BOLETÍN Nº 88 - 18 de julio de 2007

VIII. ANUNCIOS

MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES Servicio Público de Empleo Estatal

INSTITUTO NACIONAL DE EMPLEO

Cédula de notificación Comunicación de resolución

Ante esta Dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo, se sigue expediente en materia de responsabilidad empresarial al amparo del Real Decreto Legislativo 1/94 de 20 de junio, a la empresa Caltu, S.L., con domicilio en 31350-Peralta (Polígono Industrial Gargantúa, s/n, con el siguiente tenor literal:

Tras el examen realizado por esta Dirección Provincial, se ha comprobado el incumplimiento por parte de esa Empresa de sus obligaciones respecto al/a la trabajador/a Nuria Merino Navarro, en cuanto a:

Existir un descubierto en la cotización por desempleo de 1-9-00 a 23-6-05.

Esta Dirección Provincial resuelve reconocer una responsabilidad de esa empresa de 15.222,90 euros por el reconocimiento de una prestación o subsidio por desempleo, cuyo titular es el/la mencionado/a trabajador/a, y que asciende a una cuantía de 17.615,70 euros, correspondiente al período 24-6-99 a 23-6-05, todo ello de acuerdo con la letra c) del número 1 del artículo 32 del Real Decreto 625/85 de 2 de abril ("Boletín Oficial del Estado" 7-5-85) dispone de 30 días para reintegrar dicha cantidad en la cuenta de Recursos Diversos Provinciales de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en C.A.M.P. de Madrid (c/c.: 20384503676000036076), comunicando tal ingreso a la Oficina del Servicio Público de Empleo, mediante el correspondiente justificante.

Podrá solicitar a través de su Oficina de Empleo, el aplazamiento o fraccionamiento del pago de la cuantía debida, cuya concesión conllevará el devengo de interés legal del dinero establecido anualmente en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.

Si el reintegro, la compensación o la solicitud del fraccionamiento o aplazamiento se realizase después del plazo reglamentario de pago voluntario, la cantidad adeudada se incrementará, según lo establecido en el número 2 del artículo 27 del Texto Refundido de la LGSS., con los siguiente recargos:

Durante el primer mes posterior al periodo de pago reglamentario: el 3%.

Durante el segundo mes posterior al periodo de pago reglamentario: el 5%.

Durante el tercer mes posterior al periodo de pago reglamentario: el 10%.

Durante el cuarto mes posterior al periodo de pago reglamentario: el 20%.

Transcurrido el plazo reglamentario de pago voluntario sin producirse el reintegro, siempre que no se haya iniciado la compensación o se haya solicitado el aplazamiento o fraccionamiento, se emitirá la correspondiente Certificación de Descubierto por la que se iniciará la vía de apremio, según lo dispuesto en el número 2 del artículo 33 del Real Decreto 625/1985. Pamplona a 5 de septiembre de 2006. El Subdirector Provincial del INEM, Alejandro Lara Piñero.

Por hallarse la Empresa en paradero desconocido, y de acuerdo con lo que establece el artículo 59.5. de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común de 26 de noviembre de 1992, y a fin de que le sirva de notificación, se hace pública esta cédula, advirtiéndole que el plazo legal de 30 días, se contará a partir del día siguiente al de la inserción de la misma en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Comunicación de resolución

Ante esta Dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo, se sigue expediente en materia de responsabilidad empresarial al amparo del Real Decreto Legislativo 1/94 de 20 de junio, a la empresa José Manuel Martínez Ibarz, con domicilio en 31350-Peralta (Carretera Tafalla-Rincón de Soto, 26) con el siguiente tenor literal:

Tras el examen realizado por esta Dirección Provincial, se ha comprobado el incumplimiento por parte de esa Empresa de sus obligaciones respecto al/a la trabajador/a José Antonio Pérez Cossio, en cuanto a:

Existir un descubierto en la cotización por desempleo de 8-3-05 a 17-11-05.

Esta Dirección Provincial resuelve reconocer una responsabilidad de esa empresa de 6.021,90 euros por el reconocimiento de una prestación o subsidio por desempleo, cuyo titular es el/la mencionado/a trabajador/a, y que asciende a una cuantía de 10.494,90 euros, correspondiente al período 22-3-02 a 17-1-06, todo ello de acuerdo con la letra c) del número 1 del artículo 32 del Real Decreto 625/85 de 2 de abril ("Boletín Oficial del Estado" 7-5-85) dispone de 30 días para reintegrar dicha cantidad en la cuenta de Recursos Diversos Provinciales de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en C.A.M.P. de Madrid (c/c.: 20384503676000036076), comunicando tal ingreso a la Oficina del Servicio Público de Empleo, mediante el correspondiente justificante.

Podrá solicitar a través de su Oficina de Empleo, el aplazamiento o fraccionamiento del pago de la cuantía debida, cuya concesión conllevará el devengo de interés legal del dinero establecido anualmente en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.

Si el reintegro, la compensación o la solicitud del fraccionamiento o aplazamiento se realizase después del plazo reglamentario de pago voluntario, la cantidad adeudada se incrementará, según lo establecido en el número 2 del artículo 27 del Texto Refundido de la LGSS., con los siguiente recargos:

Durante el primer mes posterior al periodo de pago reglamentario: el 3%.

Durante el segundo mes posterior al periodo de pago reglamentario: el 5%.

Durante el tercer mes posterior al periodo de pago reglamentario: el 10%.

Durante el cuarto mes posterior al periodo de pago reglamentario: el 20%.

Transcurrido el plazo reglamentario de pago voluntario sin producirse el reintegro, siempre que no se haya iniciado la compensación o se haya solicitado el aplazamiento o fraccionamiento, se emitirá la correspondiente Certificación de Descubierto por la que se iniciará la vía de apremio, según lo dispuesto en el número 2 del artículo 33 del Real Decreto 625/1985. Pamplona a 5 de septiembre de 2006. El Subdirector Provincial del INEM, Alejandro Lara Piñero.

Por hallarse la Empresa en paradero desconocido, y de acuerdo con lo que establece el artículo 59.5. de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común de 26 de noviembre de 1992, y a fin de que le sirva de notificación, se hace pública esta cédula, advirtiéndole que el plazo legal de 30 días, se contará a partir del día siguiente al de la inserción de la misma en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Comunicación de resolución

Ante esta Dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo, se sigue expediente en materia de responsabilidad empresarial al amparo del Real Decreto Legislativo 1/94 de 20 de junio, a la empresa S.I.J. Nievas Samanes; J. Sánchez, con domicilio en 31004-Pamplona (calle Bergamín, 53 bajo) con el siguiente tenor literal:

Tras el examen realizado por esta Dirección Provincial, se ha comprobado el incumplimiento por parte de esa Empresa de sus obligaciones respecto al/a la trabajador/a Isolina Pérez Guzmán, en cuanto a:

Existir un descubierto en la cotización por desempleo de 1-3-06 a 30-7-06 y de 1-9-06 a 17-10-06.

Esta Dirección Provincial resuelve reconocer una responsabilidad de esa empresa de 1.190,64 euros por el reconocimiento de una prestación o subsidio por desempleo, cuyo titular es el/la mencionado/a trabajador/a, y que asciende a una cuantía de 3.583,44 euros, correspondiente al período 24-3-05 a 17-10-06, todo ello de acuerdo con la letra c) del número 1 del artículo 32 del Real Decreto 625/85 de 2 de abril ("Boletín Oficial del Estado" 7-5-85) dispone de 30 días para reintegrar dicha cantidad en la cuenta de Recursos Diversos Provinciales de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en C.A.M.P. de Madrid (c/c.: 20384503676000036076), comunicando tal ingreso a la Oficina del Servicio Público de Empleo, mediante el correspondiente justificante.

Podrá solicitar a través de su Oficina de Empleo, el aplazamiento o fraccionamiento del pago de la cuantía debida, cuya concesión conllevará el devengo de interés legal del dinero establecido anualmente en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.

Si el reintegro, la compensación o la solicitud del fraccionamiento o aplazamiento se realizase después del plazo reglamentario de pago voluntario, la cantidad adeudada se incrementará, según lo establecido en el número 2 del artículo 27 del Texto Refundido de la LGSS., con los siguiente recargos:

Durante el primer mes posterior al periodo de pago reglamentario: el 3%.

Durante el segundo mes posterior al periodo de pago reglamentario: el 5%.

