BOLETÍN Nº 76 - 20 de junio de 2007

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

1.2. AUTORIDADES Y PERSONAL

1.2.2. Plantilla Orgánica, Oferta Pública de Empleo, oposicionesy concursos

CONVOCATORIA aprobada por Resolución 1698/2007, de 28 de mayo, del Director General de Función Pública, para la provisión, mediante oposición, de 6 plazas del puesto de trabajo de Médico Inspector al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.

Por Resolución 1698/2007, de 28 de mayo, del Director General de Función Pública, se ha aprobado la convocatoria para la provisión, mediante oposición, de 6 plazas del puesto de trabajo de Médico Inspector al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.

Dicho proceso selectivo se llevará a cabo con sujeción a lo dispuesto sobre la materia en el Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, aprobado por el Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, en el Reglamento de ingreso dictado para su desarrollo y ejecución, demás normas de aplicación y en las bases de esta convocatoria.

1._Objeto de la convocatoria.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria, la provisión, mediante oposición, de 6 plazas del puesto de trabajo de Médico Inspector, de régimen funcionarial y nivel A, adscritas al Instituto Navarro de Salud Laboral, 5 con destino en Pamplona, identificadas en la plantilla con los números 7957, 7959, 7960, 7961 y 7962; y 1 con destino en Tudela, número 7958, distribuidas en los siguientes turnos:

_3 plazas en turno libre.

_3 plazas en turno de promoción.

1.2. Las vacantes del turno de promoción que queden desiertas por no haber obtenido los aspirantes la puntuación mínima exigida para la superación de las pruebas selectivas, se acumularán a las del turno libre.

Por otra parte, si en el turno de promoción resultaran más aspirantes aprobados que el número de vacantes, los aprobados sin plaza de este turno optarán a las vacantes del turno libre en concurrencia con los aspirantes de este turno, de acuerdo con la puntuación final obtenida.

Asimismo, podrán optar a las vacantes del turno libre, en la forma señalada en el párrafo anterior, los aspirantes del turno de promoción que no reúnan los requisitos específicos exigidos en el apartado 2.1.2 de la convocatoria, en el momento en que finalice el plazo de presentación de documentos señalado en el apartado 7.2.

1.3. Los puestos de trabajo estarán dotados con las remuneraciones fijadas con carácter general para el nivel A en el Reglamento Provisional de Retribuciones, aprobado por Decreto Foral 158/1984, de 4 de julio, y las que se determinen para cada caso concreto en las demás disposiciones de aplicación.

1.4. Asimismo es objeto de la presente convocatoria constituir, con los aspirantes que no obtengan plaza en el procedimiento selectivo de ingreso, relaciones de aspirantes a la contratación temporal, conforme a lo dispuesto en las bases 3, 10, 11 y 12 de esta convocatoria.

2._Requisitos.

2.1. Para ser admitidos a la oposición, los aspirantes deberán reunir en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes y desde el momento en que finalice el plazo de entrega de documentos al que se refiere el apartado 7.2 de la convocatoria hasta el momento de la toma de posesión de la plaza, los requisitos siguientes:

2.1.1. Requisitos para todos los aspirantes:

a) Tener la nacionalidad española.

b) Ser mayor de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación.

c) Estar en posesión del título de Licenciado en Medicina o título equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.

d) Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el ejercicio de las correspondientes funciones.

e) No hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

2.1.2. Requisitos específicos para los aspirantes del turno de promoción.

Los aspirantes del turno de promoción, además de los requisitos señalados en el apartado anterior, deberán reunir los siguientes:

a) Tener la condición de personal fijo perteneciente a cualquiera de las Administraciones Públicas de Navarra o de personal fijo adscrito a los servicios de la Administración de Justicia transferidos a la Comunidad Foral de Navarra, y no hallarse en situación de excedencia voluntaria o forzosa en el puesto desde el que se pretende promocionar.

b) Pertenecer al mismo o inferior nivel al de las vacantes convocadas.

c) Tener cinco años de antigüedad reconocida en las Administraciones Públicas.

En aplicación de lo dispuesto en la Disposición Adicional Octava del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, podrán también participar en el turno de promoción los funcionarios del Parlamento de Navarra que cumplan el resto de requisitos exigidos para participar en dicho turno.

Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44.2 de la Ley Foral 8/2007, de 23 de marzo, de las Policías de Navarra, los miembros de los Cuerpos de Policía de Navarra podrán participar en el turno de promoción a partir de que hayan prestado efectivamente servicios durante ocho años en el respectivo Cuerpo.

2.2. Con la excepción establecida en el punto dos de la base 3.4, los requisitos anteriores deberán acreditarse por los aspirantes propuestos para el nombramiento, en el plazo y forma previstos en el apartado 7.2 de la convocatoria.

3._Instancias.

3.1. Las instancias para poder participar en la convocatoria se presentarán en el Registro General del Gobierno de Navarra, Avda. de Carlos III, 2, 31002 Pamplona, o en cualquiera de las demás oficinas de Registro del Gobierno de Navarra cuya relación aparece publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra número 14, de fecha 31 de enero de 2007, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de treinta días naturales contados a partir del siguiente al de su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

En el caso de que se opte por presentar la solicitud en una oficina de Correos, se hará en sobre abierto para que la instancia sea fechada y sellada por el personal de Correos antes de ser certificada.

Las instancias deberán ajustarse al modelo anexo a la convocatoria, y en ellas los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una0 de las condiciones en ella exigidas. El modelo de instancia se facilitará en cualquiera de las citadas oficinas de Registro del Gobierno de Navarra, pudiendo también obtenerse, a través de Internet, en la dirección www.navarra.es, bien desde el Boletín Oficial de su publicación, bien desde la reseña de la convocatoria en "Catálogo de Servicios" "Empleo Público".

3.2. Los aspirantes con discapacidad reconocida podrán solicitar las posibles adaptaciones de tiempos y medios para la realización de los ejercicios en que éstas sean necesarias, en cuyo caso deberán manifestarlo en la instancia, expresar en hoja aparte la discapacidad que padecen y las adaptaciones solicitadas, y adjuntar la acreditación de la condición legal de discapacitado, mediante copia compulsada del documento expedido por órgano competente.

3.3. Al objeto de su inclusión en las listas de contratación temporal que se constituyan con los aspirantes que no superen todos los ejercicios del proceso selectivo, en la misma instancia de participación en el mismo, los participantes deberán manifestar el ámbito de gestión a cuyas listas de contratación optan.

A tal fin los participantes deberán elegir exclusivamente uno de los ámbitos de gestión que figuran en la instancia, al objeto de ser incluidos en las listas correspondientes al ámbito del Servicio Navarro de Salud o del resto de Departamentos y organismos autónomos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra (Administración Núcleo). En los supuestos en los que se opte por más de un ámbito de gestión, o cuando no se cumplimente a estos efectos la instancia de participación, se entenderá que optan únicamente por las listas correspondientes al ámbito de Administración Núcleo.

