BOLETÍN Nº 73 - 13 de junio de 2007

II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

2.1. ORDENANZAS Y OTRAS DISPOSICIONES GENERALES

BAZTAN

Aprobación definitiva de Plan Parcial

El Ayuntamiento del Noble Valle y Universidad de Baztan, en sesión plenaria ordinaria celebrada con fecha 15 de septiembre de 2006, punto número 10, adoptó el acuerdo cuya parte dispositiva es del tenor siguiente:

1.º Aprobar el Informe de los Servicios Técnicos de este Ayuntamiento de contestación a la alegación formulada por doña Sinforosa Iparrea Iturralde al Plan Parcial para el ámbito del Area de Reparto 2, AR-2, suelo urbanizable de Elizondo que diligenciado en forma obra en el oportuno expediente incoado al efecto.

2.º Desestimar la alegación formulada por doña Sinforosa Iparrea Iturralde al Plan Parcial para el ámbito del Area de Reparto 2, AR-2, suelo urbanizable de Elizondo en el sentido del citado Informe de los Servicios Técnicos municipales y en base al mismo.

3.º Aprobar definitivamente el Plan Parcial para el ámbito del Area de Reparto 2, AR-2, suelo urbanizable de Elizondo, redactado por los Arquitectos Oteiza Arrechea y Oteiza Galain, visado por el COAVN con fecha 06-02-03 y documentación complementaria visada con fecha 30-03-06 promovido por El Prado de Paularena, S.A. que obra en el oportuno expediente incoado al efecto.

4.º Establecer que la prosecución de la tramitación del presente expediente queda condicionada a la presentación de un texto refundido en el plazo máximo de tres meses.

5.º Publicar el presente acuerdo en el BOLETIN OFICIAL de Navarra a efectos de notificación a los posibles afectados y dar traslado del mismo al Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda del Gobierno de Navarra de conformidad con lo preceptuado en la legislación vigente en la materia.

Lo que se hace público para conocimiento y efectos consiguientes conforme a lo preceptuado en la legislación vigente.

NORMATIVA URBANISTICA PARTICULAR TEXTO REFUNDIDO - ENERO 2007

1._Plan municipal del Valle de Baztan

La presente NUP del A.R.-2, de fecha de enero 2007, sustituye y anula a la de fecha de octubre de 2006, indicándose que con carácter general es de aplicación el PM y su contenido de Normas Generales, Particulares, Ordenanzas, etc., al que se remite el Plan Parcial del A.R.-2.

2._Régimen urbanístico del suelo

2.1._Calificación del Suelo y Usos

El Ambito del Plan Parcial queda sometido al régimen de calificación pormenorizada definido en la memoria y documentación gráfica del mismo, calificándose como Suelo Residencial Edificable Tipo II, con los siguientes usos:

Usos característicos: Residencial en P1 - P2 - P3.

Garajes, Trasteros y Almacenes Inocuos en PS.

Usos tolerados: Terciario en PB y en P1 - P2 - P3.

Comercial, Almacenes y Aparcamiento en PB

2.2._Configuración y Superficie de las Parcelas

El Plan Parcial contempla dieciséis parcelas sobre rasante, de las que doce tienen un perfil de PB + 3, y cuatro de PB + 2.

Bajo rasante, las parcelas se agrupan en cinco unidades cuya composición y superficie se detallan a continuación.

A._Parcelas 1 - 2 - 3: 2.142,92 m2.

B._Parcelas 4 - 5 - 6: 2.134,08 m2.

C._Parcelas 7 - 8 - 9 - 10: 2.885,50 m2.

D._Parcelas 11 - 12 - 13 - 14: 2.885,50 m2.

E._Parcelas 15 - 16: 1.331,77 m2.

Superficie Construida Total de Sótanos: 11.379,77 m2.

Sobre rasante, el perfil, dimensiones y superficie de las dieciséis parcelas se detallan en el siguiente cuadro.

Atendiendo al cuadro anterior, la superficie total determinada, en función de los tres tipos edificatorios de viviendas libres colectivas el cincuenta por ciento, viviendas de precio tasado el veinticinco por ciento, y viviendas de protección oficial de régimen general el veinticinco por ciento, además de locales comerciales en plantas bajas, es inferior al aprovechamiento máximo materializable del A.R.-2, cuya superficie construida máxima asciende a:

38.302,62 m² x 0,60 m²: 22.981,57 m2.

2.3._Urbanización

La Urbanización del A.R.-2 se ejecutará conforme a la redacción del Proyecto de Urbanización, de acuerdo con las directrices que establece el Plan Parcial, donde quedan fijadas las determinaciones sobre ordenación, régimen de suelo y edificación.