Durante el tercer mes posterior al periodo de pago reglamentario: el 10%.

Durante el cuarto mes posterior al periodo de pago reglamentario: el 20%.

Transcurrido el plazo reglamentario de pago voluntario sin producirse el reintegro, siempre que no se haya iniciado la compensación o se haya solicitado el aplazamiento o fraccionamiento, se emitirá la correspondiente Certificación de Descubierto por la que se iniciará la vía de apremio, según lo dispuesto en el número 2 del artículo 33 del Real Decreto 625/1985. Pamplona a 6 de febrero de 2007. El Subdirector Provincial del INEM, Alejandro Lara Piñero.

Por hallarse la Empresa en paradero desconocido, y de acuerdo con lo que establece el artículo 59.5. de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común de 26 de noviembre de 1992, y a fin de que le sirva de notificación, se hace pública esta cédula, advirtiéndole que el plazo legal de 30 días, se contará a partir del día siguiente al de la inserción de la misma en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Comunicación de resolución

Ante esta Dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo, se sigue expediente en materia de responsabilidad empresarial al amparo del Real Decreto Legislativo 1/94 de 20 de junio, a la empresa Lacandoga, S.L., con domicilio en 27001-Lugo (Plaza Campo Castelo, 36) con el siguiente tenor literal:

Tras el examen realizado por esta Dirección Provincial, se ha comprobado el incumplimiento por parte de esa Empresa de sus obligaciones respecto al/a la trabajador/a Cristina Tejera Martín, en cuanto a:

Existir un descubierto en la cotización por desempleo de 1-1-06 a 10-4-06.

Esta Dirección Provincial resuelve reconocer una responsabilidad de esa empresa de 2.037,72 euros por el reconocimiento de una prestación o subsidio por desempleo, cuyo titular es el/la mencionado/a trabajador/a, y que asciende a una cuantía de 5.290,20 euros, correspondiente al período 30-10-02 a 5-10-06, todo ello de acuerdo con la letra c) del número 1 del artículo 32 del Real Decreto 625/85 de 2 de abril ("Boletín Oficial del Estado" 7-5-85) dispone de 30 días para reintegrar dicha cantidad en la cuenta de Recursos Diversos Provinciales de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en C.A.M.P. de Madrid (c/c.: 20384503676000036076), comunicando tal ingreso a la Oficina del Servicio Público de Empleo, mediante el correspondiente justificante.

Podrá solicitar a través de su Oficina de Empleo, el aplazamiento o fraccionamiento del pago de la cuantía debida, cuya concesión conllevará el devengo de interés legal del dinero establecido anualmente en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.

Si el reintegro, la compensación o la solicitud del fraccionamiento o aplazamiento se realizase después del plazo reglamentario de pago voluntario, la cantidad adeudada se incrementará, según lo establecido en el número 2 del artículo 27 del Texto Refundido de la LGSS., con los siguiente recargos:

Durante el primer mes posterior al periodo de pago reglamentario: el 3%.

Durante el segundo mes posterior al periodo de pago reglamentario: el 5%.

Durante el tercer mes posterior al periodo de pago reglamentario: el 10%.

Durante el cuarto mes posterior al periodo de pago reglamentario: el 20%.

Transcurrido el plazo reglamentario de pago voluntario sin producirse el reintegro, siempre que no se haya iniciado la compensación o se haya solicitado el aplazamiento o fraccionamiento, se emitirá la correspondiente Certificación de Descubierto por la que se iniciará la vía de apremio, según lo dispuesto en el número 2 del artículo 33 del Real Decreto 625/1985. Pamplona a 6 de febrero de 2007. El Subdirector Provincial del INEM, Alejandro Lara Piñero.

Por hallarse la Empresa en paradero desconocido, y de acuerdo con lo que establece el artículo 59.5. de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común de 26 de noviembre de 1992, y a fin de que le sirva de notificación, se hace pública esta cédula, advirtiéndole que el plazo legal de 30 días, se contará a partir del día siguiente al de la inserción de la misma en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Cédula de notificación

Ante esta Dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo en Pamplona, se sigue expediente en materia de responsabilidad empresarial al amparo del Real Decreto Legislativo 1/94 de 20 de junio, a la empresa Lanean, S.L., con domicilio en 31620-Huarte (Polígono Industrial Areta calle Irumuga, 19, 1.º) con el siguiente tenor literal:

Tras el examen realizado por esta Dirección Provincial, se ha comprobado el incumplimiento por parte de esa Empresa de sus obligaciones respecto al/a la trabajador/a Javier Ignacio Abad Ventura, en cuanto a:

Existir un descubierto en la cotización por desempleo de 1-4-06 a 6-9-06.

Ello implica una responsabilidad de esa empresa de 13.683,60 euros, por el reconocimiento de una prestación o subsidio por desempleo, cuyo titular es el/la mencionado/a trabajador/a, y que asciende a una cuantía de 23.479,20 euros, correspondiente al período 7-9-00 a 6-9-06, todo ello de acuerdo con los artículos 104, 126, 220 y 230 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/94 de 20 de junio ("Boletín Oficial del Estado" número 154, de 29-06-94).

Si está de acuerdo con la presente notificación, podrá reintegrar la cantidad señalada en la C.A.M.P. de Madrid, en la cuenta de Recursos Diversos Provinciales de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social (c/c.: 20384503676000036076), comunicando tal ingreso a la dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo, mediante el correspondiente justificante.

De no estar de acuerdo dispone, conforme a lo dispuesto en la letra b) del número 1 del artículo 32 del Real Decreto 625/85 de 2 de abril ("Boletín Oficial del Estado" número 109 de 7 de mayo), del plazo de 10 días a partir de la notificación de la presente comunicación para formular por escrito las alegaciones que estime pertinentes. Transcurrido dicho plazo se emitirá la correspondiente resolución.

Por otro lado, en cumplimiento en lo dispuesto en el artículo 42.4 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la redacción dada por la Ley 4/99 de 13 de enero y por la Orden de 14 de abril de 1999, de desarrollo de dicho artículo, se le comunica también lo siguiente:

El número de expediente que se inicia con esta comunicación es 72660556-07.

El Instituto Nacional de Empleo, de acuerdo con el artículo 42.3 de la citada Ley 30/92, dispone de un plazo de tres meses, desde la fecha del presente acuerdo, para notificarle la resolución pertinente. Transcurrido dicho plazo, según lo establecido en el artículo 44.2 de la misma Ley, se producirá la caducidad del procedimiento y se ordenará el archivo de las actuaciones, sin perjuicio de que el INEM pueda instar el inicio de un nuevo procedimiento, si la acción no hubiera prescrito.

Para cualquier información relativa al estado de su expediente podrá dirigirse a esta Unidad Administrativa. Pamplona a 6 de febrero de 2007. El Subdirector Provincial del INEM, Alejandro Lara Piñero.

Por hallarse la Empresa en paradero desconocido, y de acuerdo con lo que establece el artículo 59.4. de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común de 26 de noviembre de 1992, y a fin de que le sirva de notificación, se hace pública esta cédula, advirtiéndole que el plazo legal de 30 días, se contará a partir del día siguiente al de la inserción de la misma en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Cédula de notificación

Ante esta Dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo en Pamplona, se sigue expediente en materia de responsabilidad empresarial al amparo del Real Decreto Legislativo 1/94 de 20 de junio, a la empresa José Manuel Zabala Iturriaga, con domicilio en 31005-Pamplona (calle Río Urrobi, 3, 1.º) con el siguiente tenor literal:

Tras el examen realizado por esta Dirección Provincial, se ha comprobado el incumplimiento por parte de esa Empresa de sus obligaciones respecto al/a la trabajador/a Ieda Bruscolin Lopes, en cuanto a:

Existir un descubierto en la cotización por desempleo de 2-5-05 a 9-6-06.

Ello implica una responsabilidad de esa empresa de 3.042,90 euros, por el reconocimiento de una prestación o subsidio por desempleo, cuyo titular es el/la mencionado/a trabajador/a, y que asciende a una cuantía de 4.832,10 euros, correspondiente al período 29-1-03 a 9-6-06, todo ello de acuerdo con los artículos 104, 126, 220 y 230 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/94 de 20 de junio ("Boletín Oficial del Estado" número 154, de 29-06-94).

