BOLETÍN Nº 90 - 23 de julio de 2007

II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

2.2. AUTORIDADES Y PERSONAL

2.2.2. Plantilla Orgánica, Oferta Pública de Empleo, oposiciones y concursos

BURLADA

Convocatoria para la provisión, mediante concurso-oposición restringido, de una plaza de Responsable de la Oficina de Atención Ciudadana del Ayuntamiento de Burlada

1._Normas generales

1.1. El objeto de la presente convocatoria pública es la provisión, mediante concurso oposición restringido, previsto en el artículo 15.6 del Decreto Foral Legislativo 251/1993 que aprueba el Estatuto del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, de una plaza de Responsable de la Oficina de Atención Ciudadana del Ayuntamiento de Burlada, adscrita al Departamento de Servicios Generales e identificada en plantilla orgánica con el número 2.1.

1.2. La persona que tras superar las correspondientes pruebas selectivas resulte nombrada para cubrir la plaza convocada, será encuadrada en el nivel C y percibirá las retribuciones fijadas con carácter general para dicho nivel en el Reglamento Provisional de Retribuciones, aprobado por Decreto Foral 158/1984, de 4 de julio, y las que se determinen por las demás disposiciones aplicables al Ayuntamiento de Burlada.

1.3. La participación en esta convocatoria no supondrá en ningún caso modificación del régimen jurídico funcionarial o laboral que tuviera la persona empleada con anterioridad, continuando asimismo con el régimen de derechos pasivos y asistencia sanitaria.

1.4. El régimen será de jornada completa de trabajo y se adaptará en todo momento a las necesidades del servicio, pudiendo ser modificado en cualquier momento por los órganos administrativos competentes cuando las necesidades del servicio así lo requieran.

1.5. En lo no previsto en las presentes bases se estará a lo dispuesto en el Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas y en el Reglamento de Ingreso en las Administraciones Públicas de Navarra aprobado por Decreto Foral 113/1985.

2._Funciones.

2.1. La persona que resulte nombrada en virtud de la presente convocatoria desempeñará, entre otras, las siguientes funciones.

_Implantar y organizar la oficina de atención al ciudadano de acuerdo con las directrices establecidas por alcaldía.

_Dinamizar el funcionamiento de la oficina coordinando las relaciones y negociaciones con el resto de áreas del Ayuntamiento.

_Dirigir, gestionar y controlar la actividad del personal a su cargo.

_Diseñar, planificar y redactar los programas del SAC, de acuerdo con las decisiones y criterios establecidos por el Ayuntamiento.

_Estructurar los procesos para obtener y ofrecer la información adecuada.

_Elaborar el soporte documental para cada tipo de solicitud.

_Establecer los procedimientos de trabajo y asegurar su cumplimiento.

_Proponer e implantar mejoras a los procedimientos establecidos.

_Elaborar y analizar los datos cualitativos del servicio para valorar la actividad e informar al resto de servicios de lo que les afecte.

_Negociar y consensuar la incorporación de nuevos trámites y actividades por parte del SAC.

_Asegurar que la información disponible en el servicio y en el resto de servicios de atención ciudadana (012, página web, etc.) sea homogénea, veraz y actualizada, coordinándose para ello con la totalidad de áreas municipales.

_Impulsar y coordinar el desarrollo de nuevos canales de acceso a la información municipal que puedan incorporarse al servicio.

_Vigilar el cumplimiento de la normativa relativa al tratamiento y protección de datos personales.

_Atención directa al ciudadano, cuando así lo requiera la situación, tanto telefónica como personalmente.

_Y, en general, todas aquellas análogas a las anteriormente descritas y que por razón del servicio se el encomienden.

_Cualesquiera otras que se correspondan con el cometido general, el nivel, los conocimientos y la responsabilidad definida para la plaza y aquellas que se encuentran recogidas en la D.P.T.

3._Requisitos de los aspirantes.

3.1. Para ser admitidas al presente concurso- oposición, las personas aspirantes deberán reunir, en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

a) Ser personal funcionario o contratado laboral fijo del Ayuntamiento de Burlada y pertenecer a nivel inferior o igual al de la vacante convocada.

b) Hallarse, como mínimo, en posesión del título de Bachillerato, Formación Profesional de segundo grado o equivalente y acreditar cinco años de antigüedad reconocida en las Administraciones Públicas.

c) No hallarse en situación de excedencia voluntaria o forzosa.

