BOLETÍN Nº 151 - 12 de diciembre de 2008

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

1.2. AUTORIDADES Y PERSONAL

1.2.2. Plantilla Orgánica, Oferta Pública de Empleo, oposiciones y concursos

CONVOCATORIA aprobada por Resolución 214/2008, de 26 de noviembre, del Director Gerente del Instituto Navarro de Administración Pública, por la que se aprueba la convocatoria para la provisión en promoción interna restringida, mediante concurso-oposición, de 14 plazas del conjunto de los puestos de trabajo de Guarda Mayor y Guarda Mayor Adjunto, de nivel B, al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.

Por Resolución 214/2008, de 26 de noviembre, del Director Gerente del Instituto Navarro de Administración Pública, se ha aprobado la convocatoria para la provisión en promoción interna restringida, mediante concurso-oposición, de 14 plazas del conjunto de los puestos de trabajo de Guarda Mayor y Guarda Mayor Adjunto, de nivel B, al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.

Dicho proceso selectivo se llevará a cabo con sujeción a lo dispuesto sobre la materia en la Ley Foral 10/2001, de 24 de mayo, de Medidas Relativas al Personal al servicio de las Administraciones Públicas, en el Decreto Foral 132/2005, de 3 de noviembre, por el que se regula el régimen específico del personal del Guarderío Forestal adscrito al Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, en el Texto Refundido del Estatuto de Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, aprobado por Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, en el Reglamento de Ingreso, dictado para su desarrollo y ejecución, demás normas de aplicación y en las bases de esta convocatoria.

1.- Normas generales.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión en promoción interna restringida, mediante concurso-oposición, de 14 plazas del conjunto de los puestos de trabajo de Guarda Mayor y Guarda Mayor Adjunto, de nivel B, al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.

1.2. Las vacantes que se convocan son las siguientes:

5 vacantes del puesto de Guarda Mayor, con la localidad de referencia y numeración en la plantilla orgánica que se relacionan:

-1 en la Demarcación de Bidasoa, localidad de referencia Bertizarana, identificada en la plantilla orgánica con el número de plaza 2364.

-1 en la Demarcación de Pamplona, localidad de referencia Pamplona, identificada en la plantilla orgánica con el número de plaza 2357.

-1 en la Demarcación de Estella Norte, localidad de referencia Estella, identificada en la plantilla orgánica con el número de plaza 2351.

-1 en la Demarcación de Tafalla-Sangüesa, localidad de referencia Tafalla, identificada en la plantilla orgánica con el número de plaza 2394.

-1 en la Demarcación de Tudela, localidad de referencia Tudela, identificada en la plantilla orgánica con el número de plaza 2396.

9 vacantes de Guarda Mayor Adjunto, con la localidad de referencia y numeración en la plantilla orgánica que se relacionan:

-1 en la Demarcación de Aezkoa-Quinto Real, localidad de referencia Zubiri, identificada en la plantilla orgánica con el número de plaza 8367.

-1 en la Demarcación de Roncal-Salazar, localidad de referencia Ezcároz, identificada en la plantilla orgánica con el número de plaza 8364.

-1 en la Demarcación de Bidasoa, localidad de referencia Bertizarana, identificada en la plantilla orgánica con el número de plaza 8363.

-1 en la Demarcación de Urbasa, localidad de referencia Estella, identificada en la plantilla orgánica con el número de plaza 8368.

-1 en la Demarcación de Pamplona, localidad de referencia Pamplona, identificada en la plantilla orgánica con el número de plaza 6781.

-1 en la Demarcación de Estella Norte, localidad de referencia Estella, identificada en la plantilla orgánica con el número de plaza 2378.

-1 en la Demarcación de Estella Sur, localidad de referencia Estella, identificada en la plantilla orgánica con el número de plaza 8366.

-1 en la Demarcación de Tudela, localidad de referencia Tudela, identificada en la plantilla orgánica con el número de plaza 1513.

-1 en la Demarcación Central, localidad de referencia Pamplona, identificada en la plantilla orgánica con el número de plaza 8365.

1.3. Las funciones a desempeñar por quienes resulten nombrados Guardas Mayores y Guardas Mayores Adjuntos serán las señaladas en el Decreto Foral 132/2005, de 3 de noviembre, por el que se regula el régimen específico del personal del Guarderío Forestal.

