BOLETÍN Nº 133 - 31 de octubre de 2008

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

1.2. AUTORIDADES Y PERSONAL

1.2.2. Plantilla Orgánica, Oferta Pública de Empleo, oposiciones y concursos

CONVOCATORIA aprobada por Resolución 184/2008, de 17 de octubre, del Director Gerente del Instituto Navarro de Administración Pública, para la provisión, mediante oposición, de tres plazas del puesto de trabajo de Técnico Superior en Organización al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.

Por Resolución 184/2008, de 17 de octubre, del Director Gerente del Instituto Navarro de Administración Pública, se ha aprobado la convocatoria para la provisión, mediante oposición, de tres plazas del puesto de trabajo de Técnico Superior en Organización al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.

Dicho proceso selectivo se llevará a cabo con sujeción a lo dispuesto sobre la materia en el Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, aprobado por el Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, en el Reglamento de ingreso dictado para su desarrollo y ejecución, demás normas de aplicación y en las bases de esta convocatoria.

BASES

1.-Objeto de la convocatoria.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria, la provisión, mediante oposición, de tres plazas del puesto de trabajo de Técnico Superior en Organización, de régimen funcionarial, nivel A, con destino en Pamplona, distribuidas en los siguientes turnos:

-1 plaza en turno libre.

-2 plazas en turno de promoción.

1.2. Las vacantes que se convocan son las siguientes:

-3 en el Departamento de Presidencia, Justicia e Interior, identificadas en la plantilla orgánica con los números 939, 3756 y 7473.

1.3. Las vacantes del turno de promoción que queden desiertas por no haber obtenido los aspirantes la puntuación mínima exigida para la superación de las pruebas selectivas, se acumularán a las del turno libre.

Por otra parte, si en el turno de promoción resultaran más aspirantes aprobados que el número de vacantes, los aprobados sin plaza de este turno optarán a las vacantes del turno libre en concurrencia con los aspirantes del mismo, de acuerdo con la puntuación final obtenida.

Asimismo, podrán optar a las vacantes del turno libre, en la forma señalada en el párrafo anterior, los aspirantes del turno de promoción que no reúnan los requisitos específicos exigidos en la base 2.1.2 de esta convocatoria, en el momento en que finalice el plazo de presentación de documentos señalado en la base 7.2 de la convocatoria.

1.4. Los puestos de trabajo estarán dotados con las remuneraciones fijadas con carácter general para el nivel A en el Reglamento Provisional de Retribuciones, aprobado por Decreto Foral 158/1984, de 4 de julio, y las que se determinen para cada caso concreto en las demás disposiciones de aplicación.

1.5. Asimismo es objeto de la presente convocatoria constituir, con los aspirantes que no obtengan plaza en el procedimiento selectivo de ingreso, y, de acuerdo con lo dispuesto en la base 10, las siguientes relaciones de aspirantes a la contratación temporal:

a) Lista de aprobados sin plaza en el procedimiento selectivo de ingreso, común para todos los Departamentos de la Administración de la Comunidad Foral y sus organismos autónomos.

b) Listas de aspirantes a la contratación temporal, constituidas con aquéllos que hubieran superado el penúltimo ejercicio de la oposición y no hayan resultado aprobados sin plaza, para la contratación temporal en el ámbito de Administración Núcleo.

2.-Requisitos.

2.1. Para ser admitidos a la oposición, los aspirantes deberán reunir en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes y desde el momento en que finalice el plazo de entrega de documentos al que se refiere el apartado 7.2 de la convocatoria hasta el momento de la toma de posesión de la plaza, los requisitos siguientes:

2.1.1. Requisitos para todos los aspirantes.

a) Ser español, nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de un Estado incluido en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, que contemplen la libre circulación de trabajadores.

Podrán también participar el cónyuge de los españoles, de los nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea y de los nacionales de los Estados incluidos en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales mencionados, siempre que no esté separado de derecho, así como los descendientes de éstos y los descendientes del cónyuge, siempre que no medie separación de derecho, menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

c) Estar en posesión del título de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o título equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación.

d) Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el ejercicio de las correspondientes funciones.

e) No hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

Los aspirantes cuya nacionalidad no sea española deberán no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

2.1.2. Requisitos específicos para los aspirantes del turno de promoción.

Los aspirantes del turno de promoción, además de los requisitos señalados en el apartado anterior, deberán reunir los siguientes:

a) Tener la condición de personal fijo perteneciente a cualquiera de las Administraciones Públicas de Navarra, o de personal fijo adscrito a los servicios de la Administración de Justicia transferidos a la Comunidad Foral de Navarra, y no hallarse en situación de excedencia voluntaria o forzosa en el puesto desde el que se pretende promocionar.

b) Pertenecer al mismo o inferior nivel al de las vacantes convocadas.

c) Tener cinco años de antigüedad reconocida en las Administraciones Públicas, a excepción de los miembros de los Cuerpos de Policía de Navarra, que deberán haber prestado efectivamente servicios en dichos Cuerpos durante ocho años.

En aplicación de lo dispuesto en la Disposición Adicional Octava del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, podrán también participar en el turno de promoción los funcionarios del Parlamento de Navarra que cumplan el resto de requisitos exigidos para participar en dicho turno.

2.2. Con la excepción establecida en el punto tres de la base 3.3, los requisitos anteriores deberán acreditarse por los aspirantes propuestos para el nombramiento, en el plazo y forma previstos en el apartado 7.2 de la convocatoria.

3.-Instancias.

3.1. Las instancias para poder participar en la convocatoria se presentarán en el Registro General del Gobierno de Navarra, Avenida de Carlos III, 2, 31002 Pamplona, o en cualquiera de las demás oficinas de Registro del Gobierno de Navarra cuya relación aparece publicada en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra número 14, de fecha 30 de enero de 2008, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de treinta días naturales contados a partir del siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra.

