BOLETÍN Nº 69 - 4 de junio de 2007

II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

2.1. ORDENANZAS Y OTRAS DISPOSICIONES GENERALES

VIANA

Normativa de las modificaciones del Plan General en los Sectores Industriales SI1, SI2, SI3, SI4 y SI5

En orden a dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, en concordancia con los artículos 70 y 81 de la Ley Foral 35/2002, de 27 de diciembre de Ordenación del Territorio y Urbanismo, el muy ilustre Ayuntamiento ha dispuesto la publicación de la normativa de las modificaciones del Plan General en los Sectores Industriales SI1, SI2, SI3, SI4 y SI5 del AR-2, aprobado definitivamente por el Gobierno de Navarra por Orden Foral 159/2007 de 27 de marzo del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda.

En consecuencia se inserta a continuación la Normativa de dichas modificaciones.

SUELO URBANIZABLE

Sector Industrial Albergueria Oeste SI-1

1. Determinaciones generales.

Clase de suelo urbanizable.

Superficie del sector: 101.489,21 m².

Superficie con derecho a aprovechamiento: 99.607,03 m².

Uso global o dominante Industrial.

Area de reparto 2.

2. Determinaciones funcionales. Usos.

Tipologías dominantes: Naves industriales.

Régimen de usos.

Permitidos: Industrial. Almacén, Exposición-venta.

Tolerados: Vivienda vinculada a la actividad en las condiciones que establezca el Plan Parcial.

Prohibidos: Residencial, Agrario.

Zonas verdes. Espacios libres de uso y dominio público y Dotaciones Públicas.

Se cumplirán los módulos de reserva establecidos al efecto en la LFOTU. Según ello, se destinarán a grandes zonas verdes y a equipamiento polivalente cuando menos, y respectivamente un 10% y un 4% de la superficie ordenada, esto es, en función de la superficie del sector, 10.149 m² y 4.060 m². Por lo que se refiere a aparcamientos en suelo público, el planeamiento de desarrollo, de acuerdo con lo establecido en la Ley, asegurará una reserva de aparcamientos suficiente en relación con la naturaleza y características de las actividades, tipologías y parcelación previstas en la Ordenación.

_Otras condiciones:

Se procurará la integración de la vía pecuaria RR20 (Ramal del Ramal 20) que discurre por el sector en el conjunto de espacios libres que prevea la ordenación a cuyo efectos e propondrá un trazado alternativo para la misma.

3. Determinaciones formales. Edificabilidad.

Alineaciones y rasantes: Definidas gráficamente asociadas al viario básico del Sector.

Altura de la edificación B1 (11 m máx.).

_Parcelación.

Parcela mínima y máxima. A determinar por planeamiento de desarrollo.

Indice global de ocupación de parcela (porcentaje máx.) Valor medio 70%.

_Edificabilidad

Indice global de Edificabilidad bruta 0,45 m²t/m²s (1).

Máxima Superficie edificable. 44.823,16 m² (2).

_Condiciones a la ordenación.

Sistema Viario. El viario del Sector se integrará en la estructura viaria de su entorno, respetando los viales primarios definidos gráficamente en los planos de ordenación.

Equipamientos y Areas libres públicas.Las reservas destinadas a áreas arboladas y zonas verdes se localizarán a lo largo de la regata que limita el sector en su costado N.E., contribuyendo a conformar un parque lineal en la zona más próxima al cauce. Las reservas destinadas a equipamiento público, se localizarán indistintamente, en el entorno próximo a la carretera o en ángulo S.E. del Sector, inmediatamente próximo al polígono de NASUINSA.

_Otras condiciones.

La situación del Sector en una de las entradas al núcleo urbano exige un tratamiento cuidado de su frente ante la carretera N-111. La parcelación que se establezca en el Plan Parcial considerará esta circunstancia, conformando una fachada ante la misma. En su caso y por lo mismo, las parcelas que pudieran destinarse en el Plan Parcial a exposición venta, se situarán en el frente a la carretera.