El requisito exigido en el apartado b) relativo a la titulación mínima exigida podrá suplirse por la acreditación de ocho años de antigüedad reconocida en las Administraciones Públicas.

3.2. Los requisitos anteriores deben ser acreditados por las personas aspirantes en el plazo y forma prevista en la base cuarta de la presente convocatoria, debiendo gozar de los mismos durante el procedimiento de oposición hasta el momento del nombramiento.

4._Instancias.

4.1. Las instancias para poder participar en la convocatoria deberán presentarse en el Registro del Ayuntamiento de Burlada en el plazo de treinta días naturales, contados a partir del día siguiente al de publicación de la misma en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, y hasta las catorce horas del último día, o bien, de cualquiera de las formas establecidas en la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

4.2. Las instancias deben ajustarse al modelo publicado en la presente convocatoria (Anexo I) que será facilitado en las Oficinas del Ayuntamiento de Burlada situadas en Plaza San Juan, 1 (Burlada), pudiendo también obtenerse, a través de Internet, en la dirección www.burlada.es. En ellas los y las aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.

4.3. Se adjuntarán a la solicitud los siguientes documentos:

a) Copia compulsada del Documento Nacional de Identidad o asimilados.

b) Copia compulsada del título exigido en la base tercera de la convocatoria o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención.

c) Certificado acreditativo del puesto de trabajo en el que se encuentra el o la aspirante, de su nivel y de su antigüedad reconocida en las Administraciones Públicas.

d) Justificante de haber abonado en Tesorería Municipal la cantidad de 4,25 euros correspondiente a las tasas por derechos de examen. La falta de pago de la tasa por derechos de examen determinará la exclusión del aspirante.

El abono de dicha tasa se podrá efectuar por uno de los siguientes procedimientos:

_Pago en Depositaría, en las Oficinas Generales del Ayuntamiento de Burlada.

_Mediante ingreso en efectivo, o transferencia bancaria, a la cuenta número 2054 0210 91 1100000011 (CAN), en cuyo caso en el justificante de pago deberán figurar obligatoriamente los siguientes datos:

_Nombre y apellidos del aspirante.

_Concepto: Tasa Oposiciones.

e) Documentos justificativos de los méritos establecidos en la base octava que serán objeto de valoración en la fase de concurso. Los documentos deberán ser originales o compulsados debidamente, teniéndose por no presentados en caso contrario.

4.4. Las condiciones y méritos deben ser acreditados y probados documentalmente por los y las aspirantes en el momento de presentar su instancia solicitando tomar parte en el concurso oposición o en todo caso en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. La no presentación de la documentación en plazo y forma establecidos supondrá la no valoración de estos méritos. Los méritos a aportar en la fase de concurso se valorarán tomando como referencia límite la fecha de publicación de esta convocatoria en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

4.5. El plazo señalado para la presentación de instancias es improrrogable.

4.6. Los errores materiales o de hecho que se adviertan en la solicitud podrán ser subsanados en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

5._Admisión de aspirantes y reclamaciones.

5.1. Expirado el plazo de presentación de instancias, el muy ilustre Alcalde de Burlada dictará Resolución aprobando la lista provisional de aspirantes admitidos/as y excluidos/as y ordenará su publicación el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

5.2. Las y/o los aspirantes excluidos, dentro de los diez días hábiles siguientes a la publicación de la lista provisional en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que pudiera haberse incurrido.

5.3. Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas éstas, el muy ilustre Alcalde de Burlada dictará Resolución aprobando la lista definitiva de personas admitidas y excluidas y ordenará su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. En la misma Resolución se determinará el lugar, fecha y hora de comienzo de las pruebas.

6._Tribunal calificador.

6.1. El Tribunal calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

_Presidente: Alcalde de Burlada.

Suplente: Persona en quien delegue.

_Vocal 1.º: Secretaria del Ayuntamiento de Burlada.

Suplente: Persona en quien delegue.

_Vocal 2.º: Técnico del departamento de Organización de Animsa, Asociación Navarra de Informática Municipal.

Suplente: Persona en quien delegue.

_Vocal 3.º: Representante de los trabajadores y trabajadoras del Ayuntamiento de Burlada.

Suplente: Representante de los trabajadores y trabajadoras del Ayuntamiento de Burlada.

_Vocal Secretario/a: Director de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Burlada.

Suplente: Persona en quien delegue.

6.2. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros.

6.3. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de la convocatoria.