En el caso de que se opte por presentar la solicitud en una oficina de Correos, se hará en sobre abierto para que la instancia sea fechada y sellada por el personal de Correos antes de ser certificada.

Las instancias deberán ajustarse al modelo anexo a la convocatoria, y en ellas los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones en ella exigidas. El modelo de instancia se facilitará en cualquiera de las citadas oficinas de Registro del Gobierno de Navarra, pudiendo también obtenerse, a través de Internet, en la dirección www.navarra.es, bien desde el Boletín Oficial de su publicación, bien desde la reseña de la convocatoria en "Catálogo de Servicios", "Empleo Público".

3.2. Los aspirantes con discapacidad reconocida podrán solicitar adaptaciones de tiempos y medios para la realización de los ejercicios en que éstas sean necesarias, en cuyo caso deberán manifestarlo en la instancia, expresar en hoja aparte la discapacidad que padecen y las adaptaciones solicitadas, y adjuntar la acreditación de la condición legal de discapacitado, mediante copia compulsada del documento expedido por órgano competente.

3.3. A la instancia, debidamente cumplimentada, se acompañará la siguiente documentación:

Uno.-Fotocopia del Documento Nacional de Identidad o documento equivalente acreditativo de la nacionalidad e identidad del aspirante.

Dos.-Justificante original de haber abonado la cantidad de 25 euros en concepto de pago de tasa por formalización del expediente y derechos de examen. La falta de pago de la tasa por derechos de examen determinará la exclusión del aspirante.

El abono de dicha tasa se podrá efectuar por uno de los sistemas siguientes:

-Mediante carta de pago debidamente cumplimentada, para su abono en las entidades bancarias de la Comunidad Foral de Navarra. En la reseña de la convocatoria en Internet, en la dirección más arriba señalada, figura el modelo de carta de pago.

-Mediante ingreso en efectivo, o transferencia bancaria, a la cuenta número 0030 8124 87 0870002271 del Banesto (Banco Español de Crédito), en cuyo caso en el justificante de pago deberán figurar obligatoriamente los siguientes datos:

.Nombre y apellidos del aspirante.

.D.N.I./N.I.F.

.Número de cuenta en la que se efectúa el abono.

.Concepto: Oposiciones.

.Puesto de trabajo objeto de la convocatoria.

Estarán exentos del pago de la tasa:

a) Las personas con discapacidad reconocida, de grado igual o superior al 33 por 100, que acrediten tal condición mediante fotocopia debidamente compulsada del documento expedido por órgano competente.

b) Las personas que figuren inscritas como demandantes de empleo durante el plazo de, al menos, un mes anterior a la fecha de publicación de la convocatoria, siempre que durante el período de inscripción no hayan rechazado oferta de empleo adecuado, ni se hayan negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional, y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional.

Lo relativo a la inscripción como demandante de empleo se acreditará mediante certificación expedida por la Oficina de Empleo que corresponda, en la que se hará constar la fecha de inscripción como demandante y mención expresa de que durante el período de inscripción no se ha rechazado oferta de empleo adecuado, ni ha habido negativa a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional.

La carencia de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional, se acreditará mediante declaración solemne del interesado. En la Oficina de Información del Gobierno de Navarra se facilitará modelo de declaración, pudiendo obtenerse también a través de Internet en la dirección antes señalada.

Tres.-Los aspirantes que soliciten participar en la convocatoria por el turno de promoción y tengan la condición de personal fijo perteneciente a una Administración Pública de Navarra distinta de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, o de personal fijo adscrito a los servicios de la Administración de Justicia transferidos a la Comunidad Foral de Navarra, deberán unir a la instancia, además, certificación acreditativa de los requisitos señalados en el apartado 2.1.2 de esta convocatoria.

3.4. El plazo señalado para la presentación de instancias será improrrogable.

3.5. Los errores materiales o de hecho que se adviertan en la solicitud podrán ser subsanados en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

4.-Admisión de aspirantes y reclamaciones.

4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Director del Servicio de Selección para el Ingreso del Instituto Navarro de Administración Pública, por delegación del Director Gerente del organismo autónomo (Resolución 103/2008, de 26 de junio), dictará Resolución aprobando la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra.

4.2. Los aspirantes excluidos, dentro de los diez días hábiles siguientes al de publicación de la lista provisional en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra, podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que hubieran incurrido.

4.3. Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas éstas, el Director del Servicio de Selección para el Ingreso del Instituto Navarro de Administración Pública, por delegación del Director Gerente del organismo autónomo (Resolución 103/2008, de 26 de junio), dictará Resolución aprobando la lista definitiva de admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra.

4.4. No procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos de exclusión por causa imputable a los aspirantes.

5.-Tribunal calificador.

5.1. El Tribunal calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

-Presidente: Don José Luis Yanguas Urmán, Director del Servicio de Organización y Modernización del Departamento de Presidencia, Justicia e Interior.

-Suplente: Doña Elisa Guallart Domench, Directora del Servicio de Sistemas de Información Corporativos del Departamento de Presidencia, Justicia e Interior.

-Vocal: Don Ángel Labiano Mangado, Jefe de la Sección de Sistemas, Dotaciones e Infraestructuras del Departamento de Presidencia, Justicia e Interior.

-Suplente: Don Roberto Liberal Obanos, Jefe de la Sección de Centro de Soporte del Departamento de Presidencia, Justicia e Interior.

-Vocal: Don José Domingo Server Savall, Director del Servicio de Participación y Atención al Ciudadano del Departamento de Presidencia, Justicia e Interior.

-Suplente: Don Andrés Valentín González, Técnico de Organización del Departamento de Presidencia, Justicia e Interior.