Si está de acuerdo con la presente notificación, podrá reintegrar la cantidad señalada en la C.A.M.P. de Madrid, en la cuenta de Recursos Diversos Provinciales de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social (c/c.: 20384503676000036076), comunicando tal ingreso a la dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo, mediante el correspondiente justificante.

De no estar de acuerdo dispone, conforme a lo dispuesto en la letra b) del número 1 del artículo 32 del Real Decreto 625/85 de 2 de abril ("Boletín Oficial del Estado" número 109 de 7 de mayo), del plazo de 10 días a partir de la notificación de la presente comunicación para formular por escrito las alegaciones que estime pertinentes. Transcurrido dicho plazo se emitirá la correspondiente resolución.

Por otro lado, en cumplimiento en lo dispuesto en el artículo 42.4 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la redacción dada por la Ley 4/99 de 13 de enero y por la Orden de 14 de abril de 1999, de desarrollo de dicho artículo, se le comunica también lo siguiente:

El número de expediente que se inicia con esta comunicación es 4135129-07.

El Instituto Nacional de Empleo, de acuerdo con el artículo 42.3 de la citada Ley 30/92, dispone de un plazo de tres meses, desde la fecha del presente acuerdo, para notificarle la resolución pertinente. Transcurrido dicho plazo, según lo establecido en el artículo 44.2 de la misma Ley, se producirá la caducidad del procedimiento y se ordenará el archivo de las actuaciones, sin perjuicio de que el INEM pueda instar el inicio de un nuevo procedimiento, si la acción no hubiera prescrito.

Para cualquier información relativa al estado de su expediente podrá dirigirse a esta Unidad Administrativa. Pamplona a 6 de febrero de 2007. El Subdirector Provincial del INEM, Alejandro Lara Piñero.

Por hallarse la Empresa en paradero desconocido, y de acuerdo con lo que establece el artículo 59.4. de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común de 26 de noviembre de 1992, y a fin de que le sirva de notificación, se hace pública esta cédula, advirtiéndole que el plazo legal de 30 días, se contará a partir del día siguiente al de la inserción de la misma en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Cédula de notificación

Ante esta Dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo en Pamplona, se sigue expediente en materia de responsabilidad empresarial al amparo del Real Decreto Legislativo 1/94 de 20 de junio, a la empresa Francisco Rodríguez Gómez, con domicilio en 31192-Mutilva Baja (Polígono Mutilva Baja calle A nave 6, s/n) con el siguiente tenor literal:

Tras el examen realizado por esta Dirección Provincial, se ha comprobado el incumplimiento por parte de esa Empresa de sus obligaciones respecto al/a la trabajador/a Beatriz Colomo Ibañez, en cuanto a:

Existir un descubierto en la cotización por desempleo de 1-3-05 a 25-7-06.

Ello implica una responsabilidad de esa empresa de 2.912,46 euros, por el reconocimiento de una prestación o subsidio por desempleo, cuyo titular es el/la mencionado/a trabajador/a, y que asciende a una cuantía de 5.305,26 euros, correspondiente al período 11-5-04 a 25-7-06, todo ello de acuerdo con los artículos 104, 126, 220 y 230 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/94 de 20 de junio ("Boletín Oficial del Estado" número 154, de 29-06-94).

Si está de acuerdo con la presente notificación, podrá reintegrar la cantidad señalada en la C.A.M.P. de Madrid, en la cuenta de Recursos Diversos Provinciales de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social (c/c.: 20384503676000036076), comunicando tal ingreso a la dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo, mediante el correspondiente justificante.

De no estar de acuerdo dispone, conforme a lo dispuesto en la letra b) del número 1 del artículo 32 del Real Decreto 625/85 de 2 de abril ("Boletín Oficial del Estado" número 109 de 7 de mayo), del plazo de 10 días a partir de la notificación de la presente comunicación para formular por escrito las alegaciones que estime pertinentes. Transcurrido dicho plazo se emitirá la correspondiente resolución.

Por otro lado, en cumplimiento en lo dispuesto en el artículo 42.4 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la redacción dada por la Ley 4/99 de 13 de enero y por la Orden de 14 de abril de 1999, de desarrollo de dicho artículo, se le comunica también lo siguiente:

El número de expediente que se inicia con esta comunicación es 72687247-07.

El Instituto Nacional de Empleo, de acuerdo con el artículo 42.3 de la citada Ley 30/92, dispone de un plazo de tres meses, desde la fecha del presente acuerdo, para notificarle la resolución pertinente. Transcurrido dicho plazo, según lo establecido en el artículo 44.2 de la misma Ley, se producirá la caducidad del procedimiento y se ordenará el archivo de las actuaciones, sin perjuicio de que el INEM pueda instar el inicio de un nuevo procedimiento, si la acción no hubiera prescrito.

Para cualquier información relativa al estado de su expediente podrá dirigirse a esta Unidad Administrativa. Pamplona a 6 de febrero de 2007. El Subdirector Provincial del INEM, Alejandro Lara Piñero.

Por hallarse la Empresa en paradero desconocido, y de acuerdo con lo que establece el artículo 59.4. de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común de 26 de noviembre de 1992, y a fin de que le sirva de notificación, se hace pública esta cédula, advirtiéndole que el plazo legal de 30 días, se contará a partir del día siguiente al de la inserción de la misma en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Cédula de notificación

Ante esta Dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo en Pamplona, se sigue expediente en materia de responsabilidad empresarial al amparo del Real Decreto Legislativo 1/94 de 20 de junio, a la empresa José Manuel Martínez Ibarz , con domicilio en 31350-Peralta (Carretera Tafalla-Rincón de Soto, Km. 26,4) con el siguiente tenor literal:

Tras el examen realizado por esta Dirección Provincial, se ha comprobado el incumplimiento por parte de esa Empresa de sus obligaciones respecto al/a la trabajador/a María Dolores Echarri Orduña, en cuanto a:

Existir un descubierto en la cotización por desempleo de 1-8-05 a 15-9-06.

Ello implica una responsabilidad de esa empresa de 4.575,06 euros, por el reconocimiento de una prestación o subsidio por desempleo, cuyo titular es el/la mencionado/a trabajador/a, y que asciende a una cuantía de 11.753,46 euros, correspondiente al período 16-9-00 a 15-9-06, todo ello de acuerdo con los artículos 104, 126, 220 y 230 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/94 de 20 de junio ("Boletín Oficial del Estado" número 154, de 29-06-94).

Si está de acuerdo con la presente notificación, podrá reintegrar la cantidad señalada en la C.A.M.P. de Madrid, en la cuenta de Recursos Diversos Provinciales de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social (c/c.: 20384503676000036076), comunicando tal ingreso a la dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo, mediante el correspondiente justificante.

De no estar de acuerdo dispone, conforme a lo dispuesto en la letra b) del número 1 del artículo 32 del Real Decreto 625/85 de 2 de abril ("Boletín Oficial del Estado" número 109 de 7 de mayo), del plazo de 10 días a partir de la notificación de la presente comunicación para formular por escrito las alegaciones que estime pertinentes. Transcurrido dicho plazo se emitirá la correspondiente resolución.

Por otro lado, en cumplimiento en lo dispuesto en el artículo 42.4 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la redacción dada por la Ley 4/99 de 13 de enero y por la Orden de 14 de abril de 1999, de desarrollo de dicho artículo, se le comunica también lo siguiente:

El número de expediente que se inicia con esta comunicación es 15832114-07.

El Instituto Nacional de Empleo, de acuerdo con el artículo 42.3 de la citada Ley 30/92, dispone de un plazo de tres meses, desde la fecha del presente acuerdo, para notificarle la resolución pertinente. Transcurrido dicho plazo, según lo establecido en el artículo 44.2 de la misma Ley, se producirá la caducidad del procedimiento y se ordenará el archivo de las actuaciones, sin perjuicio de que el INEM pueda instar el inicio de un nuevo procedimiento, si la acción no hubiera prescrito.

Para cualquier información relativa al estado de su expediente podrá dirigirse a esta Unidad Administrativa. Pamplona a 6 de febrero de 2007. El Subdirector Provincial del INEM, Alejandro Lara Piñero.