Se establecerán por el Plan Parcial, condiciones formales y estéticas específicas que regulen la composición y acabado material de las construcciones y en particular sus fachadas y cubiertas en orden a asegurar la calidad arquitectónida de la edificación. Se cuidará especialmente el frente ante la carretera, a cuyo efecto la parcelación contribuirá a conformar una fachada ante la misma.

4. Determinaciones relativas a gestión y desarrollo.

Sistema de actuación: Compensación.

Plazos 8 años.

Instrumentos: P. Parcial, P. Reparcelación, P. Urbanización.

5. Aprovechamiento medio.

Coeficientes de homogeneización.

Industrial y auxiliares 1,00.

Suelo libre privado 0,10.

Aprovechamiento Tipo del Area de Reparto 0,470 m². Utc (1).

Aprovechamiento Patrimonializable: 99607,03 x 0,470 x 0,90 42.133,81 m² Utc.

Aprovechamiento Municipal: 99607,03 x 0,470 x 0,10 4.681,53 m² Utc.

Total 46.815,35 m² Utc (2).

Utc = Uso y Tipología característicos.

Hipótesis de cálculo (No Vinculante).

Superficie construida total 44.823,16 m².

Industrial: 100% 44823,16 x 1,00 44.823,16 m² Utc.

Suelo libre privado (% estimado sobre superficie del sector): 18,50% 101489,21 x 0,10 1.877,55 m² Utc.

Total: 46.700,71 m² Utc.

(1) Vinculante.

(2) Dependiente de Superficie real con derecho a aprovechamiento.

SUELO URBANIZABLE

Sector Industrial Albergueria Este SI-2

1. Determinaciones generales.

Clase de suelo: Urbanizable.

Superficie del sector: 316.819,58 m².

Superficie con derecho a aprovechamiento: 304.846,51 m².

Uso global o dominante: Industrial y Auxiliares.

Area de reparto 2.

2. Determinaciones funcionales. Usos.

Tipologías dominantes: Almacenes agrícolas.

_Régimen de usos.

Permitidos: Almacén agrícola, Exposición-venta, Dotacional.

Indice: 10% Vivienda autónoma.

Tolerados: Vivienda vinculada a la actividad en las condiciones que establezca el Plan Parcial.

Industria.

Ganadero.

Zonas verdes, Espacios libres de uso y dominio público y Dotaciones Públicas.

Se cumplirán los módulos de reserva establecidos al efecto en la LFOTU. Según ello, se destinarán a grandes zonas verdes y a equipamiento polivalente cuando menos, y respectivamente un 10% y un 4% de la superficie ordenada, esto es, en función de la superficie del sector, 31.682 m² y 12.673 m². Por lo que se refiere a aparcamientos en suelo público, el planeamiento de desarrollo, de acuerdo con lo establecido en la Ley, asegurará una reserva de aparcamientos suficiente en relación con la naturaleza y características de las actividades, tipologías y parcelación previstas en la Ordenación.

3. Determinaciones Formales. Edificabilidad.

Alineaciones y rasantes: Definidas gráficamente asociadas al viario básico del Sector.

Altura de la edificación B1 (9 m máx.).

_Parcelación.

Parcela mínima y máxima. A determinar por planeamiento de desarrollo.

Indice global de ocupación de parcela (porcentaje máx.) Valor medio 70%.

_Edificabilidad.

Indice global de Edificabilidad bruta 0,45 m²t/m²s (1).

Máxima Superficie edificable. 137.180,93 m² (2).

_Condiciones a la ordenación.

Sistema Viario.El viario del sector se integrará en la estructura de su entorno, respetando los viales primarios definidos en la ordenación.