3.4. A la instancia, debidamente cumplimentada, se acompañará la siguiente documentación:

Uno._Justificante de haber abonado la cantidad de 25 euros en concepto de pago de tasa por formalización del expediente y derechos de examen. La falta de pago de la tasa por derechos de examen determinará la exclusión del aspirante.

El abono de dicha tasa se podrá efectuar por uno de los sistemas siguientes:

_Mediante carta de pago debidamente cumplimentada, en las cuentas que la Administración de la Comunidad Foral tiene en las entidades financieras ubicadas en Navarra. En la reseña de la convocatoria en Internet, en la dirección más arriba señalada, figura el modelo de carta de pago.

_Mediante ingreso en efectivo, o transferencia bancaria, a la cuenta número 00308124 87 0870002271 del Banesto (Banco Español de Crédito), en cuyo caso en el justificante de pago deberán figurar obligatoriamente los siguientes datos:

_Nombre y apellidos del aspirante.

_DNI/NIF.

_Número de cuenta en la que se efectúa el abono.

_Concepto: Oposiciones.

_Puesto de trabajo objeto de la convocatoria.

Estarán exentos del pago de la tasa:

a) Las personas con discapacidad reconocida, de grado igual o superior al 33 por 100, que acrediten tal condición mediante fotocopia debidamente compulsada del documento expedido por órgano competente.

b) Las personas que figuren inscritas como demandantes de empleo durante el plazo de, al menos, un mes anterior a la fecha de publicación de la convocatoria, siempre que durante el período de inscripción no hayan rechazado oferta de empleo adecuado, ni se hayan negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional, y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional.

Lo relativo a la inscripción como demandante de empleo se acreditará mediante certificación expedida por la Oficina de Empleo que corresponda, en la que se hará constar la fecha de inscripción como demandante y mención expresa de que durante el período de inscripción no se ha rechazado oferta de empleo adecuado, ni ha habido negativa a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional.

La carencia de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional, se acreditará mediante declaración solemne del interesado. En la Oficina de Información del Gobierno de Navarra se facilitará modelo de declaración, pudiendo obtenerse también a través de Internet en la dirección antes señalada.

Dos._Los aspirantes que soliciten participar en la convocatoria por el turno de promoción y tengan la condición de personal fijo perteneciente a una Administración Pública de Navarra distinta de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra o de personal fijo adscrito a los servicios de la Administración de Justicia transferidos a la Comunidad Foral de Navarra, deberán unir a la instancia, además, certificación acreditativa de los requisitos exigidos en el apartado 2.1.2 de esta convocatoria.

3.5. El plazo señalado para la presentación de instancias será improrrogable.

3.6. Los errores materiales o de hecho que se adviertan en la solicitud podrán ser subsanados en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

4._Admisión de aspirantes y reclamaciones.

4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Director General de Función Pública dictará Resolución aprobando la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

4.2. Los aspirantes excluidos, dentro de los diez días hábiles siguientes al de publicación de la lista provisional en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que hubieran incurrido.

4.3. Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas éstas, el Director General de Función Pública dictará Resolución aprobando la lista definitiva de admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

4.4. No procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos de exclusión por causa imputable a los aspirantes.

5._Tribunal calificador.

5.1. El Tribunal calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

_Presidente: Don José Ramón Ayestarán Ruiz-Bazán, Director Gerente del Instituto Navarro de Salud Laboral.

_Suplente: Doña María Soledad Aranguren Balerdi, Directora del Instituto de Salud Pública.

_Vocal: Don Angel Parra Osés, Director del Servicio de Salud Laboral e Investigación del Instituto Navarro de Salud Laboral.

_Suplente: María Jesús Condón Huerta, Jefe del Servicio de Rehabilitación del Hospital Virgen del Camino.

_Vocal: Doña Vega García López, Jefa de la Sección de Epidemiología Laboral, Investigación y Evaluación Sanitaria.

_Suplente: Don José Ignacio Moreno Suescun, Médico del Servicio de Salud Laboral e Investigación del Instituto Navarro de Salud Laboral.

_Vocal: Un representante de la Comisión de Personal del Instituto Navarro de Salud Laboral, propuesto por la misma.

_Suplente: Un representante de la Comisión de Personal del Instituto Navarro de Salud Laboral, propuesto por la misma.

_Vocal-Secretario: Don Jesús Fernández Baráibar, Jefe de la Sección de Valoración Clínico - Laboral e Incapacidades.

_Suplente: Don Gregorio Tiberio López, Jefe de Sección de Medicina Interna del Hospital Virgen del Camino.

El Tribunal deberá constituirse antes de las pruebas selectivas.

5.2. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros.

Para la válida constitución y actuaciones del órgano colegiado se requerirá la presencia del Presidente y del Vocal-Secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan.

5.3. Los miembros del Tribunal calificador deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al órgano convocante, cuando concurran los motivos de abstención previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las aludidas circunstancias.

5.4. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de la convocatoria.

5.5. El Tribunal podrá incorporar asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores colaborarán con el Tribunal limitándose al ejercicio de sus especialidades técnicas.

6._Desarrollo de la oposición.

6.1. La oposición dará comienzo en el mes de septiembre de 2007. En la misma Resolución aprobatoria de la lista definitiva de admitidos y excluidos se determinarán el lugar, fecha y hora del comienzo de las pruebas.

Posteriormente, el Tribunal publicará oportunamente los sucesivos anuncios de celebración de las restantes pruebas en la forma reglamentaria.

6.2. La oposición constará de los siguientes ejercicios:

Primero: Consistirá en resolver los supuestos y/o contestar a las preguntas que determine el Tribunal sobre la materia incluida en las partes primera, segunda y tercera del temario que figura en el Anexo II de la convocatoria, durante el tiempo máximo de 3 horas.

Segundo: Consistirá en la redacción escrita y posterior lectura pública de 2 temas sacados al azar, uno entre los que figuran en la parte II del temario y otro entre los que figuran en la parte III. Para la redacción del ejercicio se dispondrá de un máximo de cuatro horas.

Tercero: Consistirá en la realización de una o más pruebas prácticas propuestas por el Tribunal sobre la materia incluida en las partes I, II y III del temario de la convocatoria. Para la realización del ejercicio se dispondrá del tiempo que determine el Tribunal en el momento de su celebración.

Los ejercicios primero y tercero se llevarán a cabo por el sistema de plicas.

6.3. La valoración de los ejercicios de la oposición podrá alcanzar un máximo de 60 puntos, distribuidos del siguiente modo:

Primero: Hasta 20 puntos.

Segundo: Hasta 20 puntos. Cada tema tendrá una puntuación máxima de 10 puntos.

Tercero: Hasta 20 puntos.

6.4. Los ejercicios de la oposición serán eliminatorios. Quedarán eliminados los aspirantes que no obtengan, al menos, la mitad de la puntuación asignada a cada ejercicio. Igualmente, quedarán eliminados los aspirantes que sean calificados con 0 puntos en cualquiera de los temas o supuestos de los ejercicios segundo y tercero.