Por hallarse la Empresa en paradero desconocido, y de acuerdo con lo que establece el artículo 59.4. de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común de 26 de noviembre de 1992, y a fin de que le sirva de notificación, se hace pública esta cédula, advirtiéndole que el plazo legal de 30 días, se contará a partir del día siguiente al de la inserción de la misma en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Cédula de notificación

Ante esta Dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo en Pamplona, se sigue expediente en materia de responsabilidad empresarial al amparo del Real Decreto Legislativo 1/94 de 20 de junio, a la empresa Riogarmont, S.L., con domicilio en 31009-Pamplona (Avenida Aróstegui, Casas Puig, 3-5) con el siguiente tenor literal:

Tras el examen realizado por esta Dirección Provincial, se ha comprobado el incumplimiento por parte de esa Empresa de sus obligaciones respecto al/a la trabajador don Luis García Montoya, en cuanto a:

Existir un descubierto en la cotización por desempleo de 1-6-05 a 15-5-06.

Ello implica una responsabilidad de esa empresa de 5.792,58 euros, por el reconocimiento de una prestación o subsidio por desempleo, cuyo titular es el/la mencionado/a trabajador/a, y que asciende a una cuantía de 8.476,38 euros, correspondiente al período 17-8-01 a 15-5-06, todo ello de acuerdo con los artículos 104, 126, 220 y 230 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/94 de 20 de junio ("Boletín Oficial del Estado" número 154, de 29-06-94).

Si está de acuerdo con la presente notificación, podrá reintegrar la cantidad señalada en la C.A.M.P. de Madrid, en la cuenta de Recursos Diversos Provinciales de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social (c/c.: 20384503676000036076), comunicando tal ingreso a la dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo, mediante el correspondiente justificante.

De no estar de acuerdo dispone, conforme a lo dispuesto en la letra b) del número 1 del artículo 32 del Real Decreto 625/85 de 2 de abril ("Boletín Oficial del Estado" número 109 de 7 de mayo), del plazo de 10 días a partir de la notificación de la presente comunicación para formular por escrito las alegaciones que estime pertinentes. Transcurrido dicho plazo se emitirá la correspondiente resolución.

Por otro lado, en cumplimiento en lo dispuesto en el artículo 42.4 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la redacción dada por la Ley 4/99 de 13 de enero y por la Orden de 14 de abril de 1999, de desarrollo de dicho artículo, se le comunica también lo siguiente:

El número de expediente que se inicia con esta comunicación es 33438408-07.

El Instituto Nacional de Empleo, de acuerdo con el artículo 42.3 de la citada Ley 30/92, dispone de un plazo de tres meses, desde la fecha del presente acuerdo, para notificarle la resolución pertinente. Transcurrido dicho plazo, según lo establecido en el artículo 44.2 de la misma Ley, se producirá la caducidad del procedimiento y se ordenará el archivo de las actuaciones, sin perjuicio de que el INEM pueda instar el inicio de un nuevo procedimiento, si la acción no hubiera prescrito.

Para cualquier información relativa al estado de su expediente podrá dirigirse a esta Unidad Administrativa. Pamplona a 6 de febrero de 2007. El Subdirector Provincial del INEM, Alejandro Lara Piñero.

Por hallarse la Empresa en paradero desconocido, y de acuerdo con lo que establece el artículo 59.4. de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común de 26 de noviembre de 1992, y a fin de que le sirva de notificación, se hace pública esta cédula, advirtiéndole que el plazo legal de 30 días, se contará a partir del día siguiente al de la inserción de la misma en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Cédula de notificación

Ante esta Dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo en Pamplona, se sigue expediente en materia de responsabilidad empresarial al amparo del Real Decreto Legislativo 1/94 de 20 de junio, a la empresa Carla Patricia Campelo do Nascimento, con domicilio en 31001-Pamplona (calle San Lorenzo, 20 bajo) con el siguiente tenor literal:

Tras el examen realizado por esta Dirección Provincial, se ha comprobado el incumplimiento por parte de esa Empresa de sus obligaciones respecto al/a la trabajador/a Francisco Javier Iricibar González, en cuanto a:

Existir un descubierto en la cotización por desempleo de 1-7-04 a 17-1-05.

Ello implica una responsabilidad de esa empresa de 1.004,22 euros, por el reconocimiento de una prestación o subsidio por desempleo, cuyo titular es el/la mencionado/a trabajador/a, y que asciende a una cuantía de 7.266,42 euros, correspondiente al período 23-11-00 a 30-4-06, todo ello de acuerdo con los artículos 104, 126, 220 y 230 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/94 de 20 de junio ("Boletín Oficial del Estado" número 154, de 29-06-94).

Si está de acuerdo con la presente notificación, podrá reintegrar la cantidad señalada en la C.A.M.P. de Madrid, en la cuenta de Recursos Diversos Provinciales de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social (c/c.: 20384503676000036076), comunicando tal ingreso a la dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo, mediante el correspondiente justificante.

De no estar de acuerdo dispone, conforme a lo dispuesto en la letra b) del número 1 del artículo 32 del Real Decreto 625/85 de 2 de abril ("Boletín Oficial del Estado" número 109 de 7 de mayo), del plazo de 10 días a partir de la notificación de la presente comunicación para formular por escrito las alegaciones que estime pertinentes. Transcurrido dicho plazo se emitirá la correspondiente resolución.

Por otro lado, en cumplimiento en lo dispuesto en el artículo 42.4 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la redacción dada por la Ley 4/99 de 13 de enero y por la Orden de 14 de abril de 1999, de desarrollo de dicho artículo, se le comunica también lo siguiente:

El número de expediente que se inicia con esta comunicación es 29153305-07.

El Instituto Nacional de Empleo, de acuerdo con el artículo 42.3 de la citada Ley 30/92, dispone de un plazo de tres meses, desde la fecha del presente acuerdo, para notificarle la resolución pertinente. Transcurrido dicho plazo, según lo establecido en el artículo 44.2 de la misma Ley, se producirá la caducidad del procedimiento y se ordenará el archivo de las actuaciones, sin perjuicio de que el INEM pueda instar el inicio de un nuevo procedimiento, si la acción no hubiera prescrito.

Para cualquier información relativa al estado de su expediente podrá dirigirse a esta Unidad Administrativa. Pamplona a 6 de febrero de 2007. El Subdirector Provincial del INEM, Alejandro Lara Piñero.

Por hallarse la Empresa en paradero desconocido, y de acuerdo con lo que establece el artículo 59.4. de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común de 26 de noviembre de 1992, y a fin de que le sirva de notificación, se hace pública esta cédula, advirtiéndole que el plazo legal de 30 días, se contará a partir del día siguiente al de la inserción de la misma en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Cédula de notificación

Ante esta Dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo en Pamplona, se sigue expediente en materia de responsabilidad empresarial al amparo del Real Decreto Legislativo 1/94 de 20 de junio, a la empresa Navargrab, S.L., con domicilio en 31180-Noáin (Polígono Industrial Noáin-Esquíroz, calle N, s/n) con el siguiente tenor literal:

Tras el examen realizado por esta Dirección Provincial, se ha comprobado el incumplimiento por parte de esa Empresa de sus obligaciones respecto al/a la trabajador/a Jesús Iturria Artaso, en cuanto a:

Existir un descubierto en la cotización por desempleo de 1-8-04 a 4-9-06.

Ello implica una responsabilidad de esa empresa de 17.217 euros, por el reconocimiento de una prestación o subsidio por desempleo, cuyo titular es el/la mencionado/a trabajador/a, y que asciende a una cuantía de 23.479,20 euros, correspondiente al período 5-9-00 a 4-9-06, todo ello de acuerdo con los artículos 104, 126, 220 y 230 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/94 de 20 de junio ("Boletín Oficial del Estado" número 154, de 29-06-94).

Si está de acuerdo con la presente notificación, podrá reintegrar la cantidad señalada en la C.A.M.P. de Madrid, en la cuenta de Recursos Diversos Provinciales de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social (c/c.: 20384503676000036076), comunicando tal ingreso a la dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo, mediante el correspondiente justificante.

De no estar de acuerdo dispone, conforme a lo dispuesto en la letra b) del número 1 del artículo 32 del Real Decreto 625/85 de 2 de abril ("Boletín Oficial del Estado" número 109 de 7 de mayo), del plazo de 10 días a partir de la notificación de la presente comunicación para formular por escrito las alegaciones que estime pertinentes. Transcurrido dicho plazo se emitirá la correspondiente resolución.

