II. ADMINISTRACIÓN LOCAL DE NAVARRA
2.1. ORDENANZAS Y OTRAS DISPOSICIONES GENERALES
BERRIOZAR
Aprobación inicial de la modificación de la Ordenanza para la normalización y desarrollo del uso del euskera en Berriozar
El Pleno del Ayuntamiento de Berriozar, en sesión celebrada el día veintinueve de octubre de 2008, aprobó inicialmente la modificación de la Ordenanza Municipal para la normalización y desarrollo del uso del euskera en Berriozar.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 325.1 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, la Ordenanza aprobada se somete a información pública durante treinta días hábiles, a contar desde el siguiente al de publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra, para que las personas interesadas puedan examinar el expediente y formular reclamaciones, reparos u observaciones.
Si transcurrido el período de exposición pública no se formularan alegaciones, la Ordenanza quedará definitivamente aprobada, procediéndose a la publicación de su texto íntegro en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra.
Berriozar, 30 de octubre de 23008.-El Alcalde-Presidente, Xabier Lasa Gorraiz.
Código del anuncio: L0816551