Se han determinado aceras de 1,50 metros de anchura en todas las calles, salvo en la calle transversal este-oeste, que son de 1,75 metros de anchura, atendiendo al DF 154/1989 de 29 de junio que aprueba el Reglamento para el desarrollo y aplicación de la LF 4/1988 de 11 de julio, sobre barreras físicas y sensoriales.

Asimismo, la Compañía Suministradora de Electricidad ha determinado la ubicación del Centro de Transformación necesario para el desarrollo del A.R.-2 de acuerdo con la localización que se refleja en el plano O-8.

2.4._Sistema de Actuación

El Plan Municipal del Valle de Baztan especifica como sistema de actuación previsto por el Plan, el de Cooperación.

No obstante, para darle una mayor agilidad al desarrollo del Area de referencia, se ha tramitado ante el Ayuntamiento del Valle de Baztan, el cambio de sistema de actuación de Cooperación por el de Compensación, así como la aprobación de los Estatutos de la Junta de Compensación, habiéndose acordado por unanimidad, en sesión plenaria celebrada el día veinticuatro de noviembre de 2006 la aprobación inicial, tanto del cambio de sistema, como de los Estatutos de la Junta.

Por tanto, el Sistema de Actuación es el de Compensación.

2.5._Plazos de Ejecución

No se establecen plazos de ejecución vinculantes, dado que se pretende crear un marco de gestión que posibilite las actuaciones en función del propio desarrollo de Elizondo, habiéndose determinado las Etapas de modo que faciliten este planeamiento general.

3._Normas de edificación

Con carácter general son de aplicación las determinadas en el Plan Municipal y su contenido en las Normas Generales, Particulares, Ordenanzas, etc., al que el Plan Parcial se remite, detallándose entre otros las siguientes:

3.1._Ocupación en Planta

La establecida entre alineaciones tanto bajo rasante como sobre rasante, de acuerdo con la Documentación Gráfica del Plan Parcial y el cuadro de superficies del subapartado 15.7 de la Memoria que se reproducen a continuación:

La ocupación en planta de los sótanos es la definida en el subapartado 15.2 de la Memoria y en el subapartado 2.2 de la presente Normativa Urbanística, cuya superficie se repite a continuación:

A._Parcelas 1 - 2 - 3: 2.142,92 m2.

B._Parcelas 4 - 5 - 6: 2.134,08 m2.

C._Parcelas 7 - 8 - 9 - 10: 2.885,50 m2.

D._Parcelas 11 - 12 - 13 - 14: 2.885,50 m2.

E._Parcelas 15 - 16: 1.331.77 m2.

Superficie Construida Total de Sótanos. 11.379,77 m2.

3.2._Aprovechamiento._Superficie Construida

De acuerdo con el aprovechamiento tipo determinado por el PM de 0,60 m²/m², en función de los tres tipos edificatorios para vivienda libre colectiva el cincuenta por ciento, vivienda de precio tasado el veinticinco por ciento, vivienda de protección oficial de régimen general el veinticinco por ciento, y locales comerciales en planta baja, el aprovechamiento del A.R.-2, con el número de plantas sobre rasante para cada una de las parcelas, incluidos vuelos cerrados hasta el cien por ciento en todas las fachadas, se detalla en el siguiente cuadro:

Esta superficie construida, con aplicación de la homogeneización para los tipos edificatorios señalados, es inferior al aprovechamiento máximo materializable del A.R.-2, cuya superficie construida máxima asciende a:

38.302,62 m² x 0,60 m²: 22.981,57 m2.

3.3._Perfil y Altura

Parcelas: 1-2-3-4-5-6-7-8-9-12-13-14. Perfil: PB+3. Altura: 12,50 m.

Parcelas: 10-11-15-16. Perfil: PB+2. Altura: 9,50 m.

3.4._Usos

Usos característicos:

Residencial en P1 - P2 - P3. Garajes, Trasteros y Almacenes Inocuos en PS.

Usos tolerados:

Terciario en PB y en P1 - P2 - P3. Comercial, Almacenes y Aparcamiento en PB

3.5._Tipología

Las Fachadas de los Edificios se conformarán de acuerdo a las características especificadas en los Capítulos VI y VII de las Ordenanzas, así como con lo determinado por el artículo 32 de la Normativa Urbanística General, señalando que las propuestas tipológicas no son modelos a reproducir miméticamente sino directrices generales a desarrollar en cada caso.

3.6._Aprovechamiento del Espacio Bajo Cubierta

El Espacio Bajo Cubierta puede ser objeto de aprovechamiento, limitado al uso de trasteros.

