BOLETÍN Nº 139 - 14 de noviembre de 2008

II. ADMINISTRACIÓN LOCAL DE NAVARRA

2.2. AUTORIDADES Y PERSONAL

2.2.2. Plantilla Orgánica, Oferta Pública de Empleo, oposiciones y concursos

MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS SOCIALES DE BASE DE LA ZONA DE BUÑUEL

Convocatoria para la provisión, mediante concurso oposición, y en régimen laboral fijo, a jornada parcial, de una plaza de trabajador familiar

Aprobada por Resolución del Presidente de la Mancomunidad de 13 de octubre de 2008.

BASES

1.-Normas generales.

1.1. Se anuncia la convocatoria pública para la provisión mediante concurso oposición y en régimen laboral fijo, con una jornada a tiempo parcial, de una plaza de Trabajador Familiar para prestar sus servicios en el Servicio de Atención a Domicilio de la Mancomunidad de Servicios Sociales de Base de la Zona de Buñuel. La plaza aparece identificada en la plantilla orgánica con el número 14.

1.2. La persona designada deberá pasar un periodo de prueba de 15 días a contar desde la fecha de formalización del contrato.

1.3. El puesto de trabajo estará dotado con las remuneraciones proporcionales a la jornada de trabajo que se contrata, según el nivel D de los establecidos en la Ley Foral reguladora del Estatuto del personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra.

1.4. La jornada de trabajo será el 76,14% de la jornada laboral, determinándose el horario en función de las necesidades del servicio.

1.5. Las principales funciones a desempeñar por las personas seleccionadas serán las propias del puesto de trabajo:

-Atender a los usuarios del Servicio de Atención a Domicilio, prestando la atención personal, higiénico-sanitaria, doméstica y psicosocial que se establezca en cada caso en función de su nivel de autovalimiento y cuantas funciones les sean encomendadas dentro de su categoría y nivel.

1.6. Los aspirantes aprobados sin plaza, según el orden de puntuación obtenida, podrán ser contratados temporalmente por la Mancomunidad para realizar suplencias en el mismo servicio. Esta lista auxiliar gozará de prioridad respecto a cualquier otra lista existente para el mismo objeto, cara a la provisión temporal de puestos de trabajo.

2.-Requisitos de los aspirantes.

2.1. Para ser admitidos a este concurso oposición, los aspirantes deberán reunir en la fecha que finaliza el plazo de presentación de solicitudes los requisitos siguientes:

a) Ser ciudadano de la Comunidad Europea.

b) Tener 18 años cumplidos. Se acompañará en la instancia de solicitud fotocopia compulsada del documento nacional de identidad.

c) Hallarse en posesión, como mínimo, del título de Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado o equivalente.

d) No padecer enfermedad ni efecto físico o psíquico que impida el normal desarrollo de las funciones a desempeñar.

e) No hallarse ni inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de las funciones públicas y no haber sido separado del servicio de cualquier Administración Pública.

f) Dado que este Servicio comprende a seis municipios, la persona designada deberá disponer de medio de transporte y carnet de conducir.

g) Los méritos alegados en la fase de concurso (experiencia y titulaciones por cursillos).

2.2. Los requisitos anteriores deberán ser acreditados por el aspirante aprobado que obtenga la plaza, en el plazo y forma previstos en la presente convocatoria y su cumplimiento se entenderá referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias, debiendo gozar de los mismos durante el procedimiento de selección hasta el momento del nombramiento.

3.-Instancias.

3.1. Las instancias para poder participar en la convocatoria deberán presentarse en la Secretaría de la Mancomunidad de la Zona de Buñuel, sita en Buñuel, calle General Franco, número 5, dentro de los 30 días naturales a partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra. Dichas instancias deberán ajustarse al modelo publicado en la presente convocatoria, y a ellas se acompañarán cuantos documentos justificativos de reunir los requisitos sean necesarios y los que justifiquen los méritos alegados para la fase de concurso.

3.2. A las instancias se acompañará la siguiente documentación:

a) Fotocopia compulsada del D.N.I. o documento equivalente de identificación.

b) Cuantos documentos originales o debidamente diligenciados acrediten los méritos que el aspirante desee hacer valer en la fase de concurso. No se valorará ningún mérito que no haya sido debidamente acreditado.

3.3. El plazo señalado para la presentación de solicitudes será improrrogable.

4.-Admisión de aspirantes y reclamaciones.

4.1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Presidente de la Junta dictará Resolución aprobando la lista provisional de admitidos y excluidos, que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra.

4.2. Dentro de los 10 días hábiles siguientes a la publicación de la lista provisional en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra los aspirantes excluidos podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso los defectos en que pudieran haber incurrido.

4.3. Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas éstas, el Presidente dictará Resolución aprobando la lista definitiva de admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra.

