BOLETÍN Nº 144 - 26 de noviembre de 2008

II. ADMINISTRACIÓN LOCAL DE NAVARRA

2.1. ORDENANZAS Y OTRAS DISPOSICIONES GENERALES

OLAZTI/OLAZAGUTÍA

Aprobación inicial de la ordenanza municipal reguladora de las subvenciones del Ayuntamiento de Olazti/Olazagutía para finalidades culturales, educativas, deportivas, de Juventud, asistenciales, humanitarias y sociales

El Pleno del citado Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 30 de octubre de 2008, aprobó inicialmente la mencionada Ordenanza Municipal.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 325.1 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, la Ordenanza aprobada se somete a información pública durante treinta días hábiles, a contar desde el siguiente al de publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra, para que las personas interesadas puedan examinar el expediente y formular reclamaciones, reparos u observaciones.

Si transcurrido el período de exposición pública no se formularan alegaciones, la Ordenanza quedará definitivamente aprobada, procediéndose a la publicación de su texto íntegro en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra.

Olazti/Olazagutía, 3 de noviembre de 2008.-El Alcalde, Iñaki Mentxaka Berra.

Código del anuncio: L0816832