6.5. Concluida la calificación de cada ejercicio, el Tribunal publicará, en el lugar de su celebración y en el Tablón de Anuncios del Gobierno de Navarra, la lista de aspirantes aprobados con las calificaciones obtenidas y, asimismo, el lugar, fecha y hora de celebración del siguiente ejercicio de la oposición, con una antelación mínima de 48 horas.

6.6. La convocatoria para cada ejercicio será mediante llamamiento único, al que los aspirantes deberán acudir provistos del Documento Nacional de Identidad, Pasaporte o Permiso de conducir. Quedarán excluidos de la oposición los aspirantes que no comparezcan o no acrediten su personalidad mediante alguno de los documentos citados.

6.7. Durante el desarrollo de las pruebas selectivas se establecerán, para los aspirantes con discapacidad reconocida que lo hubieran solicitado en la instancia, las adaptaciones posibles y necesarias de tiempos y medios para su realización.

7._Relación de aprobados, propuesta de nombramiento y presentación de documentos.

7.1. Concluidas las pruebas selectivas, el Tribunal publicará en el Tablón de Anuncios del Gobierno de Navarra la relación de aprobados con las calificaciones obtenidas en la oposición y elevará al Director General de Función Pública, junto con el expediente completo, dicha relación y la propuesta de nombramiento en favor de los aspirantes aprobados con mayor puntuación que tengan cabida en el número de plazas convocadas. La referida propuesta se publicará en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Los empates que se produzcan se dirimirán en favor de quienes obtengan mayor puntuación en el primer ejercicio. Y si persistieran, se tomarán en consideración las puntuaciones obtenidas en el ejercicio tercero.

7.2. Dentro de los 30 días naturales siguientes al de publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra de la propuesta de nombramiento, los aspirantes propuestos deberán aportar a la Dirección General de Función Pública, previa retirada, en todo caso, de los impresos preparados al efecto en las dependencias de dicho órgano, los siguientes documentos:

7.2.1. Aspirantes que no tengan la condición de personal fijo al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos:

a) Dos fotocopias compulsadas del Documento Nacional de Identidad o documento equivalente acreditativo de la nacionalidad e identidad del aspirante.

b) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2 de la convocatoria o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención, o, en su caso, certificación de estar en condiciones de obtenerlo dentro del plazo de presentación de instancias.

c) Informe expedido por la Sección de Prevención de Riesgos Laborales que corresponda, justificativo de no padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que imposibilite el ejercicio de las funciones propias del cargo.

Los aspirantes que hubieran alegado discapacidad, deberán aportar, además, acreditación de la compatibilidad de la misma con el puesto de trabajo objeto de la convocatoria, extendida por los equipos de valoración y orientación competentes.

d) Declaración jurada o solemne de no hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y de no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

e) Juramento o promesa de respetar el Régimen Foral de Navarra, de acatar la Constitución y las Leyes, y de cumplir fielmente las obligaciones propias del cargo.

f) La demás documentación que les sea requerida por la Dirección General de Función Pública.

Los aspirantes que tengan la condición de personal fijo de Administración Pública de Navarra distinta de la convocante o de personal fijo adscrito a los servicios de la Administración de Justicia transferidos a la Comunidad Foral de Navarra, deberán aportar, además, certificación acreditativa de cuantas circunstancias y antecedentes consten en el expediente personal de su Administración anterior, relativas al ingreso, antigüedad, nivel, situaciones administrativas, etc.

7.2.2. Aspirantes que tengan la condición de personal fijo de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos:

a) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2 de la convocatoria o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención, o, en su caso, certificación de estar en condiciones de obtenerlo dentro del plazo de presentación de instancias.

b) La demás documentación que les sea requerida por la Dirección General de Función Pública.

Los aspirantes que hubieran alegado una discapacidad deberán aportar, además, acreditación de la compatibilidad de la misma con el puesto de trabajo objeto de convocatoria, extendida por los equipos de valoración y orientación competentes.

7.3. Quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor suficientemente justificados, no presenten dichos documentos, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia.

7.4. En el caso previsto en el apartado anterior, el Director General de Función Pública cubrirá la baja con el aspirante incluido inmediatamente a continuación en la relación de aprobados a que se refiere el apartado 7.1, procediéndose con el mismo en la forma señalada en los apartados anteriores.

8._Elección de vacantes.

8.1. Los aspirantes que cumplan lo dispuesto en la base anterior, comunicarán, en el plazo que a tal efecto les señale la Dirección General de Función Pública, su preferencia por las vacantes del puesto de trabajo convocadas o aquellas que les sustituyan en atención a las necesidades del servicio y les sean puestas de manifiesto.

8.2. Los aspirantes que superen las pruebas selectivas por el turno de promoción tendrán, con la excepción contemplada en el párrafo segundo del apartado 8.3, preferencia para elegir las vacantes objeto de convocatoria sobre los aspirantes que no procedan de este turno.

8.3. Los aspirantes con discapacidad reconocida de grado igual o superior al 33 por 100 tendrán preferencia en la elección de vacantes sobre los aspirantes del turno libre.

No obstante lo anterior, en el caso de que haya aspirantes con la discapacidad mencionada y ésta influya en las condiciones de desempeño de las distintas vacantes, con carácter previo a la elección se les adjudicarán las que resulten más acordes con su discapacidad, a la vista del informe que emita al respecto el equipo de valoración y orientación competente.

9._Nombramiento, adjudicación de vacantes y toma de posesión.

9.1. El Director General de Función Pública nombrará funcionarios de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, para desempeñar el puesto de trabajo de Médico Inspector, y adjudicará las vacantes, mediante Resolución, a los aspirantes que den cumplimiento a lo establecido en las bases anteriores.

9.2. El nombramiento y toma de posesión conferirán a los designados el carácter de funcionarios de nómina y plantilla, con todos los derechos y deberes que señalen las disposiciones vigentes en materia del personal funcionario de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y serán afiliados y dados de alta en el Régimen General de la Seguridad Social bajo la acción protectora prevista en el referido régimen.

No obstante lo anterior, por aplicación de lo dispuesto en la Disposición Adicional Novena, punto 3, del Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, en el supuesto de que estén ya afiliados al régimen de derechos pasivos de cualquier Montepío de las Administraciones Públicas de Navarra, podrán optar por mantenerse en el Montepío de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, acogidos al régimen de derechos pasivos regulado por la Ley Foral 10/2003, de 5 de marzo, o por afiliarse al Régimen General de la Seguridad Social.

9.3. Los aspirantes nombrados tendrán el deber de residir en el lugar de su destino, a cuyo efecto fijarán efectivamente su domicilio en el respectivo término municipal. El destino podrá ser variado por los órganos administrativos competentes, de conformidad con lo dispuesto en la normativa aplicable.