5.-Tribunal Calificador.

a) Presidente: el Presidente de la Mancomunidad de Servicios Sociales de la zona de Buñuel.

Suplente: el Vicepresidente de la Mancomunidad de Servicios Sociales de la zona de Buñuel.

b) Olga Cornago Murillo Trabajadora Social de la Mancomunidad.

Suplente: Natalia López Huerta, Trabajadora Social de la Mancomunidad.

c) Un técnico de la Agencia Navarra de Dependencia. A designar por la Agencia Navarra de Dependencia.

Suplente: Un técnico de la Agencia Navarra de Dependencia. A designar por la Agencia Navarra de Dependencia.

d) Un trabajador Social de la Mancomunidad de Servicios Sociales del Valle del Queiles.

Suplente: Un trabajador Social de la Mancomunidad de Servicios Sociales del Valle del Queiles.

e) Vocal-Secretario: Jesús Litago Zardoya. Secretario de la Mancomunidad.

Suplente: Carlos Díez Díaz, Secretario del Ayuntamiento de Ribaforada.

5.2. El tribunal se constituirá antes de las pruebas selectivas, siendo necesaria para su válida constitución y para su actuación la asistencia de al menos la mayoría absoluta de sus miembros.

5.3. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantear la interpretación y aplicación de estas bases.

5.4. El Tribunal podrá incorporar colaboradores y asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas y colaborarán con el tribunal.

6.-Desarrollo del concurso oposición.

6.1. En la misma Resolución que apruebe la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos se determinará el lugar, fecha y hora del comienzo de las pruebas.

6.2. Fase del concurso.

Los méritos alegados deberán ser documentalmente justificados y se calificarán con un máximo de 30 puntos, de acuerdo con el siguiente baremo:

a) Experiencia profesional (máximo 20 puntos). Se deberá acreditar este requisito mediante la presentación de la hoja de vida laboral de la Seguridad Social.

Por cada año completo trabajado como Trabajador/a Familiar en Servicio de Ayuda a Domicilio en Entidades Locales: 3 puntos por año, con un máximo de 20 puntos (Las fracciones se prorratearán proporcionalmente por meses enteros).

Por cada año completo trabajado como Trabajador/a Familiar o similar, en resto de Administraciones Públicas: 1,5 puntos por año con un máximo de 20 puntos (las fracciones se prorratearán proporcionalmente por meses enteros).

b) Por formación complementaria (máximo 10 puntos).

Por cada curso/cursillo de contenido directamente relacionado con el puesto de trabajo:

-De menos de 20 horas de duración: 0,25 puntos.

-De 20 y más horas sin llegar a 40 horas: 0,5 puntos.

-De 40 y más horas sin llegar a 100 horas: 1 punto.

-De 100 y más horas de duración: 1,5 puntos.

El tribunal podrá solicitar en cualquier momento aclaraciones y datos complementarios sobre los méritos alegados por los concursantes. Sólo se tendrá en cuenta los méritos existentes en la fecha de publicación de la convocatoria y que resulten acreditados documentalmente en el expediente.

Al término de la fase de concurso se hará pública en el Tablón de Anuncios la puntuación obtenida por cada uno de los aspirantes.

6.3. Fase de la oposición.

a) Primer ejercicio: Consistirá en el desarrollo por escrito de un tema elegido por sorteo del temario que figura en el Anexo 2.º de esta convocatoria. Tiempo máximo para la realización de este ejercicio: 1 hora y 30 minutos. Valoración máxima: 35 puntos

b) Segundo ejercicio: Prueba teórico-práctica a desarrollar durante el tiempo máximo de 1 hora y 30 minutos, sobre un caso de atención domiciliaria elaborado por el Tribunal. Valoración máxima: 35 puntos.

Los ejercicios de la fase de oposición no son eliminatorios, No obstante será requisito imprescindible para superar la oposición obtener al menos 35 puntos con la suma de ambos ejercicios.

Las pruebas se realizarán mediante llamamiento único, a las que los aspirantes deberán acudir provistos del Documento Nacional de Identidad. Los aspirantes que no comparecieran al mismo quedarán eliminados.

La calificación final del concurso-oposición será la que resulte de sumar las puntuaciones obtenidas por cada uno de los aspirantes en ambas fases.

7.-Relación de aprobados.

Realizadas y calificadas las pruebas, el Tribunal publicará en el Tablón de Anuncios de la Mancomunidad la puntuación final obtenida por cada uno de los aspirantes, consistente en la suma total de puntuaciones obtenidas en cada una de las pruebas, y la propuesta de designación del aspirante aprobado que haya obtenido la mayor puntuación. Esta propuesta deberá publicarse en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra.

8.-Presentación de documentos.