6.4. El Tribunal podrá, asimismo, incorporar especialistas para asesoramiento en todas o algunas de las pruebas.

7._Desarrollo del concurso-oposición.

7.1. El concurso-oposición se desarrollará en dos fases, teniendo lugar primero la fase de concurso y posteriormente la fase de oposición, que se desarrollará, previsiblemente, a partir del mes de octubre de 2007.

7.2. En la misma resolución aprobatoria de la lista definitiva de admitidos y excluidos, se determinará el lugar, fecha y hora del comienzo de las pruebas. Posteriormente el Tribunal hará públicas oportunamente los sucesivos anuncios de celebración de las restantes pruebas en los tablones de anuncios de la Casa Consistorial.

8._Fase de concurso.

8.1. La fase de concurso, sin carácter eliminatorio, tendrá una puntuación máxima de 30 puntos.

8.2. El Tribunal valorará los méritos alegados y probados documentalmente por los aspirantes en el momento de presentar su instancia solicitando tomar parte en la convocatoria, con documentos originales o compulsados debidamente. Los méritos no presentados en ese momento se tendrán por no aportados a todos los efectos.

8.3. La valoración de los méritos alegados y probados documentalmente por los aspirantes se realizará conforme al baremo establecido en el Anexo II de la presente convocatoria.

8.4. El Tribunal podrá solicitar en cualquier momento aclaraciones y datos complementarios sobre los méritos alegados por los concursantes.

8.5. Una vez concluida la valoración de los méritos se hará público el resultado en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento.

9._Fase de oposición.

9.1. La fase de oposición constará de las siguientes pruebas, y su puntuación máxima será de 70 puntos.

9.2. El primer ejercicio consistirá en la realización de las siguientes dos pruebas, cada una de las cuales tendrá un valor de 10 puntos, siendo el valor máximo del ejercicio de 20 puntos, quedando eliminados aquellos aspirantes que no alcancen la mitad de la puntuación máxima asignada al ejercicio: 10 puntos.

9.2.1. La primera prueba del primer ejercicio, de carácter teórico, consistirá en la contestación por escrito a varias preguntas cortas, o de tipo test, sobre los temas que figuran en la primera parte del temario recogido en el Anexo III, a) sobre tramitación administrativa en la Administración Local.

9.2.2. La segunda prueba del primer ejercicio, de carácter práctico, consistirá en la resolución de varios ejercicios sobre el manejo de herramientas microinformáticas: Word, Excel, Internet Explorer, Outlook.

9.3. El segundo ejercicio, de carácter práctico, consistirá en el desarrollo por escrito de un supuesto, relacionado con la materia contenida en Anexo III, b) sobre organización y funcionamiento de los trabajos de atención ciudadana. Este ejercicio tendrá un valor de 25 puntos, quedando eliminados aquellos aspirantes que no alcancen la mitad de la puntuación máxima asignada al ejercicio: 12,5 puntos.

9.4. El tercer ejercicio consistirá en la realización de diversas pruebas psicotécnicas que, realizadas con la asistencia del Instituto de Psicología Aplicada de Navarra (INAP), servirán para la determinación del grado de adecuación de los aspirantes a las exigencias del perfil profesiográfico del puesto de trabajo. Esta prueba tendrá un valor de 10 puntos, y no tendrá carácter eliminatorio.

9.5. Una vez terminado cada ejercicio de la fase de oposición, el Tribunal hará público en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento la lista de aspirantes aprobados con sus calificaciones obtenidas y asimismo, la fecha y lugar de celebración del siguiente ejercicio.

9.6. Los ejercicios se realizarán mediante llamamiento único al que los aspirantes deberán acudir provistos de Documento Nacional de Identidad. Los aspirantes que no comparecieran al mismo quedarán eliminados.

9.7. Los ejercicios se realizarán en el orden que determine el Tribunal, que podrá disponer su celebración en uno o varios días.

9.8. La duración máxima de cada ejercicio será determinada por el Tribunal antes de iniciarse el mismo

10._Otras puntuaciones.

_Por conocimiento del euskera, hasta 10 puntos.

A estos efectos, podrá ser acreditado mediante certificado de aptitud expedido por una Escuela Oficial de Idiomas o por una titulación reconocida oficialmente como equivalente, o mediante la superación de una prueba a determinar por el Tribunal calificador. Los/as aspirantes que deseen hacer la prueba del conocimiento del vascuence deberán indicarlo en la instancia general. Esta prueba se realizará al final de las pruebas previstas en la fase de oposición.

