BOLETÍN Nº 73 - 13 de junio de 2007

VIII. ANUNCIOS

8.1. OTROS ANUNCIOS OFICIALES

BARAÑAIN

EDICTO

No habiendo podido ser notificado el siguiente acuerdo de sesión ordinaria de Pleno del Ayuntamiento de Barañáin celebrada en fecha 29 de marzo de 2007 a Mónica Arechederra Zabala en su condición de interesada y cotitular catastral de las parcelas 725 y 726 del Polígono 1 de Barañáin, por encontrarse la misma ausente de su último domicilio conocido, de conformidad con las prescripciones contenidas en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a la práctica de la notificación mediante el presente anuncio y mediante Edicto publicado en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento del último domicilio conocido:

"Cuarto._Aprobación Inicial de Modificación de determinaciones de ordenación estructurantes del Plan General de Ordenación Urbana de Barañáin promovida por Gestión y Obras Milenium, S.L y por promotora Constructora "El Txori", S.L en el ámbito de las parcelas 720, 721, 722 Sub-parcelas A), C) y D), 723, 724, 725, 726 y 500 del polígono 1, de Barañáin.

[ ...]

Visto contenido de la propuesta de "Modificación del Plan Municipal de Barañáin" promovida por Gestión y Obras MIlienium, S.L y Promotora Constructora "El Txori", S.L suscrita por los Arquitectos Miguel Angel Alonso del Val, Rufino J. Hernández Minguillón, Marcos Escartín Miguel y Mikel Zabalza Zamarbide presentada sucesivamente como anteproyecto, proyecto técnico y anexos en fechas 24 de marzo de 2006, 14 de septiembre de 2006, 27 y 28 de diciembre de 2006 y 26 de enero de 2007, y formalizada como Texto Refundido ante el Registro Municipal en fecha 20 de marzo de 2007 (registro de entrada 1400) y visada por el C.O.A.V.N en fecha 20 de marzo de 2007 afectante a las parcelas 720, 721, 722, sub-parcela a), c) y d), 723, 724, 725, 726 y 500, del Polígono 1, de Barañáin que tiene por objeto la modificación de determinaciones de ordenación estructurantes del P.G.O.U de Barañáin.

Considerando que el Texto Refundido presentado contiene, ex artículo 56.5 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo, toda la documentación necesaria para desarrollar las determinaciones urbanísticas objeto de modificación de un Plan Municipal comprensivas de Memoria explicativa y justificativa, Estudio de Incidencia Ambiental, Planos de Información y Ordenación, Normativa Urbanística, Plan o Programa de desarrollo o etapas y Estudio económico y financiero.

Visto que la presente modificación del P.G.O.U de Barañáin trae causa del convenio urbanístico promovido por Gestión y Obras Milenium, S.L y por Promotora y Constructora "El Txori", S.L, aprobado inicialmente por el Pleno del Ayuntamiento de Barañáin en el punto antecedente de la presente sesión, cuyo objeto se encuentra constituido por la tramitación de la presente modificación puntual del PGOU de Barañáin y por la referencia a la ejecución del Planeamiento resultante de la modificación indicada.

Considerando informe técnico suscrito por el asesor urbanista en fecha 20 de marzo de 2007 e informes jurídicos emitido por el asesor jurídico en materia urbanística así como informe jurídico emitido por Secretaría.

Visto lo anterior y en cumplimiento de las determinaciones contenidas en los artículos 79.2 y 70 y 71 de la Ley Foral 35/2.002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo, se acuerda:

Primero._Aprobar inicialmente la modificación de determinaciones de ordenación urbanística estructurantes del P.G.O.U de Barañáin promovida por Gestión y Obras Milenium, S.L y por Promotora y Constructora El Txori, S.L, afectante a las Parcelas 720, 721, 722, sub-parcela a), c) y d), 723, 724, 725, 726 y 500, del Polígono 1 de Barañáin, de conformidad con la propuesta técnica de modificación planteada por los promotores y obrante en el expediente (texto refundido visado por el C.O.A.V.N en fecha 20 de marzo de 2007) e indicando que la presente aprobación del texto de propuesta de modificación de determinaciones de ordenación estructurante del P.G.O.U de Barañáin promovida por Gestión y Obras Milenium, S.L y por Promotora y Constructora El Txori, S.L, se aprueba introduciendo a dicha propuesta técnica obrante en el expediente las siguientes modificaciones en cumplimiento de las determinaciones contenidas en el informe técnico emitido por el arquitecto municipal anteriormente aludido

_Deberán concretarse las superficies de la totalidad de las parcelas en el momento de redactar el proyecto de reparcelación (por no coincidir la superficie reflejada en proyecto para las mismas con las superficies de las cédulas parcelarias) de forma que los aprovechamientos resultantes del Area de Reparto serán los correspondientes a la superficie cuya titularidad se acredite fehacientemente respecto a cada parcela.

_Deberá incluirse en la documentación gráfica, con carácter previo a la aprobación provisional de la presente modificación, el ámbito de las obras de urbanización externas al Sector tendentes a la resolución del cierre del anillo viario.

_Deberá redactarse, con anterioridad a la aprobación provisional del expediente, un informe exhaustivo por parte de la Policía Municipal, al objeto de garantizar la idoneidad de la propuesta en relación al tráfico previsto, adecuación del sistema viario y señalización propuesta.

_Indicar que las parcelas que conforman la actual UO-20B mantendrán la calificación y clasificación jurídica que les otorga el P.G.O.U actualmente vigente.

_Indicar a los promotores que, sin perjuicio de la aprobación definitiva que _en su caso_ proceda del presente expediente se requerirá a la redacción de un Estudio de Detalle que defina los volúmenes de las edificaciones 1.1, 1.2, 1.6, 1.7, 1.9 y 1.10.

