BOLETÍN Nº 76 - 20 de junio de 2007

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

1.3. OTRAS DISPOSICIONES

1.3.1. Ordenación del territorio y urbanismo

RESOLUCION 861/2007, de 31 de mayo, del Director General de Ordenación del Territorio y Vivienda, por la que se modifica la Resolución número 651, de 25 de abril de 2007, corrigiendo el error cometido.

Mediante Resolución 651, de 25 de abril de 2007 por la que se dispone la publicación, en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, de la Orden Foral 115/2007, de 3 de marzo, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, por la que se aprueba definitivamente el expediente de Plan Especial para la ordenación de huertas de ocio en parcelas 210 y 295 del polígono 2 de Lerín, promovido por Inglares, S.L.

En ese momento se produjo un error en la referencia parcelaria catastral, en la que figuraban las parcelas 210 y 295 del polígono 2, cuando en realidad se trata de la parcela 210 del polígono 2 y parcela 295 del polígono 12. En consecuencia, habiéndose constatado la existencia de dicho error, y teniendo en cuenta que se trata de un error material que puede ser corregido en cualquier momento, según establece el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede su inmediata rectificación.

En uso de las facultades que tengo conferidas por Decreto Foral 42/2005, de 24 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda,

RESUELVO:

1.º Modificar la Resolución 651, de 25 de abril de 2007, corrigiendo el error cometido, de forma que donde dice "Plan Especial para la ordenación de huertas de ocio en parcelas 210 y 295 del polígono 2 de Lerín" diga "Plan Especial para la ordenación de huertas de ocio en parcelas 210 del polígono 2 y 295 del polígono 12 de Lerín".

2.º Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, los interesados en el expediente que no sean Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada ante el Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda en el plazo de un mes.

Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la presente Resolución.

3.º Trasladar esta Resolución a Inflares, S.L., al Ayuntamiento de Lerín, a la Sección de Planificación y Ayudas de la Dirección General de Medio Ambiente, a la Mancomunidad de Montejurra y publicarla en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, a los efectos oportunos.

Pamplona, 31 de mayo de 2007
El Director General de Ordenación del Territorio y Vivienda, Jesús Javier Ascunce Elizaga.

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