Por otro lado, en cumplimiento en lo dispuesto en el artículo 42.4 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la redacción dada por la Ley 4/99 de 13 de enero y por la Orden de 14 de abril de 1999, de desarrollo de dicho artículo, se le comunica también lo siguiente:

El número de expediente que se inicia con esta comunicación es 14878822-07.

El Instituto Nacional de Empleo, de acuerdo con el artículo 42.3 de la citada Ley 30/92, dispone de un plazo de tres meses, desde la fecha del presente acuerdo, para notificarle la resolución pertinente. Transcurrido dicho plazo, según lo establecido en el artículo 44.2 de la misma Ley, se producirá la caducidad del procedimiento y se ordenará el archivo de las actuaciones, sin perjuicio de que el INEM pueda instar el inicio de un nuevo procedimiento, si la acción no hubiera prescrito.

Para cualquier información relativa al estado de su expediente podrá dirigirse a esta Unidad Administrativa. Pamplona a 6 de febrero de 2007. El Subdirector Provincial del INEM, Alejandro Lara Piñero.

Por hallarse la Empresa en paradero desconocido, y de acuerdo con lo que establece el artículo 59.4. de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común de 26 de noviembre de 1992, y a fin de que le sirva de notificación, se hace pública esta cédula, advirtiéndole que el plazo legal de 30 días, se contará a partir del día siguiente al de la inserción de la misma en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Cédula de notificación

Ante esta Dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo en Pamplona, se sigue expediente en materia de responsabilidad empresarial al amparo del Real Decreto Legislativo 1/94 de 20 de junio, a la empresa Pavimentos Urtesa, S.L., con domicilio en 31600-Burlada (Calle Mayor, 10 bajo, Oficina 19) con el siguiente tenor literal:

Tras el examen realizado por esta Dirección Provincial, se ha comprobado el incumplimiento por parte de esa Empresa de sus obligaciones respecto al/a la trabajador/a Aritxia Izura Gutiérrez, en cuanto a:

Existir un descubierto en la cotización por desempleo de 16-2-06 a 31-5-06.

Ello implica una responsabilidad de esa empresa de 3.168,90 euros, por el reconocimiento de una prestación o subsidio por desempleo, cuyo titular es el/la mencionado/a trabajador/a, y que asciende a una cuantía de 6.747,30 euros, correspondiente al período 3-4-02 a 31-5-06, todo ello de acuerdo con los artículos 104, 126, 220 y 230 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/94 de 20 de junio ("Boletín Oficial del Estado" número 154, de 29-06-94).

Si está de acuerdo con la presente notificación, podrá reintegrar la cantidad señalada en la C.A.M.P. de Madrid, en la cuenta de Recursos Diversos Provinciales de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social (c/c.: 20384503676000036076), comunicando tal ingreso a la dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo, mediante el correspondiente justificante.

De no estar de acuerdo dispone, conforme a lo dispuesto en la letra b) del número 1 del artículo 32 del Real Decreto 625/85 de 2 de abril ("Boletín Oficial del Estado" número 109 de 7 de mayo), del plazo de 10 días a partir de la notificación de la presente comunicación para formular por escrito las alegaciones que estime pertinentes. Transcurrido dicho plazo se emitirá la correspondiente resolución.

Por otro lado, en cumplimiento en lo dispuesto en el artículo 42.4 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la redacción dada por la Ley 4/99 de 13 de enero y por la Orden de 14 de abril de 1999, de desarrollo de dicho artículo, se le comunica también lo siguiente:

El número de expediente que se inicia con esta comunicación es 72815560-07.

El Instituto Nacional de Empleo, de acuerdo con el artículo 42.3 de la citada Ley 30/92, dispone de un plazo de tres meses, desde la fecha del presente acuerdo, para notificarle la resolución pertinente. Transcurrido dicho plazo, según lo establecido en el artículo 44.2 de la misma Ley, se producirá la caducidad del procedimiento y se ordenará el archivo de las actuaciones, sin perjuicio de que el INEM pueda instar el inicio de un nuevo procedimiento, si la acción no hubiera prescrito.

Para cualquier información relativa al estado de su expediente podrá dirigirse a esta Unidad Administrativa. Pamplona a 6 de febrero de 2007. El Subdirector Provincial del INEM, Alejandro Lara Piñero.

Por hallarse la Empresa en paradero desconocido, y de acuerdo con lo que establece el artículo 59.4. de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común de 26 de noviembre de 1992, y a fin de que le sirva de notificación, se hace pública esta cédula, advirtiéndole que el plazo legal de 30 días, se contará a partir del día siguiente al de la inserción de la misma en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Cédula de notificación

Ante esta Dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo en Pamplona, se sigue expediente en materia de responsabilidad empresarial al amparo del Real Decreto Legislativo 1/94 de 20 de junio, a la empresa Oscar Aldaya Salaberri, con domicilio en 31003-Pamplona (calle Paulino Caballero, 49 4.º D) con el siguiente tenor literal:

Tras el examen realizado por esta Dirección Provincial, se ha comprobado el incumplimiento por parte de esa Empresa de sus obligaciones respecto al/a la trabajador/a Alvaro Lacunza Ochagavia, en cuanto a:

Existir un descubierto en la cotización por desempleo de 4-11-05 a 9-5-06.

Ello implica una responsabilidad de esa empresa de 11.451,60 euros, por el reconocimiento de una prestación o subsidio por desempleo, cuyo titular es el/la mencionado/a trabajador/a, y que asciende a una cuantía de 21.292,20 euros, correspondiente al período 2-5-00 a 9-5-06, todo ello de acuerdo con los artículos 104, 126, 220 y 230 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/94 de 20 de junio ("Boletín Oficial del Estado" número 154, de 29-06-94).

Si está de acuerdo con la presente notificación, podrá reintegrar la cantidad señalada en la C.A.M.P. de Madrid, en la cuenta de Recursos Diversos Provinciales de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social (c/c.: 20384503676000036076), comunicando tal ingreso a la dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo, mediante el correspondiente justificante.

De no estar de acuerdo dispone, conforme a lo dispuesto en la letra b) del número 1 del artículo 32 del Real Decreto 625/85 de 2 de abril ("Boletín Oficial del Estado" número 109 de 7 de mayo), del plazo de 10 días a partir de la notificación de la presente comunicación para formular por escrito las alegaciones que estime pertinentes. Transcurrido dicho plazo se emitirá la correspondiente resolución.

Por otro lado, en cumplimiento en lo dispuesto en el artículo 42.4 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la redacción dada por la Ley 4/99 de 13 de enero y por la Orden de 14 de abril de 1999, de desarrollo de dicho artículo, se le comunica también lo siguiente:

El número de expediente que se inicia con esta comunicación es 33430933-07.

El Instituto Nacional de Empleo, de acuerdo con el artículo 42.3 de la citada Ley 30/92, dispone de un plazo de tres meses, desde la fecha del presente acuerdo, para notificarle la resolución pertinente. Transcurrido dicho plazo, según lo establecido en el artículo 44.2 de la misma Ley, se producirá la caducidad del procedimiento y se ordenará el archivo de las actuaciones, sin perjuicio de que el INEM pueda instar el inicio de un nuevo procedimiento, si la acción no hubiera prescrito.

Para cualquier información relativa al estado de su expediente podrá dirigirse a esta Unidad Administrativa. Pamplona a 6 de febrero de 2007. El Subdirector Provincial del INEM, Alejandro Lara Piñero.

Por hallarse la Empresa en paradero desconocido, y de acuerdo con lo que establece el artículo 59.4. de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común de 26 de noviembre de 1992, y a fin de que le sirva de notificación, se hace pública esta cédula, advirtiéndole que el plazo legal de 30 días, se contará a partir del día siguiente al de la inserción de la misma en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Cédula de notificación

Ante esta Dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo en Pamplona, se sigue expediente en materia de responsabilidad empresarial al amparo del Real Decreto Legislativo 1/94 de 20 de junio, a la empresa Construcciones Rinavar, S.L., con domicilio en 31500-Tudela (Avenida Zaragoza, 2, Escalera 3, Entreplanta B) con el siguiente tenor literal:

Tras el examen realizado por esta Dirección Provincial, se ha comprobado el incumplimiento por parte de esa Empresa de sus obligaciones respecto al/a la trabajador/a María Soledad León Sarriés, en cuanto a:

Existir un descubierto en la cotización por desempleo de 19-4-04 a 30-10-06.