1.4. Los puestos de trabajo estarán dotados con las remuneraciones fijadas con carácter general para el nivel B en el Decreto Foral 158/1984, de 4 de julio, que aprueba el Reglamento Provisional de Retribuciones, y las que se determinen en las demás disposiciones de aplicación.

2.-Requisitos.

2.1. Para ser admitidos al concurso-oposición, los aspirantes deberán reunir en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes y hasta el momento de la toma de posesión de la plaza, los requisitos siguientes:

a) Tener la condición de personal fijo al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.

b) Haber sido nombrado para un puesto de trabajo de Guarda Forestal y no encontrarse en el mismo en situación de excedencia voluntaria o forzosa.

c) Acreditar un mínimo de cinco años de servicios efectivamente prestados en el puesto de trabajo de Guarda Forestal. A estos efectos se computarán también los servicios prestados como Guarda de Medio Ambiente o Subcelador de Montes.

3.-Instancias.

3.1. Las instancias para poder participar en la convocatoria se presentarán en la oficina del Registro General del Gobierno de Navarra del Departamento de Presidencia, Justicia e Interior, Avenida de Carlos III, 2, 31002 Pamplona, o en cualquiera de las demás oficinas de Registro General mencionado, cuya relación aparece publicada en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra número 14, de fecha 30 de enero de 2008, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de treinta días naturales contados a partir del siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra.

Las instancias deberán ajustarse al modelo anexo a la convocatoria, y en ellas los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en ella. El modelo de instancia se facilitará en cualquiera de las oficinas del Registro General del Gobierno de Navarra, pudiendo también obtenerse, a través de Internet, en la dirección www.navarra.es, bien desde el Boletín Oficial de su publicación, bien desde la reseña de la convocatoria en "Servicios", "Empleo Público".

3.2. Los aspirantes con discapacidad reconocida podrán solicitar adaptaciones de tiempos y medios para la realización de los ejercicios en que éstas sean necesarias, en cuyo caso deberán manifestarlo en la instancia, expresar en hoja aparte la discapacidad que padecen y las adaptaciones solicitadas, y adjuntar la copia compulsada del documento expedido por órgano competente, que acredite la condición legal de discapacitado. Existe un modelo de hoja de solicitud a disposición de los interesados en la dirección de Internet indicada en el apartado anterior.

3.3. A la instancia, debidamente cumplimentada, se acompañará la siguiente documentación:

Uno.-Justificante original de haber abonado la cantidad de 18 euros en concepto de pago de tasa por formalización del expediente y derechos de examen. La falta de pago de la tasa por derechos de examen determinará la exclusión del aspirante.

El abono de dicha tasa se podrá efectuar por uno de los siguientes procedimientos:

-Mediante carta de pago debidamente cumplimentada, para su abono en las entidades bancarias de la Comunidad Foral de Navarra. En la reseña de la convocatoria en Internet, en la dirección más arriba señalada, figura el modelo de carta de pago.

-Mediante ingreso en efectivo, o transferencia bancaria, a la cuenta número 0030 8124 87 0870002271 del Banesto (Banco Español de Crédito), en cuyo caso en el justificante de pago deberán figurar obligatoriamente los siguientes datos:

.Nombre y apellidos del aspirante.

.D.N.I./N.I.F.

.Número de cuenta en la que se efectúa el abono.

.Concepto: concurso-oposición a Guarda Mayor y Guarda Mayor Adjunto.

Estarán exentos del pago de la tasa las personas con discapacidad reconocida, de grado igual o superior al 33 por 100, que acrediten tal condición mediante fotocopia debidamente compulsada del documento expedido por órgano competente.

Dos.-Documentos justificativos, originales o fotocopiados, en este caso debidamente compulsados, de cuantos méritos sean alegados por los aspirantes a tenor de lo establecido en el Anexo II de la convocatoria, incluidos los relativos a servicios prestados a las Administraciones Públicas.

3.4. El plazo señalado para la presentación de instancias será improrrogable.

3.5. Los errores materiales o de hecho que se adviertan en la solicitud podrán ser subsanados en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

4.-Admisión de aspirantes y reclamaciones.

4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Director del Servicio de Selección para el Ingreso, por delegación del Director Gerente del Instituto Navarro de Administración Pública (Resolución 103/2008, de 26 de junio), dictará Resolución aprobando la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra.

4.2. Los aspirantes excluidos, dentro de los diez días hábiles siguientes al de publicación de la lista provisional en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra, podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que hubieran incurrido.