9.4. El régimen de jornada de trabajo se adaptará a las necesidades del servicio, pudiendo ser modificado en cualquier momento por los órganos administrativos competentes, de conformidad con lo dispuesto en la normativa aplicable.

9.5. El nombramiento se publicará en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y los aspirantes nombrados deberán tomar posesión en el plazo de un mes, a contar desde la notificación del nombramiento.

Quienes dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerza mayor, no tomen posesión, perderán todos sus derechos para la adquisición de la condición de funcionario de la Administración de la Comunidad Foral. En tal supuesto, se estará a lo establecido en el apartado 7.4 de la convocatoria.

9.6. En el caso de aspirantes que adquieran la condición de funcionario y, sin el desempeño efectivo del puesto de trabajo, sean declarados, a petición suya, en situación de excedencia voluntaria con efectos desde el mismo día de la toma de posesión, por encontrarse en esa fecha prestando servicios en otra Administración Pública, la correspondiente vacante se cubrirá igualmente, según lo dispuesto en el mencionado apartado 7.4 de la convocatoria.

9.7. En los supuestos previstos en los dos apartados anteriores no se modificará la elección de vacantes realizada con carácter previo al nombramiento, adjudicándose directamente a los nuevos funcionarios las plazas resultantes de dichas situaciones.

10._Listas de aspirantes a la contratación temporal.

10.1. De conformidad con lo establecido en el artículo 42 del Reglamento de Ingreso en las Administraciones Públicas de Navarra, en la Orden Foral 146/2005, de 14 de noviembre, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se aprueban normas de gestión para la provisión temporal de puestos de trabajo y con el procedimiento establecido en la presente base, se constituirán las siguientes listas de aspirantes a la contratación temporal:

_Lista de aprobados sin plaza, común para todos los Departamentos y organismos autónomos de la Administración de la Comunidad Foral.

_Lista de aspirantes que no hayan superado todos los ejercicios del proceso selectivo, de acuerdo con la elección de ámbito que hayan manifestado en su instancia de participación.

10.2. Listas de aprobados sin plaza.

La Dirección General de Función Pública constituirá con los aprobados sin plaza del proceso selectivo, una lista de aspirantes a la contratación temporal de acuerdo con el procedimiento establecido en la base 11 de esta convocatoria y la gestionará de acuerdo con las normas establecidas en la Orden Foral 146/2005, de 14 de noviembre, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior.

Asimismo, remitirá esta lista a los órganos competentes del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea para su gestión de conformidad con las normas que resulten de aplicación en el citado organismo autónomo.

10.3. Aspirantes que no superen todos los ejercicios del proceso selectivo.

De conformidad con el procedimiento establecido en la base undécima de esta convocatoria, la Dirección General de Función Pública constituirá una lista de aspirantes a la contratación temporal con los aspirantes que hayan superado el penúltimo ejercicio establecido en esta convocatoria y hayan optado por las listas de contratación del ámbito de Administración Núcleo.

Asimismo, la Dirección General de Función Pública remitirá a los órganos competentes del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea la relación de los aspirantes que no hayan superado todos los ejercicios del proceso selectivo de ingreso y hayan optado por las listas de contratación de dicho ámbito, con el fin de que se constituyan listas de aspirantes a la contratación temporal, de acuerdo con el procedimiento establecido en la base 12 de esta convocatoria.

11._Procedimiento de constitución de listas de aspirantes a la contratación temporal para el ámbito de Administración Núcleo.

11.1. Recibido el expediente del Tribunal Calificador, por Resolución del Director General de Función Pública se concederá a los aprobados sin plaza del procedimiento selectivo de ingreso, así como a los aspirantes que hayan superado el penúltimo ejercicio establecido en esta convocatoria y hayan optado por las listas de contratación del ámbito de Administración Núcleo, un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de dicha Resolución, para presentar la documentación que se indica a continuación:

Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2 de la convocatoria, del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención o certificación de estar en condiciones de obtenerlo dentro del plazo de presentación de instancias de participación en el procedimiento de ingreso.

Copia compulsada del permiso de conducir vehículos de la clase B. (cuando proceda)

Dicha Resolución se publicará en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, y los listados del personal afectado, en el Tablón de Anuncios del Gobierno de Navarra (Avenida de Carlos III, número 2, vestíbulo, de Pamplona).

Quienes dentro del plazo indicado no presenten los documentos requeridos, salvo los casos de fuerza mayor suficientemente justificados, así como quienes no cumplan los requisitos exigidos, no serán incluidos en las listas de aspirantes a la contratación temporal y decaerán de todos los derechos que pudieran derivarse de su participación en la convocatoria de ingreso, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia de participación.

11.2. El cumplimiento de los requisitos exigidos se entenderá referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes del procedimiento de ingreso, debiendo mantenerse durante el mismo y durante el periodo de contratación.

11.3. Finalizado el plazo de presentación de documentación, por Resolución del Director General de Función Pública, se aprobarán, en su caso, las siguientes listas de aspirantes a la contratación temporal, que se publicarán en el Tablón de Anuncios del Gobierno de Navarra (Avda. Carlos III, número 2, vestíbulo de Pamplona):

a) Lista de aprobados sin plaza.

b) Lista de aspirantes que hayan superado el penúltimo ejercicio establecido en esta convocatoria, que no hayan resultado aprobados sin plaza y hayan optado por las listas de contratación de Administración Núcleo.

11.4. El orden de los aspirantes en las listas de contratación temporal vendrá determinado, para los aprobados sin plaza, por la mayor puntuación obtenida en el proceso selectivo de ingreso y, para el resto de aspirantes, por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios superados. Los empates que se produzcan se dirimirán de acuerdo con los criterios de desempate establecidos en esta convocatoria.

12._Procedimiento de constitución de listas de aspirantes a la contratación temporal en el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.

Una vez remitidas por la Dirección General de Función Pública las relaciones de aprobados sin plaza, así como las de aspirantes que no hayan superado todos los ejercicios del proceso selectivo y hayan optado por las listas de contratación de este ámbito, los órganos competentes del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, aprobarán las listas de aspirantes a la contratación temporal correspondientes a su ámbito de gestión, de conformidad con lo establecido en el Acuerdo de 9 de enero de 2001 sobre selección de personal para vinculaciones temporales en los centros y establecimientos sanitarios del citado organismo autónomo ( BOLETIN OFICIAL de Navarra número 101, de 20 de agosto de 2001).

A estos efectos, el Servicio Navarro de Salud concederá a los interesados un plazo de diez días hábiles para manifestar la elección de Centro y de inclusión en las listas de contrataciones de corta duración, así como aquellos otros extremos que determine el citado organismo autónomo.

Las listas que se constituyan de conformidad con esta base, se gestionarán por el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea de conformidad con lo establecido en el citado Acuerdo de 9 de enero de 2001 sobre selección de personal.

13._Recursos.