-Vocal: Un representante del personal designado a propuesta de la Comisión de Personal de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

-Suplente: Un representante del personal designado a propuesta de la Comisión de Personal de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

-Vocal-Secretaria: Doña Carolina Delgado Gómez, Directora del Servicio de Modernización de la Administración de Justicia del Departamento de Presidencia, Justicia e Interior.

-Suplente: Doña María Peña Sanz Garrido, Técnico de Organización del Departamento de Presidencia, Justicia e Interior.

El Tribunal deberá constituirse antes de las pruebas selectivas.

5.2. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros.

Para la válida constitución y actuaciones del órgano colegiado se requerirá la presencia del Presidente y del Vocal-Secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan.

5.3. Los miembros del Tribunal calificador deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al órgano convocante, cuando concurran los motivos de abstención previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las aludidas circunstancias.

5.4. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de la convocatoria.

5.5. El Tribunal podrá incorporar asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores colaborarán con el Tribunal limitándose al ejercicio de sus especialidades técnicas.

6.-Desarrollo de la oposición.

6.1. La oposición dará comienzo en el mes de abril de 2009. En la misma Resolución aprobatoria de la lista definitiva de admitidos y excluidos se determinarán el lugar, fecha y hora del comienzo de las pruebas.

Posteriormente, el Tribunal publicará oportunamente los sucesivos anuncios de celebración de las restantes pruebas en la forma reglamentaria.

6.2. La oposición constará de los siguientes ejercicios:

Primer ejercicio: De carácter teórico-práctico, consistirá en desarrollar y resolver por escrito, las cuestiones y los supuestos específicos que el Tribunal proponga sobre la materia comprendida en las partes primera a octava del temario (ambas incluidas). El tiempo máximo para su realización será de cuatro horas.

Segundo ejercicio: De carácter teórico, consistirá en desarrollar por escrito un único tema a elegir por los opositores entre los dos que el Tribunal escoja al azar entre la materia comprendida en las partes segunda, quinta, séptima y octava del temario. El tiempo máximo para su realización será de dos horas.

Tercer ejercicio: De carácter teórico-práctico, consistirá en el análisis completo de un caso organizativo, la redacción de su planteamiento, la posible solución y la resolución de diferentes cuestiones que se planteen sobre la materia comprendida en las partes primera a octava del temario (ambas incluidas). El tiempo máximo para su realización será de cuatro horas.

Cuarto ejercicio: De carácter teórico, consistirá en desarrollar por escrito un tema a elegir por los opositores entre los dos que el Tribunal escoja al azar de la parte novena del temario. El tiempo máximo para su realización será de una hora.

6.3. La valoración de los ejercicios de la oposición podrá alcanzar un máximo de 100 puntos, distribuidos del siguiente modo:

Primer ejercicio: Hasta un máximo de 25 puntos.

Segundo ejercicio: Hasta un máximo de 25 puntos.

Tercer ejercicio: Hasta un máximo de 45 puntos.

Cuarto ejercicio: Hasta un máximo de 5 puntos.

6.4. Los ejercicios de la oposición serán eliminatorios. Quedarán eliminados los aspirantes que no obtengan, al menos, la mitad de la puntuación asignada a cada uno de los ejercicios primero, segundo, tercero y cuarto.

6.5. Todos los ejercicios se llevarán a cabo por el sistema de plicas.

6.6. Concluida la calificación de cada ejercicio, el Tribunal publicará, en el lugar de su celebración y en el Tablón de Anuncios del Gobierno de Navarra, la lista de aspirantes aprobados con las calificaciones obtenidas y, asimismo, el lugar, fecha y hora de celebración del siguiente ejercicio de la oposición, con una antelación mínima de 48 horas. La relación mencionada podrá ser consultada, asimismo, a través de Internet, en la dirección www.navarra.es, desde la reseña de la convocatoria en "Catálogo de Servicios", "Empleo Público".

6.7. La convocatoria para cada ejercicio será mediante llamamiento único, al que los aspirantes deberán acudir provistos del Documento Nacional de Identidad, pasaporte, permiso de conducir u otro documento de identificación que el Tribunal considere suficiente. Quedarán excluidos de la oposición los aspirantes que no comparezcan o no acrediten su personalidad mediante alguno de los documentos citados.

6.8. Durante el desarrollo de las pruebas selectivas se establecerán, para los aspirantes con discapacidad reconocida que lo hubieran solicitado en la instancia, las adaptaciones posibles y necesarias de tiempos y medios para su realización.

7.-Relación de aprobados, propuesta de nombramiento y presentación de documentos.

7.1. Terminada la calificación del último ejercicio, el Tribunal publicará en el lugar de su celebración y en el Tablón de Anuncios del Gobierno de Navarra la relación de aprobados con las calificaciones obtenidas en la oposición y elevará al Director Gerente del Instituto Navarro de Administración Pública, junto con el expediente completo, dicha relación y la propuesta de nombramiento en favor de los aspirantes aprobados con mayor puntuación que tengan cabida en el número de plazas convocadas. La referida propuesta se publicará en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra. La relación mencionada podrá ser consultada, asimismo, a través de Internet, en la dirección www.navarra.es, desde la reseña de la convocatoria en "Catálogo de Servicios", "Empleo Público".

Los empates que se produzcan se dirimirán en favor de quienes obtengan mayor puntuación en el tercer ejercicio; y de persistir se tomarán en consideración, sucesivamente y por su orden, las puntuaciones obtenidas en los restantes ejercicios.