4.3. Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas éstas, el Director del Servicio de Selección para el Ingreso, por delegación del Director Gerente del Instituto Navarro de Administración Pública (Resolución 103/2008, de 26 de junio), dictará Resolución aprobando la lista definitiva de admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra.

4.4. No procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos de exclusión por causa imputable a los aspirantes.

5.-Tribunal calificador.

5.1. El Tribunal calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

-Presidente: Don Enrique Eraso Centelles, Director del Servicio de Conservación de la Biodiversidad del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente.

-Suplente: Don Pedro Zuazo Onagoitia, Director del Servicio de Calidad Ambiental del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente.

-Vocal: Don Salvador del Pino López, Jefe de la Sección de Caza y Pesca del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente.

-Suplente: Don Enrique Castién Arriazu, Jefe del Negociado de Gestión Cinegética del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente.

-Vocal: Don Fermín Olabe Velasco, Jefe de la Sección de Gestión Forestal del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente.

-Suplente: Don Gregorio Oyaregui Arriada, Jefe del Negociado de la Comarca Pirenaica del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente.

-Vocal: Un representante de la Comisión de Personal de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, designado por la misma.

-Suplente: Un representante de la Comisión de Personal de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, designado por la misma.

-Vocal Secretario: Don Félix Armendáriz Martínez, Jefe de la Sección de Régimen Jurídico del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente.

-Suplente: Don Joseba Asiain Albisu, Secretario General Técnico del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente.

El Tribunal deberá constituirse antes de las pruebas selectivas.

5.2. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros.

Para la válida constitución y actuaciones del órgano colegiado se requerirá la presencia del Presidente y del Vocal-Secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan.

5.3. Los miembros del Tribunal Calificador deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al órgano convocante, cuando concurran los motivos de abstención previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las aludidas circunstancias.

5.4. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de la convocatoria.

5.5. El Tribunal podrá incorporar asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores colaborarán con el Tribunal limitándose al ejercicio de sus especialidades técnicas.

6.-Desarrollo del concurso-oposición.

6.1. El concurso-oposición se desarrollará en dos fases, teniendo lugar primero la fase de concurso y posteriormente la fase de oposición, en la forma señalada en las presentes bases.

6.2. La fase de oposición dará comienzo en el mes de febrero de 2009. En la misma Resolución aprobatoria de la lista definitiva de admitidos y excluidos, se determinarán el lugar, fecha y hora de comienzo de las pruebas.

Posteriormente, el Tribunal publicará oportunamente los sucesivos anuncios de celebración de las restantes pruebas en la forma reglamentaria.

6.3. Fase de concurso.

6.3.1. El Tribunal valorará los méritos alegados y acreditados por los concursantes, de acuerdo con el baremo que figura en el Anexo II de la convocatoria.

6.3.2. Tal y como se determina en la Base 3.2, todos los méritos deberán haberse alegado y probado documentalmente, mediante documentos originales o copias compulsadas, en el momento de presentar cada aspirante su instancia solicitando tomar parte en el concurso oposición.

6.3.3. Los documentos deberán contener toda la información que exige la aplicación del baremo. No se valorarán los méritos que resulten injustificados.

El Tribunal podrá solicitar en cualquier momento aclaraciones y datos complementarios sobre los méritos alegados por los concursantes.

6.3.4. La valoración de la fase de concurso, que no tendrá carácter eliminatorio, podrá alcanzar hasta un total de 36,15 puntos, distribuidos, conforme a lo establecido en el Anexo II de la convocatoria, del siguiente modo:

-Servicios prestados: hasta 20 puntos

-Formación, docencia e investigación y otros méritos: hasta 10 puntos

-Conocimiento de idiomas: hasta 6,15 puntos.

6.3.5. El Tribunal valorará los méritos de cada aspirante en cada uno de los apartados precedentes, sin que en ningún caso pueda dar por supuesta la concurrencia de un mérito que no hubiese sido alegado o que no hubiese sido acreditado documentalmente, ni pueda otorgar por cada uno de los de los apartados puntuación superior a la máxima señalada.

6.3.6. Al término de la fase de concurso, el Tribunal publicará en el Tablón de Anuncios del Gobierno de Navarra la puntuación obtenida por cada aspirante.