8.1. El aspirante propuesto deberá presentar en las oficinas de la Mancomunidad en el plazo de treinta días naturales, desde la publicación de la propuesta en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra, los siguientes documentos:

a) Declaración jurada de no hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y de no haber sido separado del servicio de cualquier Administración Pública.

b) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico que imposibilite el normal ejercicio de las funciones propias del cargo.

c) Juramento o promesa de respetar el Régimen Foral de Navarra, de acatar la Constitución y las Leyes y de cumplir fielmente las obligaciones del cargo.

d) Fotocopia compulsada del permiso de conducir de la clase B-1 y justificante de disponibilidad de vehículo.

e) Fotocopia compulsada de la titulación exigida en esta convocatoria.

f) En su caso, la documentación complementaria que les sea requerida desde la Mancomunidad de Servicios Sociales de la Zona de Buñuel.

8.2. Si dentro del plazo fijado y salvo en casos de fuerza mayor suficientemente justificados, el interesado no presentase dichos documentos, no podrá ser designado quedando anuladas todas sus actuaciones sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

8.3. En el supuesto previsto en el apartado anterior la Mancomunidad cubrirá, en su caso, la baja con los sucesivos candidatos incluidos en la lista a que se refiere la base 7.

9. Nombramiento y toma de posesión.

9.1. Concluido el proceso de selección, el Presidente de la Mancomunidad, mediante Resolución, procederá a su nombramiento como empleado contratado de la Mancomunidad de Servicios Sociales de Base de la Zona de Buñuel para desempeñar el puesto de trabajador familiar a jornada parcial. Dicho nombramiento será publicado en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra.

9.2. El aspirante nombrado deberá tomar posesión en el plazo de un mes a contar desde la notificación del nombramiento. Si transcurrido dicho plazo, y salvo casos de fuerza mayor, no tomara posesión perderá sus derechos para la adquisición de a condición de contratado laboral a tiempo parcial de la Mancomunidad de la Zona de Buñuel. En tal supuesto se estará a lo establecido en la base 8.3.

10.-Recursos.

Contra la presente convocatoria, sus bases y los actos de aplicación de las mismas, podrá interponerse alguno de los siguientes recursos:

Recurso contencioso-administrativo ante la Sala del Tribunal Superior de Justicia de Navarra o ante el juzgado de lo Contencioso Administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el siguiente a la notificación del Acuerdo.

Recurso de reposición ante el Presidente de la Mancomunidad de Servicios Sociales de Base de la Zona de Buñuel.

Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra en el plazo de un mes desde la publicación o notificación de los actos o acuerdos recurridos.

Buñuel, 6 de octubre de 2008.-El Presidente, Miguel Ángel Vela Osta.

ANEXO I

Modelo de instancia.

Don/Doña ................................, con D.N.I. número ......, nacido/a el día .......... de ..........19 ..., natural de ............, provincia de ..........., con domicilio en .................., calle .............., número .........., piso ........., código postal .........., teléfono ............

Expone: Que cumple con los requisitos exigidos en la convocatoria para la provisión de una plaza de Trabajador Familiar a jornada parcial de la Mancomunidad de Servicios Sociales de Base de la Zona de Buñuel, publicada en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra de fecha ..........., en referencia a la fecha de expiración del plazo para la presentación de instancias.

Por lo expuesto, desea ser admitido a las pruebas selectivas para la provisión de una plaza de Trabajador Familiar provista en la plantilla orgánica con el número 14.

Buñuel, a ........ de .......... de 200 ...

Firmado:...........

ANEXO II

Temario

1.-Ley Foral 15/2006, de 14 de diciembre de Servicios Sociales de Navarra. El Servicio de Atención domiciliaria en el Programa de Promoción de la Autonomía Personal y atención a las personas en situación de dependencia según la Cartera de Servicios Sociales de Navarra.

2.-El Programa de Atención a Personas con dificultades de autovalimiento en el marco de los Servicios Sociales de base. El Servicio de Atención a domicilio. Definición. Destinatarios. Situaciones objeto de atención. Análisis y repercusión de los cambios sociales y familiares en el Servicio de atención a domicilio.

3.-Las Trabajadoras familiares en el Servicio de atención a domicilio. Funciones y características de su trabajo. Relaciones con otros profesionales: trabajo en equipo en el marco de los servicios sociales de base y relaciones con otros servicios.

4.-Características y problemas más importantes que se plantean en la Tercera edad: físicos, psíquicos y sociales. Enfermedades más frecuentes. Situaciones susceptibles de ser atendidas por el Servicio de Atención a Domicilio. Grandes síndromes geriátricos: las demencias y la depresión. Personas mayores en estado Terminal.

5.-Hábitos saludables, nutrición y alimentación, ejercicio físico y sueño. Prevención de accidentes. Primeros auxilios. Higiene personal y de la vivienda. Aplicación de Ayudas técnicas para cuidados personales, movilidad, alimentación y acondicionamiento del hogar.

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