Contra los actos y resoluciones emanados del Tribunal calificador podrá interponerse recurso de alzada ante el Director General de Función Pública, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación o notificación del acto recurrido.

Contra la convocatoria, sus bases y los actos de aplicación de las mismas que no emanen del Tribunal calificador, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación o notificación del acto recurrido.

Todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, y en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

ANEXO I

Solicitud

Don/doña ........................................................., mayor de edad, provisto/a de Documento Nacional de Identidad número ......................... (o carta de identidad equivalente) y nacido/a el día ........... de ....................... de ............, natural de ................................. (...............................), nacionalidad ..............................., con domicilio actual en ............................... (...........................) calle ...................................... ............. código postal ......................... teléfono ........................... teléfono trabajo ...........................

Expone:

Que solicita ser admitido/a a la convocatoria para la provisión, mediante .........................................., de ............ plazas del puesto de trabajo de ................................... al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, número ............, de fecha ..........................., en el turno que se indica:

f Turno libre.

f Turno promoción.*

f Turno de reserva para discapacitados.*

Que, para el caso de que no apruebe las pruebas selectivas, solicita optar a la provisión temporal de plazas en uno de los siguientes ámbitos:

f Administracion Núcleo.*

f Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.*

f Instituto Navarro de Bienestar Social.*

(Unicamente se puede optar a uno de estos ámbitos).

Que no padece enfermedad ni defecto físico o psíquico que le incapacite para el ejercicio del cargo.

Que no está incurso/a en ninguna de las incapacidades establecidas en las disposiciones vigentes.

Que no ha sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Administración Pública, ni está inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

Que está en posesión de la titulación exigida en la convocatoria.

Que ha abonado los derechos de examen en los términos establecidos en la convocatoria y se acompaña el correspondiente resguardo, o acredita, mediante documentación adjunta, supuesto de exención de pago.

Que reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos, referidos a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de solicitudes.

f Que solicita las adaptaciones de tiempos y medios que se señalan en folio aparte, por su condición de discapacitado.

f Que aporta documentación acreditativa de la condición de discapacitado, expedida por organismo competente.

f Que aporta certificado de aptitud en vascuence o titulación reconocida oficialmente como equivalente.*

f Que solicita realizar prueba de conocimiento de vascuence.*

f Que solicita realizar las pruebas de suficiencia en el conocimiento de francés e inglés.*

Por lo expuesto,

Solicita la admisión de la presente solicitud y la participación en la convocatoria referida.

Pamplona, ............... de .................................................. de ............

(Firma)

(*) Unicamente cuando proceda.

GOBIERNO DE NAVARRA. DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA, JUSTICIA E INTERIOR. DIRECCION GENERAL DE FUNCION PUBLICA.

Nota._En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, se informa que los datos recogidos en este documento, y en otros que posteriormente sean necesarios en orden a la gestión de una futura relación de servicios con la Administración, se introducirán en un fichero automatizado de datos, correspondiendo la responsabilidad de su correcta utilización a la Dirección General de Función Pública del Gobierno de Navarra, quien garantiza la confidencialidad de los mismos. El titular de los datos queda informado de su facultad de ejercer, en cualquier momento el derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición de conformidad con la citada normativa.

ANEXO II

Temario

Parte Primera

Tema 1._La Constitución Española de 1978: Los poderes del Estado. La Corona. Las Cortes Generales. El Gobierno y la Administración. El poder judicial en la Constitución.

Tema 2._Las fuentes del Derecho Público: las leyes y sus clases. Decretos-leyes. El Decreto Foral Legislativo. Los tratados internacionales.

Tema 3._Las fuentes del Derecho Administrativo: el reglamento y la potestad reglamentaria. Clases de reglamentos. Los límites de la potestad reglamentaria y su control.

Tema 4._El acto administrativo (I): Concepto, clases y elementos.

Tema 5._El acto administrativo (II): Requisitos, eficacia, nulidad y anulabilidad de los actos administrativos.

Tema 6._El procedimiento administrativo común (I): Concepto y naturaleza. Iniciación, ordenación, instrucción y terminación.

Tema 7._El procedimiento administrativo común (II): Recursos administrativos: Principios generales y clases.

Tema 8._La ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra. Estructura y contenido. Facultades y competencias de Navarra. Especial referencia en materia sanitaria.

Tema 9._El Parlamento o Cortes de Navarra: Composición, organización y funciones.

Tema 10._La Ley Foral del Gobierno de Navarra y de su Presidente.

Tema 11._La Ley Foral de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

Tema 12._El Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral de Navarra. La Cámara de Comptos. El Consejo de Navarra.

Tema 13._El Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra (I): Clases de personal. La selección de los funcionarios públicos. La adquisición y pérdida de la condición de funcionario.

Tema 14._El Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra (II): La carrera administrativa. Las situaciones administrativas. La provisión de puestos de trabajo. Retribuciones.

Tema 15._La Hacienda Pública de Navarra: derechos y obligaciones de la Hacienda Pública de Navarra. Los Presupuestos Generales de Navarra: contenido y aprobación; clasificación económica de los gastos; ejecución y liquidación.

Tema 16._La Ley Foral de Contratos Públicos. Ambito de aplicación. Normas generales y comunes a los contratos de las Administraciones Públicas de Navarra. Organos de contratación. Normas generales sobre la adjudicación, ejecución y revisión de los contratos. Las clases y definición de los distintos contratos.

Tema 17._Ley Orgánica de Protección de datos de carácter personal: principios de la protección de datos, derechos de las personas. Ficheros de titularidad pública. Legislación básica del estado y de la Comunidad Foral reguladora de autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, consentimiento y voluntades anticipadas. El Registro de Voluntades Anticipadas de Navarra.

Tema 18._La Seguridad Social. El Texto Refundido de la Ley General de Seguridad Social y su desarrollo reglamentario. Las entidades gestoras y colaboradoras de la Seguridad Social. Las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social. Sus actuaciones como colaboradoras de la Seguridad Social

Tema 19._Campo de aplicación y composición del sistema de Seguridad Social. Régimen general y regímenes especiales. Normas de afiliación, altas y bajas. Situaciones asimiladas al alta.

Tema 20._La Seguridad Social de los funcionarios civiles del Estado. MUFACE. MUGEJU. La protección social de los funcionarios bajo cobertura de los Montepíos de las Administraciones Públicas de Navarra. Aspectos generales. Normativa aplicable.

Tema 21._El Departamento de Salud y sus organismos autónomos. La Dirección General de Salud. El Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea. Estructura orgánica, funciones y competencias.

Tema 22._El Instituto Navarro de Salud Laboral. Estructura orgánica, funciones y competencias.

Tema 23._Ley General de Sanidad. Ley de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud. Ley Orgánica de medidas especiales en materia de salud pública. Estructura y análisis de sus contenidos.

Tema 24._La Ley Foral de Salud. La Ley Foral de Zonificación Sanitaria en Navarra. Estructura y contenidos.

