BOLETÍN Nº 144 - 26 de noviembre de 2008

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

1.3. OTRAS DISPOSICIONES

1.3.6. Otros

ACUERDO del Gobierno de Navarra, de 10 de noviembre de 2008, por el que se solicita de la Confederación Hidrográfica del Ebro la reserva de agua para la zona regable de Tierra Estella, actuación a llevar a cabo en ejecución del Plan Navarra 2012 "Nueva área regable en Tierra Estella", y su inclusión en el Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica del Ebro.

La Ley Foral 7/1999, de 16 de marzo, de actuaciones y obras en regadíos integradas en el Plan de Regadíos de la Comunidad Foral de Navarra, en su artículo 2, establece textualmente: "El Gobierno de Navarra podrá introducir justificadamente, mediante Decreto Foral, variaciones en la relación de actuaciones, obras, superficies e importes que figuran en el Anexo de esta Ley Foral y en el Plan de Regadíos, a la vista de las circunstancias que conforme a la Ley Foral 18/1994, de 9 de diciembre, de Reforma de las Infraestructuras Agrícolas, concurran en cada caso particular".

En aplicación del citado artículo 2, el Gobierno de Navarra aprobó el Decreto Foral 105/2008, de 27 de octubre, por el que se aprueba la inclusión en la relación de actuaciones del Plan de Regadíos de la Comunidad Foral de Navarra de la "Nueva área regable en Tierra Estella".

Tal y como queda recogido en el citado Decreto Foral la zona regable de Tierra Estella ha venido siendo demandada por los agentes sociales en diversas manifestaciones públicas y ante el Parlamento tal y como consta en los informes que al efecto dispone el Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente.

Dicha zona ha sido objeto de estudios generales y específicos, llevados a cabo por el Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, de los que cabe destacar entre los más recientes los siguientes:

1. "Plan de actuación en materia de regadío en la Merindad de Tierra Estella" ("Riegos de Navarra, S.A.", 2001).

2. "Estudio sobre posibilidades técnicas, legales y económicas para la transformación en regadío de las áreas regables de Tierra Estella. Estudio de viabilidad" ("Riegos de Navarra, S.A.", 2005). El resultado de dicho Estudio de Viabilidad fue positivo en cuanto a las características técnicas de las obras a llevar a cabo.

3. "Asistencia Técnica para la creación de una zona regable en Tierra Estella". ("Riegos de Navarra, S.A.", 2007). El resultado de esta Asistencia Técnica resultó positivo en cuanto a las posibilidades de emplear el sistema de concesión de obras públicas ("peaje en sombra") para la financiación público-privada de las infraestructuras previstas, incorporando al esquema tradicional la generación de energía eléctrica mediante sistemas de energía solar y eólica que vengan a contribuir a mantener los costes de explotación para las explotaciones agrarias en los límites de rentabilidad adecuados.

4. "Anteproyecto Constructivo de la Zona regable de Tierra Estella". ("Riegos de Navarra, S.A.", en redacción, 2008).

De los datos disponibles en el Anteproyecto y en el informe elaborado por el Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, denominado "Justificación de la demanda a reservar desde el embalse de Riomayor en Allo, Navarra", se puede concretar que es posible llevar a cabo una transformación en regadío de unas 7.000 ha mediante la construcción de un embalse en el arroyo Riomayor de unos 32 Hm³, afluente por la margen derecha del Ega, en el término de Allo. Las 7.000 ha pertenecen a diversos municipios de la Merindad de Estella situados en la falda sur de Montejurra, cuya delimitación definitiva se producirá cuando se produzca la Declaración de Impacto Ambiental y sea aprobado por el Gobierno de Navarra el Proyecto Sectorial de Incidencia Supramunicipal.

La actuación denominada "Nueva área regable en Tierra Estella" ha sido incluida en el "Plan Navarra 2012", en el epígrafe Agroindustria y Regadíos, con un importe de 85 millones de euros, aprobado por el Gobierno de Navarra el 21 de abril de 2008 y, finalmente, por el Parlamento de Navarra el 23 de mayo de 2008.

Por otra parte, de acuerdo con lo previsto en el Reglamento de Planificación Hidrológica (Real Decreto de 6 de julio de 2007), derivado a su vez de los plazos impuestos por la Directiva Marco 2000/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, aprobada el 23 de octubre de 2000, deben redactarse en el año 2009 los nuevos Planes Hidrológicos de las distintas demarcaciones, acordes con los objetivos fundamentales de la citada Directiva Marco, que son alcanzar el buen estado ecológico y la adecuada protección del dominio público hidráulico.

A la vista del interés que para Navarra tiene la puesta en marcha de la Zona regable de Tierra Estella, y vista la necesidad de que figure para su posterior desarrollo en el Plan Hidrológico, es oportuno solicitar de la Confederación Hidrográfica del Ebro dentro del actual procedimiento de elaboración de los Planes Hidrológicos, por un lado, la reserva de agua para la actuación mencionada y, por otro, su inclusión en el Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica del Ebro, actualmente en redacción.

En consecuencia, el Gobierno de Navarra, a propuesta de la Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente,

ACUERDA:

1.º Solicitar de la Confederación Hidrográfica del Ebro la reserva a favor de la Comunidad Foral de Navarra de un volumen de agua de 32 Hm³ procedente del embalse de Riomayor, situado en el arroyo del mismo nombre, en el término de Allo (Navarra), y que una vez reconocida sea inscrita en el Registro de Aguas.

El volumen de agua reservado se adscribirá concretamente al uso de regadío (32 Hm³/año) para la creación de una zona regable en Tierra Estella.

2.º Solicitar la inclusión de la citada reserva en el Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica del Ebro.

3.º Que el Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente realice las actuaciones necesarias para formalizar la reserva.

4.º Trasladar el presente Acuerdo a la Presidencia de la Confederación Hidrográfica del Ebro, al Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente y al Departamento de Vivienda y Ordenación del Territorio.

5.º Publicar el presente Acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra a los efectos que procedan.

Pamplona, 10 de noviembre de 2008.-El Consejero Secretario del Gobierno de Navarra, Javier Caballero Martínez.

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