BOLETÍN Nº 73 - 13 de junio de 2007

II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

2.3. OTRAS DISPOSICIONES

2.3.5. Otros

SAN ADRIAN

Aprobación definitiva modificación NNSS

El Pleno del Ayuntamiento de San Adrián, en sesión celebrada el día 30 de abril de 2007, adoptó el acuerdo cuyo texto íntegro en su parte dispositiva, a continuación se transcribe:

"Primero._Aprobar definitivamente la modificación de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de San Adrián, según proyecto de modificación de determinaciones pormenorizadas del Area Homogénea AR-2 (zona piscinas) de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de San Adrián, visado por el C.O.A.V.N. de fecha 7 de diciembre de 2006, redactado por el arquitecto J. Emilio Artacho Barrasa, que afecta a determinaciones de ordenación urbanística pormenorizadas, con las siguientes puntualizaciones:

1.º En lo que afecta al cambio de sistema de actuación, de cooperación a compensación, que se incluye el citado proyecto, y considerando que los promotores no son los únicos propietarios:

_Se requiere el cumplimiento de las condiciones del sistema de compensación en lo relativo a la creación de la correspondiente Junta de Compensación, la aceptación de los gastos y compromisos efectuados por el Ayuntamiento en el desarrollo de estos suelos, así como el establecimiento de plazos definidos para la realización de las obras de urbanización, o su remisión a los que establezca al respecto el proyecto de urbanización.

2.º Los requerimientos que se establecieron en el punto primero 2.º del acuerdo de aprobación inicial se consideran subsanados en el nuevo proyecto presentado, visado por el C.O.A.V.N de fecha 7 de diciembre de 2007, según se indica en el Informe del arquitecto José Martín Errea Rodríguez, Registro de Entrada número 183/07, de 29 de enero.

3.º Los promotores así como el resto de propietarios incluidos en el ámbito de la modificación, una vez constituidos en Junta de Compensación, deberán redactar y presentar para su tramitación municipal una modificación del proyecto de reparcelación del ámbito de la modificación (vigente desde el 6 de mayo de 2006, habida cuenta de la publicación del acuerdo de aprobación definitiva en el BOLETIN OFICIAL de Navarra número 42, de 7 de abril de 2006), ya que la modificación propuesta, al modificar la distribución espacial de los usos pormenorizados, implica la modificación de la reparcelación aprobada definitivamente, según se indica en el Informe de arquitecto.

Los gastos efectuados hasta ahora por el Ayuntamiento (en ejecución del sistema de cooperación, que ahora se modifica estableciéndose el sistema de compensación) deberán hacerse efectivos con carácter previo a la tramitación de la modificación del proyecto de reparcelación que se presente por la Junta de Compensación, y los sucesivos correspondientes al proyecto de urbanización (incluido el estudio geotécnico) y dirección facultativa de las obras incluidas en el mismo (ya contratado por el Ayuntamiento), conforme se vayan recibiendo las facturas en el Ayuntamiento.

Segundo._Remitir el presente acuerdo, al BOLETIN OFICIAL de Navarra, para su publicación, y remitir un ejemplar debidamente diligenciado al Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley Foral 35/02, de 20 de diciembre, de ordenación del territorio y urbanismo."

Lo que se publica, a los efectos oportunos.

San Adrián, 4 de mayo de 2007
El Alcalde-Presidente, Emilio Ignacio Ruiz Lorente.

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