7.2. Dentro de los treinta días naturales siguientes al de publicación en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra de la propuesta de nombramiento, los aspirantes propuestos deberán aportar al Servicio de Selección para el Ingreso del Instituto Navarro de Administración Pública, previa retirada, en todo caso, de los impresos preparados al efecto en las dependencias de dicho Servicio, los siguientes documentos:

7.2.1. Aspirantes que no tengan la condición de personal fijo al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos:

a) Dos fotocopias compulsadas del Documento Nacional de Identidad o documento equivalente acreditativo de la nacionalidad e identidad del aspirante.

b) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2.1.1.c) de la convocatoria o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención, o, en su caso, certificación de estar en condiciones de obtenerlo dentro del plazo de presentación de instancias.

c) Informe expedido por la Sección de Prevención de Riesgos Laborales que corresponda, justificativo de no padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que imposibilite el ejercicio de las funciones propias del cargo.

Los aspirantes que hubieran alegado discapacidad, deberán aportar, además, acreditación de la compatibilidad de la misma con el puesto de trabajo objeto de la convocatoria, extendida por los equipos de valoración y orientación competentes.

d) Declaración jurada o solemne de no hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y de no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

Los aspirantes propuestos que no tengan la nacionalidad española, deberán presentar declaración jurada de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

e) Juramento o promesa de respetar el Régimen Foral de Navarra, de acatar la Constitución y las Leyes, y de cumplir fielmente las obligaciones propias del cargo.

Los aspirantes que tengan la condición de personal fijo de Administración Pública de Navarra distinta de la convocante, o de personal fijo adscrito a los servicios de la Administración de Justicia transferidos a la Comunidad Foral de Navarra, deberán aportar, además, certificación acreditativa de cuantas circunstancias y antecedentes consten en el expediente personal de su Administración anterior, relativas al ingreso, antigüedad, nivel, situaciones administrativas, etc.

7.2.2. Aspirantes que tengan la condición de personal fijo de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos:

a) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2.1.1.c) de la convocatoria o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención, o, en su caso, certificación de estar en condiciones de obtenerlo dentro del plazo de presentación de instancias.

Los aspirantes que hubieran alegado una discapacidad deberán aportar, además, acreditación de la compatibilidad de la misma con el puesto de trabajo objeto de convocatoria, extendida por los equipos de valoración y orientación competentes.

7.3. Quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor suficientemente justificados, no presenten dichos documentos, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia.

7.4. En el caso previsto en el apartado anterior, el Director Gerente del Instituto Navarro de Administración Pública cubrirá la baja con el aspirante incluido inmediatamente a continuación en la relación de aprobados a que se refiere el apartado 7.1, procediéndose con el mismo en la forma señalada en los apartados anteriores.

7.5. Cualquier otra documentación que, no constituyendo acreditación de requisitos y condiciones, sea requerida por la Dirección General de Función Pública para el ejercicio de sus atribuciones, será solicitada al aspirante propuesto y aportada por éste en la forma establecida en la base 7.2. de esta convocatoria.

8.-Elección de vacantes.

8.1. Los aspirantes que cumplan lo dispuesto en la base anterior, comunicarán, en el plazo que a tal efecto les señale el Instituto Navarro de Administración Pública (INAP), su preferencia por las vacantes del puesto de trabajo convocadas o aquellas que les sustituyan en atención a las necesidades del servicio y les sean puestas de manifiesto.

8.2. Los aspirantes que superen las pruebas selectivas por el turno de promoción tendrán, con la excepción contemplada en el párrafo segundo del apartado 8.3, preferencia para elegir las vacantes objeto de convocatoria sobre los aspirantes que no procedan de este turno.

8.3. Los aspirantes con discapacidad reconocida de grado igual o superior al 33 por 100 tendrán preferencia en la elección de vacantes sobre los aspirantes del turno libre.

No obstante lo anterior, en el caso de que haya aspirantes con la discapacidad mencionada y ésta influya en las condiciones de desempeño de las distintas vacantes, con carácter previo a la elección se les adjudicarán las que resulten más acordes con su discapacidad, a la vista del informe que emita al respecto el equipo de valoración y orientación competente.

9.-Nombramiento, adjudicación de vacantes y toma de posesión.

9.1. El Director General de Función Pública nombrará funcionarios de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, para desempeñar el puesto de trabajo de Técnico Superior en Organización y adjudicará las vacantes, mediante Resolución, a los aspirantes que den cumplimiento a lo establecido en las bases anteriores.

9.2. El nombramiento y toma de posesión conferirán a los designados el carácter de funcionarios de nómina y plantilla, con todos los derechos y deberes que señalen las disposiciones vigentes en materia del personal funcionario de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y serán afiliados y dados de alta en el Régimen General de la Seguridad Social bajo la acción protectora prevista en el referido régimen.

No obstante lo anterior, por aplicación de lo dispuesto en la Disposición Adicional Novena, punto 3, del Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, en el supuesto de que estén ya afiliados al régimen de derechos pasivos de cualquier Montepío de las Administraciones Públicas de Navarra, podrán optar por mantenerse en el Montepío de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, acogidos al régimen de derechos pasivos regulado por la Ley Foral 10/2003, de 5 de marzo, o por afiliarse al Régimen General de la Seguridad Social.

9.3. Los aspirantes nombrados tendrán el deber de residir en el lugar de su destino, a cuyo efecto fijarán efectivamente su domicilio en el respectivo término municipal. El destino podrá ser variado por los órganos administrativos competentes, de conformidad con lo dispuesto en la normativa aplicable.

9.4. El régimen de jornada de trabajo se adaptará a las necesidades del servicio, pudiendo ser modificado en cualquier momento por los órganos administrativos competentes, de conformidad con lo dispuesto en la normativa aplicable.

9.5. El nombramiento se publicará en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra y los aspirantes nombrados deberán tomar posesión en el plazo de un mes, a contar desde la notificación del nombramiento.

Quienes dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerza mayor, no tomen posesión, perderán todos sus derechos para la adquisición de la condición de funcionario de la Administración de la Comunidad Foral. En tal supuesto, se estará a lo establecido en el apartado 7.4 de la convocatoria.

