencia corresponda a la modalidad B, la Memoria final de acuerdo al Anexo III y los materiales elaborados.

2. Licencia por Estudios, modalidades A o B, de un cuatrimestre de duración:

Al finalizar el periodo de Licencia por Estudios, en el plazo improrrogable de un mes, una Memoria global del trabajo desarrollado o certificación académica de los estudios realizados, según proceda. Cuando la licencia corresponda a la modalidad B, la Memoria final de acuerdo al Anexo III y los materiales elaborados.

Decimosegunda.-Situación administrativa y compromisos de las personas seleccionadas.

1. Durante el período de la Licencia por Estudios, el beneficiario o beneficiaria percibirá las retribuciones personales básicas y el complemento específico docente que le corresponda en función del cuerpo al que pertenezca.

2. La concesión de Licencia por Estudios implicará las mismas condiciones de incompatibilidad que las exigidas para el personal funcionario en servicio activo o servicios especiales.

3. El incumplimiento de lo dispuesto en esta convocatoria o la calificación negativa del trabajo o estudio realizado, podrá dar lugar a la rescisión de la Licencia por Estudios y a la posible incursión en responsabilidades disciplinarias, de acuerdo con el vigente Reglamento de Régimen Disciplinario de los Funcionarios/as de la Administración.

4. En el caso de Licencias concedidas por la modalidad B, el Departamento de Educación podrá disponer de las memorias de los resultados de la investigación realizada y de todo el material elaborado y publicarlos, si lo estima oportuno, de acuerdo con la legislación vigente sobre propiedad intelectual.

5. Las personas beneficiarias de Licencias concedidas por la modalidad A y B podrán publicar su trabajo, previa autorización del Departamento de Educación, haciendo mención expresa de la licencia por estudios concedida por el mismo para su realización. Esta mención deberá figurar en cualquier otra publicación total o parcial del trabajo objeto de la licencia.

Decimotercera.-Seguimiento y control.

1. La Dirección General de Ordenación, Calidad e Innovación podrá adoptar las medidas oportunas para el adecuado seguimiento y control de los estudios y proyectos que se realicen durante el periodo de licencia.

2. El Servicio de Calidad e Igualdad de Género valorará los trabajos o estudios realizados en el periodo de licencia a partir del informe de progreso. En el caso de la modalidad B, el Departamento de Educación realizará el seguimiento y evaluación de los Proyectos a través del personal técnico designado por el Director de Servicio de Calidad e Igualdad de Género a propuesta de la Sección de Formación del Profesorado.

Decimocuarta.-Retirada de documentación.

Durante el mes de mayo de 2008, el profesorado participante en la presente convocatoria podrá retirar en el Servicio de Calidad e Igualdad de Género la documentación que acompañaba a su solicitud. Dicha retirada la podrán realizar personándose en dicho Servicio o a través de persona autorizada. Transcurrido este plazo, se entenderá que renuncian a su recuperación, perdiéndose todo derecho sobre la misma.

2.º Publicar la presente Convocatoria, Bases y Anexos en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

3.º Trasladar la presente Resolución, Bases y Anexos a los Servicios de Calidad e Igualdad de Género, Inspección Técnica y de Servicios, Recursos Humanos, Formación Profesional, y a las Secciones de Formación del Profesorado, Igualdad, Calidad, Nuevas Tecnologías, Vascuence e Innovación Educativa y Desarrollo Curricular, a los efectos oportunos.

4.º Contra la presente Resolución, sus bases y los actos resultantes de la misma, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Educación en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel que tenga lugar la publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Pamplona, 31 de diciembre de 2007.-La Directora General de Ordenación, Calidad e Innovación, Teresa Aranaz Jiménez.