Equipamientos y Areas libres públicas. Las reservas destinadas a áreas arboladas y zonas verdes contribuirán a articular el área con zonas próximas y se localizarán siquiera en parte a lo largo de la carretera N-111.

_Otras condiciones.

Se establecerán por el Plan Parcial, condiciones formales y estéticas específicas que regulen la composición y acabado material de las construcciones y en particular sus fachadas y cubiertas en orden a asegurar la calidad arquitectónica de la edificación.

La situación del sector exige un tratamiento cuidado del frente que recae a la la carretera N-111, a lo que contribuirá la parcelación, conformando una fachada ante la misma.

4. Determinaciones relativas a gestión y desarrollo.

Sistema de actuación: Compensación.

Plazos: 8 años.

Instrumentos: P. Parcial, P. Reparcelación, P. Urbanización.

5. Aprovechamiento medio. Coeficientes de homogeneización.

Industrial y auxiliares: 1,00.

Suelo libre privado 0,10.

Aprovechamiento Tipo del Area de Reparto 0,470 m² Utc (1).

Aprovechamiento Patrimonializable 304846,51 x 0,470 x 0,90 128.950,20 m² Utc.

Aprovechamiento Municipal 304846,51 x 0,470 x 0,10 14.327,80 m². Utc.

Total 143.277,99 m² Utc (2).

Utc = Uso y Tipología característicos.

Hipótesis de cálculo (No Vinculante).

Superficie construida total: 137.180,93 m².

Industrial 100% 137180,93 x 1,00 137.180,93 m² Utc.

Suelo libre privado (% estimado sobre superficie del sector) 18,50% 316819,58 x 0,10 5.861,16 m² Utc.

Total 143.042,09 m² Utc.

(1) Vinculante.

(2) Dependiente de Superficie real con derecho a aprovechamiento.

SUELO URBANIZABLE

Sector Industrial N-134/Este SI-3

1. Determinaciones Generales.

Clase de suelo: Urbanizable.

Superficie del sector: 791.630,87 m².

Superficie con derecho a aprovechamiento: 743.778,74 m².

Uso global o dominante: Industrial.

Area de reparto 2.

2. Determinaciones Funcionales. Usos.

Tipologías dominantes. Naves industriales y de exposición.

_Régimen de usos.

Permitidos: Industrial, Exposición,-venta, Almacén, Dotacional. Ganadero.

Tolerados: Vivienda vinculada a la actividad en las condiciones que establezca el Plan Parcial.

Prohibidos: Agrario.

_Residencial.

Zonas verdes, Espacios libres de uso y dominio público y Dotaciones Públicas.

Se cumplirán los módulos de reserva establecidos al efecto en la LFOTU. Según ello, se destinarán a grandes zonas verdes y a equipamiento polivalente cuando menos, y respectivamente un 10% y un 4% de la superficie ordenada, esto es, en función de la superficie del sector, 79.163 m² y 31.665,20 m². Por lo que se refiere a aparcamientos en suelo público, el planeamiento de desarrollo, de acuerdo con lo establecido en la Ley, asegurará una reserva de aparcamientos suficiente en relación con la naturaleza y características de las actividades, tipologías y parcelación previstas en la Ordenación.

3. Determinaciones formales. Edificabilidad.

Alineaciones y rasantes Definidas gráficamente asociadas al viario básico del Sector.

Con independencia del cumplimiento del régimen de afecciones sectoriales que corresponden a las carreteras que limitan el sector se establece paral a edificación un retranqueo mínimo de 50 m ante la N-134.

Altura de la edificación B1 (11 m máx.).

_Parcelación.

Parcela mínima y máxima. A determinar por planeamiento de desarrollo.

Indice global de ocupación de parcela (porcentaje máx.) Valor medio 70%.

_Edificabilidad.

Indice global de Edificabilidad bruta 0,45 m²t/m²s (1).

Máxima Superficie edificable 334.700,43 m² (2).

_Condiciones a la ordenación.