9.6. En el caso de aspirantes que adquieran la condición de funcionario y, sin el desempeño efectivo del puesto de trabajo, sean declarados, a petición suya, en situación de excedencia voluntaria con efectos desde el mismo día de la toma de posesión, por encontrarse en esa fecha prestando servicios en otra Administración Pública, la correspondiente vacante se cubrirá igualmente, según lo dispuesto en el mencionado apartado 7.4 de la convocatoria.

9.7. En los supuestos previstos en los dos apartados anteriores no se modificará la elección de vacantes realizada con carácter previo al nombramiento, adjudicándose directamente a los nuevos funcionarios las plazas resultantes de dichas situaciones.

10.-Listas de aspirantes a la contratación temporal.

10.1. De conformidad con lo establecido en el artículo 42 del Reglamento de Ingreso en las Administraciones Públicas de Navarra, en la Orden Foral 146/2005, de 14 de noviembre, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se aprueban normas de gestión para la provisión temporal de puestos de trabajo y con el procedimiento establecido en la presente base, se constituirán las siguientes listas de aspirantes a la contratación temporal:

a) Lista de aprobados sin plaza en el procedimiento selectivo de ingreso, común para todos los Departamentos de la Administración de la Comunidad Foral y organismos autónomos.

b) Lista de aspirantes que hayan superado el penúltimo ejercicio del procedimiento selectivo y no hayan resultado aprobados sin plaza, para su contratación temporal en el ámbito de Administración Núcleo.

10.2. Recibido el expediente del Tribunal Calificador, por Resolución del Director General de Función Pública se concederá a los aprobados sin plaza del procedimiento selectivo de ingreso, así como a los aspirantes que hayan superado el penúltimo ejercicio establecido en esta convocatoria, un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de dicha Resolución, para presentar la documentación que se indica a continuación:

-Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2.1.1.c) de la convocatoria, del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención o certificación de estar en condiciones de obtenerlo dentro del plazo de presentación de instancias de participación en el procedimiento de ingreso.

Dicha Resolución se publicará en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra, y los listados del personal afectado, en el Tablón de Anuncios del Gobierno de Navarra (Avenida de Carlos III, número 2, vestíbulo, de Pamplona).

Quienes dentro del plazo indicado no presenten los documentos requeridos, salvo los casos de fuerza mayor suficientemente justificados, así como quienes no cumplan los requisitos exigidos, no serán incluidos en las listas de aspirantes a la contratación temporal y decaerán de todos los derechos que pudieran derivarse de su participación en la convocatoria de ingreso, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia de participación.

10.3. El cumplimiento de los requisitos exigidos se entenderá referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes del procedimiento de ingreso, debiendo mantenerse durante el mismo y durante el periodo de contratación.

10.4. Finalizado el plazo de presentación de documentación, por Resolución del Director General de Función Pública, se aprobarán, en su caso, las listas de aspirantes a la contratación temporal, que se publicarán en el Tablón de Anuncios del Gobierno de Navarra (Avenida Carlos III, número 2, vestíbulo, de Pamplona).

10.5. El orden de los aspirantes en las listas de contratación temporal vendrá determinado, para los aprobados sin plaza, por la mayor puntuación obtenida en el proceso selectivo de ingreso y, para el resto de aspirantes, por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios superados. Los empates que se produzcan se dirimirán de acuerdo con los criterios de desempate establecidos en esta convocatoria.

11.-Recursos.

Contra los actos y resoluciones emanados del Tribunal calificador podrá interponerse recurso de alzada ante el Director Gerente del Instituto Navarro de Administración Pública, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación o notificación del acto recurrido.

Contra la convocatoria, sus bases y los actos de aplicación de las mismas que no emanen del Tribunal calificador, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación o notificación del acto recurrido.

Todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, y en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Pamplona, 17 de octubre de 2008.-El Director Gerente del Instituto Navarro de Administración Pública, Ignacio Bandrés Urriza.

ANEXO I

Solicitud

Gobierno de Navarra. Departamento de Presidencia, Justicia e Interior. Instituto Navarro de Administración Pública.

Don/doña ........................................., mayor de edad, provisto/a de Documento Nacional de Identidad número ................... (o carta de identidad equivalente) y nacido/a el día ......... de .................... de ......., natural de ........................, ( .......... ), nacionalidad ...................., con domicilio actual en ................ ( ............ ) calle ............................, código postal ..............., teléfono .............., teléfono trabajo ........................

Expone:

Que solicita ser admitido/a a la convocatoria para la provisión, mediante ................................, de ............ plazas del puesto de trabajo de ......................................., al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, publicada en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra número ........., de fecha .........................., en el turno que se indica:

f Turno libre.

f Turno promoción.(*)

f Turno de reserva para discapacitados.(*)

Que, para el caso de que no apruebe las pruebas selectivas, solicita optar a la provisión temporal de plazas en uno de los siguientes ámbitos (de acuerdo con lo dispuesto en la Base 1 de la convocatoria):

f Administración Núcleo.

f Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.(*)

f Agencia Navarra para la Dependencia.(*)

Que no padece enfermedad ni defecto físico o psíquico que le incapacite para el ejercicio del cargo.

Que no está incurso/a en ninguna de las incapacidades establecidas en las disposiciones vigentes.

Que no ha sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Administración Pública, ni está inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

Que está en posesión de la titulación exigida en la convocatoria.

Que ha abonado los derechos de examen en los términos establecidos en la convocatoria y se acompaña el correspondiente resguardo, o acredita, mediante documentación adjunta, supuesto de excepción de pago.

Que reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos, referidos a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de solicitudes.

f Que solicita las adaptaciones de tiempos y medios que se señalan en folio aparte, por su condición de discapacitado.

f Que aporta documentación acreditativa de la condición de discapacitado, expedida por organismo competente.

f Que aporta certificado de aptitud en vascuence o titulación reconocida oficialmente como equivalente.(*)

f Que solicita realizar prueba de conocimiento de vascuence.(*)

f Que solicita realizar las pruebas de suficiencia en el conocimiento de francés e inglés.(*)

Por lo expuesto,

Solicita la admisión de la presente solicitud y la participación en la convocatoria referida.