_Por el uso de un lenguaje no discriminatorio:

De conformidad con la Ordenanza municipal del Ayuntamiento de Burlada de 7 de febrero de 2005 (BOLETIN OFICIAL de Navarra número 29, de 9 de marzo), "en todas las convocatorias públicas de puestos de trabajo efectuadas por el Ayuntamiento se valorará con un 5 por 100 el uso de un lenguaje no discriminatorio en las pruebas". Por lo tanto, en la fase de oposición, se otorgarán 5 puntos a aquellas personas aspirantes que al realizar las pruebas escritas, teóricas y prácticas utilicen un lenguaje no discriminatorio. Esta valoración sólo afectará a las personas que hayan superado los ejercicios de la fase de oposición y no tendrá carácter eliminatorio. Los y las aspirantes pueden encontrar un manual sobre el uso de un lenguaje no discriminatorio en la página web del Ayuntamiento de Burlada (www.burlada.es).

11._Relación de personas aprobadas, propuesta del tribunal y presentación de documentos.

11.1. Una vez finalizadas las dos fases del concurso oposición, el Tribunal hará pública en los Tablones de Anuncios de las Oficinas del Ayuntamiento de Burlada, la relación de personas aprobadas por orden de puntuación obtenida, sumando las calificaciones conseguidas por cada aspirante en la fase de concurso, la fase de oposición y otras puntuaciones, y elevará propuesta de nombramiento a favor del o de la aspirante con mayor puntuación. Dicha propuesta deberá publicarse en los Tablones de Anuncios de las Oficinas del Ayuntamiento de Burlada y en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Los empates que se produzcan se dirimirán en favor de quienes obtengan mayor puntuación en el segundo ejercicio y si persistieran, se tomarán en consideración las puntuaciones obtenidas en el primero

11.2. Dentro de los treinta días naturales siguientes a la publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra de la propuesta la persona candidata incluida en la misma deberá aportar en el Registro del Ayuntamiento de Burlada, los siguientes documentos:

a) Certificado Médico Oficial, expedido por el Colegio Oficial de Médicos, justificativo de no padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que imposibilite el ejercicio de las funciones propias del cargo.

b) La demás documentación que les sea requerida por la Dirección de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Burlada

11.3. Si dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerza mayor suficientemente justificados, no presentara dichos documentos, no podrá ser nombrado/a, quedando anuladas todas sus actuaciones sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad en su instancia.

11.4. En el supuesto previsto en el caso del Apartado 11.3, la baja se cubrirá con el aspirante incluido inmediatamente a continuación en la relación de aprobados a que se refiere el apartado 11.1, procediéndose con el mismo en la forma señalada en los apartados anteriores.

11.5. En caso de producirse la renuncia expresa al nombramiento de alguna o algún aspirante propuesto, se entenderá ampliada la propuesta de nombramiento a la siguiente o siguientes personas aprobadas con puntuaciones sucesivas.

12._Nombramiento y toma de posesión.

12.1._El Señor Alcalde, mediante Resolución de Alcaldía, procederá al nombramiento del o de la aspirante propuesta y ordenará la publicación de este nombramiento en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

12.2. La persona aspirante nombrada deberá tomar posesión del cargo o formalizar anexo a su contrato laboral en el plazo de un mes a contar desde la notificación del nombramiento. Si en dicho plazo y salvo casos de fuerza mayor, no tomara posesión, perderá los derechos derivados del nombramiento en la forma y con las consecuencias del apartado 11.3. Mientras no tome posesión o no formalice anexo a su contrato laboral no tendrá derecho a percepción económica alguna.

13._Recursos.

13.1. Contra la presente convocatoria, sus bases y los actos de aplicación de la misma, podrán interponerse los siguientes recursos:

a) Recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano autor del acto, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su notificación o publicación.

b) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Navarra en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de notificación o publicación del acto recurrido.

c) Recurso de alzada directamente ante el Tribunal Administrativo de Navarra en el plazo de un mes desde el día siguiente al de notificación o publicación del acto recurrido.

ANEXO I

Modelo de instancia

Don/Doña ...................................., mayor de edad, con Documento Nacional de Identidad número ............., con domicilio en ..........................., calle ............................., número ......., código postal ......, teléfono ................., teléfono móvil ............ mail .......................

Comparece y como mejor proceda dice:

Que solicita ser admitido a la convocatoria para la provisión, mediante concurso-oposición restringido, de una plaza de Responsable de la Oficina de Atención Ciudadana del Ayuntamiento de Burlada, publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, número ........., de fecha ................, cuyas bases declara conocer y aceptar expresamente.