ANEXO I

Esquema del contenido del proyecto según modalidades

Modalidad A.1.-Licenciatura, Ingeniería, Ingeniería Técnica, Arquitectura, Arquitectura Técnica y Diplomatura:

1. Curso que proyecta realizar.

2. Certificación académica de los cursos realizados.

3. Centro en el que proyecta realizar los estudios: (nombre, domicilio, localidad, provincia, país, teléfono).

4. Carga lectiva (en horas o créditos).

5. Plan oficial de estudios por realizar.

Modalidad A.2.-Tesis Doctoral:

1. Título de la Tesis.

2. Informe del Director o Directora, especificando fecha del comienzo del trabajo y fase en la que se encuentra (iniciación, media, redacción final, etc.).

3. Trabajo ya realizado.

4. Trabajo que va a realizar durante el periodo de la licencia.

5. Certificación académica oficial de tener aprobados los créditos correspondientes al programa de tercer ciclo, de estar en posesión de la suficiencia investigadora o DEA y de aprobación del proyecto de tesis doctoral por la Comisión de Doctorado de la Universidad correspondiente.

Modalidad A.3.-Máster o estudios universitarios de postgrado avalados por universidades:

1. Estudios que proyecta realizar.

2. Centro en el que proyecta realizar sus estudios.

3. Carga lectiva (horas o créditos).

4. Plan oficial de estudios que va a desarrollar.

5. Justificación de estos estudios para el área o especialidad objeto de docencia del solicitante.

6. Posible aprovechamiento posterior de estos estudios, tanto personal como institucional.

Modalidad B.-Proyectos de Innovación Educativa.

1. Datos de identificación.

1.1. Título del Proyecto.

1.2. Datos del Centro o Centros implicados.

1.3. Coordinador y profesorado colaborador (Apellidos, nombre, NIF y especialidad).

1.4. Etapa/s educativa/s en la que se va a desarrollar el proyecto y actividad.

1.5. Tema o ámbito del proyecto.

2. Antecedentes y estado actual del tema, incluyendo la bibliografía más relevante.

3. Planteamiento y justificación.

4. Objetivos que se pretenden y contenidos que se trabajan.

5. Plan de trabajo y metodología.

6. Duración y fases previstas.

ANEXO II

Baremo

1. Proyecto de estudios académicos, tesis doctorales, máster o estudios de postgrado, o investigación educativa. Máximo 10 puntos.

Modalidad A.1.-Carrera universitaria de primer o segundo ciclo.

Se valorarán los siguientes aspectos:

a) La adecuación de los estudios por realizar al perfil académico del puesto docente que ocupa la persona solicitante. Máximo 5 puntos.

b) Si es la primera licenciatura: 3 puntos.

c) Si los estudios se refieren sólo al último curso: 2 puntos.

Modalidad A.2.-Tesis doctorales.

Se valorarán los siguientes aspectos:

a) El grado de explicitación y concreción en lo que se refiere a trabajo realizado. Máximo 2 puntos.

b) Su relación con el puesto profesional de la persona docente. Máximo 6 puntos.

c) La temporalización del trabajo por realizar, así como el informe del director o directora de la tesis y las calificaciones obtenidas en las materias de tercer ciclo. Máximo 2 puntos.

Modalidad A.3.-Máster o estudios de postgrado.

Se valorarán los siguientes aspectos:

a) La adecuación de estudios objeto de la solicitud de licencia con el puesto profesional que desempeña. Máximo 6 puntos.

b) Aprovechamiento posterior, tanto por la administración educativa como por el centro de destino de la persona candidata, de los estudios realizados. Máximo 4 puntos.

Modalidad B.-Proyectos de Innovación Educativa.

Para la selección de los proyectos se tendrán en cuenta los siguientes criterios:

1. Relación del proyecto con el puesto profesional de la persona responsable coordinadora del proyecto. Máximo 3 puntos.

2. Utilidad y viabilidad del proyecto como propuesta de mejora de la práctica educativa y como posibilidad de aplicación directa en el aula. Máximo 3 puntos.