La puntuación obtenida en la fase de concurso se sumará a la obtenida en la fase de oposición, resultando de este modo la puntuación total del concurso-oposición.

6.4. Fase de oposición.

6.4.1. La fase de oposición constará de los siguientes ejercicios:

Primer ejercicio: De carácter teórico-práctico, consistirá en contestar por escrito un cuestionario de 50 preguntas de respuesta breve sobre el temario (Anexo III).

Segundo ejercicio: De carácter práctico, relativo a las funciones específicas de Guarda Mayor y Guarda Mayor Adjunto, sobre programación, coordinación y supervisión del trabajo del personal de su Demarcación.

El primer ejercicio se llevará a cabo por el sistema de plicas.

El Tribunal determinará al comienzo de cada ejercicio el tiempo máximo de realización.

6.4.2. La valoración de los ejercicios de la oposición podrá alcanzar un máximo de 85 puntos, distribuidos del siguiente modo:

-Primero: Hasta 40 puntos.

-Segundo: Hasta 45 puntos.

6.4.3. Los ejercicios de la oposición serán eliminatorios, quedando eliminados aquellos opositores que no alcancen, al menos, la mitad de la puntuación asignada a cada uno de ellos.

6.4.4. Concluida la calificación de cada ejercicio, el Tribunal publicará en el lugar de su celebración y en el Tablón de Anuncios del Gobierno de Navarra, la lista de aspirantes aprobados con las calificaciones obtenidas y, asimismo, el lugar, fecha y hora de celebración del siguiente ejercicio de la oposición, con una antelación mínima de 48 horas. La relación mencionada podrá ser consultada, asimismo a través de Internet, en la dirección www.navarra.es, desde la reseña de la convocatoria en Catálogo de Servicios, Empleo Público.

6.4.5. La convocatoria para cada ejercicio será mediante llamamiento único, al que los aspirantes deberán acudir provistos del Documento Nacional de Identidad, Pasaporte o Permiso de conducir. Quedarán excluidos de la oposición los aspirantes que no comparezcan o no acrediten su personalidad mediante alguno de los documentos citados.

6.4.6. Durante el desarrollo de las pruebas selectivas se establecerán para los aspirantes con discapacidad reconocida que lo hubieran solicitado en la instancia, las adaptaciones posibles de tiempos y medios para su realización.

7.-Relación de aprobados y propuesta de nombramiento.

7.1. Concluidas las pruebas selectivas, el Tribunal publicará en el Tablón de Anuncios del Gobierno de Navarra la relación de aprobados por orden de puntuación alcanzada, sumando las calificaciones obtenidas por cada aspirante en la fase de concurso y en los ejercicios de la oposición, y elevará al Director Gerente del Instituto Navarro de Administración Pública, junto con el expediente completo, dicha relación y la propuesta de nombramiento en favor de los aspirantes aprobados con mayor puntuación que tengan cabida en el número de plazas convocadas. La referida propuesta se publicará en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra. La relación mencionada podrá ser consultada, asimismo a través de Internet, en la dirección www.navarra.es, desde la reseña de la convocatoria en "Servicios", "Empleo Público".

Los empates que se produzcan se dirimirán en favor de quienes obtengan mayor puntuación, dentro de la fase de oposición, en el segundo ejercicio; si persistiera el empate, en favor del aspirante con mayor puntuación en la fase de concurso.

8.-Elección de vacantes.

8.1. Los aspirantes, en el acto que a tal fin será convocado por el Servicio de Selección para el Ingreso del Instituto Navarro de Administración Pública, comunicarán su preferencia por las vacantes del puesto de trabajo convocadas.

8.2. Los aspirantes con discapacidad reconocida de grado igual o superior al 33 por 100 tendrán preferencia en la elección de vacantes sobre el resto de los aspirantes.

No obstante lo anterior, en el caso de que haya aspirantes con la discapacidad mencionada y ésta influya en las condiciones de desempeño de las distintas vacantes, con carácter previo a la elección se les adjudicarán las que resulten más acordes con su discapacidad, a la vista del informe que emita al respecto el equipo de valoración y orientación competente.

9.-Nombramiento y toma de posesión.

9.1. El Director General de Función Pública nombrará para desempeñar el puesto de trabajo de Guarda Mayor y Guarda Mayor Adjunto, a los aspirantes incluidos en la propuesta de nombramiento.