Pamplona,................ de .......... de 200 .......

(Firma)

(*) Únicamente cuando proceda.

ANEXO II

Temario

Parte primera

Teoría de la Organización y Administración Pública.

1.-Teoría de la Organización y Administración Pública. Dimensiones y elementos de las organizaciones públicas.

2.-Elementos básicos de las estructuras administrativas: Las dimensiones básicas de una estructura organizativa. Creación. Disfunciones. Modelos alternativos. El esquema conceptual de Mintzberg.

3.-La organización de los empleados públicos: Características generales. Política, gestión y administración de personal. Factores críticos e indicadores. Estrategias de motivación.

4.-Las funciones y los procesos administrativos: Funciones básicas de las administraciones públicas. Análisis de funciones. Los procesos administrativos: Análisis y racionalización, Representación gráfica y soporte documental. Manuales de procedimiento.

5.-Las organizaciones públicas como prestadoras de servicios y los nuevos paradigmas de la gestión pública. Elementos básicos del enfoque de servucción. El enfoque de la gestión operativa de servicios. La externalización de servicios. Producción de servicios y nuevos paradigmas de la gestión pública.

6.-La organización informal y el conflicto en las organizaciones públicas. Las organizaciones como sistemas políticos. Redes de poder en las organizaciones públicas. Conflictos. La organización informal.

7.-La cultura organizativa de la Administración Pública: Enfoques y conceptos de cultura organizativa. Características y elementos. Cultura organizativa y cambio.

8.-Los sistemas de control y de información en las organizaciones públicas: Las dimensiones del control en la Administración Pública. Control de gestión y cuadros de dirección. El control sobre las dimensiones organizativas.

9.-El cambio organizativo: el ciclo vital de las organizaciones públicas. Modelos de ciclos vitales. El movimiento pendular de las organizaciones. Modelos interpretativos del cambio organizativo.

10.-Estrategias de mejora organizativa: Los agentes del cambio. Macro estrategias de cambios: los procesos de modernización administrativa. Micro estrategias de cambio: el método de la auditoría operativa.

Parte segunda

Dirección y gestión de proyectos.

1.-Introducción a la dirección y gestión de proyectos: Tipos de proyectos. Dimensiones.

2.-Fases de un proyecto: Detección de oportunidades. Preparación de la oferta. Presentación y adjudicación. Ejecución de los trabajos. Cierre.

3.-Gestión y Dirección: Dirección, gestión, administración y participación. Gestión estratégica, administrativa y operativa. El encanto de la gestión.

4.-Detección de oportunidades.

5.-Cliente, mercado y producto.

6.-Oportunidades Comerciales.

7.-Concursos: Objetivos. Publicidad. Pliego. Ventajas y desventajas. Los concursos.

8.-Evaluación del proyecto.

9.-Estimación del coste y el precio del proyecto. Análisis del trabajo a realizar. Esfuerzo requerido. Otros costes y gastos. Presupuesto y precio de venta del proyecto.

10.-Planificación temporal del Proyecto: Técnicas de planificación. Técnicas PERT.

11.-Plan financiero del Proyecto.

12.-Preparación de ofertas.

13.-Seguimiento del Proyecto: Lanzamiento, organización y acopio de recursos. Intercambio de información.

14.-Las reuniones: Convocatoria y desarrollo.

15.-El día a día de la gestión del proyecto: Estado de las acciones. Avance técnico y económico. Informe de situación del proyecto.

16.-Los productos: Documentación. Productos generados.

17.-Cambios al alcance del proyecto: Propuesta motivada. Análisis y evaluación. Autorización o rechazo. Implantación y seguimiento. Registro del estado de los cambios.

18.-Otras actividades. Conflictos interpersonales. Interfaces del proyecto. Decisiones.

19.-Cierre del proyecto.

20.-Aceptación.

21.-Informe de cierre de proyecto: Balance. Resumen de cierre de proyecto. Documentación generada.

22.-Indicadores objetivos del resultado del proyecto: Económicos. Financieros. Ocupación habitual. Gestión.

23.-La gestión en el tercer milenio.

Parte tercera

Administración por objetivos.

1.-Administración en perspectiva: Introducción. El papel de la administración. Funciones y actividades clave.

2.-Un panorama conceptual: Administración por objetivos. La evolución de la APO. La APO como un sistema. El lenguaje de la APO.

3.-Metas y objetivos: El papel de la alta gerencia. Metas de largo alcance y planes estratégicos. Metas organizacionales específicas. Objetivos departamentales.

4.-Objetivos laborales individuales: La naturaleza de los objetivos laborales. El proceso del establecimiento de objetivos laborales. Directrices.

5.-La planeación de la acción: La necesidad de planes de acción. Desarrollo de un plan de acción. La responsabilidad de la administración. Aclaración de la autoridad.

6.-Implantación y autocontrol: Control gerencial a través del autocontrol. Necesidades y motivos humanos. Administración de la motivación. La participación en los sistemas de APO.

7.-Revisión y evaluación: La necesidad de evaluación del desempeño. La revisión periódica de la APO: evaluación del proceso. La revisión individual: evaluación del desempeño global. Problemas y consecuencias.

8.-Relaciones Clave: Entrenamiento y autodesarrollo del Gerente. Compensación del Gerente. Planeación de carrera y de mano de obra.

9.-Instalación del sistema de APO: Algunos problemas prácticos. La gerencia en el cambio. Enfoques tradicionales: estudio de un caso. Conclusiones.

Parte cuarta

La gestión de la calidad total en la Administración Pública.