3. Enfoque innovador y relevancia en relación con los temas propuestos en esta Resolución. Máximo 4 puntos.

4. Garantía de ejecución y posibilidad de generalización del proyecto. Máximo 1 punto.

5. Carácter innovador por su contenido y adecuación metodológica. Máximo 1 punto.

Experiencia profesional. Máximo 12 puntos.

2.1. Méritos docentes.

Servicios docentes: Por cada año de servicio como persona funcionaria de carrera o contratada laboral fija docente: 1 punto por año completo, a partir del quinto exigido como requisito. Máximo 8 puntos.

2.2. Méritos específicos. Máximo 7 puntos.

2.2.1. Por cada año como persona funcionaria de carrera o contratada laboral fija desempeñando el puesto de Dirección o Dirección Adjunta en centros públicos docentes, en centros de apoyo al profesorado o instituciones análogas: 1 punto por año completo.

2.2.2. Por cada año como persona funcionaria de carrera o contratada laboral fija desempeñando el puesto de Vicedirección, Vicedirección adjunta, Subdirección, Subdirección Adjunta, Secretaría, Secretaría Adjunta, Jefatura de Estudios, Jefatura de Estudios Adjunta: 0,75 puntos por año completo.

2.2.3. Por cada año como persona funcionaria de carrera o contratada laboral fija desempeñando el puesto de Coordinación de ciclo, Jefatura de Seminario, Jefatura de Seminario Adjunta, Jefatura de Departamento, Jefatura de Departamento Adjunta y otros cargos directivos de centros públicos docentes: 0,5 puntos por año completo.

2.2.4. Por cada año como persona funcionaria de carrera o contratada laboral fija desempeñando el puesto de tutor o tutora o miembro del Consejo Escolar: 0,5 puntos por año.

2.2.5. Servicios prestados en la Administración Educativa, incluidos los de Dirección de Servicio, Jefatura de Sección, Jefatura de Unidad Técnica o Negociado, Asesoría Docente y de Centros de Apoyo al Profesorado, siendo persona funcionaria de carrera o contratada laboral fija: 1 punto por año completo.

Documentos: Original o fotocopia compulsada del documento acreditativo del nombramiento en el que se justifique su duración.

Nota: Para obtener las puntuaciones correspondientes a cada apartado, no se tendrán en cuenta las fracciones menores al mes, las demás serán computadas a razón de un duodécimo por mes completo. La información de los apartados 2.2.1 y 2.2.2 aparece de oficio en la hoja de servicios.

Actividades de formación permanente. Máximo 10 puntos.

3.1. Asistencia a cursos, grupos estables, seminarios u otras actividades de formación relacionadas con su especialidad organizadas por una Administración Educativa, Universidades o instituciones sin ánimo de lucro que tengan firmados convenios con una Administración educativa: 0,10 puntos por cada 10 horas de formación. Máximo 6 puntos.

3.2. Participación en actividades de formación como tutor o tutora de formación a distancia, o coordinación de seminarios o grupos de trabajo: 0,20 puntos por cada 10 horas de formación. Máximo: 2 puntos.

3.3. Docencia en actividades de formación relacionadas con su especialidad desarrolladas por encargo de las administraciones educativas o por entidades públicas o privadas sin ánimo de lucro, relacionadas con la formación permanente del profesorado, que tengan firmados convenios con una administración educativa. En el caso de asesores docentes de formación o de asesores docentes de Centros de Apoyo al Profesorado, no se tendrán en cuenta aquellas actividades realizadas en el ejercicio de sus funciones: 0,3 puntos por cada 10 horas de formación. Máximo 2 puntos.

Documentación: Originales o copias compulsadas de las certificaciones acreditativas. Las homologaciones deben adjuntarse a los certificados. A los efectos de estos subapartados, sumadas las horas de todas las actividades, no se puntuará el resto del número de horas inferior a diez.

4. Publicaciones o investigaciones sobre los estudios académicos que solicita o materia relacionada con el Proyecto de Innovación presentado. Si la publicación fuese colectiva, se establecerá el prorrateo proporcional. 1 punto por trabajo. Máximo 5 puntos en total.