Máxima superficie edificable global en planta superior o entreplanta 25% de la superficie de Planta Baja.

Sistema Viario.El viario del sector se integrará en la estructura de su entorno, respetando, en particular el vial definido a la altura d ella glorieta de acceso al polígono de la Peña.

Equipamientos y Areas libres públicas.Las reservas obligadas de áreas libres públicas se localizarán preferentemente en el extremo Este del Sector, así como a lo largo de su límite norte, conformando un frente arbolado entre el área y las reservas establecidas para trazados viarios, en particular, la autovía Pamplona-Logroño.

Las reservas corresponidentes a equipamientos se concentrarán en el extremo Oeste del sector entre las Carreteras N-134, 6320 del Recajo y el trazado previsto para la autovía, asi como en zona central del Sector.

_Otras condiciones.

Se establecerán por el Planeamiento de Desarrollo del Sector, condiciones formales y estéticas específicas que regulen estrictamente la composición y acabado material de las construcciones y en particular sus fachadas y cubiertas en orden a asegurar la calidad arquitectónica de la edificación.

En su caso, las zonas no ocupadas por la edificación destinadas a acopios de materiales o maquinaria se situarán a espaldas de las construcciones y nunca en el frente ante la carretera N-134.

4. Determinaciones relativas a gestión y desarrollo.

Sistema de actuación: Cooperación.

Plazos: Adquisición del derecho a urbanizar 4 años.

Instrumentos: P. Parcial, P. Reparcelación, P. Urbanización.

5. Aprovechamiento medio.

Coeficientes de homogeneización.

Industrial y auxiliares 1,00.

Suelo libre privado 0,10.

Aprovechamiento Tipo del Area de Reparto: 0,470 m² Utc (1).

Aprovechamiento Patrimonializable 743778,74 x 0,470 x 0,90 314.618,70 m² Utc.

Aprovechamiento Municipal 743778,74 x 0,470 x 0,10 34.957,63 m² Utc.

Total: 349.576,33 m² Utc (2).

Utc = Uso y Tipología característicos.

Hipótesis de cálculo: (No Vinculante).

Superficie construida total: 334.700,43 m².

Industrial y auxiliares 100% 334700,43 x 1,00 334.700,43 m² Utc.

Suelo libre privado (% estimado sobre superficie del sector) 18,50% 791630,87 x 0,10 14.645,17 m² Utc.

Total: 349.345,60 m² Utc.

(1) Vinculante.

(2) Dependiente de Superficie real con derecho a aprovechamiento.

SUELO URBANIZABLE

Sector Industrial N-134/Oeste SI-4

1. Determinaciones Generales.

Clase de suelo urbanizable.

Superficie del sector: 422.625,06 m².

Superficie con derecho a aprovechamiento: 398.080,94 m².

Uso global o dominante: industrial.

Area de reparto 2.

Otras condiciones.

_Se procurará la integración de la vía pecuaria CRPPE que discurre por el sector en el conjunto de espacios libres que prevea la ordenación.

2. Determinaciones funcionales. Usos.

Tipologías dominantes.

Régimen de usos.

Permitidos: Industrial, Exposición-venta, Almacén y Especiales, Dotacional.

Prohibido: Ganadero.

Tolerados: Vivienda vinculada a la actividad en las condiciones que establezca el Plan Parcial Residencial.

Zonas verdes, Espacios libres de uso y dominio público y Dotaciones Públicas.

Se cumplirán los módulos de reserva establecidos al efecto en la LFOTU. Según ello, se destinarán a grandes zonas verdes y a equipamiento polivalente cuando menos, y respectivamente un 10% y un 4% de la superficie ordenada, esto es, en función de la superficie del sector, 42.262,50 m² y 16.905 m². Por lo que se refiere a aparcamientos en suelo público, el planeamiento de desarrollo, de acuerdo con lo establecido en la Ley, asegurará una reserva de aparcamientos suficiente en relación con la naturaleza y características de las actividades, tipologías y parcelación previstas en la Ordenación.