1.-El conocimiento y su gestión en el Sector Público: Las etapas del desarrollo: cambio material y cambio social. La incidencia de los factores de la producción. El concepto y el papel de la tecnología. La dimensión de las Administraciones Públicas; causas.

2.-La función de administrar: Aportaciones al arte de la administración. F.W. Taylor: la revolución mental y la pluralidad de mando. H. Fayol y la contingencia. E. Mayo y las relaciones humanas. W. Weber y la burocracia. El conductismo. La cultura de la Administración Pública. Las peculiaridades de lo público. La teoría de la elección pública.

3.-La estructura de las organizaciones: El concepto de organización. El diseño y los tipos de estructuras organizativas. La estructura organizativa y la contingencia.

4.-El concepto de calidad: ¿Qué es la calidad? Calidad, ¿Para quién?: Calidad percibida, producida y realizada.

5.-Los servicios y los procesos: Los servicios y la servucción. Las diferencias entre servicios y productos físicos. ¿Qué hay detrás de la prestación de un servicio?: Los procesos.

6.-El modelo de Gestión de la Calidad Total (GCT). Concepto de organización según GCT. ¿Qué es la GCT? La GCT y la cultura de la organización. Las bases de la cultura GCT, los 14 puntos de Deming.

7.-La mejora continua: el ciclo de Shewhart. Las etapas para alcanzar la excelencia: Control, aseguramiento y Gestión de la Calidad Total. Procedencia de la GCT.

8.-Experiencia de implantación de la GCT en Administraciones Públicas: Origen de la GCT. Tendencias en la mejora de los servicios públicos. Iniciativas de implantación de la CGT en la Administración Pública. Benchmarking. Su adaptación al marco público. La Administración Pública española y la GCT.

9.-El diagnóstico: ¿Qué es diagnosticar? Los premios a la calidad como instrumento de diagnóstico. Características de la Administración Pública según la EFQM.

10.-Los premios a la calidad: El Premio europeo a la calidad en el sector público. Procedimientos de evaluación. El Premio Presidente.

11.-El aseguramiento y el control de la calidad: Las normas. Los modelos de calidad ISO. ¿Cómo elegir el más apropiado? Las normas ISO 9004. ¿Son similares el modelo de excelencia de la EFQM y el de las normas ISO?

12.-Los deseos del ciudadano: Deseos del ciudadano y Administración Pública. ¿Cómo conocer los deseos del ciudadano? Las encuestas y su confección. Las quejas. El sistema de información.

13.-Planificar la calidad: Prever y planificar. Aspectos generales. El proceso de planificación. Los objetivos de calidad y su despliegue.

14.-La calidad percibida y las cartas de servicios: Las dimensiones o atributos principales de la calidad percibida. Las cartas de servicios al ciudadano. ¿Cómo medir? ¿Qué índices utilizar?.

15.-Los procesos y la Administración Pública: Concepto de proceso. Diseño de procesos. Capacidad de proceso y estado de control. Tipos de procesos.

16.-Las Normas: Normas. Estándares e índices. Redacción y papel de las normas. La Administración Pública y los procesos. El problema del "empowerment".

17.-Implantación de GCT en la Administración Pública: ¿Es posible implantarla? Viabilidad de la GCT en la Administración Pública. Como convencer a la Dirección. Los niveles e instituciones de la GCT. Etapas de implantación.

18.-Herramientas para la Calidad: ¿Qué es una herramienta? Las herramientas de Kaizen. Las siete herramientas estadísticas. Las siete nuevas herramientas. Otras herramientas.

Parte quinta

La organización en la era de la información.

1.-Tareas y procesos de negocio: Tareas. Procesos de negocio. Identificación de los procesos de una empresa.

2.-El sistema de valor: Diagramas de flujos de procesos.

3.-La innovación de procesos: Motores del cambio. Objetivos perseguidos. El proceso de cambio.

4.-La innovación radical y la reingeniería de procesos: Innovación. Identificación de procesos a innovar. Las palancas del cambio; Tecnología. La visión del nuevo proceso. Diseño del nuevo proceso; prototipo. Herramientas para la reingeniería de procesos. Implicaciones para la gestión.

5.-Los cambios estructurales debidos a las Tecnologías de la Información: El marco conceptual. Sistemas interorganizacionales simples.

6.-Los mercados electrónicos: Productos homogéneos. Productos diferenciados. Cooperación estratégica. Implicaciones organizativas.

7.-Cambio y aprendizaje: Como innovar: radicalidad y aprendizaje. Tipos de mejora en contexto. Implicaciones.

8.-La implantación del cambio: Enfoques para la implantación de programas de cambio. Marco conceptual.

9.-Formas organizativas de las unidades de negocio: Unidades laterales frente a unidades funcionales. Otras formas de organización.

10.-La organización del trabajo: La involucración. El trabajo en equipo y los equipos de trabajo.

11.-La coordinación del trabajo. Modelos organizativos en la era de la información.

Parte sexta

Estrategia y Sistemas de Información.

1.-Los Sistemas de Información en la empresa. Que entendemos por Sistema de Información (SI) de una empresa. El SI y la cadena de valor. El SI y los demás sistemas de la empresa.

2.-El papel de las Tecnologías de la Información (TI).

3.-Las bases de datos como estructura de datos de la empresa: centralización y descentralización. El soporte a la toma de decisiones.

4.-Tecnologías y Sistemas de Información: Implicaciones para la Dirección.

5.-Planificación de TI/SI a partir de la estrategia del negocio. Esquema general del procedimiento. Fases.

6.-Procedimientos de planificación de Sistemas de Información en paralelo con la estrategia de negocio: Implicaciones para la Dirección.

7.-Planificación de Sistemas de Información a nivel corporativo: Fundamentos conceptuales.

8.-Implantación de la estrategia corporativa: Implicaciones organizativas.