Tema 25._El Estatuto de los Trabajadores. Ley de Procedimiento Laboral. Ley de Infracciones y Sanciones del Orden Social. Aspectos generales. Normativa de desarrollo.

Tema 26._La Ley de Prevención de Riesgos Laborales: Objetivo, ámbito de aplicación. Estructura y análisis general de sus contenidos.

Tema 27._El reglamento de los Servicios de prevención: organización de recursos para las actividades preventivas. Funciones y niveles de cualificación. Colaboración de los servicios de prevención con el Sistema Nacional de Salud.

Tema 28._Ley de Conciliación de la de la Vida familiar y Laboral de las personas Trabajadoras. Aspectos laborales: excedencias y permisos. El riesgo durante el embarazo. Protección por maternidad.

Parte Segunda

Tema 29._Gestión de la Incapacidad Temporal. Aspectos generales. Reubicaciones laborales por motivos de salud en el ámbito de la Administración de la Comunidad Foral y sus organismos autónomos.

Tema 30._La prestación de maternidad en el marco de la Seguridad Social y en otros sistemas de cobertura de los empleados públicos de la Administración de la Comunidad Foral y sus organismos autónomos.

Tema 31._Valoración específica de la incapacidad temporal: concepto, requisitos, beneficiarios, duración y cuantía de las prestaciones. Causas de denegación, suspensión o pérdida de la prestación económica. Peculiaridades de las distintas contingencias.

Tema 32._La incapacidad permanente: Concepto, clases y grados. Prestaciones económicas y recuperadoras. Beneficiarios, nacimiento, duración y extinción del derecho. La regulación de la incapacidad laboral en el sistema de la Seguridad Social y en el ámbito de los funcionarios bajo cobertura de los Montepíos de las Administraciones Públicas de Navarra o de otros sistemas de protección social. Los Equipos de Valoración de Incapacidades del Instituto Nacional de la Seguridad Social. El Tribunal Médico de Valoración de Incapacidades de Navarra.

Tema 33._Accidentes de trabajo, enfermedades relacionadas con el trabajo y enfermedades profesionales. Conceptos generales, clasificación y Marco normativo. Contingencias protegidas y prestaciones en el marco de la Seguridad Social y en otros ámbitos de protección social que puedan afectar a los empleados públicos al servicio de la Administración de la Comunidad Foral y sus organismos autónomos.

Tema 34._Daños derivados del trabajo. Estudio de su causalidad, prevención, diagnóstico, tratamiento, pronóstico, seguimiento y notificación. Enfermedades más frecuentes en la población laboral. Causas. Principales variables sociolaborales asociadas y medidas de prevención. Colaboración de los servicios de prevención con las administraciones sanitarias y con el sistema público de salud

Tema 35._Accidentes de trabajo. Aspectos legales. Principales formas. Epidemiología. Notificación, registro y clasificación de los accidentes de trabajo. El sistema Delt@. Accidentes mortales. Accidentes menores.

Tema 36._Accidentes de trabajo en los diferentes sectores de actividades económicas. Importancia del enfoque preventivo de los accidentes de trabajo. Estudio específico de los accidentes de tráfico laborales. Formas in itinere y en misión.

Tema 37._Enfermedades profesionales. Conceptos generales. Epidemiología. Caracteres propios de la patología profesional. Reconocimiento legal de las mismas y sus implicaciones. Relación vigente de enfermedades profesionales. Análisis de su contenido. Notificación y registro. Perspectivas futuras acerca de enfermedades profesionales.

Tema 38._Enfermedades relacionadas con el trabajo. Conceptos generales. Indicadores centinela para la detección de enfermedades de probable origen laboral. Enfermedades con la calificación legal de accidente de trabajo.

Tema 39._Estadística. Conceptos fundamentales. Estadística descriptiva. Estadística inferencial. Concepto de población y muestra. Tipos y métodos del muestreo. Técnicas y modalidades de muestreo.

Tema 40._Estadística descriptiva. Conceptos generales. Tipos de variables. Distribución de frecuencias. Representación gráfica. Estadísticos de centralización y de dispersión.

Tema 41._Probabilidad. Concepto de suceso y de probabilidad. Probabilidad condicionada. Teorema de Bayes. Distribuciones de probabilidad. La distribución normal. La independencia estocástica.

Tema 42._Estadística analítica. Conceptos generales. La inferencia estadística. Métodos de inferencia. La estimación. Métodos de estimación. Intervalo de confianza. El contraste de hipótesis. Hipótesis nula y alternativa. Tipos de pruebas de contraste de hipótesis. Tipos de errores. El valor de p.

Tema 43._Pruebas de conformidad. Pruebas de homogeneidad. Pruebas de relación o independencia. Correlación y regresión.

Tema 44._Demografía sanitaria. Variables demográficas. Fuentes de información. Estructura de la población española y navarra, con especial incidencia en los aspectos sociolaborales. Principales razones, tasas e índices.

Tema 45._Epidemiología. Definición y conceptos básicos. El método epidemiológico. Usos de la epidemiología. Identificación de riesgos. Medidas de exposición. Relación dosis-respuesta.

Tema 46._Las fuentes de información en epidemiología. La obtención de datos. Variables epidemiológicas. Escalas de medida. Los errores en la medición.

Tema 47._Medidas de frecuencia en epidemiología. Razones, proporciones y tasas. Incidencia, prevalencia y mortalidad. Incidencia acumulada. Prevalencia puntual y de período. Relaciones entre incidencia y prevalencia. Tasas. Estandarización de tasas. Estandarización indirecta versus directa.

Tema 48._La investigación epidemiológica. Diseño de un estudio epidemiológico. Características del diseño epidemiológico. Validez y repetibilidad. Validez interna y externa. Validez de un test de screening. Sensibilidad, especificidad, valor predictivo y repetibilidad.

Tema 49._Los errores en los estudios epidemiológicos. Errores aleatorios y errores sistemáticos. Tipos y fuentes de sesgo. Métodos de control.

Tema 50._Teoría de la causalidad en epidemiología. Modelos causales. Inferencia causal. Asociación e independencia causal. Criterios de causalidad.

Tema 51._Tipos de estudios epidemiológicos. Problemas, aportaciones y limitaciones de cada modelo. Estudios experimentales. Estudios observacionales. Estudios transversales. Estudios longitudinales. Aplicación en salud laboral.

Tema 52._La vigilancia epidemiológica. Conceptos generales. Principales métodos de vigilancia. Organización de la vigilancia epidemiológica. Fuentes. Mantenimiento de los registros. Utilidad.

Tema 53._Indicadores centinela para la detección de enfermedades laborales. Programa SENSOR. Objetivos y estructura. Características de los eventos susceptibles de ser vigilados.

Tema 54._Los sistemas de clasificación y codificación sanitaria. La clasificación internacional de enfermedades de la OMS, estructura y revisiones. Clasificación nacional de actividades económicas. Otras clasificaciones relacionadas con la seguridad y salud laboral.