_Otras condiciones.

Se procurará la integración de la vía pecuaria P18, hasta su encuentro con la PEE (Cañada del Ebro), en el ámbito del Sector, a cuyo efecto se propondrá un trazado alternativo al actual para la misma.

3. Determinaciones formales. Edificabilidad.

Alineaciones y rasantes: Definidas gráficamente asociadas al viario básico del Sector.

Con independencia del cumplimiento del régimen de afecciones sectoriales que corresponden a las carreteras que limitan el sector se establece paral a edificación un retranqueo mínimo de 50 m ante la N-134.

Altura de la edificación: B1 (11 m máx.).

_Parcelación.

Parcela mínima y máxima. A determinar por el planeamiento de desarrollo.

Indice global de ocupación de parcela (porcentaje máx.) 70%.

_Edificabilidad.

Indice global de Edificabilidad bruta: 0,45 m²t/m²s (1).

Máxima Superficie edificable 179.136,42 m² (2).

_Condiciones a la ordenación.

Máxima superficie edificable en planta superior o entreplanta 25% de la superficie de Planta Baja.

Sistema Viario. El viario del sector se integrará en la estructura de su entorno, respetando, en particular el vial longitudinal paralelo a la carretera que viene a establecer dos zonas _anterior y posterior_ en la ordenación.

Equipamientos y Areas libres públicas. Las reservas obligadas de áreas libres públicas se localizarán preferentemente en el extremo Este del Sector, así como a lo largo de su límite Norte, conformando un frente arbolado entre su ámbito y su entorno no urbanizable.

_Otras condiciones.

Se establecerán por el Planeamiento de Desarrollo del Sector, condiciones formales y estéticas específicas que regulen estrictamente la composición y acabado material de las construcciones y en particular sus fachadas y cubiertas en orden a asegurar la calidad arquitectónica de la edificación.

4. Determinaciones relativas a gestión y desarrollo.

Sistema de actuación: Compensación.

Plazos: 8 años.

Instrumentos: P. Parcial, P. Reparcelación, P. Urbanización.

5. Aprovechamiento medio.

Coeficientes de homogeneización.

Industrial y auxiliares: 1,00.

Suelo libre privado: 0,10.

Aprovechamiento Tipo del Area de Reparto 0,470 m² Utc (1).

Aprovechamiento Patrimonializable 398080,94 x 0,470 x 0,90 168.388,40 m² Utc.

Aprovechamiento Municipal 398080,94 x 0,470 x 0,10 18.709,82 m² Utc.

Total 187.098,22 m² Utc (2).

Utc = Uso y Tipología característicos.

Hipótesis de calculo (No Vinculante).

Superficie construida total: 179.136,42 m².

Industrial y auxiliares 100% 179136,42 x 1,00 179.136,42 m² Utc.

Suelo libre privado (% estimado sobre superficie del sector) 18,50% 422625,06 x 0,10 7.818,56 m² Utc.

Total: 186.954,99 m² Utc.

(1) Vinculante.

(2) Dependiente de Superficie real con derecho a aprovechamiento.

SUELO URBANIZABLE

Sector industrial N-134/Sur SI-5

1. Determinaciones generales.

Clase de suelo: Urbanizable.

Superficie del sector: 449.075,72 m².

Superficie con derecho a aprovechamiento: 379.161,99 m².

Uso global o dominante Industrial.

Area de reparto 2.

2. Determinaciones funcionales. Usos.

Tipologías dominantes.

Régimen de usos.

Permitidos: Industrial, Exposición-venta, Almacén y Especiales, Bodegas, Dotacional.

Prohibidos: Agrario, Ganadero.

Tolerados: Vivienda vinculada a la actividad en las condiciones que establezca el Plan Parcial Residencial.

