BOLETÍN Nº 77 - 22 de junio de 2007

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

1.3. OTRAS DISPOSICIONES

1.3.1. Ordenación del territorio y urbanismo

ORDEN FORAL 291/2007, de 30 de mayo, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, por la que se aprueba definitivamente el expediente de modificación del Plan Municipal de Abárzuza, en la parcela 101 del polígono 3, promovido por Pedro Olabarría Badiola y José Angel Goñi López.

El Ayuntamiento de Abárzuza ha presentado ante el Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, para su aprobación definitiva, el expediente descrito en el encabezamiento.

Vistos los informes del Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo, y del Servicio de Conservación de la Biodiversidad, se considera procedente su aprobación definitiva.

En uso de las facultades que tengo conferidas por Decreto Foral 42/2005, de 24 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda,

ORDENO:

1.º Aprobar definitivamente el expediente de modificación del Plan Municipal de Abárzuza, en la parcela 101 del polígono 3, promovido por Pedro Olabarría Badiola y José Angel Goñi López, teniendo en cuenta que deben llevarse a cabo las actuaciones de deslinde necesarias del Monte de Utilidad Pública.

2.º Señalar que esta Orden Foral no agota la vía administrativa. Los interesados que no sean Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra contra este acto aprobatorio de control de legalidad, en el plazo de un mes. Y contra la normativa urbanística aprobada se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses.

Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la presente Orden Foral o, en su caso, publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

3.º Notificar esta Orden Foral al Ayuntamiento de Abárzuza, a Pedro Olabarría Badiola y a José Angel Goñi López, y publicarla en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, a los efectos oportunos.

Pamplona, 30 de mayo de 2007
El Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, José Andrés Burguete Torres.

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