II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA
2.1. ORDENANZAS Y OTRAS DISPOSICIONES GENERALES
MURILLO EL FRUTO
Aprobación definitiva de modificación de Ordenanza
El Pleno del Ayuntamiento de Murillo el Fruto, en sesión celebrada el día veintitrés de febrero de 2007, adoptó el acuerdo de aprobación inicial de la modificación de la Ordenanza Municipal reguladora de los aprovechamientos comunales (publicado en el BOLETIN OFICIAL de Navarra número 61, de fecha 16 de mayo de 2007).
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 325 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, modificado por la Ley Foral 15/2002, de 31 de mayo y transcurrido el plazo de exposición pública sin que se hayan producido alegaciones, se procede a la aprobación definitiva de la modificación de dicha Ordenanza, disponiendo su publicación a los efectos pertinentes.
ORDENANZA REGULADORA DE LOS APROVECHAMIENTOS COMUNALES
Se mantiene íntegramente el texto de la misma, publicado en el BOLETIN OFICIAL de Navarra número 139, de 31 de octubre de 2003, salvo su artículo 15, que queda redactado como sigue:
"Artículo 15. Con carácter general, serán beneficiarias de los aprovechamientos comunales las unidades familiares cuyo titular cumpla los siguientes requisitos:
a) Ser mayor de edad o menor emancipado o judicialmente habilitado.
b) Estar inscrito como vecino en el Padrón Municipal de Habitantes con una antigüedad de dos años.
c) Residir efectiva y continuadamente en Murillo el Fruto al menos durante nueve meses al año.
d) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones fiscales con este Ayuntamiento."
Murillo el Fruto, 25 de junio de 2007
El Alcalde, Javier Garriz Gabari.
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