9.2. El nombramiento se publicará en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra, debiendo los nombrados tomar posesión del puesto de trabajo el día que se determine en la Resolución de nombramiento.

9.3. Los aspirantes nombrados tendrán el deber de residir en el lugar de su destino, a cuyo efecto fijarán efectivamente su domicilio en el respectivo término municipal. El destino podrá ser variado por los órganos administrativos competentes, de conformidad con lo dispuesto en la normativa aplicable.

9.4. La jornada de trabajo será la establecida con carácter general, prestándose en régimen flexible a la vista de las necesidades del servicio, de conformidad con lo dispuesto en la normativa aplicable.

9.5. Los aspirantes que, salvo fuerza mayor suficientemente justificada, no tomen posesión, perderán todos sus derechos al nombramiento como Guarda Mayor o Guarda Mayor Adjunto.

10.-Retirada de documentación.

10.1. La documentación aportada podrá retirarse por los aspirantes, siempre que no se haya interpuesto reclamación o recurso, previa petición expresa en tal sentido. La solicitud de retirada podrá presentarse durante un plazo de tres meses, una vez transcurridos previamente otros tres desde la publicación en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra de la resolución de nombramiento.

10.2. Transcurrido el plazo señalado en el apartado anterior sin haberse retirado la documentación, se entenderá que el aspirante renuncia a su recuperación, decayendo en su derecho a ello y procediéndose a su destrucción.

10.3. Cuando exista reclamación o recurso, la documentación aportada será retenida para su comprobación y estudio. Su retirada se producirá en el momento en que la tramitación de la reclamación o recurso lo permita.

11.-Recursos.

Contra los actos y resoluciones emanados del Tribunal calificador podrá interponerse recurso de alzada ante el Director Gerente del Instituto Navarro de Administración Pública, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación o notificación del acto recurrido.

Contra la convocatoria, sus bases y los actos de aplicación de las mismas que no emanen del Tribunal calificador, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación o notificación del acto recurrido.

Todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, y en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Pamplona, 26 de noviembre de 2008.-El Director Gerente del Instituto Navarro de Administración Pública, Ignacio Bandrés Urriza.

ANEXO I

Solicitud

Gobierno de Navarra. Departamento de Presidencia, Justicia e Interior. Instituto Navarro de Administración Pública.

Don/doña ........................................., mayor de edad, provisto/a de documento nacional de identidad número .................. (o carta de identidad equivalente) y nacido/a el día ........... de ....................... de ............, natural de ....................................... (..................), nacionalidad ........................ con domicilio actual en .......................... (....................) calle .........................................., código postal .............., teléfono .............................., teléfono trabajo ...................

Expone:

Que solicita ser admitido/a a la convocatoria para la provisión en promoción interna restringida, mediante concurso-oposición, de 14 plazas de los puestos de trabajo de Guarda Mayor y Guarda Mayor Adjunto, al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, publicada en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra, número ............, de fecha .......................,

Que ostenta la condición de personal fijo al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.

Que su situación administrativa en el puesto de Guarda Forestal es la siguiente (márquese con una X lo que proceda):

f Servicio activo.

f Servicios especiales.

f Excedencia especial.

Que ha abonado los derechos de examen en los términos establecidos en la convocatoria y se acompaña el correspondiente resguardo, o acredita, mediante documentación adjunta, supuesto de exención de pago.

Que solicita las adaptaciones de tiempos y medios que se señalan en folio aparte, por su condición de discapacitado, aportando documentación acreditativa de dicha condición, expedida por organismo competente.

Que aporta certificado de aptitud en vascuence o titulación reconocida oficialmente como equivalente (Únicamente cuando proceda de acuerdo con lo establecido en las Bases).

Que junto con la instancia aporta la documentación exigida en la base 3.3 de la convocatoria para su admisión, así como la documentación acreditativa de cuantos méritos alega y estima susceptibles de valoración en la fase de concurso.

f Que solicita realizar prueba de conocimiento de vascuence. (*)

f Que solicita realizar las pruebas de suficiencia en el conocimiento de francés e inglés. (*)

Por lo expuesto,

Solicita la admisión de la presente solicitud y la participación en la convocatoria referida.

Pamplona, ............ de ..................... de 200 ......

(Firma)

(*) Únicamente cuando proceda.

SEÑOR DIRECTOR GERENTE DEL INSTITUTO NAVARRO DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.