_Se deberá garantizar en el proyecto de edificación y urbanización que se redacte para el desarrollo de la parcela E.1 (Señorío de Eulza) la reserva de una plaza de aparcamiento por cada 100 m² construidos en el interior de la citada parcela, ya que debido a su uso terciario puede llegar a generar un tráfico y unas necesidades de aparcamiento importantes.

_Sin perjuicio de la posibilidad de elaboración y tramitación de un único proyecto de urbanización para las dos Unidades de Ejecución planteadas, la recepción de las obras de urbanización deberían realizarse en una única fase común a las dos UE.

_Deberá acreditarse _con carácter previo al otorgamiento de la licencia de primera utilización_ la finalización de las obras de urbanización internas del Sector sin perjuicio que, las obras de urbanización externas afectadas por el presente expediente se encuentren pendientes de recepción, indicando no obstante que, en el supuesto de que estas últimas no se hayan finalizado para el momento del otorgamiento de la licencia de primera utilización deberá garantizarse su cumplimiento mediante la prestación de aval bancario por el valor total de las obras de urbanización

_Deberán reservarse dos plazas de aparcamiento por vivienda en cada edificio de viviendas proyectado.

_Respecto a la reserva de vivienda de protección pública y una vez garantizado que se cumple la reserva del destino del 50% de la superficie total construída para vivienda protegida, deberá establecerse en el proyecto de reparcelación el número de viviendas justificando así el número de viviendas protegidas, libres, los aparcamientos en espacio público y las dos plazas de aparcamiento por vivienda en espacio privado.

_La modificación planteada delimita dos parcelas dotacionales de cesión municipal, denominadas D.1 y D.2. En la normativa particular determina que la edificabilidad de ambas parcelas es 0.30 m²/m², con una altura máxima de B+2 y con una ocupación máxima en Planta Baja (solo para la parcela D.2) del 30% de la superficie de la parcela. Como quiera que las necesidades de utilización de esas parcela por parte del Ayuntamiento no están determinadas a día de hoy, se deberá eliminar esos coeficientes para que sea el propio Ayuntamiento el que los especifique en el momento que tenga definidas sus necesidades.

_Respecto al número de piezas habitables, se establecen los siguientes límites:

El número máximo de viviendas de dos piezas habitables será del 10% de la promoción.

El número máximo de viviendas de tres piezas habitables será del 40% de la promoción.

En ambos supuestos, el número de viviendas deberá quedar establecido en el proyecto de reparcelación, justificando así el número de viviendas protegidas, libres, los aparcamientos en espacio público, las dos plazas de aparcamiento por vivienda en espacio privado.

_Establecer expresamente la prohibición de plantas entrecubiertas puesto que no tienen cabida con las tipologías de edificios planteadas.

_La edificación se deberá ajustar a las alturas determinadas en el presente expediente y, si posteriormente, la propiedad quisiera ejecutar la edificación con menor altura de la definida en el mismo, se deberá tramitar un estudio de detalle en el que se regulen las nuevas condiciones y poder valorar así la incidencia sobre los vuelos.

_Las alturas en planta baja con uso comercial serán de cuatro metros pudiendo ampliarse a cinco metros tal y como dice la ficha mediante la tramitación de un estudio de detalle para su aprobación por el Ayuntamiento.

_La altura libre en las plantas de viviendas será: 2,50 m<H< 2,70 metros.

_En aquellas parcelas que tengan jardín privado o zona libre privada el aprovechamiento lucrativo máximo será el establecido en las fichas correspondientes. No obstante en el proyecto de reparcelación deberá asignarse un coeficiente de uso al suelo libre privado detrayendo de la edificabilidad total de la parcela el aprovechamiento generado por dicho suelo pricado.

_Las determinaciones referentes a los toldos y a los cerramientos en fachada de los retranqueos se regirá por lo regulado en las Ordenanzas Municipales del Ayuntamiento de Barañáin.

Segundo._Someter, en cumplimiento de dispuesto en el artículo 70.3 de la LFOTU por remisión del artículo 79.2.b) del mismo texto legal, el expediente a información pública durante el plazo de un mes, mediante anuncio inserto en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y en los diarios editados en la Comunidad Foral.

Tercero._Remitir conjuntamente con la información pública el Plan aprobado inicialmente al Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda a fín de que emita informe sobre las materias competencia de los distintos departamentos del Gobierno de Navarra y en especial de los señalados en el artículo 80 de la LFOTU.

Cuarto._Remitir conjuntamente con la información pública la modificación del Plan aprobada inicialmente al Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda a fín de que emita informe sobre las materias competencia de los distintos departamentos del Gobierno de Navarra y en especial de los señalados en el artículo 80 de la LFOTU.

Quinto._Remitir la modificación del Plan aprobado inicialmente a informe de la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona respecto de los servicios municipales mancomunados que resultan afectados por el planeamiento.

Sexto._Notificar el presente acuerdo a Gestión y Obras Milenium, S.L y a Promotora y Constructora "El Txori", S.L, a los propietarios de las parcelas que conforman la UO-20B r trasladar el mismo a las Areas de Urbanismo y Policía Municipal del Ayuntamiento de Barañáin e incorporarlo al expediente a los efectos oportunos."

Lo que le notifico a los efectos oportunos advirtiéndole que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 107.1. in fine de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y 25.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, contra la presente Resolución no cabe la interposición de Recurso alguno por tratarse de un acto de trámite no susceptible de impugnación, pudiendo formularse por el interesados las alegaciones que se estimen pertinentes para su consideración en la Resolución que ponga fin al procedimiento.

Barañáin, 1 de junio de 2007
El Alcalde-Presidente en funciones, Iosu Senosiáin Ibáñez.

Código del anuncio: L0709160