Zonas verdes, Espacios libres de uso y dominio público y Dotaciones Públicas.

Se cumplirán los módulos de reserva establecidos al efecto en la LFOTU. Según ello, se destinarán a grandes zonas verdes y a equipamiento polivalente cuando menos, y respectivamente un 10% y un 4% de la superficie ordenada, esto es, en función de la superficie del sector, 44.907,60 m² y 17.963,00 m². Por lo que se refiere a aparcamientos en suelo público, el planeamiento de desarrollo, de acuerdo con lo establecido en la Ley, asegurará una reserva de aparcamientos suficiente en relación con la naturaleza y características de las actividades, tipologías y parcelación previstas en la Ordenación.

3. Determinaciones formales. Edificabilidad.

Alineaciones y rasantes Definidas gráficamente asociadas al viario básico del Sector.

Con independencia del cumplimiento del régimen de afecciones sectoriales que corresponden a las carreteras que limitan el sector se establece paral a edificación un retranqueo mínimo de 50 m ante la N-134.

Altura de la edificación B1 (11m. máx.).

_Parcelación.

Parcela mínima y máxima. A determinar por planeamiento de desarrollo.

Indice global de ocupación de parcela (porcentaje máx.) 70%.

_Edificabilidad.

Indice global de Edificabilidad bruta 0,45 m²t/m²s (1).

Máxima Superficie edificable. 170.622,90 m² (2).

_Condiciones a la ordenación.

Máxima superficie edificable en planta superior o entreplanta 25% de la superficie de Planta Baja.

Sistema Viario. El viario del sector se integrará en la estructura de su entorno, respetando, en particular el vial longitudinal paralelo a la carretera que viene a establecer dos zonas _anterior y posterior_ en la ordenación.

Equipamientos y Areas libres públicas. Las reservas obligadas de áreas libres públicas se localizarán en los extremos Este y Oeste del Sector.

_Otras condiciones.

Se establecerán por el Planeamiento de Desarrollo del Sector, condiciones formales y estéticas específicas que regulen estrictamente la composición y acabado material de las construcciones y en particular sus fachadas y cubiertas en orden a asegurar la calidad arquitectónica de la edificación.

El Planeamiento de Desarrollo integrará la ordenación preexistente del conjunto "Bodegas Muerza", cuyas alineaciones, número de plantas. alturas de la edificación, edificabilidades y ocupación se consideran consolidadas dentro del Sector.

Será preceptiva la realización de un estudio de inundabilidad del área delimitada por el Sector.

4. Determinaciones relativas a gestión y desarrollo.

Sistema de actuación: Compensación.

Plazos: 8 años.

Instrumentos P. Parcial, P. Reparcelación, P. Urbanización.

5. Aprovechamiento medio.

Coeficientes de homogeneización.

Industrial y auxiliares: 1,00.

Suelo libre privado: 0,10.

Aprovechamiento Tipo del Area de Reparto: 0,470 m² Utc (1).

Aprovechamiento Patrimonializable: 379161,99 x 0,470 x 0,90 160.385,67 m² Utc.

Aprovechamiento Municipal 379161,99 x 0,470 x 0,10 17.820,63 m² Utc.

Total: 178.206,30 m² Utc (2).

Utc = Uso y Tipología característicos.

Hipótesis de cálculo (No Vinculante).

Superficie construida total: 170.622,90 m² Utc.

Industrial y auxiliares: 100% 170622,90 x 1,00 170.622,90 m² Utc.

Suelo libre privado (% estimado sobre superficie del sector) 18,50% 449075,72 x 0,10 8.307,90 m² Utc.

Total: 178.930,80 m² Utc.

(1) Vinculante.

(2) Dependiente de Superficie real con derecho a aprovechamiento.

Viana, 8 de mayo de 2007
El Alcalde-Presidente, Gregorio Galilea Arazuri.

Código del anuncio: L0707618