BOLETÍN Nº 111 - 10 de septiembre de 2008

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

1.3. OTRAS DISPOSICIONES

1.3.6. Otros

RESOLUCIÓN 350/2008, de 4 de agosto, del Director del Servicio de Calidad Ambiental, por la que se concede la Autorización de Afecciones Ambientales para el Proyecto de Reforma y Cesión de Línea Aérea y nuevo C.T. "Olagorría número 180428100" en Artajona (Navarra), promovido por S.A.T. número 660 NA Olagorria.

El proyecto se incluye en el Anexo 2C, apartado I del Decreto Foral 93/2006, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo, de Intervención para la Protección Ambiental, por lo que se someten, conjuntamente, al régimen de Autorización de Afecciones Ambientales.

Con fecha 16 de junio de 2008 tuvo entrada en el Servicio de Calidad Ambiental la solicitud de Autorización de Afecciones Ambientales de la propuesta arriba citada.

La actuación consiste en la construcción de un centro de transformación de superficie y la adecuación de la línea eléctrica a 13,2 Kv. que alimentará dicho C.T., para su posterior cesión a Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U.

El Decreto Foral 93/2006, de 28 de diciembre, establece en el artículo 28 que el Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda resolverá motivadamente sobre el otorgamiento o la denegación de la Autorización de Afecciones Ambientales en el plazo de cuatro meses desde la presentación de la solicitud.

El artículo 31.2 de dicho Decreto Foral 93/2006, de 28 de diciembre, establece que la Autorización de Afecciones Ambientales integrará la correspondiente de actividades autorizables en suelo no urbanizable, teniendo los efectos que se establecen en el artículo 117 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

Vistos los informes que figuran en el expediente, y en virtud de las competencias atribuidas en el artículo 28.1 de la indicada Ley Foral 4/2005, que me han sido delegadas por Orden Foral 426/2007, de 10 de octubre, de la Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente,

RESUELVO:

1.º Conceder Autorización de Afecciones Ambientales para el Proyecto de Reforma y Cesión de Línea Aérea y nuevo C.T. "Olagorría número 180428100" en Artajona (Navarra), promovido por S.A.T. número 660 NA Olagorria.

2.º La validez de la presente Autorización estará sujeta al cumplimiento de las siguientes condiciones:

-Los seccionadores en el nuevo apoyo de conversión aérea-subterránea y los que se instalen en el inicio y final de la línea aérea deberán colocarse en posición suspendida.

-Los puentes flojos y los enlaces entre el conductor de línea y los seccionadores y entre estos y los pararrayos autoválvulas en el apoyo de entronque aéreo-subterráneo, deberán cubrirse en su totalidad con material aislante adecuado para trabajos en alta tensión y protección de la avifauna.

-Los puentes flojos de enlace a los seccionadores en el inicio y final de la línea aérea que se va a modificar deberán protegerse en su totalidad con material aislante adecuado para trabajos en alta tensión y protección de la avifauna.

-Respecto a las infraestructuras y servidumbres que pudieran quedar afectadas por la ejecución del proyecto, el promotor se proveerá, de modo previo a la ejecución de las obras, de cuantas autorizaciones fueran precisas de los organismos competentes en razón de la materia de que se trate.

-Al finalizar la obra se hará una rigurosa limpieza de la zona. Todos los residuos y materiales de desecho y no reutilizables se transportarán a vertedero autorizado y aquellos materiales sobrantes que, por su naturaleza, puedan ser reciclados se transportarán a centro de tratamiento de residuos.

3.º La Autorización de Afecciones Ambientales del proyecto estará supeditada a la constitución de una fianza por importe de 2000 euros para garantizar la reparación o minimización de daños que pudieran ocasionarse por la actividad autorizada, de acuerdo con lo previsto en el artículo 36 del Decreto Foral 93/2006, de 28 de diciembre.

Se deberá disponer del justificante de depósito de la fianza para su presentación a la autoridad inspectora durante las obras.

4.º Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, los interesados en el expediente, que no sean Administraciones Públicas, podrán interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes.

Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la presente Resolución.

5.º Publicar esta Resolución en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra a los efectos de Autorización de Afecciones Ambientales.

6.º Trasladar la presente Resolución al Servicio de Calidad Ambiental, al Guarderío Forestal, al Ayuntamiento de Artajona y al interesado, a los efectos oportunos.

Pamplona, 4 de agosto de 2008.-El Director del Servicio de Calidad Ambiental, Pedro Zuazo Onagoitia.

Código del anuncio: F0812275