ANEXO II

Baremo para la valoración de méritos

1.-Servicios prestados:

Por cada año de servicios prestados a las Administraciones Públicas en puestos de trabajo de Guarda Forestal, Guarda de Medio Ambiente, Subcelador de Montes o similares: 1'5 puntos, hasta un máximo de 20.

Notas al apartado 1:

1.ª Si el número de años no fuese entero, se asignará la puntuación que proporcionalmente corresponda al período en que se hayan prestado servicios.

2.ª En los casos de servicios prestados a tiempo parcial se descontará la parte correspondiente.

3.ª No se valorarán los servicios prestados con posterioridad a la fecha de publicación de la convocatoria.

2.-Acciones formativas:

a) Participación en acciones formativas organizadas por organismos, centros públicos o universidades, relacionadas directamente con las funciones de los puestos de trabajo objeto de la convocatoria, a valorar por el tribunal: por cada crédito académico o su equivalente (10 horas lectivas): 0'20 puntos, hasta un máximo de 2 puntos.

Notas:

1.ª Se prorratearán las fracciones de horas lectivas que resulten de las acciones formativas a valorar.

2.ª Los certificados en que no conste duración en horas lectivas se valorarán como de un 1 crédito.

3.ª Los certificados en que la duración que conste sea de un 1 año académico se valorarán como de doce 12 créditos.

4.ª Se valorará con la misma puntuación la participación en acciones formativas que, aún no cumpliendo los requisitos en cuanto al organismo organizador, hayan sido realizadas por mandato de la Administración o validadas por la misma, incluyéndose expresamente entre estas últimas las organizadas por los sindicatos dentro de los Acuerdos de Formación Continua en las Administraciones Públicas.

b) Organización y/o participación docente en acciones formativas en el ámbito del sector público relacionadas directamente con las funciones de los puestos de trabajo objeto de la convocatoria, a valorar por el tribunal, en función su duración y la relación con los puestos convocados: Hasta un máximo de 2 puntos.

c) Titulaciones académicas oficiales de nivel o grado medio o superior: hasta un máximo de 5 puntos.

No se valorarán títulos cuya posesión sea requisito indispensable para la consecución de otros de superior rango académico que se aleguen como mérito y sean objeto de valoración específica en el baremo.

Únicamente serán objeto de valoración las titulaciones académicas oficiales que, por el área de conocimientos a que pertenecen, tengan relación directa con los puestos de trabajo objeto de la convocatoria.

d) Otros méritos, a valorar por el Tribunal: entre otros, trabajos en el sector privado, becas o estancias formativas, participación en órganos de consulta, asesoramiento, participación o representación: Hasta un máximo de 1 punto.

La puntuación máxima del apartado 2 será de 10 puntos.

3.-Puntuación añadida por conocimiento de idiomas:

a) Por conocimiento del francés, inglés o alemán, como lenguas de trabajo de la Unión Europea, hasta 1'5 puntos por cada uno de ellos.

b) Por conocimiento del vascuence, hasta 1'65 puntos cuando se trate de acceder a plazas con destino en la zona vascófona y el mismo no haya sido declarado preceptivo en la plantilla orgánica; y hasta 1'58 puntos cuando se trate de ocupar plazas con destino en la zona mixta.

A estos efectos, únicamente se valorará la posesión del Certificado de Aptitud expedido por una Escuela Oficial de Idiomas o de titulación reconocida oficialmente equivalente, que recibirá la máxima valoración señalada en los apartados anteriores.

De no poseerse dicha titulación, se valorará en 1/5 de la puntuación máxima cada curso aprobado en una Escuela Oficial de Idiomas y, referido al vascuence, también en 1/12 cada "urrats" superado en los cursos organizados para el Gobierno de Navarra.

El conocimiento de cada uno de los cuatro idiomas se podrá valorar también mediante la superación de las pruebas específicas que hayan sido convocadas por el Instituto Navarro de Administración Pública, graduadas en cinco niveles de dificultad, que serán valorados, cada uno de ellos, en 1/5 de la valoración máxima señalada para cada idioma.

ANEXO III

Temario

PARTE I

Normativa

Tema 1.-Las Fuentes del Derecho Público: las leyes y sus clases. El Decreto-Ley. El Decreto Foral Legislativo. Los Tratados Internacionales.

Tema 2.-Las Fuentes del Derecho Administrativo: el reglamento y la potestad reglamentaria. Clases de reglamentos. Los límites de la potestad reglamentaria y su control.