Tema 55._Planificación. Conceptos generales. Tipos y etapas del proceso de planificación. Programación. Conceptos básicos. Técnicas y procedimientos. Elaboración de programas. Ejecución. Evaluación.

Tema 56._La medida del nivel de salud. Indicadores e índices de salud. El Diagnóstico de Salud Laboral de Navarra. Planes de Salud. El Plan de Salud Laboral de Navarra.

Tema 57._La organización Mundial de la Salud. El Reglamento sanitario internacional.

Tema 58._Los modelos de sistemas sanitarios. Análisis comparativo entre países. El sistema sanitario público en España.

Tema 59._Ley de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud. Estructura y contenidos.

Tema 60._Ley de ordenación de las profesiones sanitarias. Análisis de sus contenidos. El ejercicio de las profesiones sanitarias. La formación pregraduada y especializada en ciencias de la salud.

Tema 61._Cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud. Análisis de la normativa vigente. La evaluación de tecnologías sanitarias y la actualización de la cartera de servicios.

Tema 62._Autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios. Normativa básica y legislación en la Comunidad Foral. Requisitos técnico-sanitarios. Mención especial a los centros relacionados con la salud laboral. Adaptación de la normativa de prevención de riesgos laborales al ámbito de la Administración de la Comunidad Foral y sus organismos autónomos.

Tema 63._Sistemas de información sanitaria. El sistema de información sanitaria en Navarra. El Conjunto Mínimo Básico de Datos. Registro de Morbilidad Asistida de Navarra.

Tema 64._Principios fundamentales en bioética. El Convenio del Consejo de Europa para la protección de los derechos humanos y la dignidad del ser humano con respecto a las aplicaciones de la biología y la medicina. Los comités de ética asistencial.

Tema 65._Legislación básica del estado y de la Comunidad Foral reguladora de autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, consentimiento y voluntades anticipadas. El Registro de Voluntades Anticipadas de Navarra.

Tema 66._La historia clínica. Concepto y finalidad. Regulación legal. La historia clínica electrónica. El informe de alta.

Tema 67._Concepto de calidad asistencial. Técnicas de evaluación, control y mejora de la calidad asistencial en los servicios sanitarios. Auditorías externas. Sistemas de acreditación de centros y servicios.

Tema 68._Ley foral de defensa de los consumidores y usuarios. Estructura y contenidos. Mención especial a los aspectos relativos a la salud.

Parte Tercera

Tema 69._Estudio del daño corporal. Conceptos generales, importancia y aspectos jurídicos. Formas específicas de valoración del daño en las diversas regiones anatómicas. Baremos y guías. Análisis de los factores que se valoran. Peritajes.

Tema 70._Simulación y disimulación. Estructura del informe técnico sobre daño corporal: Principales puntos que debe tener en cuenta. Etica del peritaje. Informes de valoración de la aptitud y capacidad del trabajador.

Tema 71._El dolor físico, investigación en la medicina del dolor. Estudio, tratamiento y valoración del dolor. Perjuicio estético. Concepto. Importancia de la estética. Valoración del perjuicio estético. Cuadros clínicos más frecuentes.

Tema 72._Las enfermedades y las lesiones de la columna cervical. Principales síndromes cervicales. Aspectos generales de los métodos y criterios de diagnóstico y valoración funcional. La valoración de la incapacidad temporal y permanente.

Tema 73._Las enfermedades y las lesiones de la columna dorsal y lumbar. Hiperostosis anquilosante. Enfermedad de Scheuermann. Las escoliosis. Las espondilosis y espondilolistesis. Aspectos generales de los métodos y criterios de diagnóstico y valoración funcional. La valoración de la incapacidad temporal y permanente.

Tema 74._Las enfermedades y las lesiones de la columna lumbar y sacra. La lumbalgia y la patología del disco intervertebral. Las secuelas neurológicas por compromiso radicular y canal medular. Aspectos generales de los métodos y criterios de diagnóstico y valoración funcional. La valoración de la incapacidad temporal y permanente.

Tema 75._Las enfermedades y lesiones de la extremidad superior. Aspectos generales de los métodos y criterios de diagnóstico y valoración funcional. La valoración de la incapacidad temporal y permanente.

Tema 76._Las enfermedades y lesiones de la extremidad inferior. Aspectos generales de los métodos y criterios de diagnóstico y valoración funcional. Estudio especial de las prótesis de cadera y rodilla. La valoración de la incapacidad temporal y permanente.

Tema 77._La valoración de la incapacidad temporal y permanente en las mutilaciones de las extremidades. Patología del muñón. Las prótesis y órtesis. Los reimplantes y adaptaciones. Valoración de la marcha. Principales tipos de marcha anormal. Valoración de la postura. Principales alteraciones de la postura.

Tema 78._Las enfermedades y lesiones maxilofaciales. Aspectos generales de los métodos y criterios de diagnóstico y valoración funcional. La valoración de la incapacidad temporal y permanente.

Tema 79._Estudio general de las enfermedades reumáticas inflamatorias. Aspectos generales de los métodos y criterios de diagnóstico y valoración funcional. Principales patologías y su grado de incapacidad. La valoración de la incapacidad temporal y permanente.

Tema 80._La valoración de la incapacidad temporal y permanente en las enfermedades reumáticas degenerativas. Métodos y criterios de diagnóstico y valoración funcional.

Tema 81._La valoración de la incapacidad temporal y permanente en las enfermedades degenerativas del sistema nervioso central. Demencias. Estudio especial de la Enfermedad de Alzheimer. Criterios de diagnóstico y valoración funcional. La valoración de la incapacidad temporal y permanente en los accidentes cerebrovasculares. Métodos y criterios de diagnóstico y valoración funcional.

Tema 82._La valoración de la incapacidad temporal y permanente de la epilepsia y la patología extrapiramidal. Métodos y criterios de diagnóstico y valoración funcional. La valoración de la incapacidad temporal y permanente en las enfermedades desmielinizantes. Métodos y criterios de diagnóstico y valoración funcional.

Tema 83._Estudio especial de la enfermedad de Parkinson y otros parkinsonismos primario e inducidos. Las ataxias. Criterios de diagnóstico y valoración funcional. La valoración de la incapacidad temporal y permanente de los traumatismos craneoencefálicos: El proceso agudo y las secuelas tardías. Métodos y criterios de diagnóstico y valoración funcional

Tema 84._La valoración de la incapacidad temporal y permanente en los tumores cerebrales. Métodos y criterios de diagnóstico, pronóstico y valoración funcional.

Tema 85._La valoración de la incapacidad temporal y permanente en las enfermedades y lesiones de la médula espinal y el sistema nervioso periférico. Estudio especial de la miastenia gravis. Métodos y criterios de diagnóstico y valoración funcional.

Tema 86._La valoración de la incapacidad temporal y permanente en los trastornos neuróticos, con especial referencia a los trastornos de ansiedad, obsesivo-compulsivo y de adaptación. Criterios de diagnóstico y valoración funcional.