Ello implica una responsabilidad de esa empresa de 13.256,40 euros, por el reconocimiento de una prestación o subsidio por desempleo, cuyo titular es el/la mencionado/a trabajador/a, y que asciende a una cuantía de 15.649,20 euros, correspondiente al período 13-1-03 a 30-10-06, todo ello de acuerdo con los artículos 104, 126, 220 y 230 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/94 de 20 de junio ("Boletín Oficial del Estado" número 154, de 29-06-94).

Si está de acuerdo con la presente notificación, podrá reintegrar la cantidad señalada en la C.A.M.P. de Madrid, en la cuenta de Recursos Diversos Provinciales de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social (c/c.: 20384503676000036076), comunicando tal ingreso a la dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo, mediante el correspondiente justificante.

De no estar de acuerdo dispone, conforme a lo dispuesto en la letra b) del número 1 del artículo 32 del Real Decreto 625/85 de 2 de abril ("Boletín Oficial del Estado" número 109 de 7 de mayo), del plazo de 10 días a partir de la notificación de la presente comunicación para formular por escrito las alegaciones que estime pertinentes. Transcurrido dicho plazo se emitirá la correspondiente resolución.

Por otro lado, en cumplimiento en lo dispuesto en el artículo 42.4 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la redacción dada por la Ley 4/99 de 13 de enero y por la Orden de 14 de abril de 1999, de desarrollo de dicho artículo, se le comunica también lo siguiente:

El número de expediente que se inicia con esta comunicación es 52441407-07.

El Instituto Nacional de Empleo, de acuerdo con el artículo 42.3 de la citada Ley 30/92, dispone de un plazo de tres meses, desde la fecha del presente acuerdo, para notificarle la resolución pertinente. Transcurrido dicho plazo, según lo establecido en el artículo 44.2 de la misma Ley, se producirá la caducidad del procedimiento y se ordenará el archivo de las actuaciones, sin perjuicio de que el INEM pueda instar el inicio de un nuevo procedimiento, si la acción no hubiera prescrito.

Para cualquier información relativa al estado de su expediente podrá dirigirse a esta Unidad Administrativa. Pamplona a 6 de febrero de 2007. El Subdirector Provincial del INEM, Alejandro Lara Piñero.

Por hallarse la Empresa en paradero desconocido, y de acuerdo con lo que establece el artículo 59.4. de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común de 26 de noviembre de 1992, y a fin de que le sirva de notificación, se hace pública esta cédula, advirtiéndole que el plazo legal de 30 días, se contará a partir del día siguiente al de la inserción de la misma en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Cédula de notificación

Ante esta Dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo en Pamplona, se sigue expediente en materia de responsabilidad empresarial al amparo del Real Decreto Legislativo 1/94 de 20 de junio, a la empresa Instalaciones García Morales, S.L., con domicilio en 31192-Mutilva Baja (Polígono Industrial Mutilva Baja, calle V, 20 bajo) con el siguiente tenor literal:

Tras el examen realizado por esta Dirección Provincial, se ha comprobado el incumplimiento por parte de esa Empresa de sus obligaciones respecto al/a la trabajador/a Juan José Morales Medina, en cuanto a:

Por Sentencia de 28-7-06 del Juzgado de lo Social número 3 de Navarra que declara la Responsabilidad Empresarial por infracotización a la empresa Instalaciones García Morales, S.L. y solidariamente a la Administración Concursal (José Ramón Ariz).

Ello implica una responsabilidad de esa empresa de 653,60 euros, por el reconocimiento de una prestación o subsidio por desempleo, cuyo titular es el/la mencionado/a trabajador/a, y que asciende a una cuantía de 20.865,60 euros, correspondiente al período 26-1-00 a 25-1-06, todo ello de acuerdo con los artículos 104, 126, 220 y 230 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/94 de 20 de junio ("Boletín Oficial del Estado" número 154, de 29-06-94).

Si está de acuerdo con la presente notificación, podrá reintegrar la cantidad señalada en la C.A.M.P. de Madrid, en la cuenta de Recursos Diversos Provinciales de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social (c/c.: 20384503676000036076), comunicando tal ingreso a la dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo, mediante el correspondiente justificante.

De no estar de acuerdo dispone, conforme a lo dispuesto en la letra b) del número 1 del artículo 32 del Real Decreto 625/85 de 2 de abril ("Boletín Oficial del Estado" número 109 de 7 de mayo), del plazo de 10 días a partir de la notificación de la presente comunicación para formular por escrito las alegaciones que estime pertinentes. Transcurrido dicho plazo se emitirá la correspondiente resolución.

Por otro lado, en cumplimiento en lo dispuesto en el artículo 42.4 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la redacción dada por la Ley 4/99 de 13 de enero y por la Orden de 14 de abril de 1999, de desarrollo de dicho artículo, se le comunica también lo siguiente:

El número de expediente que se inicia con esta comunicación es 25888159-07.

El Instituto Nacional de Empleo, de acuerdo con el artículo 42.3 de la citada Ley 30/92, dispone de un plazo de tres meses, desde la fecha del presente acuerdo, para notificarle la resolución pertinente. Transcurrido dicho plazo, según lo establecido en el artículo 44.2 de la misma Ley, se producirá la caducidad del procedimiento y se ordenará el archivo de las actuaciones, sin perjuicio de que el INEM pueda instar el inicio de un nuevo procedimiento, si la acción no hubiera prescrito.

Para cualquier información relativa al estado de su expediente podrá dirigirse a esta Unidad Administrativa. Pamplona a 6 de febrero de 2007. El Subdirector Provincial del INEM, Alejandro Lara Piñero.

Por hallarse la Empresa en paradero desconocido, y de acuerdo con lo que establece el artículo 59.4. de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común de 26 de noviembre de 1992, y a fin de que le sirva de notificación, se hace pública esta cédula, advirtiéndole que el plazo legal de 30 días, se contará a partir del día siguiente al de la inserción de la misma en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Cédula de notificación

Ante esta Dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo en Pamplona, se sigue expediente en materia de responsabilidad empresarial al amparo del Real Decreto Legislativo 1/94 de 20 de junio, a la empresa Navargrab, S.L., con domicilio en 31180-Noáin (Polígono Industrial Noáin-Esquíroz, calle N, s/n) con el siguiente tenor literal:

Tras el examen realizado por esta Dirección Provincial, se ha comprobado el incumplimiento por parte de esa Empresa de sus obligaciones respecto al/a la trabajador/a José Manuel Muro Juango, en cuanto a:

Existir un descubierto en la cotización por desempleo de 1-8-04 a 4-9-06.

Ello implica una responsabilidad de esa empresa de 17.217 euros, por el reconocimiento de una prestación o subsidio por desempleo, cuyo titular es el/la mencionado/a trabajador/a, y que asciende a una cuantía de 23.479,20 euros, correspondiente al período 6 de febrero de 2007, todo ello de acuerdo con los artículos 104, 126, 220 y 230 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/94 de 20 de junio ("Boletín Oficial del Estado" número 154, de 29-06-94).

Si está de acuerdo con la presente notificación, podrá reintegrar la cantidad señalada en la C.A.M.P. de Madrid, en la cuenta de Recursos Diversos Provinciales de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social (c/c.: 20384503676000036076), comunicando tal ingreso a la dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo, mediante el correspondiente justificante.

De no estar de acuerdo dispone, conforme a lo dispuesto en la letra b) del número 1 del artículo 32 del Real Decreto 625/85 de 2 de abril ("Boletín Oficial del Estado" número 109 de 7 de mayo), del plazo de 10 días a partir de la notificación de la presente comunicación para formular por escrito las alegaciones que estime pertinentes. Transcurrido dicho plazo se emitirá la correspondiente resolución.

Por otro lado, en cumplimiento en lo dispuesto en el artículo 42.4 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la redacción dada por la Ley 4/99 de 13 de enero y por la Orden de 14 de abril de 1999, de desarrollo de dicho artículo, se le comunica también lo siguiente:

El número de expediente que se inicia con esta comunicación es 15758214-07.

El Instituto Nacional de Empleo, de acuerdo con el artículo 42.3 de la citada Ley 30/92, dispone de un plazo de tres meses, desde la fecha del presente acuerdo, para notificarle la resolución pertinente. Transcurrido dicho plazo, según lo establecido en el artículo 44.2 de la misma Ley, se producirá la caducidad del procedimiento y se ordenará el archivo de las actuaciones, sin perjuicio de que el INEM pueda instar el inicio de un nuevo procedimiento, si la acción no hubiera prescrito.