9.-Planificación de Sistemas de Información a nivel corporativo: Implicaciones para la Dirección.

Parte séptima

Gestión del conocimiento.

1.-La empresa del tercer milenio. Impacto de las tecnologías de la información. El valor del líder. Impacto de la cultura corporativa. El perfil de la empresa del tercer milenio.

2.-La aparición del capital intelectual: Componentes e Importancia.

3.-El "Know-How".

4.-Los conocimientos asociados con el trabajo. Conocimientos tácitos. Conocimientos explícitos. Conocimientos implícitos. Sistemas expertos.

5.-Planificación de auditorías de Capital intelectual. Fases.

6.-Gestión del Capital intelectual. Identificación. Política. Auditoría.

7.-Bases de conocimientos de Capital intelectual. Diseño. Formación. Crecimiento y renovación. Equipos de gestión.

8.-Gestión del Conocimiento y Memoria corporativa. Conocimiento versus información.

9.-La ampliación de la base del activo del conocimiento en una organización.

10.-Valoración del capital intelectual. Motivos.

Parte octava

Cuadro de mando.

1.-La medición y la gestión en la era de la información. La competencia en la era de la información. El modelo tradicional de la contabilidad financiera. El cuadro de mando integral.

2.-¿Por qué necesitan las empresas un Cuadro de Mando Integral?: Los indicadores financieros. El cuadro de mando integral. La vinculación de los indicadores para formar una sola estrategia. La unidad organizativa para un cuadro de mando integral.

3.-La perspectiva financiera: Cómo vincular los objetivos financieros con la estrategia de la unidad de negocio.

4.-La perspectiva del cliente. Segmentación del mercado. Tiempo, calidad y precio.

5.-La perspectiva del proceso interno. La cadena de valor de proceso interno.

6.-La perspectiva de aprendizaje y crecimiento. Las capacidades de los empleados. Indicadores clave sobre los empleados. Perfeccionamiento de la plantilla. Las capacidades de los sistemas de información. Motivación, delegación de poder y coherencia de objetivos.

7.-La vinculación de los indicadores del Cuadro de Mando Integral con su estrategia.

8.-Estructura y Estrategia: La unidad de negocio frente a la estrategia de la corporación. Temas y funciones corporativas. Empresas conjuntas y alianzas. Las empresas gubernamentales y sin ánimo de lucro.

9.-Conseguir alcanzar la alineación estratégica: de arriba hacia abajo. Programas de educación y comunicación. La vinculación del cuadro de mando integral con los objetivos personales y del equipo. La vinculación de los sistemas de incentivos.

10.-Metas, asignación de recursos, iniciativas y presupuestos. Establecer las metas. Identificación de las iniciativas estratégicas.

11.-El "feedback" y el proceso de formación estratégica. De las órdenes y el control a la formación estratégica. Hacia un proceso de aprendizaje estratégico. El "feedback" estratégico. El equipo de solución de problemas.

12.-La implantación de un programa de gestión del Cuadro de Mando Integral. El lanzamiento del programa del cuadro de mando integral. La dinámica: movilizar a la organización. La construcción de un sistema de gestión integrada.

Parte novena

Normativa.

Tema 1.-La Constitución Española de 1978: Los poderes del Estado. La Corona. Las Cortes Generales. El Gobierno y la Administración. El poder judicial en la Constitución.

Tema 2.-Las fuentes del Derecho Público: las leyes y sus clases. Decretos-leyes. El Decreto Foral Legislativo. Los tratados internacionales.

Tema 3.-Las fuentes del Derecho Administrativo: el reglamento y la potestad reglamentaria. Clases de reglamentos. Los límites de la potestad reglamentaria y su control.

Tema 4.-El acto administrativo (I): Concepto, clases y elementos.

Tema 5.-El acto administrativo (II): Requisitos, eficacia, nulidad y anulabilidad de los actos administrativos.

Tema 6.-El procedimiento administrativo común (I): Concepto y naturaleza. Iniciación, ordenación, instrucción y terminación.

Tema 7.-El procedimiento administrativo común (II): Recursos administrativos: Principios generales y clases.

Tema 8.-El Parlamento o Cortes de Navarra: Composición, organización y funciones.

Tema 9.-La Ley Foral del Gobierno de Navarra y de su Presidente.

Tema 10.-La Ley Foral de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

Tema 11.-El Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral de Navarra. La Cámara de Comptos. El Consejo de Navarra.

Tema 12.-El Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra (I): Clases de personal. La selección de los funcionarios públicos. La adquisición y pérdida de la condición de funcionario.

Tema 13.-El Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra (II): La carrera administrativa. Las situaciones administrativas. La provisión de puestos de trabajo. Retribuciones.

Tema 14.-La Hacienda Pública de Navarra. Derechos y obligaciones de la Hacienda Pública de Navarra. Los Presupuestos Generales de Navarra: Contenido y aprobación; clasificación económica de los gastos; ejecución y liquidación.

Tema 15.-La Ley Foral 6/2006, de 9 de junio, de Contratos Públicos: ámbito de aplicación. Definición de los contratos sometidos a la Ley Foral 6/2006. Clasificación de los contratos de las Administraciones Públicas. Régimen jurídico. Disposiciones generales sobre adjudicación, perfección, formalización, ejecución, modificación, extinción e invalidez de los contratos.

Tema 16.-La Ley Foral 11/2007, de 4 de abril, para la Implantación de la Administración Electrónica en la Administración de la Comunidad Foral.

Nota.-Todas las materias se exigirán conforme a la legislación vigente a la fecha de la publicación en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra de la presente convocatoria, sin perjuicio de que el Tribunal pueda valorar adicionalmente la aportación de las modificaciones normativas que hubieran sido aprobadas con posterioridad a dicha fecha.

Código del anuncio: F0815854