4._Ordenanza estética

En el orden estético se determinan las siguientes regulaciones:

4.1._Dimensión y alineación de los huecos

A tal efecto, el Plan Parcial se remite a las Ordenanzas determinadas en el vigente Plan Municipal.

4.2._Materiales y colores de fachada

En cierres de fachada podrán emplearse los siguientes acabados:

_Raseo y pintura sobre cierre de fachada de ladrillo, bloque de hormigón y paneles prefabricados.

_Raseos monocapas sobre los mismos tipos de cierres.

_Paneles prefabricados en sus diversos tipos de acabados.

_Cierres de piedra de sillería, mampostería y aplacados.

_Ladrillo caravista combinado con cualquiera de los acabados mencionados.

_Detalle de carpintería estructural de armar, tanto en fachadas como en aleros.

_Carpintería exterior y contraventanas de madera, PVC y aluminio lacado en color.

_Todo tipo de cierre asimilable en calidad a los señalados.

En orden a los colores, se admitirán, tanto los de los materiales mencionados en su propio color natural, como los acabados en colores cuyo contraste no sea mayor que el de aquellos.

4.3._Rampas de acceso a garajes en sótanos

En la redacción del Proyecto de Urbanización, se contemplará la pavimentación de las rampas de acceso a los sótanos de propiedad privada, de modo diferenciado de los viales de propiedad y uso públicos, estableciendo de forma clara, incluso con señales de tráfico, el acceso privado al sótano, facilitando en caso de fondo de saco la maniobra de retorno.

5._Reconversión de viviendas

El número de piezas habitables por vivienda asume el concepto de densidad, considerando piezas habitables la cocina, el estar-comedor y dormitorios, no teniendo esta consideración las zonas de paso: vestíbulo y pasillo, así como tampoco los servicios: baño, aseo y otros como trastero.

Al objeto de poderse proyectar diversos tipos de viviendas, sin ajustarse a un predeterminado programa y adaptándose a la demanda sociológica de la composición familiar cada vez más reducida, las Normativas Urbanísticas recogen esta situación, manteniendo el mismo número de piezas habitables establecidas por Edificio, de modo que la suma total de pìezas habitables de cada proyecto, no supere el número máximo de las establecidas en el Plan Parcial para cada Edificio.

Asimismo, en caso de reconversión de viviendas, con el fin de evitar la posible excesiva concentración de viviendas de reducida superficie, habrá de cumplirse las limitaciones en porcentaje que se establecen para cada una de ellas.

Dado que todos los Edificios a construir en el A.R.-2 tienen las mismas dimensiones de 28 x 15 = 420 m², y el máximo número de viviendas por planta, de acuerdo con el subapartado 15.3 de la Memoria es de seis, con un total de 22 piezas habitables por planta, arroja un total de 44 piezas habitables en Edificios de PB + 2 y de 66 piezas habitables en Edificios de PB + 3, número de piezas en cada uno de ellos que se establece como límite máximo. Así:

_Viviendas de 5 piezas habitables: 100%

_Viviendas de 4 piezas habitables: 100 %

_Viviendas de 3 piezas habitables: 100 %

_Viviendas de 2 piezas habitables: 70 %

6._Areas privadas con servidumbre de uso público

Las Areas Privadas con servidumbre de Uso Público son aquellas que ocupadas privadamente bajo rasante en Planta Sótano, son de Uso Público a cota de rasante, destinadas a los sistemas viarios rodados y peatonales.

Esta superficie, que se detalla en el Plano de Ordenación O-5 y en los subapartados 14.6.5 y 15.7 de la Memoria, es la diferencia entre la ocupación en planta de los Sótanos y la ocupación en planta de las Plantas Bajas de los Edificios. Así:

_Ocupación en Planta de los Sótanos: 11.379,77 m2.

_Ocupación en Planta de PB: 6.720,00 m2.

_Areas Privadas con Servidumbre de Uso Público: 4.659,77 m2.

De esta superficie, parte tiene servidumbre de uso público viario rodado y parte de aceras peatonales cuyo detalle es el siguiente:

_Servidumbre de uso público viario rodado: 505,89 m2.

_Servidumbre de uso público acera peatonal: 4.153,88 m2.

_Total servidumbre de uso público:.4.659,77 m2.

El mantenimiento, conservación y limpieza de estas Areas privadas con servidumbre de uso público corresponderá al Ayuntamiento, una vez recibida la urbanización, a cota de rasante y a la Propiedad Privada del Sótano a cota bajo rasante.

Valle de Baztan, 1 de octubre de 2006
Mariano Oteiza Arrechea, Jon Joseba Oteiza Galain, Arquitectos.

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