Para cualquier información relativa al estado de su expediente podrá dirigirse a esta Unidad Administrativa. Pamplona a 6 de febrero de 2007. El Subdirector Provincial del INEM, Alejandro Lara Piñero.

Por hallarse la Empresa en paradero desconocido, y de acuerdo con lo que establece el artículo 59.4. de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común de 26 de noviembre de 1992, y a fin de que le sirva de notificación, se hace pública esta cédula, advirtiéndole que el plazo legal de 30 días, se contará a partir del día siguiente al de la inserción de la misma en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Cédula de notificación

Ante esta Dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo en Pamplona, se sigue expediente en materia de responsabilidad empresarial al amparo del Real Decreto Legislativo 1/94 de 20 de junio, a la empresa Juan Pedro Yupangui Zaruma, con domicilio en 31500-Tudela (calle Valle Salazar, 3, 3.º B) con el siguiente tenor literal:

Tras el examen realizado por esta Dirección Provincial, se ha comprobado el incumplimiento por parte de esa Empresa de sus obligaciones respecto al/a la trabajador/a Alirio Penagos Isaza, en cuanto a:

Existir un descubierto en la cotización por desempleo de 1-10-06 a 6-10-06.

Ello implica una responsabilidad de esa empresa de 57,12 euros, por el reconocimiento de una prestación o subsidio por desempleo, cuyo titular es el/la mencionado/a trabajador/a, y que asciende a una cuantía de 3.286,08 euros, correspondiente al período 20-6-05 a 25-12-06, todo ello de acuerdo con los artículos 104, 126, 220 y 230 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/94 de 20 de junio ("Boletín Oficial del Estado" número 154, de 29-06-94).

Si está de acuerdo con la presente notificación, podrá reintegrar la cantidad señalada en la C.A.M.P. de Madrid, en la cuenta de Recursos Diversos Provinciales de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social (c/c.: 20384503676000036076), comunicando tal ingreso a la dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo, mediante el correspondiente justificante.

De no estar de acuerdo dispone, conforme a lo dispuesto en la letra b) del número 1 del artículo 32 del Real Decreto 625/85 de 2 de abril ("Boletín Oficial del Estado" número 109 de 7 de mayo), del plazo de 10 días a partir de la notificación de la presente comunicación para formular por escrito las alegaciones que estime pertinentes. Transcurrido dicho plazo se emitirá la correspondiente resolución.

Por otro lado, en cumplimiento en lo dispuesto en el artículo 42.4 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la redacción dada por la Ley 4/99 de 13 de enero y por la Orden de 14 de abril de 1999, de desarrollo de dicho artículo, se le comunica también lo siguiente:

El número de expediente que se inicia con esta comunicación es 6568779-07.

El Instituto Nacional de Empleo, de acuerdo con el artículo 42.3 de la citada Ley 30/92, dispone de un plazo de tres meses, desde la fecha del presente acuerdo, para notificarle la resolución pertinente. Transcurrido dicho plazo, según lo establecido en el artículo 44.2 de la misma Ley, se producirá la caducidad del procedimiento y se ordenará el archivo de las actuaciones, sin perjuicio de que el INEM pueda instar el inicio de un nuevo procedimiento, si la acción no hubiera prescrito.

Para cualquier información relativa al estado de su expediente podrá dirigirse a esta Unidad Administrativa. Pamplona a 6 de febrero de 2006. El Subdirector Provincial del INEM, Alejandro Lara Piñero.

Por hallarse la Empresa en paradero desconocido, y de acuerdo con lo que establece el artículo 59.4. de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común de 26 de noviembre de 1992, y a fin de que le sirva de notificación, se hace pública esta cédula, advirtiéndole que el plazo legal de 30 días, se contará a partir del día siguiente al de la inserción de la misma en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Cédula de notificación

Ante esta Dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo en Pamplona, se sigue expediente en materia de responsabilidad empresarial al amparo del Real Decreto Legislativo 1/94 de 20 de junio, a la empresa Azpacheta, S.L., con domicilio en 31001-Pamplona (calle Zapatería, 15, 2.º izquierda) con el siguiente tenor literal:

Tras el examen realizado por esta Dirección Provincial, se ha comprobado el incumplimiento por parte de esa Empresa de sus obligaciones respecto al/a la trabajador/a José Belisario Romero Pacheco, en cuanto a:

Existir un descubierto en la cotización por desempleo de 5-8-05 a 16-12-06.

Ello implica una responsabilidad de esa empresa de 1.585,92 euros, por el reconocimiento de una prestación o subsidio por desempleo, cuyo titular es el/la mencionado/a trabajador/a, y que asciende a una cuantía de 3.375,12 euros, correspondiente al período 5-8-05 a 16-12-06, todo ello de acuerdo con los artículos 104, 126, 220 y 230 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/94 de 20 de junio ("Boletín Oficial del Estado" número 154, de 29-06-94).

Si está de acuerdo con la presente notificación, podrá reintegrar la cantidad señalada en la C.A.M.P. de Madrid, en la cuenta de Recursos Diversos Provinciales de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social (c/c.: 20384503676000036076), comunicando tal ingreso a la dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo, mediante el correspondiente justificante.

De no estar de acuerdo dispone, conforme a lo dispuesto en la letra b) del número 1 del artículo 32 del Real Decreto 625/85 de 2 de abril ("Boletín Oficial del Estado" número 109 de 7 de mayo), del plazo de 10 días a partir de la notificación de la presente comunicación para formular por escrito las alegaciones que estime pertinentes. Transcurrido dicho plazo se emitirá la correspondiente resolución.

Por otro lado, en cumplimiento en lo dispuesto en el artículo 42.4 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la redacción dada por la Ley 4/99 de 13 de enero y por la Orden de 14 de abril de 1999, de desarrollo de dicho artículo, se le comunica también lo siguiente:

El número de expediente que se inicia con esta comunicación es 6840875-07.

El Instituto Nacional de Empleo, de acuerdo con el artículo 42.3 de la citada Ley 30/92, dispone de un plazo de tres meses, desde la fecha del presente acuerdo, para notificarle la resolución pertinente. Transcurrido dicho plazo, según lo establecido en el artículo 44.2 de la misma Ley, se producirá la caducidad del procedimiento y se ordenará el archivo de las actuaciones, sin perjuicio de que el INEM pueda instar el inicio de un nuevo procedimiento, si la acción no hubiera prescrito.

Para cualquier información relativa al estado de su expediente podrá dirigirse a esta Unidad Administrativa. Pamplona a 6 de febrero de 2007. El Subdirector Provincial del INEM, Alejandro Lara Piñero.

Por hallarse la Empresa en paradero desconocido, y de acuerdo con lo que establece el artículo 59.4. de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común de 26 de noviembre de 1992, y a fin de que le sirva de notificación, se hace pública esta cédula, advirtiéndole que el plazo legal de 30 días, se contará a partir del día siguiente al de la inserción de la misma en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Cédula de notificación

Ante esta Dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo en Pamplona, se sigue expediente en materia de responsabilidad empresarial al amparo del Real Decreto Legislativo 1/94 de 20 de junio, a la empresa Bar Román, 20, S.L., con domicilio en 31008-Pamplona (Plaza Yamaguchi, 8 bajo) con el siguiente tenor literal:

Tras el examen realizado por esta Dirección Provincial, se ha comprobado el incumplimiento por parte de esa Empresa de sus obligaciones respecto al/a la trabajador/a Miguel Angel Sanz Chung, en cuanto a:

Existir un descubierto en la cotización por desempleo de 1-7-06 a 31-12-06.

Ello implica una responsabilidad de esa empresa de 4.139,82 euros, por el reconocimiento de una prestación o subsidio por desempleo, cuyo titular es el/la mencionado/a trabajador/a, y que asciende a una cuantía de 6.935,22 euros, correspondiente al período 5-10-04 a 31-12-06, todo ello de acuerdo con los artículos 104, 126, 220 y 230 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/94 de 20 de junio ("Boletín Oficial del Estado" número 154, de 29-06-94).

Si está de acuerdo con la presente notificación, podrá reintegrar la cantidad señalada en la C.A.M.P. de Madrid, en la cuenta de Recursos Diversos Provinciales de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social (c/c.: 20384503676000036076), comunicando tal ingreso a la dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo, mediante el correspondiente justificante.