Tema 3.-El procedimiento administrativo común: concepto y naturaleza. Iniciación, ordenación, instrucción y terminación. Recursos administrativos: principios generales y clases.

Tema 4.-Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Navarra: El suelo no urbanizable.

Tema 5.-Ley Foral 2/1993, de 5 de marzo, de Protección y Gestión de la Fauna Silvestre y sus Hábitats. Reglamentos de desarrollo.

Tema 6.-Ley Foral 9/1996, de 17 de junio, de Espacios Naturales de Navarra.

Tema 7.-Ley Foral 13/1990, de 31 de diciembre, sobre Protección y Desarrollo del Patrimonio Forestal de Navarra. Reglamento de desarrollo.

Tema 8.-Ley Foral 17/2005, de 22 de diciembre, de Caza y Pesca de Navarra. Reglamento de desarrollo.

Tema 9.-Ley Foral 19/1997, de 15 de diciembre, de Vías Pecuarias de Navarra.

Tema 10.-Régimen de inspección y control de las actividades sometidas a intervención ambiental en la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo, de Intervención para la Protección Ambiental y desarrollo reglamentario.

PARTE II

El medio natural. Conservación y restauración

Tema 1.-El medio natural. Terminología y conceptos básicos de ecología. Sistemas naturales. Estructura, composición y funcionamiento de los ecosistemas. Equilibrio ecológico.

Tema 2.-Estudio de un espacio natural y sus ecosistemas. Regiones ecológicas. Clasificación y tipos de formaciones naturales y ecosistemas. Principales formaciones o ecosistemas: importancia y distribución, el medio físico, vegetación y flora, fauna, usos y aprovechamientos, conservación.

Tema 3.-Conservación de la Biodiversidad. Concepto y fundamentos de diversidad biológica. Producción y uso sostenible. Desarrollo sostenible. Estrategia y herramientas para la conservación. Integración ambiental.

Tema 4.-Planificación y ordenación del territorio y sus recursos. Clasificación del suelo y del territorio. Competencias e instrumentos de planificación y ordenación. Planes de ordenación de los recursos naturales.

Tema 5.-Espacios naturales protegidos. Bases, objetivos y tendencias. Tipos, características (reservas, parques, áreas recreativas, etc.). Criterios de selección. Declaración. Redes europea, estatal, autonómica. Gestión. Planes rectores de uso y gestión. Corredores biológicos.

Tema 6.-Restauración del medio natural. Estudio de un espacio natural afectado por una perturbación o alteración. Técnicas de restauración.

Tema 7.-Conservación de la flora y de la fauna. Especies catalogadas. Biología, distribución de las especies animales y vegetales catalogadas. Planes de recuperación. Protección del hábitat. Áreas de protección. Conservación de la flora y la vegetación. Técnicas de gestión de la fauna: observación, seguimiento, estimación de poblaciones, patologías, recuperación, reintroducción. Toma de muestras.

Tema 8.-Regiones ecológicas y piscícolas de los ríos navarros. Vegetación y fauna. Características de los ecosistemas y del entorno fluvial. Problemas para su conservación. Medidas correctoras. Caudales ecológicos.

Tema 9.-Peces y cangrejos de Navarra: Biología, distribución, ecología, conservación.

Tema 10.-Anfibios y reptiles de Navarra: Biología, distribución, ecología y conservación.

Tema 11.-Falconiformes y estrigiformes nidificantes en Navarra: Distribución, situación actual, áreas de importancia, problemas para su conservación.

Tema 12.-Urogallo, sisón, avutarda, alcaraván, ganga, ortega y aves acuáticas navarras. Distribución, situación actual, áreas de importancia, problemas para su conservación.

Tema 13.-Mamíferos ungulados de Navarra. Distribución, situación actual, áreas de importancia, problemas para su conservación.

PARTE III

Gestión selvícola. Protección de las masas forestales

Tema 1.-Pinares autóctonos de Navarra. Características. Ecología y distribución. Flora y fauna más representativa. Características botánicas y culturales de las especies Pinus sylvestris, Pinus uncinata y Pinus halepensis. Enfermedades y plagas que les afectan.

Tema 2.-Hayedos de Navarra. Características. Ecología y distribución. Flora y fauna más representativa. Características botánicas y culturales de la especie Fagus sylvatica. Enfermedades y plagas que le afectan.