Tema 87._La valoración de la incapacidad temporal y permanente en los trastornos psicóticos: Esquizofrenia, estados paranoides y trastornos afectivos. Criterios de diagnóstico y valoración funcional.

Tema 88._La valoración de la incapacidad temporal y permanente en los trastornos disociativos y de somatización. Los tics. Estudio especial del retraso mental. Criterios de diagnóstico y valoración funcional.

Tema 89._La valoración de la incapacidad temporal y permanente en las enfermedades y lesiones del oído. Estudio especial de las hipoacusias y de los trastornos del equilibrio. Criterios de diagnóstico y valoración funcional.

Tema 90._La valoración de la incapacidad temporal y permanente en las enfermedades de la laringe y fosas nasales. El paciente lariguectomizado y los trastornos del lenguaje como causa de incapacidad. Criterios de diagnóstico y valoración funcional.

Tema 91._La valoración de la incapacidad temporal y permanente en las enfermedades y lesiones del aparato visual. Criterios de diagnóstico y valoración funcional.

Tema 92._La valoración de la incapacidad temporal y permanente en las enfermedades y lesiones de la piel. Estudio especial de las cicatrices patológicas. El cáncer cutáneo de origen profesional. Criterios de diagnóstico y valoración funcional.

Tema 93._La valoración de la Incapacidad temporal y permanente en las enfermedades no profesionales del sistema respiratorio (I): La historia clínico-laboral neumológica. Estudio especial de la enfermedad pulmonar obstructiva crónica, el enfisema y el asma. Criterios de diagnóstico y valoración funcional

Tema 94._La valoración de la Incapacidad temporal y permanente en las enfermedades no profesionales del sistema respiratorio (II): Estudio especial del síndrome del apnea obstructiva del sueño y las neoplasias de pulmón. Criterios de diagnóstico y valoración funcional.

Tema 95._La valoración de la incapacidad temporal y permanente en las enfermedades profesionales del sistema respiratorio (I): Las neumoconiosis. Estudio especial, de la silicosis y la asbestosis. Criterios de diagnóstico y valoración funcional.

Tema 96._La valoración de la incapacidad temporal y permanente en las enfermedades profesionales del sistema respiratorio (II): Estudio especial del asma profesional. Otras neumopatías no neumoconióticas como origen de fibrosis pulmonar o Irritantes de las vías aéreas. Criterios de diagnóstico y valoración funcional.

Tema 97._La valoración de la incapacidad temporal y permanente en las enfermedades cardiológicas (I): La historia clínico-laboral cardiológica. Estudio especial de la cardiopatía isquémica y las miocardiopatías. Criterios de diagnóstico y valoración funcional.

Tema 98._La valoración de la incapacidad temporal y permanente en las enfermedades cardiológicas (II): Estudio especial de las valvulopatías y las prótesis valvulares. Criterios de diagnóstico y valoración funcional

Tema 99._La valoración de la incapacidad temporal y permanente en las enfermedades cardiológicas (III): Estudio especial de las arritmias. Las enfermedades de los grandes vasos y la hipertensión arterial como causa de incapacidad. Criterios de diagnóstico y valoración funcional.

Tema 100._La valoración de la incapacidad temporal y permanente en las enfermedades y lesiones vasculares (I): Estudio especial de la patología arterial periférica. Criterios de diagnóstico y valoración funcional

Tema 101._La valoración de la incapacidad temporal y permanente en las enfermedades y lesiones vasculares (II): Estudio especial de la patología venenosa periférica y las enfermedades del sistema linfático como causa de incapacidad. Criterios de diagnóstico y valoración funcional.

Tema 102._La valoración de la Incapacidad temporal y permanente en las enfermedades endocrinológicas (I): La historia clínico-laboral endocrinológica. Estudio especial de las alteraciones del tiroides, paratiroides, hipófisis y suprarrenales como causa de incapacidad. Criterios de diagnóstico y valoración funcional.

Tema 103._La valoración de la Incapacidad temporal y permanente en las enfermedades endocrinológicas (II): Estudio especial de la diabetes como causa de incapacidad. Criterios de diagnóstico y valoración funcional.

Tema 104._La valoración de la incapacidad temporal y permanente en las enfermedades hematológicas. Estudio especial de las leucemias y los linfomas. Criterios de diagnóstico y valoración funcional.

Tema 105._La valoración de la incapacidad temporal y permanente en las enfermedades del aparato digestivo. Estudio especial de la enfermedad inflamatoria intestinal. El paciente colostomizado como causa de incapacidad. Criterios de diagnóstico y valoración funcional.

Tema 106._La valoración de la incapacidad temporal y permanente en las enfermedades del hígado y las vías biliares. Estudio especial de las hepatitis y las cirrosis. Las pancreatitis. Criterios de diagnóstico y valoración funcional.

Tema 107._La valoración de la incapacidad temporal y permanente en las enfermedades del sistema genito-urinario. Estudio especial de la incontinencia urinaria. El cáncer de vejiga y el de próstata. Criterios de diagnóstico y valoración funcional.

Tema 108._La valoración de la incapacidad temporal y permanente en las enfermedades del riñón. Estudio especial de la insuficiencia renal y la hemodiálisis como causa de Incapacidad. Criterios de diagnóstico y valoración funcional.

Tema 109._Estudio especial de la Infección por el virus de la Inmunodeficiencia humana. Las infecciones como causa de enfermedad profesional. Criterios de diagnóstico y valoración funcional. La valoración de la Incapacidad temporal y permanente.

Tema 110._La valoración de la incapacidad temporal y permanente en las enfermedades oncológicas. La historia clínico-laboral oncológica. Criterios pronósticos y de valoración funcional.

Tema 111._La valoración de la incapacidad temporal y permanente en los enfermos trasplantados. Trasplante renal. Trasplante hepático, trasplante cardíaco, trasplante de médula ósea y trasplante pulmonar. Criterios de valoración funcional.

Tema 112._La valoración de la incapacidad temporal y permanente en las alteraciones de la caja torácica y la pared abdominal. Las lesiones costales, pleurales y diafragmáticas. Estudio especial de la hernias. Criterios de diagnóstico y valoración funcional.

Tema 113._Estudio de los factores de riesgo en el embarazo como causa de interrupción de la actividad laboral. Criterios de valoración.

Tema 114._Protección de la función reproductora, embarazo y lactancia frente a los riesgos laborales. Trabajadores especialmente sensibles y discapacitados. Trabajadores jóvenes y de edad avanzada.

Nota._Todas las materias se exigirán conforme a la legislación vigente a la fecha de la publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra de la presente convocatoria, sin perjuicio de que el Tribunal pueda valorar adicionalmente la aportación de las modificaciones normativas que hubieran sido aprobadas con posterioridad a dicha fecha.

Pamplona, 28 de mayo de 2007
El Director General de Función Pública, Alberto Andérez González.

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