BOLETÍN Nº 77 - 22 de junio de 2007

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

1.3. OTRAS DISPOSICIONES

1.3.6. Otros

RESOLUCION 1013/2007, de 16 de mayo, del Director General de Medio Ambiente por la que se prorroga el plazo de ejecución de la obra de ampliación del antiguo puente del ferrocarril sobre el río Salazar, en el municipio de Lumbier (Navarra), promovido por el Ayuntamiento.

Con fecha 25 de abril de 2007 ha tenido entrada en el Servicio de Integración Ambiental el expediente arriba citado.

Mediante la Resolución 1526/2006, de 22 de junio, del Director General se concedió la subvención para la realización de las obras de ampliación del Puente. Con posterioridad, (Resolución 3157/2006, de 29 de diciembre) se prorrogó el plazo de ejecución de las obras hasta el mes de junio de 2007.

Debido al aumento del caudal que se ha registrado en el río Salazar durante los últimos meses, fruto del rápido deshielo y de la prolongación del periodo de lluvias, las obras se han demorado. Por encontrarnos además, en el periodo de desarrollo de alevines de la trucha común y de reproducción de los mustélidos protegidos, se considera necesario trasladar el programa de trabajo, al periodo de estiaje.

Visto el informe del Servicio de Integración Ambiental y en uso de las facultades que tengo conferidas por Decreto Foral 42/2005, de 24 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda.

RESUELVO:

1.º Prorrogar el plazo de ejecución de los trabajos de ampliación del puente del ferrocarril sobre el río Salazar, en el Término Municipal de Lumbier (Navarra), promovido por el Ayuntamiento.

La presente Autorización estará sujeta a las siguientes condiciones:

1._Los trabajos que afectan al cauce comenzarán a partir del 1 de julio y terminarán, junto con las medidas de restauración, antes del 15 de octubre de 2007.

2._Se respetarán las condiciones impuestas tanto en las citadas resoluciones, como en las impuestas a través de la Confederación Hidrográfica del Ebro.

3._Con 48 horas de antelación al inicio de las obras se avisará al Guarderío de Medio Ambiente de Ronda de Aóiz (Tfnos. 608 06 26 69 y 948 33 42 13), para realizar la retirada de fauna, si procede, y supervisar las obras.

2.º Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, los interesados que no sean administraciones podrán interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes a contar desde su notificación.

Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la presente Resolución.

3.º Publicar esta Resolución en el BOLETIN OFICIAL de Navarra a los efectos de Autorización de Afecciones Ambientales.

4.º Trasladar la presente Resolución al Servicio de Integración Ambiental, a la Sección de Control Administrativo, al Interventor Delegado del Departamento de Economía y Hacienda en el de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda y al Ayuntamiento de Lumbier, a los efectos oportunos.

Pamplona, 16 de mayo de 2007
El Director General de Medio Ambiente, Juan José Grau Las Heras.

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