BOLETÍN Nº 90 - 23 de julio de 2007

VI. PROCEDIMIENTOS JUDICIALES

Juzgado de lo Social número Uno de Pamplona

Cédula de notificación

Rosa María Valencia Ederra, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número Uno de Pamplona.

Hago saber: Que en el procedimiento 0000059/2007 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancias de Juan Jose Ruiz Muñoz contra la empresa Lanean, S.L.L., Apex Maquinaria Industrial, S.L. y el Fogasa, sobre cantidad, se ha dictado Sentencia de 19 de junio de 2007 en cuyo fallo aparece lo siguiente:

Que, estimando íntegramente la demanda de reclamación de cantidad formulada por Juan José Ruiz Muñoz, contra la empresa Lanean, S.L.L. y Apex Maquinaria Industrial, S.L. y el Fondo de Garantía Salarial, debo condenar y condeno a Lanean, S.L.L., a abonar al actor la cantidad de 7392,37 euros, de la que la suma de 6.744,37 euros devengará el interés moratorio del 10 por 100, y debo condenar y condeno a Apex Maquinaria Industrial, S.L., a abonar al actor la suma de 2.232,07 euros, de la que la suma de 2.037,67 devengará el interés moratorio del 10 por 100 y debo condenar y condeno al Fogasa a estar y pasar por el anterior pronunciamiento.

Contra esta sentencia cabe recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, que se anunciará dentro de los cinco días siguientes a su notificación, bastando para ello la manifestación de la parte, de su Abogado o de su representante en el momento de la notificación pudiendo hacerlo también estas personas por comparecencia o por escrito ante este Juzgado en el mismo plazo.

Se acompañará al anuncio justificante de haber ingresado 150,25 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado, cuenta 0030 8025 0000 0000 0000 procedimiento 3158 0000 65 0059 2007 en Banesto sito en la calle Cortes de Navarra, 5 de Pamplona, y justificante de haber ingresado, en operación aparte, aunque en el mismo banco y cuenta, esta vez con número 3158 0000 69 0059 2007, la cantidad objeto de condena.

Esta última cantidad, podrá ser substituida por aval bancario en el que se hará constar la responsabilidad solidaria del avalista.

Al hacer el anuncio, se designará por escrito o por comparecencia, Letrado que dirija el recurso, y si no lo hace, habrá que proceder al nombramiento de oficio, si se trata de trabajador o empresario con beneficio de justicia gratuita, el cual ostentará también la cualidad de representante a menos que él hubiese hecho designación expresa de éste último.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a Lanean, S.L.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Se advierte al destinatario que no se llevará a cabo ninguna otra notificación, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

Pamplona, 22 de junio de 2007
La Secretaria Judicial, Rosa María Valencia Ederra.

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