Documentos: Originales de los ejemplares correspondientes, con obligatoriedad de la aparición del ISBN o ISSN correspondiente. En el caso de investigaciones sin publicar, el ejemplar deberá ir avalado por el organismo responsable de la investigación.

5. Méritos académicos. Máximo 2 puntos.

5.1. Por cada Título de Doctorado, salvo para quienes sean solicitantes en la modalidad A2: 1 punto por título.

5.2. Por la segunda y restantes diplomaturas, ingenierías técnicas, arquitectura técnica declaradas a todos los efectos legalmente equivalentes, y por los estudios correspondientes al primer ciclo de una licenciatura, arquitectura o ingeniería: 0,5 puntos por título.

En ningún caso será valorado el primer título o estudios de esta naturaleza que posea la persona candidata.

5.3. Por los estudios correspondientes al segundo ciclo de licenciaturas, ingenierías, arquitectura o títulos declarados a todos los efectos legalmente equivalentes: 0,75 puntos por título.

Documentos: Original o fotocopia compulsada del título o del resguardo de haberlo solicitado a la universidad correspondiente.

ANEXO III

Guión para la elaboración de la memoria

1. Características generales y particulares del contexto en el que se ha desarrollado el Proyecto.

2. Consecución de los objetivos del Proyecto:

Propuestos inicialmente.

Alcanzados al finalizar el Proyecto.

3. Cambios realizados en el Proyecto a lo largo de su puesta en marcha en cuanto a:

Objetivos.

Metodología.

Organización.

Calendario.

4. Síntesis del proceso de evaluación utilizado a lo largo del Proyecto.

5. Conclusiones:

Logros del proyecto.

Incidencia en el centro docente

6. Listado de profesores y profesoras participantes con indicación del nombre, dos apellidos y DNI. Se adjuntará informe indicando tareas realizadas y grado de implicación en las mismas.

7. Materiales elaborados.

SOLICITUD DE LICENCIA POR ESTUDIOS

Curso Escolar 2008/2009

Apellidos: ......................................... Nombre:

Solicita que le sea concedida una Licencia por Estudios en la modalidad y el tiempo que se detallan a continuación.

I.-Modalidades:

A1.-Carrera universitaria de primer o segundo ciclo f

A2.-Tesis Doctoral f

A3.-Máster o estudios de postgrado f

B.-Proyectos de Innovación educativa f

II.-Periodos:

Anual f

Cuatrimestre 1.º f

Cuatrimestre 2.º f

Señale con una X la modalidad y periodo solicitados.

III.-Niveles:

Maestros f

Profesores de Enseñanza Secundaria f

Profesores Técnicos de FP f

Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas f

Profesores de Música y Artes Escénicas f

Catedráticos de Música y Artes Escénicas f

Profesores de Artes Plásticas y Diseño f

Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño f

Cuerpos y Escalas declarados a extinguir f

Señale con una X lo que proceda.

IV.-Datos profesionales:

Asignatura, Area o Especialidad: ................... NRP:

Titulación académica:

Centro de destino: .............................. Teléfono:

Dirección del centro: .............. Localidad: ............. CP:

V.-Datos personales:

DNI: .............................. Teléfono particular:

Correo electrónico:

Domicilio particular:

Localidad: ...................... CP: ............. Provincia:

VI.-¿Ha solicitado comisión de servicio para el curso 2008/09?

Sí f No f

¿Con qué finalidad?

VII.-¿Tiene concedida beca por el Departamento de Educación del Gobierno de Navarra, por el Ministerio de Educación y Ciencia, bien directamente o con motivo de convenios de cooperación bilateral con otros países?

Sí f No f

................., a ....... de ............ de 2008

(Firma)

SR. DIRECTOR DEL SERVICIO DE CALIDAD E IGUALDAD DE GENERO DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACION.

CALLE CUESTA DE SANTO DOMINGO, S/N. 31001. PAMPLONA.

Código del anuncio: F0800930