De no estar de acuerdo dispone, conforme a lo dispuesto en la letra b) del número 1 del artículo 32 del Real Decreto 625/85 de 2 de abril ("Boletín Oficial del Estado" número 109 de 7 de mayo), del plazo de 10 días a partir de la notificación de la presente comunicación para formular por escrito las alegaciones que estime pertinentes. Transcurrido dicho plazo se emitirá la correspondiente resolución.

Por otro lado, en cumplimiento en lo dispuesto en el artículo 42.4 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la redacción dada por la Ley 4/99 de 13 de enero y por la Orden de 14 de abril de 1999, de desarrollo de dicho artículo, se le comunica también lo siguiente:

El número de expediente que se inicia con esta comunicación es 73112295-07.

El Instituto Nacional de Empleo, de acuerdo con el artículo 42.3 de la citada Ley 30/92, dispone de un plazo de tres meses, desde la fecha del presente acuerdo, para notificarle la resolución pertinente. Transcurrido dicho plazo, según lo establecido en el artículo 44.2 de la misma Ley, se producirá la caducidad del procedimiento y se ordenará el archivo de las actuaciones, sin perjuicio de que el INEM pueda instar el inicio de un nuevo procedimiento, si la acción no hubiera prescrito.

Para cualquier información relativa al estado de su expediente podrá dirigirse a esta Unidad Administrativa. Pamplona a 6 de febrero de 2007. El Subdirector Provincial del INEM, Alejandro Lara Piñero.

Por hallarse la Empresa en paradero desconocido, y de acuerdo con lo que establece el artículo 59.4. de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común de 26 de noviembre de 1992, y a fin de que le sirva de notificación, se hace pública esta cédula, advirtiéndole que el plazo legal de 30 días, se contará a partir del día siguiente al de la inserción de la misma en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Cédula de notificación

Ante esta Dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo en Pamplona, se sigue expediente en materia de responsabilidad empresarial al amparo del Real Decreto Legislativo 1/94 de 20 de junio, a la empresa Navargrab, S.L., con domicilio en 31110-Noain (Polígono Industrial Noáin-Esquíroz, calle N, s/n) con el siguiente tenor literal:

Tras el examen realizado por esta Dirección Provincial, se ha comprobado el incumplimiento por parte de esa Empresa de sus obligaciones respecto al/a la trabajador/a Esteban Sarasibar Ibarrola, en cuanto a:

Existir un descubierto en la cotización por desempleo de 1-8-04 a 4-9-06.

Ello implica una responsabilidad de esa empresa de 12.442,50 euros, por el reconocimiento de una prestación o subsidio por desempleo, cuyo titular es el/la mencionado/a trabajador/a, y que asciende a una cuantía de 16.915,50 euros, correspondiente al período 3-9-01 a 4-9-06, todo ello de acuerdo con los artículos 104, 126, 220 y 230 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/94 de 20 de junio ("Boletín Oficial del Estado" número 154, de 29-06-94).

Si está de acuerdo con la presente notificación, podrá reintegrar la cantidad señalada en la C.A.M.P. de Madrid, en la cuenta de Recursos Diversos Provinciales de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social (c/c.: 20384503676000036076), comunicando tal ingreso a la dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo, mediante el correspondiente justificante.

De no estar de acuerdo dispone, conforme a lo dispuesto en la letra b) del número 1 del artículo 32 del Real Decreto 625/85 de 2 de abril ("Boletín Oficial del Estado" número 109 de 7 de mayo), del plazo de 10 días a partir de la notificación de la presente comunicación para formular por escrito las alegaciones que estime pertinentes. Transcurrido dicho plazo se emitirá la correspondiente resolución.

Por otro lado, en cumplimiento en lo dispuesto en el artículo 42.4 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la redacción dada por la Ley 4/99 de 13 de enero y por la Orden de 14 de abril de 1999, de desarrollo de dicho artículo, se le comunica también lo siguiente:

El número de expediente que se inicia con esta comunicación es 15794426-07.

El Instituto Nacional de Empleo, de acuerdo con el artículo 42.3 de la citada Ley 30/92, dispone de un plazo de tres meses, desde la fecha del presente acuerdo, para notificarle la resolución pertinente. Transcurrido dicho plazo, según lo establecido en el artículo 44.2 de la misma Ley, se producirá la caducidad del procedimiento y se ordenará el archivo de las actuaciones, sin perjuicio de que el INEM pueda instar el inicio de un nuevo procedimiento, si la acción no hubiera prescrito.

Para cualquier información relativa al estado de su expediente podrá dirigirse a esta Unidad Administrativa. Pamplona a 6 de febrero de 2007. El Subdirector Provincial del INEM, Alejandro Lara Piñero.

Por hallarse la Empresa en paradero desconocido, y de acuerdo con lo que establece el artículo 59.4. de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común de 26 de noviembre de 1992, y a fin de que le sirva de notificación, se hace pública esta cédula, advirtiéndole que el plazo legal de 30 días, se contará a partir del día siguiente al de la inserción de la misma en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Cédula de notificación

Ante esta Dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo en Pamplona, se sigue expediente en materia de responsabilidad empresarial al amparo del Real Decreto Legislativo 1/94 de 20 de junio, a la empresa Kaddour khrissi, con domicilio en 31320-Milagro (Avenida Navarra, 14) con el siguiente tenor literal:

Tras el examen realizado por esta Dirección Provincial, se ha comprobado el incumplimiento por parte de esa Empresa de sus obligaciones respecto al/a la trabajador/a Yanma Tlaghi, en cuanto a:

Existir un descubierto en la cotización por desempleo de 6-2-06 a 3-8-06.

Ello implica una responsabilidad de esa empresa de 506,52 euros, por el reconocimiento de una prestación o subsidio por desempleo, cuyo titular es el/la mencionado/a trabajador/a, y que asciende a una cuantía de 2.295,72 euros, correspondiente al período 25-8-04 a 2-11-06, todo ello de acuerdo con los artículos 104, 126, 220 y 230 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/94 de 20 de junio ("Boletín Oficial del Estado" número 154, de 29-06-94).

Si está de acuerdo con la presente notificación, podrá reintegrar la cantidad señalada en la C.A.M.P. de Madrid, en la cuenta de Recursos Diversos Provinciales de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social (c/c.: 20384503676000036076), comunicando tal ingreso a la dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo, mediante el correspondiente justificante.

De no estar de acuerdo dispone, conforme a lo dispuesto en la letra b) del número 1 del artículo 32 del Real Decreto 625/85 de 2 de abril ("Boletín Oficial del Estado" número 109 de 7 de mayo), del plazo de 10 días a partir de la notificación de la presente comunicación para formular por escrito las alegaciones que estime pertinentes. Transcurrido dicho plazo se emitirá la correspondiente resolución.

Por otro lado, en cumplimiento en lo dispuesto en el artículo 42.4 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la redacción dada por la Ley 4/99 de 13 de enero y por la Orden de 14 de abril de 1999, de desarrollo de dicho artículo, se le comunica también lo siguiente:

El número de expediente que se inicia con esta comunicación es 4200822-07.

El Instituto Nacional de Empleo, de acuerdo con el artículo 42.3 de la citada Ley 30/92, dispone de un plazo de tres meses, desde la fecha del presente acuerdo, para notificarle la resolución pertinente. Transcurrido dicho plazo, según lo establecido en el artículo 44.2 de la misma Ley, se producirá la caducidad del procedimiento y se ordenará el archivo de las actuaciones, sin perjuicio de que el INEM pueda instar el inicio de un nuevo procedimiento, si la acción no hubiera prescrito.

Para cualquier información relativa al estado de su expediente podrá dirigirse a esta Unidad Administrativa. Pamplona a 6 de febrero de 2007. El Subdirector Provincial del INEM, Alejandro Lara Piñero.

Por hallarse la Empresa en paradero desconocido, y de acuerdo con lo que establece el artículo 59.4. de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común de 26 de noviembre de 1992, y a fin de que le sirva de notificación, se hace pública esta cédula, advirtiéndole que el plazo legal de 30 días, se contará a partir del día siguiente al de la inserción de la misma en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Pamplona, 8 de junio de 2007
El Subdirector Provincial del SPEE-INEM, Alejandro Lara Piñero.

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