Tema 3.-Robledales, quejigales, carrascales y encinares de Navarra. Ecología y distribución. Flora y fauna más representativa. Características botánicas y culturales de las especies Quercus robur, Quercus petraea, Quercus humilis, Quercus faginea y Quercus ilex. Enfermedades y plagas que les afectan.

Tema 4.-Requerimientos ecológicos y características botánicas y culturales de las especies: Abies alba, Castanea sativa. Betula alba, Juglans regia, Fraxinus excelsior, Prunus avium y Populus. Enfermedades y plagas que les afectan.

Tema 5.-Requerimientos ecológicos y características botánicas y culturales de las especies: Robinia pseudoacacia, Quercus rubra, Pinus nigra austriaca, Pinus nigra corsicana, Pseudotsuga menziesii, Pinus radiata y Picea abies. Plagas y enfermedades que les afectan.

Tema 6.-Selvicultura. Formas fundamentales de masa. Estructura de una masa forestal: definición y tipos. Masa forestal principal y accesoria. Conceptos de turno, período de regeneración, edad de madurez y diámetro de cortabilidad. Clases naturales y artificiales de edad. Concepto de área basimétrica.

Tema 7.-Selvicultura. Cortas continuas: cortas a hecho en uno o dos tiempos, cortas por aclareo sucesivo uniforme. Ventajas e inconvenientes. Especies a las que se aplican.

Tema 8.-Selvicultura. Cortas semicontinuas: cortas por bosquetes y por fajas. Cortas discontinuas: entresaca. Ventajas e inconvenientes. Especies a las que se aplican.

Tema 9.-Selvicultura. Claras: definición, tipos y objetivos. Peso, intensidad y rotación en las claras. Las podas. Señalamiento de pies, constitución del equipo y operaciones de marcación y reconocimiento en la aplicación de cortas.

Tema 10.-Ordenación de Montes: concepto y objetivos. Utilidades que proporcionan los montes. Proyectos de Ordenación: fase de inventario y fase de planificación. Métodos de ordenación de montes.

Tema 11.-Dasometría. Mediciones sobre el árbol en pie y apeado. Cubicación de árboles en pie. El coeficiente mórfico. Tablas de cubicación. Cubicación de árboles apeados. Determinación de la edad de un árbol. El área basimétrica. Concepto de crecimiento medio, corriente y de Pressler.

Tema 12.-Inventariación forestal. El inventario por enumeración completa. el inventario por muestreo estadístico. El árbol tipo: selección y datos a recoger, tablas de cubicación y tablas de producción.

Tema 13.-Forestación y restauración hidrológico forestal. Preparación del terreno. Siembra y plantación. Obras y trabajos de corrección hidrológica. Material vegetal. Especies empleadas. Maquinaria, aperos y medios empleados.

Tema 14.-Incendios forestales. Prevención y extinción. Ordenación del medio natural para dificultar la propagación del fuego. Áreas y fajas cortafuegos. Puestos y redes de vigilancia. Coordinación de equipos en la extinción de incendios forestales. Valoración de daños.

PARTE IV

Gestión de aprovechamientos forestales, cinegéticos y piscícolas

Tema 1.-Organización y planificación de aprovechamientos de productos forestales. Herramientas, maquinaria, equipos y materiales empleados. Impacto ambiental y daños ecológicos que pueden producirse en los trabajos de aprovechamiento de productos forestales.

Tema 2.-Especies de caza. Orden general de vedas de caza.

Tema 3.-Especies de pesca en aguas continentales. Orden general de vedas de pesca.

Tema 4.-Poblaciones de las especies cinegéticas y piscícolas. Censo y seguimiento de poblaciones. Daños producidos por las especies de caza y pesca. Enfermedades, depredadores y competidores.

Tema 5.-Planes de Ordenación Cinegética. Manejo y gestión de las poblaciones. Mantenimiento y conservación del hábitat. Técnicas de mejora. Prevención de daños. Programación, organización, seguridad y control de los trabajos.

Tema 6.-Piscifactorías y granjas. Piscicultura para repoblación y explotación. Piscifactorías de salmónidos. Repoblaciones piscícolas. Granjas cinegéticas: Granjas de perdices y de conejos silvestres. Repoblaciones en cotos intensivos con especies cinegéticas.

Nota: Todas las materias se exigirán conforme a la legislación vigente el día de publicación de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra.

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