Que no padece enfermedad ni defecto físico que le incapacite para el ejercicio del puesto.

Que no está incurso en ninguna de las incapacidades establecidas en las disposiciones vigentes.

Que no ha sido separado del servicio de ninguna Administración Pública ni está inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

Que está en posesión de la titulación exigida en la convocatoria.

Que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.

f Que desea realizar la prueba para acreditar el conocimiento del vascuence, conforme a lo establecido en la base 10 de la convocatoria (marcar cuando interese)

Por lo expuesto,

SOLICITA:

Que, teniendo por presentada esta instancia en tiempo y forma, ser admitido/a a la convocatoria.

(Fecha y firma del solicitante)

ANEXO II

Baremo para la valoración de méritos

Experiencia profesional: (máximo 20 puntos).

Las puntuaciones que se indican se corresponden a cada año completo, prorrateándose los periodos de tiempo inferiores. En los casos de servicios prestados a tiempo parcial se asignará la puntuación directamente proporcional al tiempo prestado.

La experiencia se acreditará mediante certificado de las administraciones públicas o, en el caso de empresa privada, mediante contrato y hoja de vida laboral.

Por cada año completo trabajado con contrato como Responsable, nivel C, en Oficina o Servicio de Atención Ciudadana, o servicio de similares características al ofertado, en entidades locales de Navarra, 4 puntos.

Por cada año completo trabajado con contrato como Responsable, nivel C, en Oficina o Servicio de Atención Ciudadana, o servicio de similares características al ofertado, en otras administraciones públicas, 3 puntos.

Por cada año completo trabajado con contrato como Responsable en Oficina o Servicio de Atención Ciudadana, en el ámbito de la empresa privada, 2 puntos.

Por cada año completo trabajado con contrato como Oficial de Información u Oficial Administrativo, nivel C, o servicio de similares características al ofertado, en entidades locales de Navarra, 3 puntos.

Por cada año completo trabajado con contrato como Oficial de Información, nivel C, o servicio de similares características al ofertado, en otras administraciones públicas, 2,5 puntos.

Por cada año completo trabajado con contrato como Administrativo en el ámbito de la empresa privada, 1 punto

Formación: (máximo 10 puntos).

Los cursos deberán acreditarse mediante título original o fotocopia compulsada, en el que conste el número de horas de duración.

Formación en contenidos o herramientas relativas a la gestión municipal por cada 20 horas, 1 punto, máximo 3 puntos.

Formación en el manejo de herramientas informáticas por cada 50 horas, 1 punto, máximo 3 puntos.

Formación en técnicas o habilidades de gestión de equipos y herramientas de gestión de proyectos por cada 20 horas, 1 punto, máximo 2 puntos.

Formación en técnicas o habilidades de atención al ciudadano por cada 20 horas, 1 punto, máximo 2 puntos.

ANEXO III

Temario

A) Tramitación administrativa en la Administración Local:

1._Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

2._Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

3._Ley Foral 6/1990, de la Administración Local de Navarra y sus desarrollos.

4._Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra.

5._Normativa sobre registros telemáticos y administración electrónica.

6._Real Decreto Ley 14/1999, de 17 de septiembre, sobre firma electrónica.

7._Ley Orgánica 15/99 de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal.

8._Normativa reguladora del Padrón Municipal (Ley 4/1996, que establece una nueva redacción de los artículos relativos al Padrón municipal de la Ley 71985, de 2 de abril. Resolución de 1 de abril por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre gestión y revisión del Padrón municipal).

B) Organización y funcionamiento de los trabajos de atención ciudadana:

9._Las Cartas de Servicio: sistema de aseguramiento de la calidad (norma).

10._Las Base de Datos de Información (BDI): tipos de información y mantenimiento.

11._Tratamiento de avisos, quejas y sugerencias recibidas de los ciudadanos.

12._Gestión de inscripciones en actividades.

13._Gestión de citas previas.

14._Gestión de trámites municipales.

15._Las estadísticas de gestión.

16._Atención al ciudadano.

17._El canal telemático como sistema de atención al ciudadano.

18._Técnicas habilidades de gestión de equipos.

19._Herramientas de gestión de proyectos.

Burlada, 15 de junio de 2007
El Alcalde en Funciones, José Muñoz Arias.

Código del anuncio: L0710104

Hace cien años

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